Secretaría de Energía
Secretaría de Energía
Oficialía Mayor.
Dirección General de Recursos, Humanos, Materiales y Servicios Generales.
Dirección de Adquisiciones.
Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19 para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco.
Partidas Presupuestales
15401 “Prestaciones establecidas por condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo”
15901 “Otras prestaciones”
FEBRERO, 2019.
CONVOCATORIA
La Secretaría de Energía, en lo sucesivo “La Secretaría”, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como a los artículos 25, 26, fracción II, 26 Bis, fracción II, 27, 28, fracción I, 29, 34, 36, párrafo segundo, 37, 41, fracción XX, 43 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “La Ley” y los artículos 39, 51 y 77 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “El Reglamento”, en relación con lo establecido en las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta, del Contrato Marco para la prestación del servicio xx xxxxx de despensa 2017-2019, celebrado el 17 de noviembre de 2017 por la Secretaría de la Función Pública y los posibles proveedores del servicio en cita, en lo sucesivo “El Contrato Marco”, así como lo estipulado en el artículo 132 de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Energía y demás disposiciones relativas y aplicables vigentes; a través de la Dirección de Adquisiciones dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales de “La Secretaría”, ubicada en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Segundo Piso, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, Teléfono 0000-0000, de conformidad con la Convocatoria Pública número 03 del ejercicio fiscal 2019 de “La Secretaría”, publicada en el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet el día 25 de febrero de 2019, convoca a los licitantes invitados que deseen participar y que no se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”, así como en el artículo 67 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a participar en el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19 para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco, bajo la presente Convocatoria.
ÍNDICE
I. Datos generales de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
Página
a) | Actuación de servidores públicos de conformidad con el “Acuerdo por el que se expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, en adelante “El Protocolo”. …………………………………………………….. | |
6 | ||
b) | Dependencia Convocante y área contratante………………………………….…………………………...……... | 7 |
c) | Medio que se utilizará y carácter del procedimiento. ……………………………………………………....……. | 7 |
d) | Número de identificación de la Convocatoria. …………………………………………………………………….. | 8 |
e) | Ejercicio fiscal de la contratación y vigencia de la contratación………………………………...…..…………... | 8 |
f) | Idioma en que deberán presentar las proposiciones. …………………………………..………………………... | 8 |
g) | Disponibilidad presupuestaria. ……………………………………………………………………………………… | 9 |
h) | Procedimiento, requisitos y demás disposiciones a los que se sujetará el procedimiento de contratación. . | 9 |
Disposiciones particulares a las que se sujetará el procedimiento. | ||
1. | Modificaciones a la Convocatoria. …………………………………………..…………...….……………………... | 9 |
2. | Causas para declarar desierta la Invitación a Cuando Menos Tres Personas……………………..………….. | 9 |
3. | Suspensión temporal o cancelación de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas………………………. | 10 |
4. | Sanciones………….………………………………………………….……………………………………………….. | 11 |
5. | Controversias………………………………………………………….…………………….………………………… | 11 |
6. | Conciliación…………………………………………………………………………………...……………………….. | 11 |
II. Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
a) | Especificaciones y cantidades del servicio a contratar……………………………………………………………………. | 12 | |
a1. | Moneda………………………………………………………………………………………………………………… | 12 | |
a2. | Manifiesto de vigencia y precios fijos…………………………………………………..…………………………… | 12 | |
a3. | Facturación………………….…………………………………………………………………………………………. | 12 | |
a4. | Impuestos y derechos. ………………………………………………………………………………………………. | 12 | |
a5. | Forma de pago. ………………………………………………………………………………………………………. | 13 | |
a6. | Registros, marcas y otros derechos…………………………………………………………………………..……. | 13 | |
a7. | Plazo, lugar y horario para la entrega de los bienes. ………………………………………………….…………. | 13 | |
a8. | Condiciones para la prestación del servicio. ……………………………………………………………………… | 14 | |
a9. | Verificación de las especificaciones y aceptación del servicio……………………………………..……………. | 14 | |
a10. | Penas convencionales…………………………………….…………………………………………………………. | 14 | |
a11. | Garantía de cumplimiento del contrato……………………….……………………………………………..……… | 15 | |
a12. | Anticipos. ……………………………………………………………………………………………………………… | 15 | |
a13. | Subcontratación……………………………………………………………………………………………………..… | 15 | |
a14. | Confidencialidad…………………………………………………………………………………………………..…... | 16 | |
a15. | Conflicto de intereses ……………………………………………………………………………………………..…. | 16 | |
a16. | Capacidad financiera……………………………………………………………………………………………..…... | 16 | |
b) | Partidas………………….………………………………………………...…………………………………………………… | 17 | |
c) | Precios máximos de referencia………………………………………...…………………………………………………..... | 17 | |
d) | Xxxxxx………..…………………………………………………………………..……………………………………………. | 17 | |
e) | Método para la aplicación de pruebas…..……………………………………...…………………………………………... | 17 | |
f) | Cantidades a contratar………….…………………………………………………………………………………………….. | 17 | |
g) | Modalidad de la contratación…..…………………………………………..………………………………………………… | 18 | |
h) | Adjudicación…………………………………………………………………….……………………………………………… | 18 | |
i) | Modelo de contrato……………………………………………………………………………………………………………. | 18 |
III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de contratación.
a) | Xxxxxxxxx de plazos…………………………………………………………………………………………………………... | 19 | |
b) | Actos………..………………………………………………………………………………………....................................... | 19 | |
1. | Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas………………….. | 19 | |
1.1. | Escrito de interés de participar en la Junta de aclaraciones. ……………………………………………………. | 19 | |
2. | Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones……………………………………..………………………… | 21 | |
2.1. | Escrito de interés de participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. ………………....... | 21 | |
2.2 | Requisitos formales de las proposiciones. …………………………………………………………………………. | 22 | |
2.3 | Apertura de proposiciones. …………………………………………………………………………………............. | 23 | |
c) | Aspectos a los que se sujetará la recepción de las proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería. ……. | 25 | |
d) | Vigencia de proposiciones…………………….………………………………………………..……………..……………… | 25 | |
e) | Requisitos para la presentación de proposiciones conjuntas………………………………………………………......... | 25 | |
f) | Los licitantes sólo podrán presentar una proposición. ….………………………………………….……………………… | 25 | |
g) | Presentación de documentación distinta a la que conforma la Propuesta Técnica y Económica. …………………… | 25 | |
h) | Revisión preliminar de documentación……………………………………………..…………….…………………………. | 25 | |
i) | Acreditación de existencia legal…………………………………………….……………………………............................ | 25 | |
j) | Parte de las proposiciones que se rubricaran en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. …………… | 26 | |
k) | Indicaciones relativas al Fallo y a la firma del contrato…………………………………………..…………………........... | 26 | |
l) | Notificación y publicación de Actas. …………………………………………………………………………………………. | 26 | |
m) | Indicaciones relativas a la firma del contrato. ………………………………………………………………………………. | 27 |
IV. Enumeración de los requisitos que deben cumplir los licitantes.
a) | Requisitos que deben cumplir los licitantes y que de no presentarse serán motivo de desechamiento. …………… | 30 |
b) | Causas de desechamiento de las propuestas………………………………………….………………...………………... | 32 |
V. Criterios de evaluación y adjudicación.
5.1. Evaluación……………………………………………………….………………………………………..…................... | 34 |
5.1.1. Evaluación Técnica de la proposición. ………………………………………………………………………………. | 34 |
5.1.2. Evaluación Económica de la proposición. ………………………………………………………………………....... | 35 |
5.2. Adjudicación. ……………………………………………………………………………………………………………... | 35 |
5.3. Criterio de desempate………………………………………..………………………………………..………..……….. | 36 |
VI. Documentos y datos complementarios que deberán presentar los licitantes.
a) | Acreditación legal………………………………………………………………………………………….…………………... | 37 |
b) | Dirección de correo electrónico del licitante…………………………………………………….…….…………………….. | 37 |
c) | Manifiestos relativos al artículo 50 y 60 de “La Ley”. …………………………………………………………………….. | 38 |
d) | Declaración de Integridad del licitante……………………………………………………………….…..…………..……… | 38 |
e) | Participación con personal con discapacidad……………………………………………………………........................... | 38 |
f) | Manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES)…………………………...…………………………. | 39 |
g) | Manifiesto sobre nacionalidad………………………………………………………………………………………………... | 39 |
h) | Para el caso de presentación de proposiciones conjuntas……………..….……………………………………………… | 39 |
i) | Obligaciones fiscales del licitante que resulte adjudicado………………………………………..…..……………………. | 39 |
j) | Propuesta Técnica y Económica ……………………………………………………………………..……………………… | 41 |
k) | Aplicación de Políticas y Prácticas de Igualdad de Género………..…………………………………..…………………. | 41 |
VII. | Domicilio para presentar inconformidades…………………………………………………………………….………... | 42 |
VIII. | Relación de formatos que facilitan la presentación y recepción de las proposiciones……………………..…… | 42 |
Anexos.
Anexo I | Condiciones y Especificaciones Técnicas………………………………………….………………………....... | 44 |
Anexo II | Formato de Propuesta Técnica…………………………………………………………………………………… | 50 |
Anexo III | Formato de Propuesta Económica……………………………………………………..………………………… | 51 |
Anexo IV | Formato para acreditar personalidad……………………………………………………..……………………… | 53 |
Anexo V | Manifiesto sobre nacionalidad…………………………………………………………………..………………... | 55 |
Anexo VI | Ejemplo escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”. …..………….. | 56 |
Anexo VII | Declaración de integridad del licitante……………………………………………………..……………………. | 57 |
Anexo VIII | Modelo de formato para el manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). ………… | 58 |
Anexo IX | Formato de escrito para participar en la Junta de Aclaraciones y poder formular preguntas. ……………. | 60 |
Anexo X | Formato de escrito para solicitar aclaraciones. ………………………………………………………………… | 62 |
Anexo XI | Formato de escrito para participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones...…………… | 63 |
Anexo XII | Modelo de contrato……………………………..……………………………………………………………......... | 65 |
Anexo XIII | Modelo de fianza……………………………………………..……………………………………………………. | 80 |
Anexo XIV | Encuesta de Transparencia del Procedimiento……………………..……………………………………......... | 82 |
Anexo XV | Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. …………………………… | 83 |
Anexo XVI | Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominada CompraNet. ………………….. | 116 |
Anexo XVII | Artículo 32-D. Código Fiscal de la Federación……………………………………………..…………………… | 124 |
Anexo XVIII | Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social……………...………………….. | 128 |
Anexo XIX | Formato SIAFF……………...…………………………………………………………………………………....... | 131 |
Anexo XX | Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). ………………………………………………………………………………….. | 132 |
Anexo XXI | Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos. ……….. | 135 |
I. Datos generales de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
a) Actuación de servidores públicos de conformidad con el “Acuerdo por el que se expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, en adelante “El Protocolo”.
La Dirección de Adquisiciones dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales de “La Secretaría”, ubicada en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Segundo Piso, Colonia Florida,
C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, teléfono 0000-0000, extensión 7751, en cumplimiento con lo establecido en el “El Protocolo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y sus modificaciones del 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xxx 00 xx xxxxxxx de 2017, en el mismo medio de difusión oficial, el cual se encuentra para su consulta en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública y se anexa a la presente Convocatoria para su referencia como Anexo XIII Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones; informa a los licitantes invitados por la Convocante que deseen participar en el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19, para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco, bajo la presente Convocatoria, que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar “El Protocolo”.
Así mismo, se informa a los licitantes que deseen participar en el procedimiento citado al rubro de la presente Convocatoria que:
• A fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de conflictos de interés, las comunicaciones telefónicas, reuniones, visitas y actos públicos que llegaren a realizarse derivados de la presente Convocatoria serán videograbadas y se regirán por las disposiciones y Lineamientos Generales de “El Protocolo”, en los procedimientos que a continuación se enuncian:
o Contrataciones públicas sujetas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo monto rebase el equivalente a cinco millones de Unidades de Medida y Actualización.
o Contrataciones públicas sujetas a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, cuyo monto rebase el equivalente a diez millones de Unidades de Medida y Actualización.
o Contrataciones públicas sujetas a la Ley de Asociaciones Público Privadas, cuyo monto rebase el equivalente a cuatrocientos millones de Unidades de Inversión.
o Otorgamiento y prórroga de concesiones.
• Los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, para lo cual los servidores públicos de “La Secretaría”, protegerán los datos personales proporcionados atendiendo a los “Lineamientos de Protección de Datos Personales”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre
de 2005.
• Su derecho de presentar queja o denuncia, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto derivado del presente procedimiento de contratación con los servidores públicos de “La Secretaría”, ante el Órgano Interno de Control en “La Secretaría”, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México; quien conocerá de las quejas o denuncias que se promuevan por el incumplimiento de las obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos de “La Secretaría”, de conformidad con lo establecido en el numeral 6, inciso d), de “El Protocolo”.
b) Dependencia Convocante y área contratante.
La Convocante y contratante es “La Secretaría”, a través de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales de “La Secretaría”, quien es la responsable de llevar a cabo el procedimiento de contratación bajo la presente Convocatoria; con domicilio en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Segundo Piso, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México; siendo la Dirección de Administración de Personal el Área Requirente y Técnica de la contratación objeto de la presente Convocatoria.
c) Medio que se utilizará y carácter del procedimiento.
Con fundamento en los artículos 26 Bis, fracción II y 28, fracción I de “La Ley”, el medio que se utilizará para esta Convocatoria de Invitación a Cuando Menos Tres Personas será de manera Electrónica, siendo el carácter del procedimiento para esta Convocatoria Nacional, por lo que los licitantes invitados de conformidad con lo estipulado en el artículo 26 Bis, fracción II de “La Ley”, exclusivamente participarán en forma electrónica a través de CompraNet (utilizando medios de identificación electrónica en la Junta de Aclaraciones, acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y acto de Fallo), produciendo las comunicaciones por esta vía los efectos que se señalan en el artículo 27 de “La Ley”.
Se precisa que para esta Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, los licitantes deberán firmar su Propuesta Técnica y Económica tal y como lo establece la “Guía técnica para licitantes sobre el uso y manejo de CompraNet”, numeral 6, punto 6.3 “Envío y firma de proposiciones”, misma que podrán descargar en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en el apartado de información y ayudas ( xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx-x-xxxxxx).
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43, fracción I de “La Ley”, la difusión de la presente Convocatoria en CompraNet es de carácter informativo, por lo que solamente podrán participar en el procedimiento de contratación aquellos licitantes que hayan sido invitados.
Los licitantes participantes deberán considerar los requisitos técnicos siguientes:
CompraNet opera en ambiente Web por lo que los requerimientos tecnológicos mínimos recomendados para su uso son:
a) Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro;
b) Versiones actualizadas de navegador para Internet;
c) Instalación de software JAVA en su última versión, y
d) Conexión a Internet con un ancho xx xxxxx de 512 Kbps.
La inalterabilidad y conservación de la información contenida o remitida a través de CompraNet, está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.
MANIFIESTO DE ACEPTACIÓN DE DAR POR NO PRESENTADAS LAS PROPOSICIONES POR NO PODER
ABRIR EL ARCHIVO QUE LAS CONTENGA: Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que aceptan que se tendrán por no presentadas sus proposiciones y demás documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Convocante.
Conforme al artículo 43, fracción I de “La Ley”, la presente Convocatoria se encuentra disponible para su consulta en CompraNet en la siguiente dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y a través de la página web de “La Secretaría”, por lo que su obtención es gratuita.
Para esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica no se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería o entregadas de forma presencial en el domicilio de la Convocante.
d) Número de identificación de la Convocatoria.
Número de identificación de la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica en CompraNet: IA-018000999-E5-2019.
Número Interno de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica: DGRHMSG-ITPN-01-19.
e) Ejercicio fiscal de la contratación y vigencia de la contratación.
La contratación abarcará una vigencia a partir del día hábil siguiente a la emisión del Fallo de este procedimiento de contratación y hasta el 31 de diciembre de 2019, por lo que la contratación objeto de esta Convocatoria será cubierto con recursos presupuestales del ejercicio fiscal 2019 en términos del artículo 25 de “La Ley”.
La contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco, deberá prestarse de conformidad con los plazos, condiciones y especificaciones técnicas que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria y que forma parte integrante de la misma.
f) Idioma en que deberán presentar las proposiciones.
La redacción de la Proposición Técnica y de la Proposición Económica invariablemente deberá realizarse en el
idioma español, incluyendo las preguntas y respuestas derivadas de los cuestionamientos que lleguen a realizar los licitantes, así como cualquier documento al respecto de la presente Convocatoria.
g) Disponibilidad presupuestaria.
Se precisa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria (de origen fiscal) para el ejercicio fiscal 2019, de conformidad con los artículos 24 y 25 de “La Ley”, así como lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en las partidas presupuestales 15401 “Prestaciones establecidas por condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo” y 15901 “Otras prestaciones”, para el pago de la adquisición objeto de la contratación, conforme a la autorización de suficiencia presupuestal número Ppta: 00053, con folio de autorización número 43, de fecha 08 de febrero de 2019, emitida por la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”.
h) Procedimientos, requisitos y demás disposiciones a los que se sujetará el procedimiento de contratación.
Este procedimiento de contratación se apegará a lo dispuesto en “La Ley”, “El Reglamento”, “El Contrato Marco” y demás disposiciones supletorias, complementarias y conexas, de entre otros requisitos que se precisan, los que a continuación se detallan:
DISPOSICIONES PARTICULARES A LAS QUE SE SUJETARÁ EL PROCEDIMIENTO.
1. Modificaciones a la Convocatoria.
Con fundamento en el artículo 33 de “La Ley”, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, la Convocante podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica citada al rubro.
Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior en ningún caso podrán consistir en la sustitución de la adquisición convocada originalmente, adición de otros o de distintos rubros o en la variación significativa de sus características.
Las modificaciones a la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica se difundirán en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se efectúen.
Cualquier modificación a la Convocatoria de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, incluyendo las que resulten de las preguntas y respuestas derivadas de los cuestionamientos que lleguen a realizar los licitantes, formarán parte de la Convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de sus propuestas.
2. Causas para declarar desierta la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
La Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica se podrá declarar desierta con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38, párrafo primero y 43, fracción III, párrafo segundo de “La Ley”, así como lo establecido en el artículo 58 de “El Reglamento”, en los siguientes supuestos:
2.1. Si nadie participa en la presente Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica.
2.2. Si no se presentan cuando menos tres proposiciones susceptibles de evaluarse técnicamente en al acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en caso de no optarse por continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones que se presenten, de conformidad con lo estipulado en el segundo párrafo de la fracción III del artículo 43 de “La Ley”.
2.3. Cuando las proposiciones presentadas no reúnan la totalidad de los requisitos solicitados en esta Convocatoria o sus anexos o los precios ofertados no resulten aceptables.
2.4. Si se tiene evidencia de acuerdo entre los licitantes para elevar los precios, o bien, si se comprueba la existencia de otras irregularidades.
Cuando la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica se declare desierta, la Convocante observará los procedimientos legales que correspondan.
3. Suspensión temporal o cancelación de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
3.1. La Secretaría de la Función Pública podrá suspender temporalmente la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica por razones debidamente fundadas y motivadas, debiendo asentarse en el Acta correspondiente los motivos por los cuales se determina dicha suspensión, fijándose el día y la hora en que se reanudará dicho evento, o bien se podrá notificar la reanudación de éste por escrito a los involucrados.
3.2. Se podrá cancelar la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica cuando la Secretaría de la Función Pública, en el ejercicio de sus facultades, verifique, en cualquier tiempo, que las adquisiciones, arrendamientos y servicios no se realicen conforme a lo establecido en “La Ley” o en otras disposiciones aplicables.
Si la Secretaría de la Función Pública determina la nulidad total del procedimiento de contratación por causas imputables a la Convocante, “La Secretaría”, reembolsará a los licitantes los gastos no recuperables en que hayan incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente.
3.3. La Secretaría de la Función Pública podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las áreas responsables que realizan adquisiciones, arrendamientos y servicios en “La Secretaría”, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos y a los licitantes que participen en ellas, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
3.4. La Convocante podrá cancelar la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica o conceptos incluidos en la misma, en caso fortuito o fuerza mayor.
De igual manera se podrá cancelar cuando existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para la contratación o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Convocante.
En estos casos se avisará por escrito, a través de medios electrónicos de comunicación (CompraNet), a los participantes involucrados en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica.
Si desaparecen las causas que hubiesen motivado la suspensión temporal de la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, se reanudara ésta, previo aviso por escrito a través de medios electrónicos de comunicación (CompraNet) a todos los involucrados.
Solamente podrán seguir participando las propuestas que no se hubiesen descalificado hasta el momento de la suspensión.
Dichas cancelaciones podrán efectuarse en cualquier tiempo, desde la publicación de la Convocatoria hasta antes de la firma del contrato.
4. Sanciones.
El Órgano Interno de Control en “La Secretaría”, aplicará las sanciones establecidas en los artículos 59 y 60 de
“La Ley”, al licitante que se ubique en alguno de los supuestos siguientes:
▪ Que injustificadamente, en caso de resultar adjudicado, y por causas imputables al mismo, no formalice el contrato.
▪ Que se encuentre en alguno de los supuestos del artículo 50 o en el supuesto del antepenúltimo párrafo del artículo 60 de “La Ley”.
▪ Que no cumpla con sus obligaciones contractuales, en caso de resultar adjudicado, por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a “La Secretaría”, así como, entregar los bienes objeto de la presente Convocatoria en condiciones distintas de las convenidas.
▪ Que proporcione información falsa o que actué con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad.
5. Controversias.
Las controversias que se susciten, con motivo de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, se resolverán con apego a lo previsto en “La Ley”, en “El Reglamento” y en las disposiciones de carácter Federal aplicables.
6. Conciliación.
En caso de producirse desavenencia, derivado del cumplimiento de las obligaciones que se contraigan con la adjudicación de la contratación referida en la Sección II “Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso a) “Especificaciones de los bienes a contratar” de esta Convocatoria, antes de la promoción de cualquier procedimiento judicial se presentará ante la Secretaría de la Función Pública una solicitud de conciliación conforme a lo establecido en el artículo 77 de la “La Ley”.
II. Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
a) Especificaciones y cantidades del servicio a contratar.
