PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, EN TRÁMITACIÓN ORDINARIA, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO, DEL SUMINISTRO PARA LA “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS SERVER 2019 Y CAL DE MICROSOFT”
GEN-CTTE/2019/115
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, EN TRÁMITACIÓN ORDINARIA, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO, DEL SUMINISTRO PARA LA “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS SERVER 2019 Y CAL DE MICROSOFT”
Cláusula 1ª.- OBJETO Y NECESIDAD DEL CONTRATO
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1.1.- El presente pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) tiene por objeto la contratación del suministro para la “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS SERVER 2019 Y CAL DE MICROSOFT” y establece los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato, ajustándose a los principios de libertad de acceso a la licitación, publicidad y transparencia en el procedimiento y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores.
1.2.- La relación de licencias a adquirir es la descrita en la cláusula 3ª xxx xxxxxx de prescripciones técnicas (PPT).
1.3.- La naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato, la idoneidad de su objeto y su contenido para satisfacerlas se detallan en el pliego de prescripciones técnicas (PPT), a los efectos previstos en el art. 28.1 de la LCSP.
1.4.- Asimismo, no se prevé la división del contrato en lotes, al tratarse de una unidad funcional, no susceptible de aprovechamiento separado.
Cláusula 2ª.- RÉGIMEN JURÍDICO
2.1.- El suministro se realizará de acuerdo con el presente PCAP y el PPT, así como de acuerdo a la económica presentada por el licitador que resulte adjudicatario. El conjunto de los citados documentos tiene carácter contractual.
2.2.- En lo no previsto en los citados pliegos, a las partes contratantes les será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), en lo que no se oponga a la LCSP; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación así como la normativa y reglamentos que la desarrollen y que resulten aplicables por razón de la materia.
2.3.- La contratación a la que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa, de conformidad con el artículo 25.1 a) de la LCSP, siendo, el régimen jurídico aplicable, el relativo al CONTRATO DE SUMINISTRO, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 y aquellos que resulten de aplicación de los contenidos en el Capítulo IV del Título II del Libro Segundo de la citada LCSP.
2.4.- En caso de discrepancia entre el PCAP y el PPT, prevalecerá lo establecido en el PCAP. El desconocimiento de las condiciones establecidas en cualquiera de los términos del contrato, del PCAP, del PPT o de cualquier norma de toda índole, dictada o no por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Cláusula 3ª.- CODIFICACIÓN DEL CONTRATO
La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 48214000-1, correspondiente a paquetes de software de sistema operativo en red.
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Cláusula 4ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxx, por delegación xxx Xxxxxxx-Presidente del Ayuntamiento, de conformidad con la Resolución de 20 de septiembre de 2019, dictada por el Alcalde-Presidente, cuyos datos son los siguientes:
- Dirección postal: Xxxxx Xxxxx, xx 0 - X.X. 00000
- Teléfono: 000 000000
- Fax: 000 000000
- E-mail: xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
Cláusula 5ª.- PERFIL DEL CONTRATANTE
Se accederá al Perfil del Contratante a través de las siguientes páginas web:
a) xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxXxxxxxxxxxx, utilizando los siguientes criterios de búsqueda:
- Comunidad Autónoma: Murcia
- Provincia: Murcia
- Localidad: Cieza
- Junta de Gobierno Local (licitaciones)
b) xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxx/0000XxXxxxxxxxxxxx_XX_XxxxxxXxxxxxxxxxx.xxx
Se publicará en el Perfil del Contratante la siguiente información relativa al contrato, objeto del presente pliego:
- Objeto, duración, presupuesto de licitación del contrato.
- Pliego de prescripciones técnicas (PPT).
- Pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP).
- Certificado del acuerdo de aprobación del expediente de contratación.
- Anuncio de licitación.
- Número e identidad de los licitadores participantes en el procedimiento de contratación.
- Actas de la Mesa de Contratación.
- Importe de adjudicación del contrato.
- Certificado del acuerdo de adjudicación del contrato.
- Documento de formalización del contrato.
- Anuncio de formalización del contrato.
Los pliegos que rigen la contratación estarán disponibles en la Plataforma de Contratación del Sector Público a partir de la fecha de publicación en la misma del anuncio de licitación del contrato.
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En su caso, también serán objeto de publicación las aclaraciones a lo establecido en los pliegos, la decisión del Ayuntamiento de no adjudicar el contrato por razones de interés público, el desistimiento del procedimiento de adjudicación, la declaración de desierto, interposición de recursos y eventual suspensión del procedimiento, declaración de nulidad del procedimiento de contratación, resolución del contrato y el anuncio de modificación del contrato y su justificación.