El objeto de la presente Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, es la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco que requiere “La Secretaría”, de acuerdo a la descripción, especificaciones técnicas, condiciones, cantidades y calendario de entregas que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria y que forma parte integrante de la misma, en una partida única, de conformidad a lo referido en la Sección II “Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso b) “Partidas” de la presente Convocatoria.
Los licitantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a todos y cada uno de los requisitos y especificaciones previstos en esta Convocatoria y sus Anexos, describiendo en forma amplia y detallada los bienes ofertados.
a1. Moneda.
Los licitantes deberán cotizar en pesos mexicanos.
a2. Manifiesto de vigencia y precios fijos.
Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que aceptan que deberán sostener la comisión o bonificación fija de la contratación pactada en el contrato, durante su vigencia y hasta su vencimiento, por lo que no podrá agregar ningún costo extra, siendo inalterables durante la vigencia de la proposición y del contrato.
a3. Facturación.
El licitante que resulte adjudicado deberá emitir la facturación de la contratación objeto de la presente Convocatoria, contra entrega de los vales conforme al plazo de entrega establecido en el Calendario de Entrega de esta Convocatoria y en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas, a más tardar dentro de los cinco días naturales después de haber concluido la entrega correspondiente en “La Secretaría”.
La entrega de la factura correspondiente se realizará en la Dirección de Administración de Personal ubicada en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Tercer Piso, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México.
a4. Impuestos y derechos.
Los impuestos, derechos y demás cargas fiscales que conforme a las Leyes Federales, Estatales y Municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento de la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco objeto de la presente Convocatoria y sus Anexos, serán pagados por el licitante que resulte adjudicado, con excepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que deberá presentarse desglosado en su Propuesta Económica.
a5. Forma de pago.
El pago se realizará contra entrega de los bienes objeto de la presente Convocatoria, en pesos mexicanos, por conducto de la Tesorería de la Federación a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que para ello indique el licitante que resulte adjudicado, a más tardar dentro de los veinte (20) días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que, el licitante que resulte adjudicado, entregue la factura correspondiente, debidamente requisitada y autorizada, previa recepción de los vales objeto de la presente Convocatoria a entera satisfacción del Administrador del contrato que se formalice con el licitante que resulte adjudicado.
Tratándose de las entregas correspondientes al mes de diciembre del presente año, el pago procederá conforme a las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
a6. Registros, marcas y otros derechos.
Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que asumirán la responsabilidad total en caso de que durante la contratación se infrinjan patentes, marcas o viole registro de derechos.
a7. Plazo, lugar y horario para la entrega de los vales.
El plazo para la entrega de los vales de despensa objeto de la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco de la presente Convocatoria, se efectuará de conformidad con el calendario de entregas establecido en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la misma, de conformidad con las especificaciones técnicas, cantidades y condiciones establecidos en el mismo.
El lugar de entrega será en las instalaciones de “La Secretaría”, ubicadas en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Tercer Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México en un horario comprendido de las 10:00 a las 15:00 horas.
Adicionalmente, el Administrador del Contrato en “La Secretaría”, remitirá correo electrónico institucional dirigido al correo electrónico del Representante Legal del licitante adjudicado, y ejecutivo de cuenta designado, con una anticipación de cuarenta y ocho horas, en el que se especificará a detalle los vales y lugar en que se entregarán a “La Secretaría”, de acuerdo con sus necesidades
Por lo anterior, los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que aceptan realizar la prestación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco objeto de la presente Convocatoria, en el plazo, horario y lugares establecidos en el presente apartado, de conformidad con las especificaciones técnicas, cantidades y condiciones establecidas en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de esta Convocatoria; considerando que al tratarse de una contratación abierta, los montos y fechas de entrega podrán ser superiores o menores a lo calendarizado, pudiendo variar de acuerdo a las necesidades de “La Secretaría”.
a8. Condiciones para la prestación del servicio.
La contratación objeto de la presente Convocatoria, se realizará conforme a las Condiciones Generales establecidas en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de esta Convocatoria.
Por lo anterior, los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que aceptan realizar la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Xxxxx objeto de la presente Convocatoria, conforme a las Condiciones Generales especificadas en el párrafo anterior establecidas en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de esta Convocatoria.
a9. Verificación de las especificaciones y aceptación del servicio.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 84, último párrafo de “El Reglamento”, los licitantes, deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que conocen la forma en que la Convocante procederá a verificar las especificaciones del servicio, conforme a lo establecido en la presente Convocatoria y lo especificado en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de ésta, asimismo, que manifiestan su conformidad de que hasta en tanto ello no se cumpla, no se dará por recibido o aceptado el servicio objeto de esta Convocatoria.
El nombre, cargo y datos del servidor público de “La Secretaría”, responsable de administrar y supervisar el cumplimiento del contrato que se formalice con el licitante adjudicado, así como de la aceptación, recepción, satisfacción y verificación de las especificaciones de la contratación objeto de la presente Convocatoria, será:
SERVIDOR PÚBLICO DESIGNADO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO | DATOS DE CONTACTO |
C.P. Xxxxxxx Xxxxx Real Director de Administración de Personal | • Teléfono 0000-0000, extensión 7708. |
a10. Penas convencionales.
En términos de lo previsto en el artículo 53 de “La Ley” y los artículos 95 y 96 de “El Reglamento”, en relación con lo estipulado en el numeral lII.3.1 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Energía, “La Secretaría”, aplicará penas convencionales, al licitante que resulte adjudicado, por atraso en la prestación del servicio objeto de la presente Convocatoria, de acuerdo a lo siguiente:
• Una pena equivalente al 5% (cinco por ciento) por cada día natural de atraso en la prestación del servicio, de conformidad con el plazo, lugar y horario de entrega establecido en la Sección II “Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso a) “Especificaciones y cantidades del servicio a contratar”, subinciso a7. “Plazo, lugar y horario para la prestación del servicio” de la presente Convocatoria, calculada sobre el monto del servicio prestado con atraso o no prestado, antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por causas atribuibles al licitante que resulte adjudicado.
La penalización por atraso a que se hace referencia, no podrá exceder individual o acumulativamente del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato adjudicado, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
A partir del tercer día de retraso en la prestación del servicio, “La Secretaría”, podrá rescindir el contrato.
Para el pago de las penas convencionales “La Secretaría”, a través del Administrador del contrato, informará por escrito al licitante adjudicado el cálculo de la pena correspondiente indicando el número de días de atraso, así como, la base para su cálculo y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
El importe de las penas convencionales se hará efectivo aplicando la cantidad correspondiente que deberá ser entregada por el licitante adjudicado a la Tesorería de la Federación (TESOFE), a través del formato SAT 16 con la clave 700018 denominada “Por infracciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios” o el que determine en su caso el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o el vigente en el momento de aplicarse la pena convencional; exhibiendo original y fotocopia para el cotejo de dicho pago, previo a la presentación de la factura correspondiente al Administrador del contrato.
En el caso de proceder el cobro xx xxxxx convencionales, el pago de la contratación quedará condicionado proporcionalmente al pago de la pena convencional que deba efectuar el licitante ganador.
a11. Garantía de cumplimiento del contrato.
De conformidad con lo estipulado en los artículos 48, fracción II, y 49, fracción I, de “La Ley”, el artículo 103 de “El Reglamento”, en relación con lo estipulado en los artículos 45, 47 y 48 de la Ley de Tesorería de la Federación, así como lo dispuesto en el numeral lII.2.1 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Energía, el licitante que resulte adjudicado deberá presentar garantía para el cumplimiento de las obligaciones del contrato que se formalice, mediante fianza expedida por compañía autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE), por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo adjudicado, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), misma que deberá presentar a “La Secretaría”, en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales posteriores a la fecha de firma del contrato; la cual deberá cumplir con lo dispuesto en el Anexo XIII Modelo de fianza de la presente Convocatoria.
a12. Anticipos.
En este procedimiento no se establece el otorgamiento de anticipos.
a13. Subcontratación.
Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en donde manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, que se obligan a que la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco objeto de la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de identificación del procedimientoen CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19 no podrá ser subcontratado y será por cuenta y responsabilidad del licitante, quien lo prestará de acuerdo con las especificaciones técnicas, condiciones y tiempos establecidos en la Convocatoria en cita y en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la misma.
a14. Confidencialidad.
Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, en donde manifiesten que se obligan expresamente a guardar absoluta confidencialidad de la información y documentación que se les proporcione, genere o tengan acceso con motivo de la prestación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Xxxxx objeto de la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de identificación del procedimientoen CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19 a la cual tengan acceso, así como prohibición estricta de utilizar, disponer, comercializar, difundir o hacer del conocimiento de terceros, total o parcialmente, dicha información, debiendo instruir en tal sentido al personal que utilice en la prestación del servicio.
En el entendido de que en caso contrario se procederá conforme a derecho por los daños y perjuicios que cause a
“La Secretaría”, por las revelaciones que se llegaren a realizar.
Asimismo, el licitante ganador se obligará a que en el momento de la terminación del contrato o en cualquier momento que lo solicite “La Secretaría”, a devolver o entregar todo documento o información que pudiera haber recibido, obtenido o producido como resultado de la contratación objeto de la presente Convocatoria.
a15. Conflicto de intereses.
De conformidad con lo estipulado en el numeral 2 del Anexo Segundo del “ACUERDO por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017, los licitantes deberán presentar un escrito de manifestación de no conflicto de intereses de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, en donde manifieste que tanto el licitante participante (la empresa), así como sus socios o accionistas, sus integrantes del consejo de administración o administradores, el director general, gerente general, o equivalentes, su o sus representantes legales, y, en su caso, las personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el diez por ciento de los títulos representativos del capital social de la persona moral no tienen conflicto de intereses en la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco objeto de la presente Convocatoria y que no tienen vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan la propia persona, con el o los servidores públicos que intervienen en el proceso de contratación o con los licitantes que participan en el proceso licitatorio, ni dentro de sus clientes una persona física o moral, que pudiera representar conflicto de intereses con los licitantes o los servidores públicos que intervienen en las mismas. Asimismo, que se obliga a dar aviso por escrito a “La Secretaría”, cuando por cualquier motivo llegare a originarse algún conflicto de interés que pudiera afectar a “La Secretaría”, por lo que en caso de omitir el aviso en cuestión se podrá dar por terminado de forma anticipada la contratación que le fuere adjudicada.
a16. Capacidad financiera.
De conformidad con lo estipulado en la Cláusula Quinta, fracción III de “El Contrato Marco”, a fin de que la Convocante se encuentre en posibilidad de verificar que los licitantes interesados en participar en la presente Convocatoria cuentan con la capacidad financiera que se requiere para el adecuado cumplimiento del contrato que
se formalice con el licitante que resulte adjudicado, para garantizar debidamente los recursos públicos; los licitantes deberán acreditar que en el ejercicio fiscal inmediato anterior al presente tiene ingresos superiores a $2´500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), para lo cual presentará como parte de su propuesta, la documentación siguiente:
Copia de la última declaración fiscal anual completa del Impuesto Sobre la Renta, con acuse de recibo por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ya sea de la página electrónica que se muestra en el momento del envío o con la confirmación enviada por el SAT posteriormente.
b) Partidas.
La adjudicación de la contratación objeto de la presente Convocatoria será por la totalidad de la PARTIDA ÚNICA, de acuerdo a la descripción, especificaciones técnicas, condiciones, cantidades, plazos y lugares que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria, al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos requeridos por la Convocante y que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco, por lo que los licitantes participantes deberán presentar su proposición conforme a lo estipulado en el Anexo de referencia y a la presente Convocatoria, no se aceptaran opciones.
c) Precios máximos de referencia.
De conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta de “El Contrato Marco” la comisión máxima de referencia es del 1.0309% (uno punto trescientos nueve diezmilésimo por ciento), sobre el monto total que importen los vales de despensa requeridos, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que los licitantes participantes no podrán rebasar dicha comisión máxima al presentar sus ofertas económicas.
d) Normas.
En este procedimiento no se establece el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s), Normas Mexicanas (NMX) y/o normas internacionales.
e) Método para la aplicación de pruebas.
Para este procedimiento no es necesaria la aplicación de pruebas.
f) Cantidades a contratar.
Se contrata el servicio indicado en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria, de conformidad con lo establecido en la Sección II “Objeto y Alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso a) “Especificaciones del servicio a contratar” e inciso b) “Partidas” de la presente Convocatoria, de acuerdo a la descripción, especificaciones técnicas, condiciones y lugares especificados en la presente Convocatoria y su Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la misma, conforme a las cantidades siguientes:
Partida | Fajillas Requeridas | Número xx xxxxx por fajilla | Importe total por fajilla | Importe de la contratación sin comisión ni impuestos |
ÚNICA | 2,641 | De conformidad al calendario de entregas establecido en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas | De conformidad al calendario de entregas establecido en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas | Monto máximo $ 2,492,573.00 (Dos millones cuatrocientos noventa y dos mil quinientos setenta y tres pesos 00/100 M.N.) Monto mínimo $997,029.20 (Novecientos noventa y siete mil veintinueve pesos 20/100 M.N.) |
g) Modalidad de contratación.
La presente contratación será bajo la modalidad de contrato abierto de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de “La Ley”, bajo la adjudicación de montos máximos y montos mínimos de contratación con las cantidades y características especificadas en la Sección II “Objeto y Alcance de la de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso a) “Especificaciones del servicio a contratar” de la presente Convocatoria, acorde a la descripción, especificaciones técnicas, condiciones, cantidades y lugares que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la Convocatoria citada al rubro.
h) Adjudicación.
La contratación descrita en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria, será adjudicada por la totalidad de la PARTIDA ÚNICA a un solo licitante que cumpla con todos los requisitos técnicos, legales, administrativos y económicos de la presente Convocatoria, acorde al criterio de evaluación establecido en la Sección V “Criterios de evaluación y adjudicación”, numeral 5.1 “Evaluación” de la Convocatoria y haya presentado la Propuesta Económica con la comisión más baja o la bonificación más alta, acorde a lo establecido en esta Convocatoria y “El Contrato Marco”, garantizando satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato Marco.
i) Modelo del contrato.
El modelo de contrato que servirá para formalizar las obligaciones respectivas, del licitante que resulte adjudicado, se detalla en el Anexo XII Modelo de contrato de la presente Convocatoria.
III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de contratación.
a) Reducción de plazos.
Para la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica no aplica la reducción de plazos.
b) Actos.
Para el adecuado desarrollo de los actos de la presente Convocatoria, se informa a los licitantes invitados el siguiente calendario de eventos:
EVENTO | FECHA Y HORA | LUGAR |
Junta de Aclaraciones | 01 xx xxxxx de 2019 11:00 horas. | A través de CompraNet (medios electrónicos de comunicación) sin la presencia de licitantes. |
Presentación y Apertura de Proposiciones | 05 xx xxxxx de 2019 11:00 horas. | |
Fallo | 06 xx xxxxx de 2019 18:00 horas. | |
Firma del Contrato | Dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del Fallo de la presente Convocatoria. | Para “La Secretaría”: Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México. |
De conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 26 de “La Ley” y quinto párrafo del artículo 45 de “El Reglamento”, a los actos de la presente Convocatoria a la Invitación a Cando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
1. Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
La Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica se llevará a cabo el día 01 xx xxxxx de 2019 a las 11:00 horas, a través de CompraNet, sin la presencia de licitantes.
1.1. Escrito de interés de participar en la Junta de Aclaraciones.
Solamente podrán formular aclaraciones a la Convocatoria los licitantes que lo soliciten, para lo cual, los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, su interés en participar en la Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica y donde su firmante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada; para lo cual deberán utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo IX Formato de escrito
para participar en la Junta de Aclaraciones y poder formular preguntas de esta Convocatoria, escrito que deberá incluir los datos siguientes:.
▪ De la persona licitante (empresa o persona física): Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso de su apoderado o representante.
Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las Escrituras Públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y en su caso, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente.
▪ Del representante legal de la persona licitante: datos de las Escrituras Públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas, y en su caso, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente.
Los licitantes deberán presentar sus solicitudes de aclaración de forma electrónica a través de CompraNet, mediante versión electrónica (formato Word), utilizando y requisitando debidamente para tal efecto el Anexo X Formato de escrito para solicitar aclaraciones de la presente Convocatoria, a más tardar 24 horas antes de que se lleve a cabo dicha junta, las preguntas recibidas con posterioridad a ésta fecha y hora, por resultar extemporáneas, no serán contestadas. Al término de la referida sesión no habrá posibilidad de aclaración o discusión sobre el contenido y alcance de esta Convocatoria.
La Junta de Aclaraciones será presidida por el servidor público designado por la Convocante, quien será asistido por un representante del Área Técnica y/o Área Requirente del servicio objeto de la contratación, a fin de que se resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos formulados por los licitantes y que se relacionen con los aspectos contenidos en la Convocatoria.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presente Convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la Convocante.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46, fracción II de “El Reglamento”, en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, la Convocante procederá a enviar, a través de CompraNet, las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas, a partir de la hora y fecha señaladas en la Convocatoria para la celebración de la Junta de Aclaraciones.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior la Convocante, informarán a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que éstos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas. Dicho plazo no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas.
Una vez recibidas las preguntas, la Convocante informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes, las cuales serán consideradas parte integrante de la presente Convocatoria, por lo que deberán tomarse en cuenta por los licitantes para la elaboración de las proposiciones.
No obstante, si las aclaraciones requieren de mayor análisis o si debido a su complejidad o en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas no se les pudiera dar respuesta en el mismo acto, así como alguna otra causa
no imputable a la Convocante, el servidor público que presida, podrá suspender la sesión y realizar las sesiones que sean necesarias o bien celebrar las Juntas de Aclaraciones que considere necesarias; señalándose al final de la primera junta la fecha y hora para la celebración de la segunda o las ulteriores.
Las modificaciones y aclaraciones que se hicieren por la Convocante, derivado de la Junta de Aclaraciones, se difundiran en el Sistema CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen, las cuales serán consideradas parte integrante de la presente Convocatoria, por lo que deberán tomarse en cuenta por los licitantes para la elaboración de las proposiciones.
Las modificaciones que se mencionan, en ningún caso podrán consistir en sustitución de los bienes solicitados originalmente, adición a otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características.
Al término de la Junta de Aclaraciones, se levantará el Acta correspondiente, misma que será cargada en CompraNet para su consulta, en la que se hará constar los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas de la Convocante.
Las modificaciones derivadas del resultado de la Junta de Aclaraciones, formarán parte de la presente Convocatoria.
2. Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
El acto de Presentación y Apertura de Proposiciones será el día 05 xx xxxxx de 2019 a las 11:00 horas, a través de CompraNet.
2.1. Escrito de interés de participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
De conformidad con lo establecido en el artículo 29, fracción VI de “La Ley”, los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, en el que manifiesten, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, su interés en participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones a la Convocatoria de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica y donde su firmante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada; para lo cual deberán utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo XI Formato de escrito para participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la presente Convocatoria, escrito que deberá incluir los datos siguientes:
▪ De la persona licitante (empresa o persona física): Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante.
Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las Escrituras Públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y en su caso, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente, y
▪ Del representante legal de la persona licitante: datos de las Escrituras Públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas, y en su caso, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente.
Los licitantes, al presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica (CompraNet), deberán enviar su propuesta y documentación distinta a ésta, como recomendación, a más tardar con una hora de anticipación al inicio del acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, debiendo concluir el envío de sus proposiciones y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de CompraNet (mensaje que envía el sistema a el correo electrónico registrado por el licitante), antes del evento de Presentación y Apertura de Proposiciones.
Para poder participar en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, es requisito indispensable, que cada licitante presente sólo una proposición de acuerdo a lo indicado en esta Convocatoria; la omisión de algún requisito o presentación de documentos no apegados a lo indicado, que no afecten la solvencia conforme lo establece el artículo 36, penúltimo párrafo de “La Ley”, no será motivo de desechamiento.
Los licitantes al enviar formalmente a la Convocante sus Proposiciones Técnicas y Proposiciones Económicas en el presente procedimiento de contratación, aceptan sin reserva de ningún tipo todos y cada uno de los términos y condiciones previstos en la presente Convocatoria y sus Anexos y por tanto, los mismos no podrán ser negociadas, por lo que los licitantes se obligan a respetarlas y cumplirlas al pie de la letra en caso de resultar ganadores, con toda su fuerza legal y para todos los efectos legales y administrativos.
La proposición se integra por la Propuesta Técnica (Anexo II Formato de Propuesta Técnica), la Propuesta Económica (Anexo III Formato de Propuesta Económica) y la documentación distinta a la proposición.
Conforme lo establece el artículo 26, párrafo séptimo de “La Ley” no se negociará ninguna de las condiciones establecidas en la Convocatoria, así como de las propuestas que presenten los licitantes.
2.2. Requisitos formales de las proposiciones:
a) Conforme a lo estipulado en el artículo 34 de “La Ley”, la entrega de proposiciones del licitante se hará en sobre electrónico cerrado que contendrá la oferta técnica y económica, los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública.
Lo anterior, se realizará de forma electrónica a través de CompraNet, en papel membretado y firmadas por el representante legal, bajo protesta de decir verdad, debidamente foliadas en todas y cada una de las hojas que la integren.
Al efecto se deberán numerar de manera individual la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica, así como el resto de los documentos que incorpore el licitante al sistema. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 36 de “La Ley”.
b) Se deberán presentar exclusivamente en idioma español, debidamente firmadas (firma autógrafa del representante legal o persona facultada para ello, bajo protesta de decir verdad).
c) Se deberán enviar sin tachaduras ni enmendaduras, en sobre electrónico a través de CompraNet.
d) Los licitantes, tanto personas físicas, en lo aplicable, como xxxxxxx, deberán presentar y requisitar el
Xxxxx XX Formato para acreditar personalidad de la presente Convocatoria.
e) Los licitantes indicarán el domicilio en donde recibirán toda clase de notificaciones que resulten del Contrato específico; por lo que mientras no se señale un domicilio distinto, el manifestado se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones.
f) Las proposiciones deberán ser firmadas autógrafamente en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por personas que tengan facultad para ello, conforme a lo indicado en el inciso i) “Acreditación de existencia legal”, de la Sección III “Forma y términos que regiran los diversos actos del procedimiento de contratación” de esta Convocatoria.
Para acreditar lo señalado en el párrafo anterior, el licitante deberá requisitar íntegramente el Anexo IV Formato para acreditar personalidad de la presente Convocatoria.
g) La Propuesta Técnica se deberá presentar por escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado del licitante y firmada, bajo protesta de decir verdad, autógrafamente en la última hoja de la misma, sin tachaduras ni enmendaduras, de acuerdo al formato establecido en el Anexo II Formato de Propuesta Técnica de la presente Convocatoria, misma que se integrará con la descripción, condiciones técnicas, cantidades, lugares y plazos establecidos en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de ésta Convocatoria.
h) La Propuesta Económica deberá ser presentada por escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado del licitante y firmada, bajo protesta de decir verdad, autógrafamente en la última hoja de la misma, sin tachaduras ni enmendaduras, de acuerdo al formato establecido en el Anexo III Formato de Propuesta Económica de la presente Convocatoria, en la cual deberá señalarse el precio unitario, la comisión y/o bonificación y el total en pesos mexicanos, de conformidad con lo señalado en la Sección II “Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso a) “Especificaciones y cantidades del servicio a contratar”, subinciso a1 “Moneda”, con número y letra, éste último señalando si los precios ofertados incluyen o no el Impuesto al Valor Agregado (IVA), mismos que serán objeto de evaluación y adjudicación.
Los porcentajes de comisión y/o bonificación permanecerán fijos durante la vigencia el contrato.
2.3. Apertura de proposiciones.
Una vez verificado en CompraNet la existencia de proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica (CompraNet), en términos de lo establecido en el numeral 27 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, el cual se hace de conocimiento de los licitantes invitados a participar en la presente Convocatoria en el Anexo XVI Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet y activada la pestaña de “Apertura y Evaluación” se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, abriendo todos los archivos que contenga el sobre electrónico, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
Las Propuestas Técnicas y Económicas presentadas a través de CompraNet, deberán elaborarse preferentemente
en formato PDF o, en su caso, utilizar archivos con terminación .doc o .xls. Deberán identificarse cada una de las páginas que integran las propuestas con los datos siguientes: clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
Los licitantes participantes deberán tomar en cuenta el software institucional de la Convocante, con el cual se realizará la descarga y Apertura de Proposiciones según la extensión de cada archivo electrónico que la contenga, que para el efecto es el siguiente:
EXTENSIÓN | PROGRAMA(S) UTILIZADO(S) |
Adobe acrobat 9.0 Pro ó Adobe Reader XI en Windows | |
.doc, .docx, .docm | Microsoft word 2016 en Windows |
.xls, .xlsx, .xlsm | Microsoft Excel 2016 en Windows |
En el supuesto de que durante el acto de Presentación y Apertura de Propuestas, por causas ajenas a CompraNet o de la Convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la Convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto, lo anterior de acuerdo a lo previsto en el artículo único, numeral Trigésimo del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011.
En el caso de que el sistema de CompraNet se interrumpa, la Convocante podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en su poder.
Se revisarán en forma cuantitativa (en general) las Propuestas Técnicas de los licitantes, conformadas por la documentación técnica, legal y administrativa, sin que ello implique la evaluación de su contenido, para proseguir a dar lectura al importe total de cada una de las Propuestas Económicas que hubieren sido aceptadas para su posterior evaluación.
El servidor público que presida el evento, designará quien rubricará exclusivamente la Proposición Técnica y la Proposición Económica.
Se levantará Acta que servirá de constancia de la celebración del acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en la que se hará constar las proposiciones aceptadas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, la cual se difundirá a través de CompraNet para efectos de su notificación.
En el Acta se señalará el lugar, fecha y hora en la que se dará a conocer el Fallo de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica de la Convocatoria citada al rubro; que, para tales efectos, de conformidad con lo establecido en la Sección III “Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de contratación”, inciso b) “Actos”, el mismo se llevará a cabo el 06 xx xxxxx de 2019 a las 18:00 horas, a través de CompraNet.
En el periodo que transcurra entre la recepción de proposiciones y el acto de Xxxxx se llevará a cabo el análisis detallado de las proposiciones recibidas, por parte del área correspondiente de “La Secretaría”, a fin de determinar las que cumplen con lo solicitado en la Convocatoria, área que para tal efecto será:
Área que realizará la evaluación de las propuestas | Domicilio |
Dirección de Administración de Personal | Calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Número 174, Tercer Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México. |
c) Aspectos a los que se sujetará la recepción de las proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería.
Para esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica no se recibirán proposiciones de manera presencial, ni enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
d) Vigencia de las proposiciones.
Una vez enviadas las proposiciones, estas no podrán dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica hasta su conclusión.
e) Requisitos para la presentación de proposiciones conjuntas.
De conformidad a lo establecido en el artículo 77, último párrafo de “El Reglamento”, en este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica no se acepta la presentación de proposiciones conjuntas.
f) Los licitantes sólo podrán presentar una proposición.
g) Presentación de documentación distinta a la que conforma la Propuesta Técnica y Económica.
Queda a elección de los licitantes presentar dentro o fuera del sobre cerrado electrónico, en el campo de “ANEXOS GENÉRICOS” de CompraNet, la documentación distinta de la Propuesta Técnica y de la Propuesta Económica.
h) Revisión preliminar de documentación.
En este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica no se efectuará revisión preliminar de documentación, ni registro de participantes preliminar.
i) Acreditación de existencia legal.
Los representantes legales de los licitantes que suscriban la proposición de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, deberán contar con facultades para obligarse y contratar a nombre de su
representada, para lo cual con fundamento en el artículo 29, fracción VI de “La Ley”, para intervenir en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, los licitantes deberán presentar por escrito de forma electrónica a través de CompraNet en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, utilizando para tal efecto el formato establecido en el Anexo IV Formato para acreditar personalidad el cual aplica para personas físicas y xxxxxxx.
j) Parte de las proposiciones que se rubricaran en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
El servidor público que presida el evento, designará a quien rubricará exclusivamente las Proposiciones Técnicas y las Proposiciones Económicas presentadas.
Para facilitar este punto solo se rubricará el Anexo II Formato de Propuesta Técnica que contiene el resumen de la Propuesta Técnica y el Anexo III Formato de Propuesta Económica que contiene el resumen de la Propuesta Económica.
k) Indicaciones relativas al Fallo y a la firma del contrato.
El acto de Fallo se llevará a cabo el día 06 xx xxxxx de 2019 a las 18:00 horas, a través de CompraNet.
De conformidad con el artículo 37 de “La Ley”, en este acto se emitirá el Fallo con el que se dará a conocer por escrito de forma electrónica a través de CompraNet el resultado de la evaluación, así como el nombre del licitante ganador y las razones por las cuales las proposiciones de los demás participantes no resultaron con adjudicación favorable.
El contenido del Fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita y a los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del Fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, los derechos y obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el Acta de Fallo.
En el caso de errores aritméticos, mecanográficos o de cualquier naturaleza, se estará a lo dispuesto en el artículo 37, penúltimo párrafo de “La Ley”.
En caso de que se declare desierta la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, se señalarán en el Fallo las razones que lo motivaron.
Contra la resolución que contenga el Fallo solamente procederá la instancia de inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de “La Ley”.
l) Notificación y publicación de las Actas.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 37 Bis de “La Ley”, las Actas de del acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y de la junta en la que se dé a conocer el Fallo serán firmadas por los servidores públicos que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se entregará copia a dichos asistentes y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar de la misma en el tablero informativo
ubicado en la recepción de la Convocante ubicado en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Planta Baja, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, por un término no menor de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha en que se haya realizado el evento correspondiente.
Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas Actas en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en la sección de Difusión del Anuncio al Público en General de CompraNet, para efectos de su notificación a los licitantes participantes en los actos, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes enterarse de su contenido y obtener copia de la misma para efectos de su notificación.
m) Indicaciones relativas a la firma del contrato.
Con fundamento en el artículo 46 de “La Ley”, el licitante ganador dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a la emisión del Fallo, deberá exhibir la documentación de este numeral para la elaboración del contrato, a efecto de proceder a su la formalización, misma que se llevará a cabo dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la notificación del Fallo, quedando bajo la responsabilidad exclusiva del licitante adjudicado la entrega de la documentación en el plazo señalado, por lo que una vez vencido el plazo sin que la “La Secretaría”, cuente con dicha documentación, no le será atribuible a éstas la falta de formalización del instrumento jurídico respectivo.
El horario y ubicación donde será entregada la documentación completa, abajo referida, para la formalización del contrato será en el Departamento de Contratos ubicado en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Segundo Piso, Colonia Florida, C.P. 01030, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, en un horario comprendido de 09:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas de lunes a viernes.
Asimismo, el licitante adjudicado deberá entregar la garantía de cumplimiento del instrumento legal, dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la fecha de firma del contrato.
El licitante ganador, previo a la firma del contrato, deberá presentar original, para su cotejo, y entregar copia simple de la documentación comprobatoria que a continuación se menciona:
Tratándose de personas xxxxxxx:
• Acta constitutiva y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, con el objeto social acorde a la contratación objeto de la presente Convocatoria.
• Cédula de Identificación Fiscal (RFC).
• Escritura Pública en la que conste el poder otorgado a su Representante Legal ante Fedatario Público (pudiendo ser un poder especial para estos efectos, un poder para actos de administración y/o actos de dominio), con el que se acredite que cuenta con facultades suficientes para comprometerse y contratar a nombre de su representada.
• Identificación oficial vigente con fotografía y firmadel Representante Legal (credencial para votar, cédula profesional y/o pasaporte vigente).
Tratándose de personas físicas:
• Acta de nacimiento, por medio de la cual acredite su nacionalidad mexicana.
• Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, cédula profesional y/o pasaporte vigente).
• Cédula de Identificación Fiscal (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP) en caso de que no esté incluido en la cédula de identificación fiscal (RFC).
Para ambos casos (personas xxxxxxx y físicas):
• Comprobante de domicilio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de “El Reglamento”, con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de emisión del Fallo de la presente Convocatoria.
• Constancia del domicilio fiscal en el formato de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (acuse de alta en el Servicio de Administración Tributaria).
• Estado de la cuenta bancaria o constancia de la institución financiera a nombre del licitante adjudicado (beneficiario) que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos a través de los sistemas de pagos, con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de emisión del Fallo de la presente Convocatoria.
▪ De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2018, publicada el 22 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, así como lo dispuesto en el Oficio Circular publicado por la Secretaría de la Función Pública en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008, será requisito indispensable que previo a la formalización del contrato específico, el licitante ganador entregue la “Opinión positiva de encontrase al corriente de sus obligaciones fiscales”, emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ,con una antigüedad no mayor a 30 (treinta) días naturales a la fecha de emisión del Fallo de la presente Convocatoria, a favor del licitante que resulte adjudicado.
Se anexa la disposición correspondiente como Anexo XVII Artículo 32-D, Código Fiscal de la Federación, para referencia de los licitantes interesados en participar en la presente Convocatoria.
▪ De conformidad con el artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación, será requisito indispensable que previo a la formalización del contrato, el licitante ganador entregue la “Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con una antigüedad no mayor a 30 (treinta) días naturales a la fecha de emisión del Fallo de la presente Convocatoria, a favor del licitante que resulte adjudicado.
Lo anterior, conforme a lo establecido en el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, el cual se encuentra como Anexo XVIII Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, para referencia de los licitantes interesados en participar en la presente Convocatoria.
▪ De conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, será requisito indispensable que previo a la formalización del contrato específico, el licitante ganador entregue la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, emitida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), con antigüedad no mayor a 30 (treinta) días naturales a la fecha de emisión del Fallo, a favor del licitante que resulte adjudicado.
Lo anterior, conforme a lo establecido en el Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017, el cual se encuentra como Anexo XXI Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos , para referencia de los licitantes interesados en participar en la presente Convocatoria.
▪ Escrito original, preferentemente en papel membretado del licitante que resulte adjudicado y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada donde indique:
o El número de registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS);
o La relación de personal, indicando el número de integrantes por tipo de contratación: base o de planta, confianza, honorarios y eventual;
Acompañado de copia simple de la documentación siguiente:
o Registro de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social de todo su personal contratado, y
o Última constancia de pago de cuotas patronales a la Institución de Seguridad Social.
Cabe aclarar, que en caso de no serle aplicable lo descrito en el párrafo anterior, se deberá entregar escrito (en papel membretado del licitante que resulte adjudicado) firmado por persona facultada, bajo protesta de decir verdad, en el que se especifique la razón por la cual no le es aplicable, a fin de enviarla, en su caso, para su verificación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
▪ Escrito original, prefrenetemente en papel membretado del licitante que resulte adjudicado y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VI Ejemplo escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”.
▪ Escrito original, preferentemente en papel membretado del licitante que resulte adjudicado y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada en el que especifique la estratificación del licitante (micro, pequeña y mediana empresa), para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VIII Modelo de formato para el manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) .
▪ Escrito original, preferentemente en papel membretado del licitante que resulte adjudicado y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada de integridad, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VII Declaración de integridad del licitante.
▪ Escrito original, preferentemente en papel membretado del licitante que resulte adjudicado y firmado, bajo
protesta de decir verdad, por persona facultada, de confidencialidad, en términos de lo dispuesto en la Sección II “Objeto y alcance de la Licitación Pública”, inciso a) “Especificaciones y cantidades del servicio a contratar”, subinciso a14. “Confidencialidad” y Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria.
▪ Escrito original, preferentemente en papel membretado del licitante que resulte adjudicado y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada, de conflicto de intereses, en términos de lo dispuesto en la Sección II “Objeto y alcance de la Licitación Pública”, inciso a) “Especificaciones y cantidades del servicio a contratar”, subinciso a15. “Conflicto de intereses” y Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria.
▪ Original de la solicitud de alta en el catálogo de beneficiarios y cuentas bancarias del SIAFF, formato que se establece en el Anexo XIX Formato SIAFF.
▪ Fianza expedida por compañía autorizada a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo adjudicado, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), misma que deberá presentar en un plazo máximo de 10 (diez) días naturales posteriores a la fecha de firma del contrato.
De conformidad con lo establecido en segundo párrafo del artículo 46 de “La Ley”, en caso de que el interesado adjudicado no firmare el contrato en la fecha establecida para tal efecto por causas imputables al mismo, “La Secretaría”, sin responsabilidad para las mismas, podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente con la comisión más baja o la bonificación más alta y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10 % (diez por ciento).
IV. Enumeración de los requisitos que deben cumplir los licitantes.
a) Requisitos que deben cumplir los licitantes y que de no presentarse serán motivo de desechamiento.
Requisito No. | Numeral de la Convocatoria | Descripción del documento electrónico solicitado | Documentación que de no presentarse será motivo de desechamiento |
1. | Sección III inciso b) numeral 2.2, inciso g. | Anexo II Formato de Propuesta Técnica. | SI |
2. | Sección III inciso b) numeral 2.2, inciso h. | Anexo III Formato de Propuesta Económica. | SI |
3. | Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas. | Condiciones y Especificaciones Técnicas. | SI |
Requisito No. | Numeral de la Convocatoria | Descripción del documento electrónico solicitado | Documentación que de no presentarse será motivo de desechamiento |
4. | Sección I, inciso c). | Manifiesto de aceptación de dar por no presentadas las proposiciones por no poder abrir el archivo que las contenga. | SI |
5. | Sección II, inciso a) numeral a2. | Manifiesto de vigencia y precio fijo. | SI |
6. | Sección II, inciso a) numeral a6. | Escrito sobre responsabilidad en materia de registros, marcas y otros derechos. | SI |
7. | Sección II, inciso a) numeral a7. | Escrito sobre plazo, lugar y horario para la entrega de los vales. | SI |
8. | Sección II, inciso a) numeral a8. | Escrito sobre condiciones para la prestación del servicio. | SI |
9. | Sección II, inciso a) numeral a9. | Verificación de las especificaciones y aceptación del servicio. | SI |
10. | Sección II, inciso a), numeral a13. | Escrito sobre subcontratación. | SI |
11. | Sección II, inciso a) numeral a14. | Escrito sobre confidencialidad. | SI |
12. | Sección II, inciso a) numeral a15. | Escrito sobre conflicto de intereses. | SI |
13. | Sección II, inciso a) numeral a16. | Escrito sobre capacidad financiera. | SI |
14. | Sección III, inciso b) numeral 2.1. | Anexo XI Formato de escrito para participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. | SI |
15. | Sección III, inciso b) numeral 2.2, incisos d y f y Sección VI, inciso a). | Xxxxx XX Formato para acreditar personalidad. | SI |
16. | Sección VI, inciso b). | Escrito de correo electrónico del licitante. | SI |
17. | Sección VI, inciso c), numeral 1 y numeral 2 | Anexo VI Escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”. | SI |
18. | Sección VI, inciso d) | Anexo VII Declaración de integridad del licitante. | SI |
19. | Sección VI, inciso g) | Anexo V Manifiesto sobre nacionalidad. | SI |
20. | Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas | Directorio electrónico de establecimientos afiliados. | SI |
Requisito No. | Numeral de la Convocatoria | Descripción del documento electrónico solicitado | Documentación que de no presentarse será motivo de desechamiento |
21. | Sección III, inciso b) numeral 1.1. | Anexo IX Escrito de interés para participar en la Junta de Aclaraciones. | NO |
22. | Sección III, inciso b) numeral 1.1. | Anexo X Formato de escrito para solicitar aclaraciones. | NO |
23. | Sección VI, inciso e) | Documentos para la acreditación de personal con discapacidad. | NO |
24. | Sección VI, inciso f) | Anexo VIII Manifiesto de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). | NO |
25. | Sección VI, inciso k). | Certificación emitida por autoridad u organismo competente de aplicación de políticas y prácticas de igualdad de género. | NO |
26. | Anexo XIV. | Encuesta de transparencia del procedimiento. | NO |
27. | Anexo XX. | Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). | NO |
b) Causas de desechamiento de las propuestas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, fracción XV de “La Ley”, se desechará la propuesta de los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
1. No ajustarse las proposiciones a cualquiera de los requisitos y condiciones establecidas en esta Convocatoria y sus Anexos, que afecten la solvencia de la proposición.
2. Las proposiciones que no se puedan evaluar por falta de algún requisito estipulado en la presente Convocatoria y sus Anexos quedarán desechadas.
3. En los casos en que las proposiciones presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto del cumplimiento de la contratación objeto de la presente Convocatoria o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta del licitante, la proposición será considerada insolvente y será desechada en el Fallo.
4. Se desecharán aquellas proposiciones en las que no se especifique con precisión si los precios ofertados incluyen o no el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o los impuestos que en su caso sean aplicables.
5. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de la contratación solicitada en la presente Convocatoria, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; o existan elementos de los que sea posible desprender que existe una relación
o vinculación entre dos o más licitantes.
6. Cuando presenten la Propuesta Económica en moneda extranjera.
7. Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español.
8. Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras.
9. Cuando presenten más de una Propuesta Técnica y/o Propuesta Económica.
10. Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”.
11. Cuando el licitante no acepte la corrección que realice la Convocante en caso de presentarse errores en las cantidades o volúmenes presentados por el licitante en su proposición.
12. Cuando el o los archivo (s) electrónico (s) que contengan la proposición de los licitantes enviado (s) a través de CompraNet no puedan abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la Convocante.
13. Cuando el monto de la propuesta económica del licitante que resulte mejor evaluado, exceda la suficiencia presupuestal con la que se cuenta para esta contratación, y en concepto del Área Requirente no sea posible ni conveniente la reasignación de recursos económicos para cubrir el faltante; o bien, por la naturaleza de la contratación no sea posible la reducción de los bienes.
14. Por cualquier otra violación a las disposiciones de “La Ley”, “El Reglamento” u otra disposición jurídica aplicable que deba cumplir el licitante y que se considere indispensable para evaluar la proposición y que afecte directamente su solvencia.
15. Cuando el monto de la comisión ofertada por el licitante en su Propuesta Económica se encuentre por arriba de la comisión máxima de referencia es del 1.0309% (uno punto trescientos nueve diezmilésimo por ciento), sobre el monto total que importen los vales de despensa requeridos, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), acorde a lo establecido en la Cláusula Cuarta de “El Contrato Marco”.
Para estos casos se asentarán las observaciones que correspondan en el Acta respectiva.
Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la propuesta, los siguientes:
• El proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica.
• El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia Propuesta Técnica o Económica.
• El no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida.
• El no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada.
En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
De conformidad con el artículo 56 de “La Ley”, las proposiciones desechadas durante la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el Fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la Convocante podrá proceder a su devolución o destrucción.
V. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.
5.1. Evaluación.
De conformidad con lo establecido en los artículos 29, fracción XIII y 36, primero y segundo párrafo de “La Ley” y 51 de “El Reglamento”, el criterio de evaluación que aplicará a las proposiciones presentadas en la presente Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, así como para la adjudicación del contrato, será el denominado “Binario”; acorde al criterio de selección establecido en la fracción VI de la Cláusula Quinta de “El Contrato Marco”.
El uso del criterio binario se establece con base en la experiencia adquirida de procedimientos de contratación anteriores; éste se determinó atendiendo a la naturaleza de la contratación objeto de la presente Convocatoria, porque no se requiere vincular las condiciones que deberán cumplir los licitantes con las características y especificaciones de los bienes objeto de la presente Convocatoria, ya que éstos se encuentran estandarizados en el mercado y el factor preponderante para adjudicar el contrato lo constituye la comisión más bajo o en su caso de presentarse una Propuesta Económica con 0 (cero) de comisión a la bonificación más alta; por lo cual no es posible establecer parámetros o criterios que evalúen un porcentaje de cumplimiento no siendo posible utilizar el criterio de puntos y porcentajes así como costo beneficio, solamente un sistema binario estableciendo si cumple o no cumple con lo solicitado.
El uso del sistema binario se establece ya que no se incorporan características de alta especialidad técnica o de innovación tecnológica.
La Convocante realizará en primer término la evaluación de las Propuestas Técnicas y posteriormente la evaluación de las Propuestas Económicas recibidas a través de CompraNet.