No obstante lo anterior, en el cumplimiento de las obligaciones de publicidad en el perfil del contratante, teniendo en cuenta la confidencialidad regulada en el artículo 133 de la LCSP, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su proposición.
Cláusula 6ª.- FUNCIONES DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación designará a un responsable del contrato, al que le corresponderán las siguientes funciones:
6.1.- Supervisar la ejecución del contrato, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas.
6.2.- Prestar conformidad a la factura presentada por el contratista, procediendo, en su caso, al visado de la misma.
Cláusula 7ª.- PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN
7.1.- Prerrogativas
La Junta de Gobierno Local ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato administrativo, de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de esta.
Asimismo, la Junta de Gobierno Local ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por los contratistas durante la ejecución del contrato, en los términos y con los límites establecidos en la presente Ley para cada tipo de contrato.
7.2.- Jurisdicción
Los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato pondrán fin a la vía administrativa y, contra los mismos, habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP.
Cláusula 8ª.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, TRAMITACIÓN Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
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8.1.- Procedimiento de contratación: El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto simplificado abreviado, por ser su valor estimado inferior a 35.000 €, de acuerdo con lo establecido en el artículo 159.6 de la LCSP y la Mesa de Contratación seleccionará la mejor oferta, dando a los licitadores un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustando su actuación al principio de transparencia.
8.2.- Tramitación del procedimiento: El expediente de contratación se tramitará de forma ordinaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 116, 131 y siguientes y
159.6 de la LCSP y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
8.3.- Criterios de adjudicación: La adjudicación recaerá en el licitador que presente la mejor oferta, atendiendo al precio como único criterio de adjudicación, de acuerdo con el artículo 159.6 c) de la LCSP y la cláusula 20ª de este pliego.
Cláusula 9ª.- FORMALIZACIÓN, PLAZO Y PRÓRROGA DEL CONTRATO
9.1.- Formalización: La formalización del contrato deberá efectuarse dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se realice la notificación de la adjudicación del contrato al adjudicatario.
9.2.- Plazo: Las licencias, objeto de este contrato, deberán suministrarse en el plazo máximo de UN MES, a partir de la fecha de formalización del contrato.
9.3.- Prórroga: El contrato no admite prórroga.
Cláusula 10ª.- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
Se establece un presupuesto máximo de licitación de VEINTITRÉS MIL EUROS (23.000,00 €), correspondiendo la cantidad de 19.008,26 € al precio base y 3.991,74 al importe del IVA.
A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por el Ayuntamiento comprende todos los gastos y demás impuestos que graven la realización del contrato, no pudiendo, en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
Las ofertas podrán realizarse a la baja; no admitiéndose proposiciones que superen el precio máximo de licitación.
Cláusula 11ª.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 101 de la LCSP, teniendo en cuenta el presupuesto del contrato, el valor estimado del mismo, sin incluir I.V.A., es de DIECINUEVE MIL OCHO EUROS Y VEINTISÉIS CÉNTIMOS (19.008,26 €).
Cláusula 12ª.- REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO
No se establece la posibilidad de revisión del precio del contrato.
Cláusula 13ª.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO
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La financiación del contrato corre a cargo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, existiendo consignación suficiente y adecuada en el Presupuesto General vigente, según la certificación de existencia de crédito expedida por la Intervención municipal, que obra en el expediente.
Cláusula 14ª.- FACTURACIÓN Y PAGO DEL PRECIO
El precio del contrato se hará efectivo a la entrega de las licencias, previa presentación de la correspondiente factura, con el visto bueno de la Concejal Delegada de Informática y del responsable del contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, están obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación en el punto general de entrada que corresponda, las entidades siguientes:
a) Sociedades anónimas.
b) Sociedades de responsabilidad limitada.
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
e) Uniones temporales de empresas.
f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización xxx xxxxxxx hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
En virtud del Reglamento sobre el uso de la factura electrónica en el Ayuntamiento xx Xxxxx, se excluyen de dicha obligación las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros, y las emitidas por las personas o entidades proveedoras a los servicios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, y los servicios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.
La identificación de los órganos administrativos en la factura electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxx (códigos DIR3), que será indispensable para la remisión de todas las facturas electrónicas, es la siguiente:
- Código de la oficina contable: L01300196
- Código del órgano gestor: L01300196
- Código de la unidad de tramitación: L01300196
Cláusula 15ª.- GARANTÍAS
No se requiere la constitución de garantía provisional por parte de los licitadores ni de garantía definitiva por la empresa propuesta para la adjudicación del contrato.