5.1.1. Evaluación Técnica de la Proposición.
Para la evaluación de las Propuestas Técnicas se aplicará una evaluación binaria, la cual consiste en evaluar “Si cumple” o “No cumple” con la documentación solicitada en esta Convocatoria y en sus Anexos, referida en la Sección IV “Enumeración de los requisitos que deben cumplir los licitantes”, inciso a) “Requisitos que deben cumplir los licitantes y que de no presentarse serán motivo de desechamiento” y si su Proposición Técnica cumple
íntegramente con los bienes solicitados acorde a la descripción, especificaciones técnicas, condiciones, lugares y cantidades que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria, para lo cual se observará lo siguiente:
• La Convocante a través de la Dirección de Administración de Personal de “La Secretaría” (Área Técnica y Requirente), evaluará el cumplimiento o incumplimiento de la documentación antes referida y la consistencia y congruencia de la Proposición Técnica del licitante con los requisitos y aspectos técnicos establecidos en esta Convocatoria y sus Anexos, emitiendo un análisis, señalando las Proposiciones Técnicas que cumplen con los requisitos solicitados y las que no los satisfagan.
• Asimismo, la Dirección de Administración de Personal de “La Secretaría” (Área Técnica y Requirente) determinará si las proposiciones Técnicas cumplen con todos los requisitos solicitados, para continuar con la evaluación de la Propuesta Económica.
En los casos en que las proposiciones presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto de la descripción, especificaciones técnicas, condiciones, lugares y cantidades del servicio que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, la proposición será considerada insolvente y será desechada en el Fallo.
5.1.2. Evaluación Económica de la Proposición.
Para proceder a la evaluación de la Proposición Económica del licitante, se excluirá del precio ofertado por el mismo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o cualquier impuesto que genere la contratación objeto de la presente Convocatoria y sólo se considerará la comisión que presente el licitante, la cual de conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta de “El Contrato Marco” la comisión máxima de referencia no podrá ser mayor al 1.0309% (uno punto trescientos nueve diezmilésimo por ciento), sobre el monto total que importen los vales de despensa requeridos, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La Proposición Económica que oferte el porcentaje de comisión más bajo, de los técnicamente aceptados, será la proposición adjudicada.
Por lo tanto, se evaluarán al menos las dos proposiciones cuyo porcentaje de comisión resulte ser el más bajo; de no resultar estas solventes, se evaluarán las que les sigan en porcentaje.
5.2. Adjudicación.
De conformidad con lo establecido en la fracción VI de la Cláusula Quinta de “El Contrato Marco”, sólo se podrá adjudicar el contrato al licitante cuya propuesta resulté técnicamente solvente porque se determine que su Propuesta Técnica, de conformidad con el criterio de evaluación binario estipulado en la presente Convocatoria, cumple con la documentación solicitada en la Sección IV “Enumeración de los requisitos que deben cumplir los licitantes”, inciso
a) “Requisitos que deben cumplir los licitantes y que de no presentarse serán motivo de desechamiento”, aunado a que su Proposición Técnica cumple íntegramente con los bienes solicitados en el Sección II “Objeto y alcance de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, inciso a) “Especificaciones y cantidades del servicio a contratar” acorde a la descripción, especificaciones técnicas, condiciones, lugares y cantidades que se precisan en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas, toda vez que en su Proposición Técnica se observa consistencia y congruencia con los requisitos y aspectos técnicos establecidos por la Convocante y su proposición cumple con los
requisitos legales, técnicos y administrativos establecidos en la presente Convocatoria y cuya Propuesta Económica contenga la comisión más baja de conformidad al resultado de evaluación de las Propuestas Técnicas y Económicas efectuada por la Dirección de Administración de Personal de “La Secretaría” (Área Técnica y Requirente).
Para efecto de lo anterior, en la Sección IV “Enumeración de los requisitos que deben cumplir los licitantes”, inciso
a) “Requisitos que deben cumplir los licitantes y que de no presentarse serán motivo de desechamiento” de la presente Convocatoria, se da a conocer a los licitantes participantes, los requisitos que afectan la solvencia de la propuesta, así como los que no afectan la solvencia de la misma.
El contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya proposición cumpla con los criterios de adjudicación establecidos en la presente Convocatoria, así como con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas.
En caso de que la comisión sea igual a cero, la Convocante seleccionará al licitante que ofrezca el mayor descuento o bonificación. De igual manera, la Convocante dará preferencia a las propuestas que se encuentren en igualdad de condiciones, como a los licitantes que se encuentren dentro de la estratificación correspondiente a una micro, pequeña o mediana empresa de conformidad con lo establecido en el inciso f) Manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresa (MIPYMES), de la Sección VI “Documentos y datos complementarios que deberán presentar los licitantes” de la presente Convocatoria.
Con fundamento en el artículo 55 de “El Reglamento”, en caso de discrepancia, cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la Convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con número y letra, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse, lo que se hará constar en el Acta de Fallo.
Si el licitante no acepta la corrección de la proposición, se desechará la misma.
5.3. Criterio de desempate.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más licitantes, de conformidad con el criterio de desempate previsto en los párrafos segundo y tercero del artículo 36 Bis de “La Ley” y el artículo 54 de “El Reglamento”, acorde a lo establecido en el numeral 4.2.2.1.19 Efectuar sorteo de desempate del “Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, publicado y modificado por última vez en el Diario Oficial de la Federación el 09 xx xxxxxx de 2010 y el 03 de febrero de 2016, se deberá adjudicar el contrato bajo los términos siguientes:
• En caso de que dos o más proposiciones empaten en la comisión más baja o en su caso en la bonificación o descuento más alto y ambas hayan presentado el requisito solicitado en el inciso f) “Manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresa (MIPYMES)”, de la Sección VI “Documentos y datos complementarios que deberán presentar los licitantes” de la presente Convocatoria, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que haya presentado el manifiesto en cita, aclarando que en primer término se considerará a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
• De persistir el empate, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo que realice la Convocante en el acto de Fallo de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional
Electrónica, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada (con el nombre de cada licitante empatado) y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador, el cual deberá ser firmado por los servidores públicos que intervengan en el acto; y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más proposiciones empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso.
VI. Documentos y datos complementarios que deberán presentar los licitantes.
a) Acreditación legal.
Los representantes legales de los licitantes que suscriban la proposición de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, deberán contar con facultades para obligarse y contratar a nombre de su representada, para lo cual deberán presentar en forma electrónica a través de CompraNet, debidamente requisitado el Anexo IV Formato para acreditar personalidad, el cual aplica para personas físicas y xxxxxxx, anexando al formato en cita la documentación siguiente:
Tratándose de personas xxxxxxx:
▪ Acta constitutiva, en las que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, con el objeto social acorde a la contratación objeto de la presente Convocatoria.
▪ Identificación oficial vigente con fotografía y firma del Representante Legal (credencial para votar, cédula profesional y/o pasaporte vigente).
Tratándose de personas físicas:
▪ Acta de Nacimiento, por medio de la cual acredite su nacionalidad mexicana.
▪ Clave Única de Registro de Población (CURP).
▪ Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar, cédula profesional y/o pasaporte vigente).
b) Dirección de correo electrónico del licitante.
Con fundamento en el artículo 29, fracción VII de “La Ley”, así como lo dispuesto en el artículo 39, fracción VI, inciso d) de “EL Reglamento”, los licitantes deberán presentar escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, bajo protesta de decir verdad, en el que manifiesten su dirección del correo electrónico.
c) Manifiestos relativos al artículo 50 y 60 de “La Ley”.
1. Restricciones del artículo 50 de “La Ley”: Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, en donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que ni él, ni ninguno de los accionistas integrantes del licitante que representa se encuentran dentro de las restricciones establecidas en el artículo 50 de “La Ley”, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VI Ejemplo de escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”.
2. Restricciones del artículo 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”: Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, en donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que ni él, ni ninguno de los accionistas integrantes del licitante que representa se encuentran dentro de las restricciones establecidas en el artículo 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VI Ejemplo de escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”.
d) Declaración de integridad del licitante.
Con fundamento en el artículo 29, fracción IX de “La Ley”, los licitantes deberán presentar por escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, en donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, su total integridad, respecto de abstenerse, por sí o a través interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos de “La Secretaría”, que participen en el presente procedimiento de contratación, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento y otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas sobre los demás licitantes participantes, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VII Declaración de integridad del licitante.
e) Participación de personal con discapacidad.
Los licitantes podrán acreditar que al menos el 5 % (cinco por ciento) del total de su planta de empleados son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción XXI del artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, mediante los documentos siguientes:
Tratandose de personas físicas:
o Escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su Representante Legal, en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es una persona física con discapacidad.
Tratandose de personas xxxxxxx:
o Escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su Representante Legal, en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es una empresa que cuenta con personal con discapacidad en una proporción de al menos 5 % (cinco por ciento) de la totalidad de la plantilla de sus empleados, a la cual deberá anexar:
a. Relación del personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a 6 meses, computada hasta la fecha del acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la presente Convocatoria.
b. Aviso de alta y constancia que indique que los trabajadores están inscritos al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
f) Manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).
Con fundamento en lo establecido en el artículo 34 de “El Reglamento”, los licitantes, en su caso, deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, en donde indiquen, bajo protesta de decir verdad, la ubicación que corresponda a la empresa, en la estratificación establecida en el artículo 3, fracción III de La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo VIII Modelo de formato para el manifiesto de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) o bien presentar copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación.
g) Manifiesto sobre nacionalidad.
Los licitantes deberán presentar un escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado y firmado por su representante legal, en donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, su nacionalidad, para lo cual podrá utilizar y requisitar debidamente para tal efecto el Anexo V Manifiesto sobre nacionalidad.
h) Para el caso de presentación de proposiciones conjuntas.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 77, último párrafo de “El Reglamento”, en este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica no se aceptan proposiciones conjuntas.
i) Obligaciones fiscales del licitante que resulte adjudicado.
1. Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por la autoridad fiscal competente:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2018, publicada el 22 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, así como lo dispuesto en el Oficio Circular publicado por la Secretaría de la Función Pública en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008, el licitante que resulte adjudicado deberá entregar el “ACUSE DE OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES” ante la autoridad fiscal competente, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos que se señalan en la Sección III “Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de contratación”, inciso m) “Indicaciones relativas a la firma del contrato”, acorde a lo establecido en el Anexo XVII Artículo 32-D, Código Fiscal de la Federación, de la presente Convocatoria, considerando lo siguiente:
• Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento,
prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de
$300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
Para efectos de lo anterior, el licitante con quien se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017.
• En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la Convocante, a fin de que esta última en un plazo de 15 (quince) días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el licitante. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 (quince) días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
2. Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social emitida por autoridad competente:
Para dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), el licitante que resulte adjudicado, deberá presentar, previo a la firma del contrato, la “OPINIÓN POSITIVA DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL”, a través del documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), conforme lo establece el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, mismo que se encuentra establecido en el Anexo XVIII Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, de la presente Convocatoria.
Para esta contratación, no se admitirá la subcontratación, por lo que la opinión positiva emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá entregarse a favor del licitante que resulte adjudicado.
3. Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos emitida por autoridad competente:
Para dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el licitante que resulte adjudicado deberá tramitar ante la autoridad competente y presentar a “La Secretaría”, previo a la firma del contrato la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, a través del documento emitido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), conforme lo establece la Regla Cuarta del Anexo Único del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 28 xx xxxxx de 2017, mismo que se encuentra establecido en el Anexo XXI Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, de la presente Convocatoria.
Para esta contratación, no se admitirá la subcontratación, por lo que la Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos que emitida el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), deberá entregarse a favor del licitante que resulte adjudicado.
j) Propuesta Técnica y Económica.
El sobre electrónico de la proposición deberá contener lo que a continuación se solicita:
a) El formato que aparece como Anexo II Formato de Propuesta Técnica, el cual deberá presentarse por escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado legible, sin tachaduras ni enmendaduras y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada, donde describirá de manera detallada las especificaciones de los bienes que ofrece, en concordancia con lo señalado en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria, especificando detalladamente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en el mismo.
b. El formato que aparece como Xxxxx XXX Formato de Propuesta Económica, el cual deberá presentarse por escrito de forma electrónica a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado legible, sin tachaduras ni enmendaduras y firmado, bajo protesta de decir verdad, por persona facultada, indicando el importe unitario y costo total de la contratación, cumpliendo con todas las condiciones establecidas en la presente Convocatoria y sus Anexos; así como el monto del importe de cada fajilla en moneda nacional y considerando el monto de la comisión sin incluir el Impuesto al Valor agregado (IVA), ofertando comisiones iguales o menores a la comisión máxima establecida en la Cláusula Cuarta de “El Contrato Marco”.
De conformidad con el artículo 107 de “El Reglamento”, la Convocante se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información contenida en los documentos presentados en CompraNet, los licitantes deberán conservar la información que les permita sustentar en todo momento el contenido de las manifestaciones elaboradas en su propuesta, ello a efecto de que, en caso de ser necesario, dicha información sea presentada ante la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría de Economía en ejercicio de sus atribuciones respectivas, o bien, por conducto del Órgano Interno de Control en “La Secretaría”, cuando así lo solicite por motivo de una verificación del cumplimiento de lo previsto en la normatividad aplicable.
Los licitantes deberán presentar en sus propuestas, en sobre electrónico, cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integr en. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las Propuestas Técnica y Económica, así como el resto de los documentos que entregue la o el licitante.
k) Aplicación de Políticas y Prácticas de Igualdad de Género.
El licitante podrá acreditar haber aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, conforme a la certificación correspondiente emitida por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, en términos de lo dispuesto por el artículo 14 de “La Ley”.
VII. Domicilio para presentar inconformidades.
La Secretaría de la Función Pública, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, en la Ciudad de México o en el Órgano Interno de Control en “La Secretaría”, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 000, Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica, conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de la presente Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, debiendo presentarse de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de “La Ley”.
Transcurrido el plazo señalado en el precepto indicado, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de “La Ley”.
Las inconformidades que se presenten a través de CompraNet, por los licitantes deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
VIII. Relación de formatos que facilitan la presentación y recepción de las proposiciones.
Anexo I | Condiciones y Especificaciones Técnicas. |
Anexo II | Formato de Propuesta Técnica. |
Anexo III | Formato de Propuesta Económica |
Xxxxx XX | Formato para acreditar personalidad. |
Xxxxx X | Manifiesto sobre nacionalidad. |
Anexo VI | Ejemplo escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”. |
Anexo VII | Declaración de integridad del licitante. |
Anexo VIII | Modelo de formato para el manifiesto de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). |
Xxxxx XX | Formato de escrito para participar en la Junta de Aclaraciones y poder formular preguntas. |
Anexo X | Formato de escrito para solicitar aclaraciones. |
Anexo XI | Formato de escrito para participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. |
Anexo XII | Modelo de contrato. |
Anexo XIII | Modelo de fianza. |
Anexo XIV | Encuesta de transparencia del procedimiento. |
Anexo XV | Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. |
Anexo XVI | Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominada CompraNet. |
Anexo XVII | Artículo 32-D. Código fiscal de la Federación. |
Anexo XVIII | Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social. |
Anexo XIX | Formato SIAFF. |
Anexo XX | Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). |
Anexo XXI | Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos. |
Anexo I
Condiciones y Especificaciones Técnicas Partida Única
1. Condiciones Generales.
Los vales de despensa deberán tener cobertura de canje, en mínimo cuatro principales tiendas o cadenas de autoservicio, departamentales, de establecimientos comerciales, farmacias, tiendas de conveniencia, por lo que, la empresa deberá presentar un directorio impreso o electrónico de establecimientos afiliados para garantizar un óptimo servicio en la Ciudad de México y área Metropolitana.
El licitante ganador se obliga a:
• Entregar a “La Secretaría” al menos un directorio en formato electrónico de los establecimientos a los cuales se encuentra afiliado y en donde serán aceptados los vales de despensa.
• Designar al Ejecutivo de Cuenta con capacidad de decisión para resolver cualquier contingencia administrativa u operativa durante la vigencia del Contrato, así como a informar a “La Secretaría” el nombre y datos de contacto del Ejecutivo de Cuenta.
• En caso de falsificación de los vales, los cargos y gastos serán a cuenta y riesgo del licitante adjudicado.
2. Lugar de entrega.
Las entregas serán en las oficinas de la Secretaría de Energía en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, tercer piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030. México, Ciudad de México, o en el lugar y fecha previamente establecida por el C.P. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Director de Administración de Personal y el C.P. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Subdirector de Control y Movimientos de Personal.
• “La Secretaría”, no aceptará cargos por la entrega de los vales adicionales a la comisión que se determine, conforme a lo estipulado en las cláusulas del contrato Xxxxx.
• El traslado y entrega de los vales será responsabilidad absoluta del licitante adjudicado.
3. Características y medidas de seguridad
Los vales de despensa deberán contar con medidas de seguridad, tales como:
• Medios de seguridad que garanticen la inviolabilidad de la chequera y la conservación física de los vales:
• Estar impresos en papel seguridad.
• Contener una leyenda que los identifique como tales.
• Tener impreso el valor nominal en número y letra.
• Número de folio único y serie.
• Marcas de agua a contraluz.
• Fibrillas visibles, tinta diluible al agua.
• No deberán estar maltratados o deteriorados.
• Garantías por robo o extravío.
4. Vigencia y canje de los vales
• Los vales de despensa deberán tener vigencia de un año a partir de la fecha de recepción.
• Los vales de despensa correspondientes a las entregas de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, serán emisión 2020 y deberán tener vigencia de por lo menos un año.
• Los vales de despensa que no hayan sido utilizados dentro de su periodo de vigencia deberán ser canjeados por emisión vigente, a partir del primer día hábil de enero y hasta el 30 xx xxxxx de 2020, sin costo para la dependencia.
• El licitante adjudicado deberá sustituir los vales rotos o deteriorados por defecto de origen o por cualquier caso fortuito que invalide el uso de los mismos, sin costo alguno para la Dependencia y su personal, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de la notificación por escrito que ésta le haga llegar, en la cual se señalará la ubicación de la entrega.
5. Plazos de entrega e Integración de las fajillas.
El licitante adjudicado deberá entregar vales individuales y no en planilla, con los diversos importes solicitados previamente por el Administrador del Contrato en “La Secretaría”, los cuales acumulativamente ascenderán a un monto total maximo de $2,492,573.00 (Dos millones cuatrocientos noventa y dos mil quinientos setenta y tres pesos 00/100 M.N.) y el monto mínimo es de $997,029.20 (novecientos noventa y siete mil veintinueve pesos 20/100 M.N.). “La Secretaría” podrá realizar cambios en los importes de las entregas de acuerdo con las necesidades que se presenten, a efecto de optimizar la entrega en tiempo y forma en la integración de los vales siendo que el Administrador del Contrato en “La Secretaría”, remitirá correo electrónico institucional dirigido al correo electrónico del Representante Legal de el licitante adjudicado, y ejecutivo de cuenta designado por el licitante adjudicado, con una anticipación de cuarenta y ocho horas, en el que se especificará a detalle los vales y lugar en que se entregarán a “La Secretaría”, de acuerdo con sus necesidades, mismo que contendrá la información siguiente:
• La integración de las fajillas requeridas.
• Número xx xxxxx que debe contener cada fajilla.
• Denominación en pesos de cada vale de la fajilla.
• Importe total de cada fajilla.
6. Calendario.
Se presenta en el presente Anexo el calendario de entrega de acuerdo con los montos y fechas de entrega probables durante el ejercicio fiscal 2019, mismos que podrán ser superiores o menores al importe calendarizado ya que estos pueden variar de acuerdo a las necesidades por parte de “La Secretaría”.
7. Reintegro del importe de los vales de despensa.
El licitante adjudicado deberá proceder a la devolución del importe de los vales o cambiarlos por otros, cuando no sean utilizados por la dependencia o entidad, conforme a lo siguiente:
a) Realizar la devolución a “La Secretaría”, de los importes de aquellos vales que ésta no haya utilizado, en la temporalidad que sobre el particular se hubiere convenido en el contrato específico. A falta de convención al respecto, la devolución deberá efectuarse dentro de los veinte días naturales contados a partir de la fecha en que “La Secretaría” hubiera reintegrado los vales no utilizados. De haberse cobrado comisión, el licitante adjudicado adicionará al importe nominativo del vale, el porcentaje correspondiente a la
comisión. Por el contrario, en caso de que el licitante adjudicado hubiera otorgado bonificación a “La Secretaría”, el porcentaje correspondiente a la misma deberá ser deducido del importe a devolver.
El importe acumulado de dichas devoluciones, no podrá rebasar el 2 % del monto total del contrato.
La solicitud de devolución del importe de los vales no utilizados, podrá “La Secretaría” realizarla durante un año a partir de la firma del contrato.
b) Canjear por nuevos vales de despensa aquellos que no hayan sido utilizados por “La Secretaría”, siempre y cuando estos últimos vales de despensa aún se encuentren vigentes. Dicho canje no generará costo cuando el monto acumulado de los vales a sustituir no rebase el 2 % del monto total del contrato. Si el monto acumulado rebasa el citado porcentaje, “La Secretaría” sólo deberá cubrir, por el porcentaje excedente, los costos que genere la nueva emisión xx xxxxx. Dichos costos deberán ser especificados por el licitante adjudicado en su oferta económica y formarán parte del contrato.
CALENDARIO VALES DE DESPENSA 2019 | |||||
Fecha de Entrega | Fajillas | Número xx xxxxx | Denominación | Importe de la Fajilla | Importe Total |
Del 07-mar al 00-xxx | 00 | 00 | $ 10.00 | $ 100.00 | $ 5,000.00 |
Del 07-mar al 11-mar | 288 | 6 | $ 1.00 | $ 6.00 | $ 1,728.00 |
Del 07-mar al 11-mar | 160 | 4 | $ 100.00 | $ 490.00 | $ 78,400.00 |
4 | $ 20.00 | ||||
1 | $ 10.00 | ||||
Del 07-mar al 11-mar | 10 | 14 | $ 100.00 | $ 1,500.00 | $ 15,000.00 |
2 | $ 50.00 | ||||
Del 07-mar al 11-mar | 72 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 57,600.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
02-abr | 5 | 10 | $ 100.00 | $ 1,050.00 | $ 5,250.00 |
1 | $ 50.00 | ||||
02-abr | 5 | 15 | $ 100.00 | $ 1,575.00 | $ 7,875.00 |
1 | $ 50.00 | ||||
1 | $ 20.00 | ||||
5 | $ 1.00 | ||||
02-abr | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
02-may | 140 | 7 | $ 100.00 | $ 792.00 | $ 110,880.00 |
9 | $ 10.00 |
CALENDARIO VALES DE DESPENSA 2019 | |||||
Fecha de Entrega | Fajillas | Número xx xxxxx | Denominación | Importe de la Fajilla | Importe Total |
2 | $ 1.00 | ||||
02-may | 3 | 38 | $ 100.00 | $ 3,850.00 | $ 11,550.00 |
1 | $ 50.00 | ||||
02-may | 8 | 7 | $ 100.00 | $ 755.00 | $ 6,040.00 |
5 | $ 10.00 | ||||
5 | $ 1.00 | ||||
02-may | 50 | 4 | $ 100.00 | $ 450.00 | $ 22,500.00 |
1 | $ 50.00 | ||||
02-may | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
01-jun | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
01-jun | 10 | 14 | $ 100.00 | $ 1,500.00 | $ 15,000.00 |
2 | $ 50.00 | ||||
02-jul | 140 | 3 | $ 100.00 | $ 380.00 | $ 53,200.00 |
1 | $ 50.00 | ||||
3 | $ 10.00 | ||||
02-jul | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
02-jul | 300 | 1 | $ 100.00 | $ 280.00 | $ 84,000.00 |
1 | $ 50.00 | ||||
3 | $ 20.00 | ||||
7 | $ 10.00 | ||||
01-ago | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
01-ago | 200 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 160,000.00 |
5 | $ 20.00 | ||||
03-sep | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
03-sep | 10 | 14 | $ 100.00 | $ 1,500.00 | $ 15,000.00 |
CALENDARIO VALES DE DESPENSA 2019 | |||||
Fecha de Entrega | Fajillas | Número xx xxxxx | Denominación | Importe de la Fajilla | Importe Total |
2 | $ 50.00 | ||||
01-oct | 20 | 25 | $ 100.00 | $ 2,530.00 | $ 50,600.00 |
3 | $ 10.00 | ||||
01-oct | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
01-nov | 4 | 130 | $ 100.00 | $ 13,000.00 | $ 52,000.00 |
4 | 110 | $ 100.00 | $ 11,000.00 | $ 44,000.00 | |
25 | 101 | $ 100.00 | $ 10,100.00 | $ 252,500.00 | |
17 | 86 | $ 100.00 | $ 8,600.00 | $ 146,200.00 | |
8 | 63 | $ 100.00 | $ 6,300.00 | $ 50,400.00 | |
8 | 54 | $ 100.00 | $ 5,400.00 | $ 43,200.00 | |
4 | 39 | $ 100.00 | $ 3,900.00 | $ 15,600.00 | |
01-nov | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
03-dic | 10 | 14 | $ 100.00 | $ 1,500.00 | $ 15,000.00 |
2 | $ 50.00 | ||||
03-dic | 294 | 5 | $ 100.00 | $ 525.00 | $ 154,350.00 |
1 | $ 20.00 | ||||
5 | $ 1.00 | ||||
03-dic | 130 | 6 | $ 100.00 | $ 630.00 | $ 81,900.00 |
1 | $ 20.00 | ||||
1 | $ 10.00 | ||||
03-dic | 24 | 7 | $ 100.00 | $ 800.00 | $ 19,200.00 |
10 | $ 10.00 | ||||
03-dic | 450 | 17 | $ 100.00 | $ 1,700.00 | $ 765,000.00 |
Total | 2,641 | $ 2,492,573.00 |
La entrega de fajillas se efectuará de acuerdo al calendario de entrega xx xxxxx de despensa 2019, “La Secretaría”, podrá realizar cambios en los importes de las entregas mensuales, establecidos en el calendario de entrega xx xxxxx de despensa 2019, de acuerdo con las necesidades que se presenten.
Las entregas serán en las oficinas de “La Secretaría”, ubicadas en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Tercer Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México a la atención del C.P. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Director de Administración de Personal, en un horario comprendido de las 10:00 horas a las 15:00 horas.
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Formato de Propuesta Técnica Partida Única
(En hoja membretada de la empresa)
Ciudad de México, a __ de ____ ___ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de identificación del procedimientoen CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
Por medio de la presente (nombre del representante legal), en mi carácter de representante legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante), con Registro Federal de contribuyentes número (número de RFC del licitante), con domicilio en (domicilio del licitante), teléfono (número telefónico fijo y móvil del licitante), ponemos a su consideración, nuestra Propuesta Técnica para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, de conformidad con el desglose del servicio siguiente:
….
Se deberá desglosar la Propuesta Técnica de cada licitante atendiendo a cada una de las especificaciones contenidas en el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la presente Convocatoria, misma que invariablemente deberá manejar como mínimo los bienes y requerimientos establecidos en el Anexo en comento.
….
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Anexo III
Formato de Propuesta Económica Partida Única
(El licitante deberá de utilizar el siguiente formato estándar en su propuesta económica a efecto de poder estandarizar y ser susceptible de evaluación, en hoja membretada de la empresa)
Ciudad de México, a __ de _ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
Por medio de la presente (nombre del representante legal), en mi carácter de representante legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante), con Registro Federal de contribuyentes número (número de RFC del licitante), con domicilio en (domicilio del licitante), teléfono (número telefónico fijo y móvil del licitante), ponemos a su consideración, nuestra Propuesta Económica para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, de conformidad con el desglose de la contratación siguiente:
Partida | Cantidad de fajillas requeridas (A) | Importe total por fajilla (B) | Importe máximo total de las fajillas requeridas (C=A*B) | Porcentaje de la comisión (D) | Importe de la comisión (E = C * D) | IVA de la comisión (F) | Importe total por fajilla (suma de las columnas C+E+F) |
Única | 2,641 | Con vales de denominaciones diferentes conforme al Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas | $2,492,573.00 | % | $ | $ | $0.00 |
TOTALES | 2,641 | $2,492,573.00 | % | $ | $ | $ 0.00 |
Importe Total con número y letra $ ( 00/100, M.N.) (*) Los precios deberán ser expresados a dos decimales, en pesos mexicanos.
Condiciones de la Propuesta Económica:
• El importe total de la propuesta deberá considerar todos los costos de traslado y entrega y cualquier otro costo que el licitante considere necesario para la contratación objeto de esta Convocatoria.
• Los precios son vigentes en el momento de la Apertura de las Propuestas, así como fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato, por lo que no podrá agregar ningún costo extra.
• Se deberá presentar dentro de su propuesta económica el porcentaje y costo de la comisión por la contratación que no podrá ser mayor al 1.0309% de conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta de “El Contrato Marco”.
• La presente se extiende considerando todas las condiciones y términos de su requerimiento, de conformidad con el Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas de la Convocatoria citada al rubro.
• El porcentaje de la comisión de la contratación de la Propuesta Económica se utilizará para efectos de evaluación.
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Anexo IV
Formato para acreditar personalidad
(Hoja membretada del licitante)
Ciudad de México, a __ de ____ ___ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
(Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19 para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, a nombre y representación de (Nombre, denominación o razón social del licitante o nombre del licitante).
NOMBRE DEL LICITANTE: | ||||
Registro Federal de Contribuyentes: | ||||
DOMICILIO DEL LICITANTE: | ||||
Calle y/o Avenida: | Número: | Colonia: | ||
Alcaldía o Municipio: | Código Postal: | Entidad Federativa: | ||
Correo electrónico del licitante: | Telefono (s): | Fax: | ||
DATOS DE CONSTITUCIÓN DEL LICITANTE: | ||||
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva: | ||||
Fecha de la Escritura Pública: | ||||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | ||||
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: | |||
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: | ||||
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL: | ||||
RELACIÓN DE ACCIONISTAS DEL LICITANTE: | ||||
No. | Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre (s) | |
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA: |
Número de la Escritura Pública en la que consta la Reforma: | |
Fecha de la Escritura Pública: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: |
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: | |
Nombre del apoderado o representante: | |
Número de la Escritura Pública en la que constan facultades: | |
Fecha de la Escritura Pública: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: |
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: |
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA LICITANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO PREFERENTEMENTE, EN EL ORDEN INDICADO
Manifiesto sobre nacionalidad
Ejemplo de formato para la manifestación de nacionalidad que deberán presentar los licitantes que participen en el presente procedimiento de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 35 y 39, fracción VI, inciso b) de “El Reglamento”.
MANIFESTACIÓN SOBRE NACIONALIDAD QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES
(Hoja Membretada del licitante)
Ciudad de México, a de del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999- E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
Me refiero al procedimiento Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19, para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, en el que mi representada, la empresa (Nombre, denominación o razón social del licitante o nombre del licitante) participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular y en los términos de lo previsto en los artículos 35 y 39, fracción VI, inciso b) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el que suscribe manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que es proveedor de bienes de nacionalidad (especificar la nacionalidad del licitante) y acredito dicha nacionalidad mediante la presentación de (* señalar el documento oficial mediante el cual acredita su nacionalidad).
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Notas:
1. En caso de que el licitante sea persona física, adecuar el formato.
2. El documento legal (*) mediante el cual se acredita la nacionalidad es el siguiente:
• Tratándose de personas xxxxxxx:
✓ Acta constitutiva, en las que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, con el objeto social acorde a la contratación objeto de la presente Convocatoria.
✓ Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar, cédula profesional y/o pasaporte vigente), del representante legal.
• Tratándose de personas físicas:
✓ Acta de Nacimiento, por medio de la cual acredite su nacionalidad mexicana.
✓ Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar, cédula profesional y/o pasaporte vigente).
Ejemplo escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de "La Ley”
Ejemplo de formato para el escrito en términos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley” que deberán presentar los licitantes que participen en el presente procedimiento de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en artículo 39 fracción VI, inciso e) de “El Reglamento”.
ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
(Hoja membretada del licitante)
Ciudad de México, a de del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
El que suscribe C. (Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que ni el suscrito, ni ninguno de los accionistas integrantes de la empresa que represento, se encuentran en los supuestos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 67 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En el entendido de que, de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de rescisión del contrato que se celebre con la Secretaría de Energía, en caso de resultar adjudicado.
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Nota: En caso de que el licitante sea persona física, adecuar el formato.
Anexo VII
Declaración de integridad del licitante
Ejemplo de formato para Declaración de Integridad que deberán presentar los licitantes que participen en el presente procedimiento de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en artículo 39 fracción VI, inciso f) de “El Reglamento”.
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD DEL LICITANTE
(Hoja Membretada del licitante)
Ciudad de México, a de del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
El que suscribe C. (Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que, por mi mismo o través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Secretaría de Energía, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas a mi representada con relación a los demás participantes.
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Nota: En caso de que el licitante sea persona física, adecuar el formato.
ANEXO VIII
Modelo de formato para el manifiesto de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES)
Ejemplo de formato para la manifestación de Integridad que deberán presentar los licitantes que participen en el presente procedimiento de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 34 y 39 fracción VI, inciso h) de “El Reglamento”.
MANIFIESTO DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES)
(Hoja membretada del licitante)
Ciudad de México, a __ de ____ ___ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA- 018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
El que suscribe C. (Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante) manifiesto que la empresa que represento, se encuentra ubicada en la estratificación establecida en el Artículo 3, fracción III de La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y que de acuerdo con la autoridad competente se clasifica en el rango de ( ) Micro, ( ) Pequeña o ( ) Mediana empresa, de conformidad a lo siguiente:
En los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro, bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector , cuenta con _
empleados de planta registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y con personas
subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de fiscal correspondiente a la última Declaración Anual de Impuestos Federales.
_ obtenido en el ejercicio
Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa _ siguiente:
_, atendiendo a lo
TAMAÑO (10) | SECTOR (6) | RANGO DE NÚMERO DE TRABAJADORES (7) + (8) | RANGO DE MONTO DE VENTAS ANUALES (MDP) (9) | TOPE MÁXIMO COMBINADO * |
MICRO | TODAS | HASTA 10 | HASTA $4 | 4.6 |
PEQUEÑA | COMERCIO | DESDE 11 HASTA 30 | DESDE $4.01 HASTA $100 | 93 |
INDUSTRIA Y SERVICIOS | DESDE 11 HASTA 50 | DESDE $4.01 HASTA $100 | 95 | |
MEDIANA | COMERCIO | DESDE 31 HASTA 100 | DESDE $100.01 HASTA $250 | 235 |
SERVICIOS | DESDE 51 HASTA 100 | |||
INDUSTRIA | DESDE 51 HASTA 250 | DESDE $100.01 HASTA 250 | 250 |
* TOPE MÁXIMO COMBINADO = (TRABAJADORES) X 10% + (VENTAS ANUALES X 90%
(7) Y (8) EL NÚMERO DE TRABAJADORES SERÁ EL QUE RESULTE DE LA SUMATORIA DE LOS PUNTOS (7) Y (8)
(10) EL TAMAÑO DE LA EMPRESA SE DETERMINARÁ A PARTIR DEL PUNTAJE OBTENIDO CONFORME A LA SIGUIENTE FÓRMULA: PUNTAJE DE LA EMPRESA = (NÚMERO DE TRABAJADORES) X 10% + (MONTO DE VENTAS ANUALES) X 90% EL CUAL DEBE SER IGUAL O MENOR AL TOPE MÁXIMO COMBINADO DE SU CATEGORÍA.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 y 39 fracción VI, inciso h) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el “Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de ____ __ , con base en lo cual se estratifica como
una empresa _ ___ ___ _.
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8, fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos, de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
En el entendido de que de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de rescisión del contrato que se celebre con la Secretaría de Energía, en caso de resultar adjudicado.
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Anexo IX
Formato de escrito para participar en la Junta de Aclaraciones y poder formular preguntas
(Hoja membretada del licitante)
Ciudad de México, a __ de ____ ___ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
(Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante), manifiesto, bajo protesta de decir verdad, mi interés en participar en el acto de Junta de Aclaraciones de la Convocatoria en cita, asimismo, manifiesto que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para solicitar aclaraciones en nombre y representación de (Nombre, denominación o razón social del licitante o nombre del licitante).
NOMBRE DEL LICITANTE: | ||||
Registro Federal de Contribuyentes: | ||||
DOMICILIO DEL LICITANTE: | ||||
Calle y/o Avenida: | Número: | Colonia: | ||
Alcaldía o Municipio: | Código Postal: | Entidad Federativa: | ||
Correo electrónico del licitante: | Telefono (s): | Fax: | ||
DATOS DE CONSTITUCIÓN DEL LICITANTE: | ||||
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva: | ||||
Fecha de la Escritura Pública: | ||||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | ||||
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: | |||
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: | ||||
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL: | ||||
RELACIÓN DE ACCIONISTAS DEL LICITANTE: | ||||
No. | Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre (s) | |
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA: |
Número de la Escritura Pública en la que consta la Reforma: | |
Fecha de la Escritura Pública: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: |
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: | |
Nombre del apoderado o representante: | |
Número de la Escritura Pública en la que constan facultades: | |
Fecha de la Escritura Pública: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: |
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: |
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA LICITANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO PREFERENTEMENTE, EN EL ORDEN INDICADO
Formato de escrito para solicitar aclaraciones
(Hoja membretada del licitante)
Ciudad de México, a __ de ____ ___ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
Con relación a la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG- ITPN-01-19 convocada por la Secretaría de Energía para la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, el que suscribe C. (Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante), en mi calidad de representante legal de la empresa (Nombre, denominación o razón social del licitante o nombre del licitante); solicito atentamente a la Convocante sirva realizar el vaciado de las preguntas relacionadas con la Convocatoria citada para el acto de Junta de Aclaraciones siguientes:
No. DE PREGUNTA | PUNTO DE LA CONVOCATORIA | PÁGINA(S) | PREGUNTA |
1 | |||
2 |
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
Anexo XI
Formato de escrito para participar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones
(Hoja membretada del licitante)
Ciudad de México, a __ de ____ ___ del 2019
Secretaría de Energía,
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica con número de Identificación del procedimiento en CompraNet IA-018000999-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19,
Presente.
(Nombre de representante legal del licitante o nombre del licitante), manifiesto, bajo protesta de decir verdad, mi interés en participar en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones de la Convocatoria en cita; asimismo, manifesto que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para entregar la proposición en nombre y representación de (Nombre, denominación o razón social del licitante o nombre del licitante).
NOMBRE DEL LICITANTE: | ||||
Registro Federal de Contribuyentes: | ||||
DOMICILIO DEL LICITANTE: | ||||
Calle y/o Avenida: | Número: | Colonia: | ||
Alcaldía o Municipio: | Código Postal: | Entidad Federativa: | ||
Correo electrónico del licitante: | Telefono (s): | Fax: | ||
DATOS DE CONSTITUCIÓN DEL LICITANTE: | ||||
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva: | ||||
Fecha de la Escritura Pública: | ||||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | ||||
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: | |||
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: | ||||
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL: | ||||
RELACIÓN DE ACCIONISTAS DEL LICITANTE: | ||||
No. | Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre (s) | |
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA: |
Número de la Escritura Pública en la que consta la Reforma: | |
Fecha de la Escritura Pública: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: |
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: | |
Nombre del apoderado o representante: | |
Número de la Escritura Pública en la que constan facultades: | |
Fecha de la Escritura Pública: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Número de folio de inscripción en el Registro Público del Comercio: | Fecha inscripción: |
Entidad Federativa del registro de inscripción en el Registro Público del Comercio de la Constitución: |
Protesto lo necesario bajo protesta de decir verdad |
(Firma) |
C. (Nombre del Representante Legal o del licitante) Representante Legal de la empresa (denominación, razón social o nombre del licitante) |
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA LICITANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO PREFERENTEMENTE, EN EL ORDEN INDICADO
Anexo XII Modelo de contrato
CONTRATO NÚMERO SE- /2019
Contrato abierto para la prestación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Energía, representada por el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Director General de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales, como Titular del Área Contratante; el
C.P. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Director de Administración de Personal, como Titular del Área Requirente y Técnica; y por la otra, el , representada por el , con el carácter de Legal, a quienes en el curso del presente contrato se les denominará “La Secretaría", y “El Proveedor”, respectivamente, y en su conjunto como “Las Partes”, de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I. "La Secretaría", declara que:
I.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los artículos 1, 2, 26 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2 De conformidad con lo establecido en los artículos 7, fracción XVIII, y 29, fracción XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, el Director General de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales, podrá suscribir, dar por terminados y rescindir los contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos que determinen obligaciones a “La Secretaría”, o que afecten su presupuesto.
I.3 Conforme a los artículos 9, fracción V, 29, segundo párrafo, inciso d) del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; así como el 84, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el C.P. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Director de Administración de Personal, cuenta con las facultades para suscribir actos administrativos y documentos relativos al ejercicio de sus facultades
I.4 Para el cumplimiento de las atribuciones que le confiere el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, requiere la contratación del “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato.
I.5 El presente contrato se adjudica mediante el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica, con número de identificación en CompraNet IA-000000000-E5-2019 y número interno DGRHMSG-ITPN-01-19, convocado por “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25, 26, fracción II, 26 Bis, fracción II, 27, 28, fracción I, 29, 34, 36, párrafo segundo, 37, 41, fracción XX, 43 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “La Ley” y los artículos 39, 51 y 77 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en relación con lo establecido en las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta del Contrato Marco para la prestación del servicio xx xxxxx de despensa 2017-2019, celebrado el 17 de noviembre de 2017 por la Secretaría de la Función Pública y los posibles proveedores del servicio materia del presente contrato, así como lo estipulado en el artículo 132 de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Energía.
I.6 Tiene contemplada la erogación derivada del presente contrato dentro de las partidas presupuestales número 15401 “Prestaciones establecidas por condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo” y 15901 “Otras prestaciones”, de acuerdo con la autorización de suficiencia presupuestal número Ppta: 00053, con folio de autorización 43, de fecha 08 de febrero de 2019 emitida por la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”.
I.7 Se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, con clave: SEN9412287J6 y su domicilio fiscal es el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México.
I.8 Para los efectos legales de este contrato, señala como su domicilio el ubicado en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Cuarto Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México.
II. “El Proveedor”, declara que:
II.1 Es una , denominada , constituida legalmente conforme a las leyes mexicanas, según lo acredita con la Escritura Pública número de fecha de de , otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número del Distrito Federal, e inscrita en con el folio del Distrito Federal, de fecha de de
.
II.2 Dentro de su objeto social se encuentra .
II.3 Conforme a la escritura pública número de fecha de de , otorgada ante la xx xxx
Xxxxxxx Público número
del Distrito Federal,
, el
, es la persona que tiene conferidas las facultades necesarias para suscribir el presente contrato y a la fecha no le han sido revocadas ni modificadas.
II.4 Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave .
II.5 Para los efectos legales del presente contrato, señala como su domicilio legal el ubicado en
.
Conforme a las declaraciones anteriores, “Las Partes” están de acuerdo en celebrar el presente contrato en términos de las siguientes:
C L Á U S U L A S
Primera.- Objeto del Contrato.- “El Proveedor”, se obliga con “La Secretaría”, a prestar el “Servicio xx Xxxxx de Despensa en Papel para los servidores públicos de la Secretaría de Energía durante el ejercicio fiscal 2019” a través de Contrato, conforme a los términos, estipulaciones, cantidades, lugares y condiciones a que se hace referencia en el presente contrato, así como con las especificaciones técnicas que se detallan en el Anexo Único, mismo que ratificado y firmado por “Las Partes”, forma parte integrante del presente instrumento.
Segunda.- Montos del Contrato.- El monto máximo por la prestación del servicio materia del presente contrato es por la cantidad de $ ( pesos /100, M.N.), más la comisión de la contratación de _ %, equivalente a la cantidad de $ ( pesos /100, M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la comisión de la contratación equivalente a la cantidad de $
( pesos /100, M.N.), resultando un monto total de $
( pesos /100, M.N.).
El monto mínimo por la prestación del servicio materia del presente contrato es por la cantidad de $ ( pesos /100, M.N.), más la comisión de la contratación de _ %, equivalente a la cantidad de $ ( pesos /100, M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la comisión de la contratación equivalente a la cantidad de $ ( pesos
/100, M.N.), resultando un monto total de $ ( pesos /100, M.N.). De conformidad con el siguiente desglose:
Cantidad de fajillas requeridas (A) | Importe total por fajilla (B) | Importe máximo total de las fajillas requeridas (C=A*B) | Porcentaje de la comisión (D) | Importe de la comisión (E = C * D) | IVA de la comisión (F) | Importe total por fajilla (suma de las columnas C+E+F) |
2,641 | Con vales de denominaciones diferentes conforme al Anexo I Condiciones y Especificaciones Técnicas | $2,492,573.00 | % | $ | $ | $0.00 |
Tercera.- Vigencia y plazo de prestación del servicio.- “Las Partes”, aceptan que la vigencia del presente contrato será a partir del día de la emisión del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2019.