Cláusula 16ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
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16.1.- Tendrán capacidad jurídica para celebrar este contrato las personas físicas, en todo caso, y las jurídicas cuando el objeto de este contrato esté comprendido dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Podrán también celebrar este contrato las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Si la unión no se ha constituido antes de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente frente al Ayuntamiento y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de la unión temporal coincidirá con el contrato hasta su extinción.
16.2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos siguientes, tendrán capacidad de obrar para celebrar este contrato las personas físicas, mayores de edad, que se hallen en la plenitud de sus derechos sin habérseles declarado forma alguna de incapacitación y las personas jurídicas en todo caso. Esta capacidad se reconoce tanto para las personas españolas como para las que posean nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre, en este último caso que, conforme a la legislación de dicho Estado, estén habilitadas para realizar la prestación objeto del contrato.
Los licitadores deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, exija la legislación tanto española como del Estado miembro de la Unión Europea en el que esté establecido el licitador para realizar la prestación objeto del contrato.
Las personas físicas o jurídicas que no tengan la nacionalidad de un Estado perteneciente a la Unión Europea, solo podrán participar en la licitación de este contrato si su Estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la
contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
Carecerán de capacidad de obrar y no podrán, por tanto, licitar el presente contrato, las personas físicas o jurídicas que estuvieren incursas en alguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 71 de la LCSP.
Las empresas podrán recurrir a las capacidades de otras entidades, siempre que demuestren al Ayuntamiento que van a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades.
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Asimismo, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 140.4 de la LCSP, las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Cláusula 17ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
17.1.- El personal que preste el servicio dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro en materia laboral; de Seguridad Social; de Seguridad y Salud en el Trabajo; de carácter fiscal y de cualquier otra que resulte necesaria para la realización del suministro, quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones indicadas anteriormente y de cualquier otra que le pudiera corresponder.
17.2.- El contratista, en la fase de ejecución del contrato, está obligado a lo siguiente: a).- A cumplir las condiciones salariales de sus trabajadores conforme al
Convenio Colectivo Sectorial de aplicación.
b).- Asimismo, a cumplir las condiciones de igualdad salarial de género con respecto a todo el personal de la empresa.
c).- A mantener el porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad del que disponga la plantilla de la empresa en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
d).- A mantener el porcentaje de mujeres del que disponga la plantilla de la empresa en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Las cuatro obligaciones detalladas anteriormente, cuyo cumplimiento se exige en la fase de ejecución del contrato, se establecen como obligaciones esenciales del contrato y su incumplimiento dará lugar a su resolución, de acuerdo a lo establecido en el artículo
211. f) de la LCSP.
Durante la vigencia del contrato y, en todo caso, a la finalización del mismo, el adjudicatario queda obligado a presentar, previo requerimiento del responsable del contrato, las declaraciones o documentos que acrediten el cumplimiento, durante toda la fase de ejecución del contrato, de las obligaciones indicadas en el apartado anterior, así como de aquellas otras que la Corporación estime oportunas.
17.3.- Son por cuenta del contratista todos los gastos precisos para el cumplimiento del contrato, así como las indemnizaciones que correspondan por los daños o perjuicios, en su caso, que se puedan ocasionar con motivo del cumplimiento del contrato.
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17.4.- Asimismo, hasta el vencimiento del contrato, el adjudicatario está obligado a mantener en vigor los certificados presentados en la documentación que forma parte de la proposición presentada en la licitación.
Cláusula 18ª.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
Las empresas, en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, deben estar en posesión de las siguientes condiciones mínimas de solvencia:
18.1.- Solvencia económica y financiera: Póliza en vigor de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por un capital mínimo de 100.000 €, en el que consten los importes y riesgos asegurados y fecha de vencimiento del seguro.
18.2.- Solvencia técnica o profesional: Haber realizado prestaciones relacionadas con el objeto del contrato, durante los últimos TRES AÑOS.
Cláusula 19ª.- PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rige la licitación y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas, sin salvedad alguna, así como la autorización a la Mesa de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
Las proposiciones serán secretas y por parte del Ayuntamiento xx Xxxxx se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición y no se admite la presentación de ofertas integradoras o variantes distintas a lo establecido en el presente pliego.