El plazo para la prestación del servicio deberá realizarse de conformidad con el calendario de entrega establecido en el Anexo Único del presente contrato, en un horario de 10:00 a 15:00 horas, en las instalaciones de “La Secretaría”, ubicadas en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Cuarto Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México, de conformidad con las especificaciones técnicas, cantidades y condiciones establecidas en el presente instrumento y su Anexo Único.
Cuarta.- Precio.- “Las Partes”, acuerdan que durante la vigencia del contrato o su prórroga no habrá incremento al precio de la comisión del servicio; por lo tanto, la comisión será fija.
Quinta.- Administrador del Contrato.- “La Secretaría”, a través del C.P. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Director de Administración de Personal, o en su caso su superior jerarquico, administrará, supervisará y verificará que el “Servicio xx Xxxxx de Despensa para los servidores públicos de la Secretaría de Energía con nivel operativo en el ejercicio fiscal 2019 a través de Contrato Marco”, se lleve a cabo conforme a los términos, condiciones, características y especificaciones técnicas contenidas en el presente contrato y su Anexo Único.
Cuando “El Proveedor”, incumpla la entrega pactada, en términos de la Cláusula Décima Novena, el Administrador del contrato, lo notificará a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, adjuntando la evidencia y la información relativa al incumplimiento, así como la cuantificación del monto a que asciende la penalización.
En caso de contar con documentos que comprueben deficiencias en la atención de los requerimientos de “La Secretaría”, por parte de “El Proveedor”, el Administrador del contrato deberá documentar las deficiencias encontradas, a fin de dejar constancia en el registro interno de proveedores.
Sexta.- Lugar y forma de pago.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 51, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago se realizará contra la prestación del servicio de conformidad con el calendario especificado en el Anexo Único del presente instrumento, una vez recibidos los mismos, a entera satisfacción del Administrador del contrato, a más tardar dentro de los veinte días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que “El Proveedor”, entregue la factura correspondiente, debidamente autorizada y validada, bajo estricta responsabilidad del Administrador del contrato.
Tratándose del pago correspondiente al mes de diciembre, el pago procederá conforme a las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
“El Proveedor”, deberá emitir la facturación de los bienes objeto del presente contrato contra entrega de los mismos conforme al plazo de entrega establecido en la Cláusula Tercera y presentarla al Administrador del contrato, a más tardar dentro de los cinco días hábiles, posteriores a la fecha de emisión de la factura correspondiente.
El pago correspondiente se tramitará en la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, y será cubierto, mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que para ello indique “El Proveedor”, por conducto de la Tesorería de la Federación a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), conforme al siguiente procedimiento:
• Una vez cumplida la prestación del servicio que corresponda, “El Proveedor”, presentará su factura, al Administrador del contrato, con domicilio en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Cuarto Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México, el cual, de ser procedente, emitirá su conformidad de la entrega por escrito.
• Posteriormente, el Administrador del contrato, procederá a solicitar a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, por escrito, el pago correspondiente, anexando la factura del caso y su conformidad de la prestación del servicio a su entera satisfacción.
En caso de existir deficiencias o errores en la factura, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su recepción, la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, devolverá la factura al Administrador del contrato, para que sea corregida, indicando por escrito las deficiencias a corregir por parte de “El Proveedor”, a fin de que la presente de nueva cuenta, por lo que el periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “El Proveedor”, presente las correcciones no se computará, por lo que el plazo de veinte días naturales para pagar, continuará a partir de la fecha de la nueva presentación.
De acuerdo con las políticas de pago emitidas por la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, en apego al acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Relativos al Funcionamiento, Organización y Requerimientos de Operación del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), se hace del conocimiento de “El Proveedor”, que para poder solicitar el pago por la entrega de los bienes deberá presentar por única vez la documentación siguiente:
a) Copia del Registro Federal de Contribuyentes, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del beneficiario;
b) Constancia del domicilio fiscal del beneficiario;
c) Poder notarial del representante legal; y
d) Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta abierta a nombre del beneficiario, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (CLABE), con 18 posiciones que permita realizar transferencias electrónicas de fondos a través de los sistemas de pago.
En caso de que alguna institución bancaria, no tenga por política o norma interna entregar la información contenida en el inciso d), del párrafo anterior, “El Proveedor”, podrá presentar la documentación siguiente:
1. Impresión de la consulta que “El Proveedor”, haga a su institución de crédito, vía banca electrónica;
2. Copia del estado de cuenta de la institución de crédito; y
3. Carta de “El Proveedor”, con la certificación de datos por parte de la institución de crédito.
Séptima.- Programa xx Xxxxxxx Productivas.- “El Proveedor”, conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas, instrumentado por Nacional Financiera, S.N.C., tendrá la opción de solicitar el pago que corresponda, cediendo los derechos de cobro, en términos de lo dispuesto en el artículo 46, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que “La Secretaría”, acepta que “El
Proveedor”, pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero, mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
Octava.- Cesión de derechos y obligaciones.- “El Proveedor”, no podrá, de manera parcial o total, ceder a terceras personas los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, sin la previa autorización por escrito de “La Secretaría”.
Novena.- Impuestos.- “Las Partes”, serán responsables de las obligaciones fiscales que, respectivamente, tengan que cumplir con motivo del presente contrato, de conformidad con los ordenamientos legales aplicables.
Décima.- Lugar de prestación del servicio.- La prestación del servicio materia del presente contrato se realizará en las instalaciones de “La Secretaría”, ubicadas en calle Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, número 174, Cuarto Piso, Colonia Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01030, en la Ciudad de México, de conformidad con el calendario de entrega establecido en el Anexo Único de este instrumento en un horario de 10:00 a 15:00 horas; quedando a cargo del Administrador del contrato, la coordinación, supervisión y control del mismo, de conformidad con lo establecido en el Anexo Único.
Décima Primera.- Forma de prestar el servicio.- “El Proveedor”, se obliga ante “La Secretaría”, a prestar el servicio objeto del presente instrumento, conforme a los términos y condiciones establecidos en este contrato y en su Anexo Único, durante la vigencia establecida en la Cláusula Tercera.
Si “La Secretaría”, durante la vigencia de este contrato, cambiara de nombre y/o domicilio, “El Proveedor”, continuará prestando el servicio, salvo aviso en contrario.
“El Proveedor”, se obliga a realizar la prestación del servicio, con personal capacitado y con amplia experiencia en las actividades a desarrollar; de conformidad con los requerimientos establecidos en este contrato y en su Anexo Único; en caso de que el Administrador del contrato, determine que el personal de “El Proveedor”, no es apto para desarrollar las actividades, “El Proveedor”, queda obligado a sustituirlo por personal con la capacidad necesaria.
Décima Segunda.- Modificaciones al contrato.- Las modificaciones que lleguen a hacerse al contrato y/o a su Anexo Único, deberán ser de común acuerdo y formalizadas por escrito por quienes intervinieron en su suscripción o, en su caso, por quien los sustituya legalmente, de conformidad con los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 91 de su Reglamento.
Previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas originalmente, a solicitud expresa y por escrito de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “La Secretaría”, se procederá a modificar el presente contrato, a efecto de diferir la fecha para la entrega de los bienes; en ese supuesto, se procederá a la formalización del convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación de la pena convencional por atraso; en caso de que el atraso en el inicio o conclusión del servicio materia del presente contrato sea por causas imputables a “El Proveedor”, se hará acreedor a la aplicación de la pena convencional señalada en la Cláusula Décima Novena del presente instrumento jurídico.
Décima Tercera.- Responsabilidad laboral.- “El Proveedor”, reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere la legislación laboral, siendo en consecuencia único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y entrega de los bienes pactados en este contrato.
Queda expresamente estipulado que el personal contratado para la prestación del servicio materia del presente contrato, estará bajo la responsabilidad directa de “El Proveedor”; por lo tanto, en ningún momento se considerará a “La Secretaría”, como patrón solidario ni sustituto, ni tampoco a “El Proveedor”, como intermediario, por lo que “La Secretaría”, no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal. “El Proveedor”, conviene y se obliga, si es el caso, a responder por todas las reclamaciones que sus trabajadores y terceros presenten en su contra, y en caso de que se involucre a “La Secretaría”, estará obligado a sacarla en paz y a salvo de cualquier juicio de responsabilidad derivada de la ejecución del servicio relacionado con el presente contrato, liberándola de cualquier responsabilidad de pago de carácter laboral, de seguridad social o de otra naturaleza que resulte de reclamaciones efectuadas directamente por el personal o trabajadores bajo su mando y subordinación.
Décima Cuarta.- Caso fortuito o fuerza mayor.- De conformidad con los términos de los artículos 55 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en concordancia con lo estipulado en el 2111, del Código Civil Federal, “Las Partes”, reconocen y acuerdan que ante un acontecimiento que esté fuera del dominio de su voluntad, originado por cualquier causa ajena al contrato, que sea imprevisible, o que aun siendo previsible fuera inevitable o insuperable, y en el caso que no haya mediado negligencia, impericia o culpa de la parte que invoque caso fortuito o fuerza mayor, que le impida a sus empleados o representantes cumplir de manera absoluta con cualquiera de sus obligaciones respecto de este contrato, originando con ello un daño a la otra parte, ninguna de ellas será responsable ante la otra por los daños y perjuicios provocados en virtud de tal acontecimiento, en el entendido de que para que la parte que invoque estos supuestos sea liberada de responsabilidad, será necesario que tanto dicho acontecimiento como la imposibilidad del cumplimiento de sus obligaciones sean debidamente probados.
Para que cualquiera de “Las Partes”, sea liberada de su responsabilidad por caso fortuito o fuerza mayor, serán condiciones indispensables que la parte que los invoque:
a) Lo notifique por escrito a la otra al día hábil siguiente de ocurrido el evento de caso fortuito o fuerza mayor invocada, inclusive cuando la existencia del acontecimiento sea del dominio público, mencionando el tiempo estimado que durará dicho evento, y
b) Pruebe, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación correspondiente de la existencia de caso fortuito o fuerza mayor, la imposibilidad del cumplimiento de sus obligaciones, salvo que la existencia de estas circunstancias sea del dominio público.
“Las Partes”, aceptan que de no hacerlo así, el caso fortuito o de fuerza mayor invocado no será considerado como tal.
Xxxxxx Xxxxxx.- Rescisión por causas imputables a “El Proveedor”.- La rescisión opera de pleno derecho, y sin necesidad de declaración judicial previa, y tendrá lugar por alguna de las siguientes causas:
a) Cuando “El Proveedor”, no proporcione el servicio materia del presente contrato y el Anexo Único o se presente atraso por parte de “El Proveedor”, en el cumplimiento de la prestación del servicio de conformidad con lo especificado en la Cláusula Décima Novena;
b) Cuando “El Proveedor”, subcontrate o ceda la totalidad o parte del compromiso;
c) Cuando “El Proveedor”, no presente el recibo de pago por incumplimiento a que se refiere la Cláusula Décima Octava del presente contrato;
d) En caso de negligencia o incompetencia por parte de “El Proveedor”;
e) En caso de que “El Proveedor”, no realice el servicio, dentro del plazo estipulado en el contrato y conforme a las especificaciones, características y en los términos señalados en el Anexo Único del presente instrumento;
f) En caso de que “El Proveedor”, exceda el límite máximo de sanción establecido en la Cláusula Décima Octava;
g) Cuando “El Proveedor”, suspenda injustificadamente, total o parcialmente, el servicio materia del presente contrato;
h) En caso de litigio que, como consecuencia del uso de patentes que tuviere “El Proveedor”, le impida seguir proporcionando el servicio de manera eficiente a “La Secretaría”, y
i) En general, por el incumplimiento de “El Proveedor”, de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.
Además de lo anterior, "La Secretaría", podrá rescindir el presente contrato cuando se incumplan las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
La rescisión procederá dentro de los diez (10) días naturales siguientes a aquel en que se hubiese agotado el plazo para ser efectiva la pena convencional, sin necesidad de declaración judicial previa, bastando para esto simple comunicación por escrito de “Las Partes”.
Décima Sexta.- Rescisión por causas imputables a “La Secretaría”.- “El Proveedor”, podrá solicitar la rescisión del presente contrato por incumplimiento de “La Secretaría”, a las obligaciones que contrae en el mismo. En este caso, se deberá demandar a través de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México y procederá esta, como consecuencia de una resolución que haya quedado firme, dictada por autoridad competente.
Décima Séptima.- Procedimiento de rescisión.- De conformidad con lo establecido en los artículos 54, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98 y 99 de su Reglamento, cuando “La Secretaría”, determine justificadamente la rescisión del contrato, inmediatamente después de que se presenten las causas que la originan, con estricto apego a la garantía de audiencia consagrada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo comunicará por escrito a “El Proveedor”, exponiendo las razones que al efecto se tuvieren, para que éste, dentro del término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación de rescisión, exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes tendientes a desvirtuar los razonamientos que esgrime “La Secretaría”, transcurrido este término, “La Secretaría”, resolverá lo procedente dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que hubiere recibido el escrito de contestación de “El Proveedor”, procediendo a la rescisión del contrato en el supuesto de que se comprobaran las omisiones o el incumplimiento que dieron motivo a su determinación, de no darse este supuesto, continuará la contratación en los términos acordados.
Décima Octava.- Terminación anticipada.- De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, "La Secretaría", podrá dar por terminado el presente contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga
la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, notificando a “El Proveedor”, con un mínimo de tres (3) días naturales de anticipación y por escrito; a tal efecto, “La Secretaría”, emitirá un dictamen en el que se precisen las razones o las causas justificadas por las cuales se da este supuesto, el cual deberá ser firmado por “El Proveedor”, y el área usuaria de “La Secretaría”; en este caso, “La Secretaría”, se obliga a cubrir todas sus obligaciones pendientes de pago a esa fecha.
Décima Novena.- Pena convencional.- De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y los artículos 95 y 96 de su Reglamento, en relación con lo estipulado en el numeral lII.3.1 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Energía, “La Secretaría”, aplicará penas convencionales por atraso en la prestación del servicio a “EL Proveedor”, en una cantidad equivalente al 5% (cinco por ciento) por cada día natural de atraso en la entrega de los bienes respectivos, de conformidad con el plazo y horario de entrega establecido en la Cláusula Tercera, por causas atribuibles a “El Proveedor”.
Las penalizaciones se calcularán tomando como base el monto del servicio prestado con atraso o no prestado antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la comisión. En ningún caso la suma de todas las penas convencionales aplicadas a “El Proveedor”, podrá exceder el importe de la garantía de cumplimiento, por lo que el límite máximo de sanción será hasta por un diez por ciento del monto máximo del contrato antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que sí “El Proveedor”, alcanza dicho importe, “La Secretaría”, podrá rescindir el contrato.
Para el pago de las penas convencionales “La Secretaría”, a través del Administrador del contrato, informará por escrito a “El Proveedor”, el cálculo de la pena correspondiente, indicando el número de horas de atraso, así como, la base para su cálculo y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
Cuando “El Proveedor”, incumpla la prestación del servicio pactada, el Administrador del contrato, lo notificará a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, adjuntando la evidencia y la información relativa al incumplimiento, así como la cuantificación del monto a que asciende la penalización.
El importe de las penas convencionales se hará efectivo aplicando la cantidad correspondiente que, deberá ser entregada por “El Proveedor”, a la Tesorería de la Federación (TESOFE), a través del formato SAT 16 con la clave 700018 denominada “Por infracciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios”, o el que determine en su caso el Servicio de Administración Tributaria (SAT), o el vigente en el momento de aplicarse la pena convencional, exhibiendo original y fotocopia para el cotejo de dicho pago, previo a la presentación de la factura al Administrador del contrato.
En el caso de proceder la aplicación xx xxxxx convencionales, el pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente al pago de la pena convencional que deba efectuar “El Proveedor”, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento referida en la Cláusula Vigésima.
En ningún caso el pago de la pena convencional podrá negociarse en especie.
Independientemente de la aplicación de las penas convencionales, “La Secretaría”, podrá en cualquier momento optar por la rescisión del contrato por incumplimiento.
Vigésima.- Garantía de cumplimiento.- De conformidad con lo establecido en los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 103 de su Reglamento, en relación con lo estipulado en los artículos 45, 47 y 48 de la Ley de Tesorería de la Federación, así como lo dispuesto en el numeral lII.2.1 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Energía, “El Proveedor”, se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato establecido en la Cláusula Segunda, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La garantía en cuestión será presentada por “El Proveedor”, a “La Secretaría”, en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días naturales posteriores a la fecha de firma del contrato.
Cuando “La Secretaría”, requiera incrementar en cantidad o concepto del servicio pactado y “El Proveedor”, lo acepte por escrito o “La Secretaría”, otorgue prórroga, éste quedará obligado con “La Secretaría”, a entregar la modificación de la garantía de cumplimiento de contrato por dicho incremento o prórroga, la cual quedará establecida en el convenio modificatorio que derive de las modificaciones pactadas.
Con fundamento en el artículo 81, fracción II, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada.
De conformidad con el artículo 81, fracción VIII, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, una vez cumplidas las obligaciones de “El Proveedor”, a satisfacción de “La Secretaría”, el Administrador del contrato procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se de inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato.
Vigésima Primera.- Vigencia y canje de los vales de despensa.- “El Proveedor”, acepta que el periodo de vigencia de los vales de despensa será por lo menos de un año, a partir de la entrega y aceptación de los mismos, por lo que, los vales que no se hayan utilizado dentro del periodo de vigencia referido, deberán ser cambiados por “El Proveedor”, por una emisión vigente, a partir del primer día hábil de enero de 2019 y hasta el 30 xx xxxxx de 2019 sin costo para “La Secretaría”.
“El Proveedor”, acepta que los vales de despensa correspondientes a las entregas de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, serán emisión de 2020 y deberán tener una vigencia de por lo menos un año.
Asimismo, “El Proveedor”, deberá sustituir los vales de despensa rotos o deteriorados por defecto de origen o por cualquier caso fortuito que invalide el uso de los mismos por otros de las mismas características, sin costo alguno para “La Secretaría” y su personal, en un plazo que no deberá de exceder de cinco días hábiles, contados a partir de que “La Secretaría”, se lo comunique por escrito a “El Proveedor”, en el domicilio que para tal efecto le señale “La Secretaría”.
En caso de no cumplir con lo anterior “La Secretaría”, podrá aplicar la garantía de cumplimiento del contrato
referida en la Cláusula Vigésima del presente instrumento jurídico.
Vigésima Segunda.- Integridad y combate a la corrupción.- “El Proveedor”, se obliga a que durante la ejecución del presente contrato ni ellos ni sus socios, directivos o empleados, por sí o por interpósita persona:
a. Solicitarán o promoverán la realización, el otorgamiento o la contratación indebida del servicio objeto de este instrumento;
b. Promoverán ante las personas que detenten la calidad de servidores públicos en “La Secretaría”, la gestión, la tramitación o la resolución ilícita de negocios públicos relacionados con la administración del contrato, y,
c. Ofrecerán, prometerán o darán dinero o cualquier otra dádiva, al Administrador del contrato.
“La Secretaría” y “El Proveedor”, acuerdan que durante la vigencia del presente instrumento se comprometen a actuar con estricto apego a las siguientes reglas de conducta para combatir el cohecho, el tráfico de influencia y el uso indebido de atribuciones y facultades:
De “El Proveedor”:
1. Vigilar que sus empleados que intervengan en el presente contrato actúen en los mismos con honestidad.
2. Abstenerse de ofrecer, prometer, dar o aceptar, por sí o por interpósita persona, una ganancia pecuniaria indebida para o por el Administrador del contrato.
3. Denunciar ante las autoridades correspondientes los hechos que les consten, y que pudiesen ser constitutivos de responsabilidades administrativas o penales, cometidos por el Administrador del Contrato.
Será causa de rescisión del contrato, el que “El Proveedor”, por sí o por interpósita persona, incurran en las conductas tipificadas como delito de uso indebido de atribuciones y facultades, tráfico de influencia o cohecho en los términos establecidos en los artículos 217, fracción II, 221, fracción II y 222, fracción II del Código Penal Federal o sus equivalentes en los Códigos Penales de las Entidades Federativas, con motivo de la celebración del presente contrato.
Para que proceda la rescisión será necesario que la responsabilidad de “El Proveedor”, o de sus directivos o empleados, haya sido determinada en resolución firme, dictada por autoridad competente.
De “La Secretaría”:
1. Exhortar al Administrador del contrato, para que desarrolle sus actividades cumpliendo con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, conforme a lo dispuesto en el artículo 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Vigésima Tercera.- Combate a las prácticas monopólicas absolutas y relativas.- “El Proveedor”, se obliga a que durante la vigencia del contrato, se abstendrá de celebrar acuerdos, por sí o a través de interpósita persona,
entre sí o con otros agentes económicos, que tengan por finalidad o efecto, en relación con la contratación objeto de este instrumento:
1) Xxxxx, elevar, concertar o manipular el precio de la comisión del servicio;
2) Restringir o limitar la prestación del servicio;
3) Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos xxx xxxxxxx gubernamental;
4) Intercambiar información cuyo propósito o efecto corresponda a los referidos en los numerales anteriores.
Asimismo, “El Proveedor”, se abstendrán de incurrir en prácticas monopólicas relativas, como están definidas en los artículos 54 a 56 de la Ley Federal de Competencia Económica.
Será causa de rescisión del contrato, el que “El Proveedor”, por sí o por interpósita persona, incurran en alguna o algunas de las conductas tipificadas como:
a) Xxxxxx contra la economía pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 254 bis del Código Penal Federal;
b) Prácticas monopólicas absolutas, según lo estatuido en el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica; o
c) Prácticas monopólicas relativas, en términos de los artículos 52 a 56 de esta última Ley.
Para la actualización de la causal de rescisión será necesario que la conducta típica y antijurídica se haya producido en relación con los bienes objeto del presente contrato y que la responsabilidad de “El Proveedor”, por sí o por interpósita persona, haya sido determinada en resolución firme, dictada por autoridad competente.
Vigésima Cuarta.- Excepciones a la rescisión del contrato aplicables a los supuestos de las Cláusulas Vigésima Segunda y Vigésima Tercera.- La rescisión del contrato en términos de las Cláusulas Vigésima Segunda y Vigésima Tercera no se aplicará, cuando durante el procedimiento de rescisión “El Proveedor”, manifieste haber adoptado medidas para evitar que en el futuro sus representantes, directivos y empleados cometan nuevos delitos o infracciones administrativas a que se refieren dichas cláusulas y acredite fehacientemente dichas medidas.