19.1.- Medio de presentación de las proposiciones
De acuerdo a lo dispuesto en la LCSP, los licitadores deberán concurrir a los procedimientos de contratación pública, convocados por el Ayuntamiento xx Xxxxx, únicamente, en formato electrónico, mediante la presentación de proposiciones, la
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aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y Órgano de Contratación a través de la plataforma de contratación pública electrónica que se pone a disposición de los licitadores desde la dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx, garantizándose, en todo momento, la libre concurrencia, no discriminación y restricción de acceso a dicho procedimiento. En el Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx (xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxx/0000XxXxxxxxxxxxxx_XX_XxxxxxXxxxxxxxxxx.xxx) se encuentra disponible el acceso directo a la Plataforma de Contratación Pública, la cual está ubicada en la dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx, donde está a disposición de los interesados toda la documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de comunicación directa con el Órgano de Contratación, al que podrán plantearle preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las ofertas y recibir las notificaciones, así como el ejercicio de cualesquiera otros derechos que la normativa aplicable al proceso de contratación en curso le confiera como licitador. La plataforma de contratación electrónica, contratada por el Ayuntamiento xx Xxxxx, cumple íntegramente con todos los requisitos legales y técnicos dispuestos en la LCSP y demás normativa de desarrollo, garantizándose en todo momento que:
- No son discriminatorios, encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y comunicación de uso general.
- Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de las ofertas se encuentran a disposición de todas las partes interesadas desde el Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx, siendo de uso general y amplia implantación.
- Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que, en caso de quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede detectarse con claridad.
- La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de las mismas.
- Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras que tengan efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase preparatoria como en las fases de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose, técnicamente, que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.
Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, a través de la plataforma electrónica de contratación pública VORTAL accesible desde la dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx
El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y
descarga de los pliegos del expediente, notificaciones electrónicas, así como la presentación de proposiciones sin coste alguno. Para acceder a la plataforma VORTAL, los licitadores que no están dados de alta, deberán registrarse en la dirección electrónica antes referida, de tal manera que deberá seleccionar “Darse de alta” y seguir los siguientes pasos, según corresponda:
1º. Registrar un usuario cumplimentando el formulario correspondiente.
2º. Confirmar el registro de usuario a través del enlace recibido por correo electrónico. 3º. Vincular su usuario registrado a su empresa:
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a.- Verificar mediante NIF/CIF si su empresa ya existe en la plataforma para solicitar acceso a la misma.
b.- En caso contrario, si no existe, deberá registrar su empresa en la plataforma.
Si lo desea, y una vez terminado el registro de usuario y de la entidad, dentro de su área de trabajo podrá solicitar un certificado de autenticación emitido por VORTAL (cuya única utilidad es la de autenticarse en la propia plataforma y que es gratuito) para acceder a la plataforma y a la información detallada del expediente.
Si la empresa concurre en UTE, es necesario tener que registrar todas las empresas de la UTE, y la propia UTE en la plataforma, pudiendo consultar en el siguiente enlace la información acerca de cómo registrar una UTE en la plataforma VORTAL: xxxx://xx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxx
En cuanto a la firma de los documentos a adjuntar, deben estar firmados electrónicamente con un certificado digital reconocido por la persona o personas nombradas como representantes de la UTE en el formato en el que se haya realizado los documentos, por ejemplo, Excel, Word o PDF.
Podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al registro en el portal de contratación, a través de los siguientes medios:
- Por teléfono, a través del Servicio de Atención al Cliente de VORTAL, al número 902 02 02 90, los días laborables de 8h a 18h.
- Correo electrónico a xxxx@xxxxxx.xx
19.2.- Forma de presentación de las proposiciones
La presentación de proposiciones y documentos, así como las notificaciones y comunicaciones entre el Órgano de Contratación y los interesados se realizará exclusivamente a través de la plataforma electrónica de contratación pública VORTAL, con la siguiente dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx
La proposición deberá ser redactada en lengua castellana o traducida oficialmente a esta lengua y constará de un sobre único, en el que se adjunte la documentación administrativa y la oferta económica.
Es importante que los licitadores verifiquen con antelación suficiente, antes de la firma y envío de las proposiciones, los requisitos de software para la presentación de proposiciones a través de la plataforma VORTAL: JAVA, sistema operativo, navegador (actualmente el explorador Google Chrome y Mozilla Firefox (desde su versión 49) son incompatibles con JAVA), etc., y la firma con su certificado.
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En cuanto al sistema operativo y otras configuraciones de los equipos, la comprobación se puede hacer pulsando sobre el enlace xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx0xxxxxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx torcommon/index o sobre la opción “Validación del sistema” disponible en el pie de página de acceso a la plataforma.
Si se tienen dudas sobre la versión de JAVA a utilizar y/o sobre la configuración de los equipos se puede contactar con el Servicio de Atención al Cliente de VORTAL, a través del correo xxxx@xxxxxx.xx o a través del teléfono 000 00 00 00, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h.
Una vez efectuado el registro gratuito en la plataforma de licitación electrónica VORTAL, tal y como se indica en el presente pliego, siga los pasos que se describen a continuación para acceder al expediente:
1º.- Diríjase a la página de acceso a la plataforma del Ayuntamiento xx Xxxxx en el siguiente enlace xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx
2º.- Acceda al apartado “Buscar licitaciones” donde encontrará la información relativa a este y otros expedientes del Ayuntamiento xx Xxxxx. Seleccione y copie el número de este expediente (columna referencia).
3º.- Acceda a la plataforma mediante el usuario y la contraseña definidos en el proceso de registro y pegue el número de expediente en el buscador disponible para tal fin en el Área de trabajo. Pulse sobre la lupa para realizar la búsqueda.
Para acceder a toda la información del expediente, deberá pulsar en el botón “Detalle”. Si desea mantenerse informado sobre las comunicaciones relacionadas con este expediente y/o presentar una oferta, deberá pulsar en “Estoy interesado”.
PARA PRESENTAR UNA OFERTA a través de la plataforma deberá seguir los siguientes pasos:
1º.- Creación de la oferta
Acceda a la información del expediente según lo descrito anteriormente y la carpeta de la oportunidad, donde deberá pulsar en el botón “Crear oferta” en el bloque “Mis ofertas”:
- En el paso lotes, deberá seleccionar los lotes a los que desea presentarse (solo aplicable en el caso de expedientes con lotes).
- En el paso Información General, introduzca la referencia o nombre para su oferta. Este nombre es de libre elección.
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- En el paso Formulario de respuesta deberá responder a las cuestiones y/o información solicitada. Tendrá que cumplimentar los precios de su oferta, de acuerdo con las unidades mencionadas en las columnas “Descripción” y “Unid”. Por tanto, deberá cumplimentar el precio expresado en euros, sin IVA. En este apartado, además, se pueden efectuar preguntas de respuestas abiertas, lógicas, etc.
- En el paso Documentos deberá adjuntar toda la documentación requerida en el presente pliego. Si algún documento adjunto a la oferta contiene información confidencial, deberá solicitarse la confidencialidad para el documento marcando la casilla “confidencial” que aparece junto a cada documento adjunto.
Toda la documentación deberá estar firmada y adjuntarse en formato PDF. 2º.- Firma electrónica de la oferta
Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón “Finalizar creación” antes de firmarla y enviarla. Posteriormente deberá pulsar el botón “Firmar todos” y seleccionar un certificado reconocido para la firma de los documentos.
Al finalizar la oferta, la plataforma genera, de forma automática, un documento en formato PDF del formulario (descrito anteriormente) para cada sobre, que debe ser igualmente firmado para que pueda enviar su oferta.
Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás disposiciones de contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que se solicite entrega en soporte físico (constitución de la garantía provisional), que deberán ser, en todo caso, originales.
La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica es la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido (válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación) y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma.
Los certificados reconocidos, aceptados por la plataforma VORTAL, son:
- ACCV.
- DNI electrónico.
- IZEMPE.
- ANCERT.
- Camerfirma.
- CATCert.
- FNMT
- CERES.
- FIRMA PROFESIONAL.
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Es importante que los licitadores verifiquen, tan pronto como les sea posible (siendo preferible al inicio del plazo de presentación de ofertas por si fueran necesarias configuraciones adicionales para su certificado, antes de la firma y envío de las proposiciones), que el certificado está correctamente instalado en el ordenador, así como en un navegador compatible con la firma de documentos, y que puede realizar la firma de documentos tanto en el equipo como en la plataforma.
Para verificar que puede firmar electrónicamente con su certificado de manera correcta en la plataforma, una vez que haya mostrado interés en el expediente y comenzado a crear su oferta, realice la siguiente comprobación:
1. Vaya al paso Documentos de la oferta.
2. En la opción otros anexos, pulse sobre el botón Añadir documentos.
3. Seleccione y añada un documento.
4. Una vez añadido, pulse sobre la opción firmar.
5. Si el documento se firma correctamente, la información de la firma aparecerá en la columna correspondiente.
6. Si no consigue firmar, contacte con el servicio de atención al cliente de VORTAL para que validen su tipo de certificado y lo añadan a su base de datos
7. Tras realizar esta comprobación, elimine el documento si no lo necesita para su
oferta.
3º.- Cifrado y presentación de la oferta
Una vez firmada la documentación u oferta, deberá pulsar el botón “Cifrar y
enviar”, de tal manera que, toda su oferta, junto con la documentación asociada a la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta la constitución de la mesa de contratación. Seguidamente, aparecerá una ventana donde tendrá que aceptar las recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma y, para terminar, deberá pulsar el botón “Enviar la oferta”.