Para tales efectos, “El Proveedor”, deberá demostrar:
a) Que ha pagado o garantizado el pago de las sanciones económicas e indemnizaciones a que, en su caso, hubiere sido condenado por el delito o la falta;
b) Que ha colaborado activamente con las autoridades investigadoras y que ha adoptado medidas técnicas, organizativas y de personal concretas, y
c) Que dichas medidas sean idóneas para evitar nuevas infracciones penales o faltas como aquélla por la que fue sancionado.
La decisión de no dar por rescindido el contrato sólo podrá ser adoptada cuando de acuerdo con el prudente arbitrio
de la Secretaría de la Función Pública las medidas instrumentadas por “El Proveedor”, sean suficientes para cubrir o garantizar el pago de las indemnizaciones y sanciones económicas a que hubiere sido condenado, así como para prevenir la comisión de nuevos delitos o infracciones contrarios a la integridad de las contrataciones públicas.
Vigésima Quinta.- Daños y perjuicios.- “El Proveedor”, se obliga a responder ante "La Secretaría", por los daños y perjuicios derivados de la indebida prestación del servicio pactado en el presente contrato y su Anexo Único y por el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el mismo.
Vigésima Sexta.- Información Reservada y Confidencial.- “Las Partes”, reconocen expresamente que la información que se proporcionen, con motivo de la prestación del servicio objeto del presente contrato, podrá ser considerada como información reservada y/o confidencial siempre y cuando se encuentre contemplada como tal en alguno de los supuestos previstos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
“Las Partes”, se obligan a no utilizar la información confidencial para fines diferentes a los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de la parte otorgante.
Asimismo, “El Proveedor”, se obliga expresamente a guardar absoluta confidencialidad de la información y documentación que le proporcione “La Secretaría”, y que se genere con motivo de la prestación del servicio a la cual tengan acceso o que “La Secretaría”, le entregue por cualquier medio.
“Las Partes”, convienen en que toda la información y documentación generada por “El Proveedor”, con motivo de la prestación del servicio objeto del presente contrato, será propiedad exclusiva de “La Secretaría”, por lo que “El Proveedor”, se obliga a entregársela en su totalidad al momento de la terminación del contrato o en cualquier momento que lo solicite “La Secretaría”, a devolver o entregar todo documento o información que pudiera haber recibido, obtenido o producido como resultado de la contratación objeto del presente contrato.
Vigésima Séptima.- Propiedad Intelectual.- “El Proveedor”, asume toda la responsabilidad por las violaciones que se causen en materia de propiedad intelectual, con respecto al uso de los bienes y técnicas de que se vale para prestar el servicio materia de este contrato.
Vigésima Octava.- Conflicto de interés.- De conformidad con lo establecido en el numeral 2 del Anexo Segundo del “ACUERDO por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado el 00 xx xxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxx de 2017, la manifestación del conflicto de interés se emitirá en los términos siguientes:
“El Proveedor”, manifiesta expresamente que al inicio de la vigencia o a la firma del presente contrato ni él ni los integrantes del consejo de administración o administradores, el Director General, Gerente General, o equivalentes, su Representante Legal, y, en su caso, las personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el 10% (diez por ciento) de los títulos representativos del capital social de “El Proveedor”, no tiene conflicto de intereses con “La Secretaría”, y que no tiene vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan la propia persona, con el o los servidores públicos que intervienen en el presente contrato.
“El Proveedor”, se obliga a dar aviso por escrito a “La Secretaría”, cuando por cualquier motivo llegare a
originarse algún conflicto de interés que pudiera afectar a “La Secretaría”, por lo que en caso de omitir el aviso en cuestión se podrá dar por terminado de forma anticipada el presente contrato.
Vigésima Novena.- Notificaciones entre “Las Partes”.- Todas las notificaciones entre “Las Partes”, serán en el idioma español, por escrito y podrán ser enviadas por correo certificado, mensajería o por cualquier otro medio que acuerden “Las Partes”, para lo cual se tendrán como recibidas, conservando el comprobante del envío o el que emita el medio utilizado y acordado.
Cualquier cambio de domicilio de “Las Partes”, deberá ser notificado por escrito a la otra, con acuse de recibo respectivo, con diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados en el apartado de declaraciones de este contrato.
Trigésima.- Legislación e interpretación.- “Las Partes”, se obligan a sujetarse, para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran y su Anexo Único, así como a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y a los lineamientos normativos aplicables; en todo lo no previsto, se regirán por lo que establecen el Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles, así como a las relativas de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 y demás disposiciones vigentes que le sean aplicables.
De conformidad a lo establecido en el artículo 81, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de discrepancia entre la convocatoria a la licitación pública, la invitación a cuando menos tres personas o la solicitud de cotización y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria, invitación o solicitud respectiva.
Trigésima Primera.- Conciliación.- “Las Partes”, acuerdan que previo a la promoción entre ellas de cualquier procedimiento judicial, en caso de producirse desavenencias derivadas del cumplimiento de este contrato, podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública, una solicitud de conciliación conforme al artículo 77, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Trigésima Segunda.- Jurisdicción y competencia.- En caso de controversia, “Las Partes”, se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando al fuero que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Enteradas “Las Partes”, del contenido, alcance y efectos legales del presente contrato y su Anexo Único, lo ratifican y firman de conformidad en cinco tantos, en la Ciudad de México, el día xx xxxxx del 2019.
Por “La Secretaría” Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Director General de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales | Por “El Proveedor” |
C.P. Xxxxxxx Xxxxx Real
Director de Administración de Personal Área Requirente y Administrador del Contrato
Supervisó la Elaboración del contrato Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Subdirector de Licitaciones y Contratos | Autorizó la Elaboración del contrato Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Directora de Adquisiciones |
NOTA: EL PRESENTE MODELO DE CONTRATO NO REPRESENTA EL INSTRUMENTO JURÍDICO DEFINITIVO, MISMO QUE PODRÁ SER MODIFICADO DE CONFORMIDAD A LA JUNTA DE ACLARACIONES Y DE LAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL SERVICIO A CONTRATAR.
Anexo XIII Modelo de fianza
NOMBRE DE LA AFIANZADORA
(NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA), EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE LE OTORGÓ EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 11 Y 36 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, SE CONSTITUYE EN FIADORA HASTA POR LA SUMA DE: $ ( ), CORRESPONDIENTE AL DIEZ POR CIENTO DEL MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO NÚMERO (NÚMERO DEL CONTRATO QUE FIRMARÁ EL LICITANTE O PROVEEDOR ADJUDICADO), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, CON DOMICILIO EN AVENIDA CONSTITUYENTES, NÚMERO 1001, TORRE “A”, PLANTA BAJA, COLONIA XXXXX DE LAS FLORES, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01110, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
PARA GARANTIZAR POR (DENOMINACIÓNO RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE O PROVEEDOR ADJUDICADO), CON DOMICILIO EN (DOMICILIO DEL LICITANTE O PROVEEDOR ADJUDICADO), EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO (NÚMERO DEL CONTRATO QUE FIRMARÁ EL LICITANTE O PROVEEDOR ADJUDICADO) DE FECHA XX DE XXXXXXXXXX DE 2019, CELEBRADO CON LA SECRETARÍA DE ENERGÍA, CON UN IMPORTE MÁXIMO TOTAL DE $ ( M.N.) SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CON UN VIGENCIA DEL XX DE XXXXXX DE 20XX AL XX DE XXXXXXXXX DE 20XX, RELATIVO A LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO XX XXXXX DE DESPENSA EN PAPEL PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2019” A TRAVÉS DE CONTRATO”.
(NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA), EXPRESAMENTE DECLARA: A) “QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO NÚMERO (NÚMERO DEL CONTRATO QUE FIRMARÁ EL LICITANTE O PROVEEDOR ADJUDICADO), PARA RESPONDER DEL DEBIDO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD QUE RESULTE A CARGO DEL PROVEEDOR, CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN DEL MISMO”. B) “ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA. ASIMISMO, ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA “La Secretaría”, OTORGUE PRÓRROGA O ESPERA AL PROVEEDOR O FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.” C) “(NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA), ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 283 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA; ASÍ COMO A LO DISPUESTO POR EL “REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA EL COBRO DE FIANZAS
OTORGADAS A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN , DEL DISTRITO FEDERAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS, DISTINTAS DE LAS QUE GARANTIZAN OBLIGACIONES FISCALES FEDERALES A CARGO DE TERCEROS”, ASIMISMO, SE OBLIGA A OBSERVAR LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 178 DE LA LEY ANTES CITADA, EN EL SENTIDO DE QUE LA FIANZA NO TENDRÁ FECHA DE VENCIMIENTO. EN EL CASO DE QUE LA “La Secretaría” HICIERA EFECTIVA LA FIANZA, ÉSTA LO COMUNICARÁ POR ESCRITO AL PROVEEDOR Y A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA, OBLIGÁNDOSE EL PRIMERO A QUE LA FIANZA PERMANEZCA VIGENTE HASTA QUE SE SUBSANEN LAS CAUSAS QUE MOTIVARON EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO.” D) “QUE, PARA LIBERAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA “La Secretaría”. POR LO QUE LA CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA DE FIANZA PROCEDERÁ UNA VEZ QUE LA “La Secretaría” OTORGUE EL ACTA ADMINISTRATIVA O DOCUMENTO EQUIVALENTE EN EL QUE SE SEÑALE LA EXTINCIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES, PREVIO OTORGAMIENTO DEL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, O EN CASO DE EXISTIR SALDOS A CARGO DEL PROVEEDOR, LA LIQUIDACIÓN DEBIDA.” E) “QUE ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN QUE GARANTIZA Y CONTINUARÁ VIGENTE EN CASO DE OTORGAMIENTO DE PRÓRROGA O ESPERA AL PROVEEDOR O FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DEL CONTRATO O PEDIDO, MOTIVO POR EL CUAL (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA) OTORGARÁ LA MODIFICACIÓN A LA FIANZA. EN CASO DE PRÓRROGA O ESPERA, LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRÓRROGA O ESPERA Y AL EFECTO (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA), PAGARÁ EN TÉRMINOS XX XXX HASTA LA CANTIDAD DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO NÚMERO (NÚMERO DEL CONTRATO QUE FIRMARÁ EL LICITANTE O PROVEEDOR ADJUDICADO). CON INDEPENDENCIA DE LO ANTERIOR EL PROVEEDOR QUEDARÁ OBLIGADO A RECABAR EL ENDOSO MODIFICATORIO A LA PÓLIZA DE FIANZA POR CUALQUIER MODIFICACIÓN QUE SE REALICE AL CONTRATO, GARANTIZANDO LOS EXTREMOS DE LA MISMA.” F) “QUE LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO EN EL PLAZO ESTIPULADO, DARÁ COMO CONSECUENCIA EL INICIO DEL PROCESO DE RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO A LO AQUÍ ESTABLECIDO.” G) “QUE PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 166 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS SE TENDRÁ COMO DOMICILIO DEL BENEFICIARIO, EL UBICADO EN: XXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX, XXXXXX 0000, TORRE “A”, PLANTA BAJA, COLONIA XXXXX DE LAS FLORES, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01110, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.” H) “QUE EN CASO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO, LA APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ INDIVISIBLE, POR LO QUE SE HARÁ EFECTIVA POR EL MONTO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA.”. ---FIN DE TEXTO---
Fecha de expedición, firma del representante legal
Encuesta de Transparencia del Procedimiento
Nombre o razón social:
Instrucciones : F a vor de c al i f i c ar los s up ues tos pl a ntea dos en es ta enc u es ta c on un a “ X” s e gú n c ons id e re .
No. | EVENTO | SUPUESTOS | CALIFICACIÓN | |||
TOTALMENTE DE ACUERDO | EN GENERAL DE ACUERDO | EN GENERAL EN DESACUERDO | TOTALMENTE EN DESACUERDO | |||
1 | Junta de Aclaraciones | El contenido de la Convocatoria es claro para la contratación que se pretende realizar | ||||
2 | Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad | |||||
3 | Acto de Presentación y Apertura de Propuestas | El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los licitantes | ||||
4 | Generales | El acceso al inmueble fue expedito | ||||
5 | Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido | |||||
6 | El trato dado por los servidores públicos de la Secretaría durante la Convocatoria, fue respetuoso y amable | |||||
7 | Volvería a participar en otra Convocatoria que emita la Secretaría | |||||
8 | El procedimiento se apegó a la normatividad aplicable | |||||
9 | Resolución técnica y económica | La resolución técnica fue emitida conforme a la Convocatoria y Junta de Aclaraciones | ||||
10 | Fallo | En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación del licitante adjudicado y los que no resultaron adjudicados |
Si usted desea agregar algún comentario respecto al procedimiento, favor de anotarlo en el cuadro siguiente:
Favor de entregar la presente encuesta, en alguna de las siguientes opciones:
1.- El día del Fallo de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica.
2.- Enviarlo en archivo pdf o escaneado por correo electrónico, a la dirección: xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx 3.- En el domicilio de la Convocante.
Anexo XV
ACUERDO por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxxx de 2015
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones VI, XIX, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 1, 2, 3, fracción III, 7, 8, fracciones VI, XII y XIII , 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 5 y 6, fracciones I, V y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el ejercicio de la función pública debe apegarse a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, establecidos en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de que impere invariablemente en los servidores públicos una conducta digna que fortalezca a las instituciones públicas y que a su vez responda a las necesidades de la sociedad;
Que el artículo 134 Constitucional establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; principios que deben ser observados, entre otros, en los procedimientos de contratación pública y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, así como sus prórrogas;
Que la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en su artículo 8, previene obligaciones propias de los servidores públicos, las cuales tienden específicamente a la salvaguarda de los principios de honradez e imparcialidad en el desempeño de la función pública cuando ésta se desarrolla, entre otros, en interacción con los particulares, a efecto de que no obtengan beneficios indebidos utilizando el empleo, cargo o comisión que ostentan; circunstancia que motivó la necesidad de contar con un diagnóstico que permita conocer el nivel de responsabilidad de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones, concesiones y sus prórrogas, para lo cual esta Secretaría integró un registro de dichos servidores públicos en el cual se identifica y clasifica su nivel de responsabilidad;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla cinco metas nacionales dentro de las que se encuentra la denominada México en Paz, misma que tiene por objeto, entre otros, fortalecer el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas y, por su parte, en el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, se prevé como una de sus estrategias obtener las mejores condiciones en la contratación de bienes, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal, señalando como líneas de acción, entre otras, las de establecer un sistema de contrataciones públicas basado en la transparencia, competencia y criterios objetivos, que promueva la integridad y la prevención de la corrupción;
Que con la finalidad de proveer al cumplimiento de lo establecido en el Plan y en el Programa antes señalados, y con el propósito de fortalecer la legalidad y cerrar espacios a la corrupción, el 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx presentó y encomendó a esta Secretaría, un conjunto de acciones ejecutivas para prevenir la corrupción y evitar los conflictos de interés, entre las cuales se encuentra la de establecer protocolos de contacto entre particulares y los servidores públicos responsables de los procedimientos de contrataciones públicas y el otorgamiento de licencias, permisos y concesiones y la obligación de los servidores públicos de presentar una declaración de posible conflicto de interés, misma que debe entregarse
al ingresar a cargos públicos federales y actualizarse anualmente o en cualquier momento en que un funcionario considere que pudiera ocurrir un posible conflicto de interés en su responsabilidad;
Que resulta necesario contar con un mecanismo que permita a la Secretaría verificar las declaraciones de conflictos de interés de los servidores públicos, y en ciertos casos, a través de su vinculación con un documento equivalente en el que particulares manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés con servidores públicos de mando superior, y con aquéllos que intervienen en contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones;
Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones constitucionales en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 xx xxxx de 2015, los particulares que lleguen a participar en la comisión xx xxxxxx administrativas graves habrán de ser sancionados administrativamente, y si bien tal supuesto entrará en vigor conforme al citado Decreto, previene un reconocimiento a nivel Constitucional sobre la corresponsabilidad de los ciudadanos que se vinculan en la comisión de diversos actos de corrupción, el cual también ha sido regulado en ordenamientos secundarios como la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que establece diversas infracciones administrativas en que pueden incurrir los particulares por la comisión de conductas indebidas en contrataciones públicas de carácter federal;
Que resulta de interés para la sociedad que el Estado implemente mayores acciones preventivas contra los actos de corrupción que garanticen que la toma de decisiones gubernamentales no sea vulnerada por intereses particulares, por lo que la Administración Pública Federal requiere medidas que eviten la corrupción en las contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos y concesiones, incluyendo las autorizaciones que otorgan derechos de explotación de bienes o servicios, lo cual permitirá asegurar las mejores condiciones de contratación y que la administración de los recursos públicos se realice con estricta observancia a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez;
Que ante la necesidad de que se constituya un esfuerzo conjunto entre ciudadanía y gobierno para el fortalecimiento de la ética y la integridad en el servicio público; ante la demanda social y legítima de que este gobierno tome medidas eficaces y frontales en la prevención y el combate a la corrupción, y tomando en cuenta que esta Secretaría está facultada para establecer normas, directrices, políticas, estrategias, acciones y medidas que le permitan verificar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y que rijan el actuar de aquellos que intervienen en procedimientos que impliquen la entrega de recursos públicos, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto expedir el Protocolo de actuación que deben observar los servidores públicos de las dependencias y entidades inscritos en el registro que la Secretaría de la Función Pública lleva de quienes participan en las contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y aquellos que funjan como residentes de obra en los contratos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas, en su contacto con los superintendentes de construcción, conforme al Anexo Primero, y en su caso, aplicar los formatos que deberán utilizarse para que los particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, conforme al Anexo Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo por parte de los servidores públicos, será causa de responsabilidad administrativa en términos de lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
ARTÍCULO TERCERO.- La aplicación del presente Acuerdo debe realizarse sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones jurídicas que regulen las contrataciones públicas, el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
La inobservancia de alguna de las previsiones contenidas en este Acuerdo, no afectará por sí misma la validez jurídica de
los actos a que se refiere el párrafo anterior.
ARTÍCULO CUARTO.- La información que se obtenga, genere o resguarde por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, estará sujeta a lo establecido en las disposiciones en las materias de archivos, protección de datos personales, transparencia y acceso a la información pública.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de la Función Pública podrá aplicar los mecanismos que le permitan evaluar el cumplimiento del presente Acuerdo, incluyendo la realización de encuestas a los particulares que establecieron contacto con servidores públicos.
ARTÍCULO SEXTO.- La interpretación para efectos administrativos y la resolución de los casos no previstos corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas en el caso del Anexo Primero, y de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés en el caso del Anexo Segundo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Secretaría de la Función Pública y los correspondientes órganos internos de control, vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los treinta días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, contarán con un plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para dar total cumplimiento al presente Acuerdo y su Anexo Primero.
Los órganos internos de control de las dependencias y entidades verificarán el avance en el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el párrafo anterior, para lo cual elaborarán semestralmente un informe.
La determinación de los casos e instrumentación de los formatos a que se refiere el Anexo Segundo del presente Acuerdo corresponderá a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, la cual deberá comunicar la disponibilidad de los mismos y los lineamientos de casos, a más tardar a los cuatro meses de la entrada en vigor de las disposiciones jurídicas por las que se cree y se le confieran atribuciones.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a los 19 días del mes xx xxxxxx de 2015.- El Secretario de la Función Pública, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
Anexo Primero
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Sección I
Aspectos Generales
1. Este Protocolo tiene por objeto establecer los lineamientos generales que deberán observar los servidores públicos a que se refiere el artículo Primero del Acuerdo.
2. Para los efectos del presente Protocolo, se entenderá por:
I. Contacto con particulares: Comunicación a través de cualquier medio entre particulares y los servidores públicos sujetos a este Protocolo;
II. Contrataciones públicas: Los actos a partir de las autorizaciones o dictámenes previos para realizar los procedimientos de contratación hasta la conclusión de los mismos, sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), la Ley de Asociaciones Público Privadas (XXXX), así como los actos relativos a las enajenaciones de bienes muebles de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales.
Entre los actos y autorizaciones previas a que se refiere el párrafo anterior se encuentran comprendidos los siguientes:
• Dictamen sobre la viabilidad del proyecto de asociación público privada (artículo 21 de la XXXX).
• En el caso de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, incluye los documentos que sirvan de base para pronunciarse sobre la autorización del proyecto de asociación público privada y la autorización misma (artículo 21 de la XXXX).
• Autorización del pago de servicios en los que no sea posible pactar que el costo sea cubierto después de la prestación del servicio (artículo 13, último párrafo de la LAASSP).
• Autorización del proyecto ejecutivo, incluyendo en su caso, el dictamen técnico que justifique que las obras son de gran complejidad (artículos 24, último párrafo de la LOPSRM, y 23, segundo párrafo del Reglamento de la LOPSRM).
• Dictamen de excepción a la licitación pública (artículos 22, fracción II de la LAASSP y 25, fracción III de la LOPSRM).
• El escrito de autorización para realizar una adjudicación directa en lugar de una invitación a cuando menos tres personas, en el caso de las contrataciones por monto (artículo 42, párrafo segundo de la LAASSP).
III. Dependencias: Las Secretarías de Estado incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, los órganos reguladores coordinados en materia energética, la Consejería
Jurídica del Ejecutivo Federal, la Oficina de la Presidencia de la República y la Procuraduría General de la República;
IV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean considerados entidades paraestatales, y
V. Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones: Los procedimientos para el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones incluyendo, en su caso, sus actos previos, que regulen los diversos ordenamientos jurídicos aplicables.
Sección II
Reglas generales para el contacto con particulares
3. Los servidores públicos en su contacto con los particulares, deberán conducirse con diligencia, rectitud, imparcialidad, honradez, legalidad y respeto, así como atender estrictamente las disposiciones jurídicas que regulan sus obligaciones, el conflicto de interés y los casos en que deberán abstenerse de intervenir y de excusarse para conocer de determinados asuntos.
4. En el caso del contacto del residente de obra con el superintendente de construcción, para efectos de cumplimiento del presente Protocolo, aquél deberá únicamente registrar en la bitácora correspondiente, cualquier reunión que lleve a cabo con este último y el propósito de la misma.