Se entenderá cumplido el plazo si se inicia la transmisión dentro del mismo y finaliza con éxito. Todas las ofertas recibidas al expediente fuera de plazo serán excluidas, a no ser
que la compañía proveedora del servicio alerte al órgano de contratación de que se está produciendo alguna situación que afecte al funcionamiento del software y que pueda provocar que los proveedores entreguen su oferta fuera del plazo establecido. Si experimenta alguna dificultad a la hora de preparar y presentar su oferta, es responsabilidad exclusiva del licitador contactar con la compañía proveedora del servicio dentro del plazo de presentación de ofertas para garantizar que efectivamente se realizan todos los pasos necesarios y no se trata de una dificultad técnica o un problema del software.
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En caso de que el licitador tenga alguna dificultad en la presentación de la oferta, deberá reportar la situación a través de la herramienta VortalAssistant o contactar con el Servicio de Atención al Cliente, enviando toda la información y datos necesarios (por ejemplo, los eventos JAVALOG en caso de dificultades con la firma electrónica), para que se realice el análisis pertinente por el Departamento de Ingeniería de VORTAL. Las conclusiones de este análisis se compartirán con el solicitante. En el caso de que éste sea un proveedor se le dará conocimiento del análisis al Ayuntamiento xx Xxxxx, siempre que se justifique.
Todas las ofertas entregadas fuera de plazo porque no se hayan realizado con antelación suficiente las configuraciones necesarias indicadas en los párrafos anteriores, o el usuario no prepare su oferta con la antelación suficiente para presentarla dentro del plazo previsto, serán excluidas del proceso.
Una vez presentada la oferta a través de la plataforma electrónica de contratación VORTAL, se generará un recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de su oferta.
19.3.- Contenido de las proposiciones
Los licitadores deberán presentar la proposición de acuerdo con el artículo 159.6.c) de la LCSP, en un único archivo electrónico (sobre único), habida cuenta que se evaluará, en todo caso, con arreglo a criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
Este SOBRE ÚNICO incluirá lo siguiente:
A).- Documentación 1º.- En todo caso:
Declaración responsable del licitador, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de acuerdo al modelo que se adjunta al presente pliego como Xxxxx, debiendo señalar el requisito que proceda.
No se considerarán subsanables los defectos en la cumplimentación de la referida declaración responsable por parte del licitador, lo cual dará lugar, automáticamente, a la no admisión de la oferta presentada.
2º.- En los casos que proceda:
a).- Si varios empresarios concurren agrupados en una unión temporal (U.T.E.),
deberán presentar un compromiso de constituir la unión temporal, de conformidad con el artículo 69.3 de la LCSP.
b).- En caso de empresas extranjeras, si el contrato va a ejecutarse en España, los licitadores deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir durante la vigencia del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
c).- Declaración sobre los trabajadores con discapacidad existentes en la plantilla de la empresa, debiendo expresar con detalle el porcentaje de trabajadores con discapacidad que exige la normativa y el porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad del que dispone la empresa.
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d).- Declaración sobre las mujeres existentes en la plantilla de la empresa.
e).- En caso de que el licitador considere que, en su oferta, existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter, mediante la oportuna declaración firmada, todo ello, a los efectos previstos en el art. 133 de la LCSP.
B).- Oferta económica
El licitador deberá incorporar un documento firmado electrónicamente conforme al siguiente modelo:
"El abajo firmante don.........................................................., mayor de edad,
domiciliado en................................................................., con D.N.I./N.I.F.
nº.........................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de................................., con C.I.F. nº ,
conforme se acredita en la documentación aportada, manifiesta que enterado del anuncio publicado por en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx, de fecha y
estando conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante el procedimiento abierto simplificado abreviado (artículo 159.6 LCSP), en tramitación ordinaria, el contrato de suministro para la “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS SERVER 2019 Y CAL DE MICROSOFT” y xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y demás documentación que rige dicha contratación y, en la representación que ostenta, se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato por el precio total de...................EUROS (… €), al que corresponde por I.V.A. la cantidad de € , totalizándose la oferta en … EUROS (… €) e incluidos todos los gastos e
impuestos precisos para su prestación.
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra.
La Mesa de Contratación podrá excluir de la licitación aquella o aquellas ofertas que no faciliten la información requerida anteriormente o que la considere insuficiente, así como en el caso de que los productos ofertados no se correspondan con los establecidos en el PPT.
No se admitirán ofertas, cuyo precio sea superior al máximo establecido en la cláusula 10ª de este pliego.
19.4.- Recepción de documentación
Todas las proposiciones recibidas electrónicamente a través de la plataforma electrónica de contratación VORTAL, serán custodiadas y encriptadas, sin posibilidad de acceder a su contenido, en ningún caso, hasta que se constituya la Mesa de Contratación.
19.5.- Apertura de proposiciones
1º.- Apertura del Sobre 1 (sobre único)
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Se realizará a través de la Plataforma electrónica de contratación pública VORTAL. 2º.- Subsanación de documentación administrativa
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en las ofertas recibidas, se comunicará a los interesados mediante la herramienta de notificaciones electrónicas de la plataforma electrónica de contratación VORTAL, (dentro del área de trabajo del expediente, en el apartado Mensajes) para que procedan, a través de la misma herramienta a tal fin.
19.6.- Plazo de presentación de las proposiciones
Las proposiciones se presentaran a través de la Plataforma, a la que se accede en la dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx, en la forma establecida en la cláusula 19ª.2 de este pliego, durante el plazo de SEIS DÍAS HÁBILES, contado a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Perfil del Contratante, hasta las 10:00 horas (el plazo finalizará el sexto día hábil siguiente a la publicación del anuncio, a las 10:00 horas).
En caso de que el último día de presentación de proposiciones fuese inhábil, el plazo finalizará el día hábil siguiente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 de la LPACAP.
Cláusula 20ª.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 c) de la LCSP, la adjudicación recaerá en el licitador que oferte el precio más bajo, con respecto al presupuesto máximo de licitación establecido en la cláusula 10ª de este pliego.
La Mesa de Contratación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149.2 de la LCSP, identificará las ofertas que se encuentran incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 del RGLCAP.
El umbral de anormalidad se determinará por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
Cuando se presenten ofertas por empresas pertenecientes al mismo grupo, se tomará, únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, con independencia de que presenten su oferta
en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal (U.T.E.).
Cláusula 21ª.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149.2 LCSP, la Mesa de Contratación identificará las ofertas que se encuentran incursas en presunción de anormalidad, sobre el precio anual ofertado, de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 85 del RGLCAP que, en todo caso, determinarán el umbral de anormalidad por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
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Cuando se presenten ofertas por empresas pertenecientes al mismo grupo, se tomará, únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal (U.T.E.).
Cláusula 22ª.- CRITERIOS DE DESEMPATE
Si tras la apertura de las ofertas, dos o más empresas licitadoras hubieran ofertado el mismo precio; de acuerdo a lo establecido en el artículo 147 de la LCSP, se establecen los siguientes criterios sociales, por orden de prioridad, para el desempate:
1º.- Se adjudicará el contrato a aquella empresa que, al vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, tenga en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa, teniendo preferencia el licitador que disponga de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
2º.- Si una vez aplicado el anterior criterio, persiste el empate entre dos o más empresas, se adjudicará el contrato a aquella empresa que, al vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, tenga en su plantilla mayor porcentaje de mujeres empleadas.
3º.- En el caso de que no se produzca el desempate con la aplicación de los criterios anteriores, se realizará un sorteo.
Cláusula 23ª.- ACTOS DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa efectuará la admisión y apertura de las ofertas, así como la propuesta que crea pertinente.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 157.4 de la LCSP, la apertura de la oferta no se realizará en acto público, al tratarse de licitación electrónica y se hará por el orden que proceda de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la LCSP.
Cláusula 24ª.- REQUERIMIENTO DOCUMENTACIÓN
Una vez acordada la propuesta de adjudicación a favor del licitador con mejor puntuación, la Mesa de Contratación, mediante comunicación electrónica, efectuada a través de la Plataforma, requerirá al citado licitador para que, dentro del plazo de SIETE DÍAS
HÁBILES a contar desde el envío de la comunicación, presente, también a través de la Plataforma, documentación acreditativa de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualquier otra que se considere necesaria y respecto a la que el licitador haya manifestado estar en posesión de la misma.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y el Ayuntamiento le exigirá un importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de la prohibición para contratar en la que estará incurso el adjudicatario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 71.2 a) de la LCSP.
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Los requisitos de capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 140.4 de la LCSP.
El contratista deberá mantener en vigor los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, pudiendo ser requeridos, en cualquier momento, para la presentación de los mismos por el responsable del contrato.
Cláusula 25ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La adjudicación se realizará a través de la Plataforma electrónica de licitación pública utilizada por el Ayuntamiento xx Xxxxx, la cual es VORTAL.
Las notificaciones que se generen, en las diferentes fases de tramitación administrativa del expediente de referencia, serán realizadas mediante la herramienta de mensajes la Plataforma electrónica de contratación pública VORTAL, a fin de agilizar el procedimiento, siempre que se apliquen las garantías procesales establecidas en el artículo 91 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Todas las comunicaciones entre el contratante y los licitadores de este expediente se realizarán a través de la plataforma electrónica VORTAL, recibiendo notificación en el correo electrónico suministrado por los licitadores en el proceso de registro en dicha plataforma.