5. Cuando los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, tengan conocimiento de actos u omisiones de particulares o de otros servidores públicos que comprometan la actuación con la que deben desempeñarse en sus empleos, cargos o comisiones, esto es, que resulten contrarias a los principios que rigen el servicio público, deberán hacerlo del conocimiento del Titular del Órgano Interno de Control y, en su caso, del área jurídica de la dependencia o entidad de que se trate, a efecto de que se tomen las medidas que resulten conducentes.
6. Las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el presente Protocolo y que éste puede ser consultado en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, e indicar la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
b) Que las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados, así como que dicha información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y ser utilizada como elemento de prueba;
c) Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y
d) El derecho que tienen de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
7. Los servidores públicos deberán adoptar medidas para proteger los datos personales de los particulares, asegurándose de señalarles cuál es el propósito de recabarlos y solicitar su consentimiento de manera expresa, por escrito o cualquier medio de autenticación, para el caso de que terceras personas accedan a dichos datos.
8. En las comunicaciones telefónicas, reuniones, visitas y actos públicos los servidores públicos deberán grabar las primeras y videograbar las demás. En las videograbaciones se registrará la fecha y la hora de inicio y conclusión, del
acto respectivo.
El dispositivo en el que se almacenen las grabaciones y videograbaciones formará parte del expediente de contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate.
Para el caso de las comunicaciones telefónicas y las reuniones, deberán obtener del particular su consentimiento tácito o expreso, así como señalarle que se entenderá que hay consentimiento tácito cuando continúe la conversación telefónica, o su presencia en las reuniones de que se trate. De no existir consentimiento del particular la comunicación telefónica o la reunión no podrá continuarse y el servidor público informará al particular dicho impedimento.
En el caso de las visitas y actos públicos no se requerirá el consentimiento del particular para videograbarlos, en tanto que los mismos son de orden e interés públicos.
Tratándose de exámenes o evaluaciones médicas que se requieran para las licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se estará a lo que dispongan los protocolos de actuación médica aplicables.
9. El contacto con particulares deberá llevarse a cabo a través de los medios de comunicación que provea la dependencia o entidad o en sus inmuebles, según corresponda, salvo en los casos señalados en el numeral 15 del presente Protocolo.
10. El contacto con particulares se efectuará preferentemente por escrito (en medios físicos o electrónicos) con la finalidad de que exista constancia del asunto, sin perjuicio de lo señalado por las disposiciones jurídicas aplicables.
11. Los servidores públicos deberán llevar un registro de las comunicaciones telefónicas y reuniones, en el cual consignarán por lo menos: fecha, hora, el objeto de la reunión o comunicación telefónica y, en su caso, lugar de la reunión o número telefónico del servidor público en que se recibió la comunicación.
Sección III
Celebración de Reuniones
12. Salvo lo dispuesto por las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, para la celebración de reuniones con los particulares deberá mediar cita previa y el servidor público dará aviso a su superior jerárquico. En las reuniones estarán presentes al menos dos servidores públicos de las áreas relacionadas con las contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y concesiones de que se trate, mismos que podrán o no estar inscritos en el registro a que se refiere el Artículo Primero, inciso a) del Acuerdo.
13. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, al menos con dos días hábiles de anticipación a la celebración de las reuniones, salvo que no sea posible hacerlo en dicho plazo, debiendo el servidor público señalar en el escrito de aviso las circunstancias de modo, tiempo y lugar que lo impidieron.
En el aviso a que se refiere el párrafo anterior, se señalará lugar, fecha, hora, el objeto de la reunión y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista a la reunión.
14. De cada reunión se levantará una minuta que deberá ser firmada por los participantes y contendrá al menos: la fecha, la hora de inicio y de conclusión, los nombres completos de todas las personas que estuvieron presentes y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participaron, así como los temas tratados. La minuta deberá integrarse al expediente respectivo y una copia de la misma se enviará al Titular del Órgano Interno de Control correspondiente, en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de su formalización.
Sección IV
Visitas
15. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte necesario conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables, realizar visitas a los inmuebles relacionados con las mismas, se deberá tomar en consideración además de lo señalado en dichos ordenamientos, lo siguiente:
I. La visita se llevará a cabo en la fecha y hora que se señale en los documentos que establezcan las bases del procedimiento específico cuando sea el caso, o bien, en la que el servidor público haya comunicado a los particulares;
II. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización de la visita, señalando el lugar, fecha, hora, objeto de la misma y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista a la visita;
III. Al inicio de cada visita el servidor público responsable del acto deberá identificarse ante todos los asistentes, a quienes pedirá que se registren en la lista que al efecto se elabore, asentando cuando menos sus nombres completos y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, y
IV. De cada visita se levantará una minuta que deberá ser firmada por los participantes y contener al menos: la fecha, la hora de inicio y de conclusión, los nombres completos de todas las personas que estuvieron presentes y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, así como los temas tratados. La minuta deberá integrarse al expediente respectivo y una copia de la misma se enviará al Titular del Órgano Interno de Control correspondiente, en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de su formalización.
Sección V
Actos públicos
16. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte procedente la realización de actos públicos, en términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se deberá tomar en consideración lo siguiente:
I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto;
II. Al inicio del acto el servidor público responsable deberá identificarse ante todos los asistentes, a quienes pedirá que se registren en la lista que al efecto se elabore, asentando cuando menos sus nombres completos y el carácter, cargo o puesto directivo con el que participan, y
III. El servidor público que presida el acto informará a los participantes que una vez iniciado el mismo no se permitirá el acceso a ninguna otra persona, o servidor público ajeno al acto.
Sección VI
Procedimientos deliberativos
17. Cuando en los procedimientos de contrataciones públicas o licencias, permisos, autorizaciones y concesiones existan procedimientos deliberativos, tales como evaluaciones y análisis de información, los servidores públicos se abstendrán de proporcionar información, previo a la notificación de la resolución correspondiente.
Anexo Segundo
FORMATOS QUE DEBERÁN UTILIZAR LOS PARTICULARES PARA MANIFESTAR VÍNCULOS Y POSIBLES CONFLICTOS DE INTERÉS
1. En los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, los particulares deberán presentar un manifiesto de sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, con los servidores públicos que tengan los cargos que a continuación se indican, incluyendo a sus cónyuges y parientes en primer grado:
I. Presidente de la República;
II. Secretarios de Estado;
III. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
IV. Procurador General de la República;
V. Subprocuradores o Titulares de Fiscalías Especializadas;
VI. Titulares de los Órganos Reguladores Coordinados;
VII. Subsecretarios;
VIII. Consejeros Adjuntos;
IX. Oficiales Mayores;
X. Titulares de Unidad;
XI. Directores Generales;
XII. Titulares de órganos administrativos desconcentrados;
XIII. Directores Generales, Gerentes, Subgerentes, Directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de entidades paraestatales y Empresas Productivas del Estado, y
XIV. Los que intervienen en las contrataciones públicas y en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, frente a los particulares, incluidos en el Registro que al efecto lleva la Secretaría de la Función Pública.
La presentación del manifiesto de vínculos o relaciones incluirá a los servidores públicos que desempeñen un puesto, cargo, comisión o funciones equivalentes, homólogos o adjuntos a los referidos en las fracciones VII a XII de este artículo.
2. El manifiesto de vínculos o relaciones deberá presentarse cuando por sí, o a través de su representante legal, las personas físicas x xxxxxxx, intervengan en:
I. Contrataciones públicas, y
II. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará previo al inicio de los procedimientos señalados en las fracciones anteriores y será solicitado por los servidores públicos encargados de tramitarlos.
3. Quienes formulen el manifiesto de vínculos o relaciones deberán declarar bajo protesta de decir verdad, el vínculo o la relación personal, de parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el primer grado, o de negocios con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal, y en especial con los señalados en el artículo Primero de este Acuerdo, y las personas siguientes:
I. El propio declarante y su cónyuge, ascendientes y descendientes;
II. Los integrantes del consejo de administración o administradores de la persona moral que representa;
III. Director o gerente general o funcionario de los tres niveles inferiores a cualquiera de éstos, o
IV. Las personas físicas que posean directa o indirectamente el control de al menos el 10% de los títulos representativos del capital social de la persona moral que representa.
En el caso de los representantes de las personas xxxxxxx que intervengan en los procedimientos a que hace referencia el numeral 2 del presente Anexo, la manifestación de vínculos o relaciones la realizarán con base en la información recabada por la administración o dirección de la persona moral que representen.
4. El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará mediante el formato e instructivo adjunto y que forma parte del presente Anexo.
El formato se encontrará disponible a través de la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, siendo este medio remoto de comunicación electrónica el único para presentarlo ante la Secretaría de la Función Pública.
5. Los servidores públicos que estén a cargo de la asignación o resolución de los procedimientos o solicitudes señalados en el numeral 2 del presente Anexo, deberán tomar en consideración la opinión razonada que sobre el manifiesto realice la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés.
Los comités a que se refieren los artículos 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, respectivamente, estarán obligados a considerar al resolver el procedimiento de contratación de que se trate, la opinión razonada mencionada en el párrafo anterior.
DOF: 19/02/2016 |
ACUERDO por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones VI, XIX, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 1, 2, 3, fracción III, 7, 8, fracciones VI, XI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 5, 6, fracciones I, V y XXIV, y 17 BIS del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y CONSIDERANDO Que el 20 xx xxxxxx de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", el cual prevé como parte de su objeto la aplicación de los formatos que deberán utilizarse para que los particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal y aquellos que intervienen en los procedimientos materia del Acuerdo, así como de posibles conflictos de interés, estableciéndose en el Anexo Segundo de dicho ordenamiento jurídico los términos para ello, encomendándose la determinación de los casos y la instrumentación de los formatos a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés y previéndose que ésta comunicará la disponibilidad de los formatos y los lineamientos de casos, a más tardar a los cuatro meses de la entrada en vigor de las disposiciones jurídicas por las que se cree y se le confirieran atribuciones; Que el objeto del Acuerdo a que se refiere el considerando que antecede, fue motivado por la necesidad de constituir un esfuerzo conjunto entre ciudadanía y gobierno para el fortalecimiento de la ética y la integridad en el servicio público que permita, entre otras acciones, contar con un mecanismo que contribuya a que esta Secretaría verifique las declaraciones de posible conflicto de interés de los servidores públicos, en ciertos casos, con un documento equivalente en el que los particulares manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares con servidores públicos; Que el 20 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública", el cual adiciona un artículo 17 BIS al citado Reglamento para prever la existencia de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés y establecer sus atribuciones, entre las cuales destacan las relativas a formular y someter a la consideración del Secretario los proyectos de políticas, lineamientos, estrategias y demás instrumentos de carácter general, para establecer acciones en materia de ética e integridad a fin de prevenir conductas contrarias a las disposiciones que rigen el ejercicio de la función pública, así como conflictos de interés de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus funciones; así como realizar investigaciones para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés de los servidores públicos; Que atendiendo a los razonamientos que motivaron el objeto del Acuerdo a que se refiere el considerando primero del presente ordenamiento jurídico y tomando en cuenta las facultades que ya le fueron conferidas a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, resulta necesario, por un lado, que bajo un marco colaborativo se proporcione a los particulares las mayores facilidades que impliquen los menores costos operativos, |
a efecto de incentivar a que manifiesten sus vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal y con aquellos que intervengan en los procedimientos de contrataciones públicas y de otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y por el otro, que la información que se recabe esté alineada a la legislación aplicable y sea accesible y útil a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para identificar y evitar conflictos de interés en los procedimientos señalados;
Que para el logro de los propósitos mencionados en el considerando anterior, es necesario realizar diversas modificaciones al Acuerdo referido en el primer considerando de este ordenamiento jurídico, las cuales propiciaran en mayor medida la participación de la sociedad en los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República particularmente en materia de ética, integridad y prevención de conflictos de interés en el ejercicio de la función pública y, en general, en la prevención y el combate a la corrupción, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos Primero, Sexto, Séptimo y Segundo Transitorio, así como los Anexos Primero y Segundo, y se ADICIONAN el artículo Octavo y un artículo Tercero Transitorio, todos ellos del "Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", publicado el 20 xx xxxxxx de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto:
I. Expedir el Protocolo de Actuación que, conforme al Anexo Primero, deberán observar:
a) Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Función Pública de quienes participan en las contrataciones públicas, así como en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, en su contacto con particulares, y
b) Los servidores públicos que funjan como residentes de obra en los contratos de obra pública y de servicios relacionados con las mismas en su trato con los superintendentes de construcción, y
II. Establecer, conforme al Anexo Segundo, los mecanismos a través de los cuales los particulares podrán formular, un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco en los procedimientos de contrataciones públicas, de otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ...
ARTÍCULO TERCERO.- ...
ARTÍCULO CUARTO.- ...
ARTÍCULO QUINTO.- ...
ARTÍCULO SEXTO.- La interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo y la resolución de los casos no previstos en el mismo, corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la previa opinión que, en su caso, corresponda a otras unidades
administrativas de esta Secretaría.
La Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la intervención que corresponda a otras unidades administrativas de esta Secretaría, brindará asesoría a las dependencias y entidades para la implementación de los Anexos del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Para emitir opinión respecto de la posible actualización de conflictos de interés, la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés realizará la investigación de los datos contenidos en la declaración de posible conflicto de interés rendida por servidores públicos, para lo cual podrá requerir a la unidad administrativa competente de esta Secretaría el apartado de dicha declaración.
ARTÍCULO OCTAVO.- La Secretaría de la Función Pública y los correspondientes órganos internos de control, vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- ...
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal implementarán las acciones a que se refiere el Anexo Primero del "Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", en la forma siguiente:
I. A partir del 22 xx xxxxx de 2016, se deberá dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Anexo Primero, con excepción de las señaladas en la fracción II del presente artículo, y
II. A partir xx xxxxx de 2017, darán cumplimiento a lo previsto en los numerales 6, inciso b) y 8 del Anexo Primero.
TERCERO.- A más tardar en el mes xx xxxxx de 2017, la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, con la intervención que corresponda a otras unidades administrativas de la Secretaría, deberá:
I. Incluir en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx, el listado de licencias, permisos y autorizaciones a los que se refiere el numeral 6, inciso b) del Anexo Primero.
II. Diseñar e implementar el sistema electrónico que estará disponible en la liga mencionada en la fracción anterior, a fin de que los particulares formulen el manifiesto a que se refiere el Anexo Segundo."
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 17 días del mes de febrero de 2016.- El Secretario, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
Anexo Primero
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
Sección I
Aspectos Generales
1. ...
2. ...
Sección II
Reglas generales para el contacto con particulares
3. ...
4. ...
5. ...
6. Las dependencias y entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o en el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el presente Protocolo y que éste puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx; asimismo, los servidores públicos deberán informar a los particulares la fecha de la publicación de este Protocolo en el Diario Oficial de la Federación;
b) Que a fin de promover las mejores prácticas en materia de combate a la corrupción y prevención de conflictos de interés, en los procedimientos que a continuación se enuncian, las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados; así como que esa información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de dichos procedimientos y podrá ser utilizada como elemento de prueba:
i. Contrataciones públicas;
ii. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
iii. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que enliste la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés, en la liga xxx.xxx.xx/xxx
c) ...
d) Que tienen derecho a presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
7. ...
8. En los procedimientos que se señalan en el numeral 6, inciso b) de este Anexo, los servidores públicos deberán grabar las comunicaciones telefónicas y videograbar las reuniones, visitas y actos públicos.
...
...
...
...
...
9. ...
10. ...
11. ...
Sección III
Celebración de Reuniones
12. ...
13. ...
14. ...
Sección IV
Visitas
15. ...
Sección V
Actos públicos
16. Cuando en las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones resulte procedente la realización de actos públicos, en términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se deberá tomar en consideración lo siguiente:
I. El servidor público dará aviso por oficio o correo electrónico al Titular del Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad correspondiente, por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la realización del acto público, señalando el lugar, fecha, hora, objeto del mismo y la información relacionada con la contratación pública, licencia, permiso, autorización o concesión de que se trate; el Órgano Interno de Control podrá designar a un representante para que asista al acto.
Tratándose del otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones, la disposición prevista en el párrafo anterior será aplicable únicamente a los procedimientos que se encuentren enlistados en la liga xxx.xxx.xx/xxx.
II. ...
III. ...
Sección VI
Procedimientos deliberativos
17. ...
Anexo Segundo
MANIFIESTO QUE PODRÁN FORMULAR LOS PARTICULARES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, DE OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES
1. Para los efectos del presente Anexo se entenderá por:
I. Contrataciones públicas: los procedimientos de contratación sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Asociaciones Público Privadas, así como los actos relativos a las enajenaciones de bienes muebles de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales;
II. Dependencias: las definidas en el numeral 2, fracción III, del Anexo Primero;
III. Entidades: las definidas en el numeral 2, fracción IV, del Anexo Primero;
V. UEEPCI: la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de la Función Pública.
2. Los particulares personas físicas que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este Anexo, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan la propia persona, con el o los servidores públicos a que se refiere el número 5 del presente Anexo.
3. Los particulares personas xxxxxxx que se encuentren en los supuestos previstos en el numeral 4 de este Anexo, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas que a continuación se señalan, con el o los servidores públicos a que se refiere el número 5 del presente Anexo:
a) Integrantes del consejo de administración o administradores;
b) Director general, gerente general, o equivalentes;
c) Representantes legales, y
d) Personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el diez por ciento de los títulos representativos del capital social de la persona moral.
4. A fin de fomentar las mejores prácticas en la prevención de conflictos de interés, los particulares formularán el manifiesto por única vez cuando tengan la intención de participar en los siguientes procedimientos:
I. Contrataciones públicas;
II. Otorgamiento y prórroga de concesiones, y
III. Otorgamiento y prórroga de licencias, permisos y autorizaciones que se encuentren enlistados en la liga xxx.xxx.xx/xxx.
5. El manifiesto incluirá los vínculos o relaciones entre el particular y los servidores públicos que a continuación se indican:
I. Presidente de la República;
II. Secretarios de Estado;
III. Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República;
IV. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
V. Procurador General de la República;
VI. Titulares de entidades;
VII. Titulares de órganos reguladores coordinados;
VIII. Subprocuradores o titulares de fiscalías especializadas;
IX. Comisionados adscritos a órganos reguladores coordinados;
X. Subsecretarios, oficiales mayores, consejeros adjuntos, titulares de órganos administrativos desconcentrados, titulares de unidad y directores generales en las dependencias;
XI. Directores generales, gerentes, subgerentes, directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de las entidades, y
XII. Personal que interviene en contrataciones públicas, en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, incluidos en el Registro que lleva la Secretaría de la Función Pública.
6. Los particulares formularán el manifiesto a través de la dirección electrónica xxx.xxx.xx/xxx, siendo este medio electrónico de comunicación el único para presentarlo. El Sistema generará un acuse de presentación del manifiesto. A través de dicho medio electrónico los particulares podrán también denunciar presuntos conflictos de interés de los que tengan conocimiento, enunciando las pruebas con las que en su caso cuenten.
7. El particular podrá actualizar en cualquier momento la información contenida en el manifiesto cuando cambien sus vínculos y relaciones con los servidores públicos señalados en el numeral 5 del presente Anexo.
8. Los servidores públicos titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de contrataciones públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, deberán verificar en el Sistema, respecto de su dependencia o entidad, los manifiestos de vínculos o relaciones presentados por los particulares, a fin de tomar las medidas necesarias para prevenir posibles conflictos de interés. En caso de duda, dichos servidores públicos podrán solicitar a través del Sistema la opinión razonada de la UEEPCI, la cual dará respuesta a través del citado medio electrónico, dentro de los siete días hábiles contados a partir de que reciba la solicitud.
9. La UEEPCI podrá emitir opiniones razonadas sobre los manifiestos de vínculos o relaciones presentados por los particulares, con base en la información del Sistema o de otros elementos de juicio que se xxxxxxx, a fin de que sean consideradas conforme al ámbito de sus responsabilidades, por los servidores públicos titulares de las áreas responsables de llevar los procedimientos de contrataciones públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
10. Además de lo previsto en el numeral 4 fracción III de este Anexo, la UEEPCI mantendrá en la liga xxx.xxx.xx/xxx, la información siguiente:
X. Xxxx para la operación del Sistema;
II. Respuestas a las preguntas más frecuentes;
III. Correo electrónico para la aclaración de dudas sobre el uso del Sistema, y
IV. Nombres y denominaciones sociales de los particulares que soliciten que se haga público que presentaron el manifiesto.
DOF: 28/02/2017
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y
CONCESIONES.
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL, QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
XXXXX XXXXX XXXXXXXX, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones VI, XIX y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, fracción III, 7, 8, fracciones VI, XI, XII y XIII, 40 y 48 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; así como 1, 5 y 6 fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el 20 xx xxxxxx de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", mediante el cual el Gobierno de la República implementó acciones para prevenir la corrupción en las contrataciones públicas y en el otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, a fin de que dichos procedimientos se realicen con estricta observancia a los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que los servidores públicos deben observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones;
Que el 19 de febrero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se modifica el diverso que expide el Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones", el cual fue motivado por la necesidad de propiciar una mayor participación de la sociedad en los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República en materia de ética, integridad y prevención de conflictos de interés en el ejercicio de la función pública y, en general, en la prevención y el combate a la corrupción;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 prevé una reducción de los gastos de operación del Gobierno de la República, privilegiando los programas que contribuyen a la reducción de la pobreza a través de la disminución de las carencias sociales, y da preferencia a la inversión productiva sobre la administrativa, con la finalidad de hacer más eficiente el gasto público;
Que resulta necesario reducir el impacto presupuestario que significa la obligación para las dependencias y entidades de grabar las llamadas telefónicas relacionadas con los procedimientos de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones; así como de videograbar las reuniones, visitas y actos públicos que se realicen con motivo de dichos procedimientos. Por lo cual se propone eliminar la obligación de grabar las llamadas telefónicas y acotar los casos en que deben videograbarse las reuniones, visitas y actos públicos;
Que en el Estudio de la OCDE sobre integridad en México, entre otros aspectos, dicho organismo sugiere refinar el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas para hacerlo más viable, precisar las políticas para la gestión y resolución de conflictos de interés, proteger los derechos de quienes reportan irregularidades y equipar a los contralores internos para la realización de investigaciones disciplinarias y gestión de riesgos. En este tenor, dicho organismo internacional hace notar que si bien el Protocolo es un paso indispensable para asegurar un enfoque sensible al riesgo en la gestión de conflictos de interés, laSecretaría de la Función Pública podría enfocarse en mejorar y ampliar lineamientos