En todo caso, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de quince días naturales, a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones, pudiéndose ampliar el citado plazo en quince días hábiles, en caso de que exista alguna oferta anormal o desproporcionada y sea necesario seguir los trámites del artículo 149.4 de la citada LCSP. De no producirse la adjudicación dentro del plazo señalado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
El órgano de contratación tendrá la facultad de declarar desierta la licitación, cuando exista alguna oferta o proposición que no sea admisible, de acuerdo con los criterios establecidos en este pliego.
La adjudicación acordada por el órgano de contratación del Ayuntamiento xx Xxxxx, en resolución motivada, deberá contener la información referida en el artículo 151.2 de la LCSP y se notificará a los licitadores mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante en el plazo de quince días.
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Antes de la formalización del contrato, el órgano de contratación puede decidir no adjudicar el contrato por razones de interés público o, asimismo, desistir del procedimiento cuando se cometa una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. En ambos casos, las razones de la decisión deberán estar debidamente justificadas en el expediente y se compensará por los gastos a los licitadores que cumplan los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en el presente pliego, de acuerdo con los criterios de valoración empleados para el cálculo de la responsabilidad patrimonial de la Administración, a través de los trámites del procedimiento administrativo común.
Cláusula 26ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
26.1.- El contrato deberá formalizarse dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES
siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación.
26.2.- Preferentemente, se deberá formalizar el contrato, por ambas partes, mediante firma electrónica, considerándose que la fecha de formalización del contrato es la fecha de la firma electrónica del representante municipal, previa firma de la adjudicataria.
26.3.- Si el contrato se formaliza en papel, la persona legitimada para la formalización del contrato deberá comparecer en el Departamento de Contratación del Ayuntamiento para la suscripción del documento de formalización del mismo.
26.4.- La formalización del contrato se publicará en el Perfil del Contratante, junto con el correspondiente contrato, en un plazo máximo de quince días naturales, tras el perfeccionamiento del mismo.
26.5.- En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, éstas deberán formalizar la misma, en escritura pública, antes de la formalización del contrato.
Cláusula 27ª.- CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, que de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado y que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 214.2 de la LCSP.
Cláusula 28ª.- SUBCONTRATACIÓN
28.1.- Condiciones de la subcontratación: En caso de que el contratista decida subcontratar con un tercero la realización parcial de la prestación, lo deberá comunicar por
escrito al Ayuntamiento una vez adjudicado el contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, señalando la parte de la prestación que pretende subcontratar, el precio, la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo al artículo 71 de la LCSP.
El incumplimiento, por parte del contratista, de las exigencias establecidas en el párrafo anterior, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista constituye una infracción que será sancionada por el Ayuntamiento con la imposición de una penalidad por importe del 20 por ciento del importe del subcontrato.
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El contratista principal deberá notificar por escrito al Ayuntamiento cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
28.2.- Pago a subcontratistas o suministradores: El contratista está obligado a abonar a los subcontratistas el precio pactado en el plazo máximo de treinta días, desde la fecha en que tiene lugar la recepción del servicio por el Ayuntamiento o por el contratista principal, siempre que el subcontratista haya entregado la factura en los plazos establecidos. A efectos de acreditar el cumplimiento de tales pagos, el contratista deberá presentar, mensualmente, justificantes de la entidad bancaria correspondiente.
Los subcontratistas no podrán renunciar válidamente, antes o después de su adquisición, a los derechos que tengan reconocidos en virtud de la subcontratación, como acreedores del contratista principal.
Cláusula 29ª.- RIESGO Y XXXXXXX
El contrato se adjudica a riesgo y xxxxxxx del contratista, el cual no podrá solicitar alteración del precio del contrato o indemnización, excepto por alguna de las causas establecidas en este pliego o por la legislación vigente.
Cláusula 30ª.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, la Junta de Gobierno Local podrá introducir modificaciones en el mismo, de conformidad con los artículos 203 y 205 de la LCSP y de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 191 y 207 de la citada norma.
Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista, deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la citada LCSP y publicarse en el Perfil del Contratante en el plazo de cinco días naturales desde la aprobación de la misma.
Cláusula 31ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los artículos 211 y 306 de la LCSP, y se acordará por la Junta de Gobierno Local, de oficio o a instancia del contratista, mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los arts. 213 y 307 de la citada LCSP.
Cláusula 32ª.- RÉGIMEN DE PENALIDADES
El Ayuntamiento impondrá penalidades al contratista por los incumplimientos e importes referidos en las cláusulas 24ª y 28ª.1 del presente pliego.
El adjudicatario admite y reconoce especialmente la naturaleza obligacional de estas penalidades.
Las penalidades serán impuestas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista.
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Cláusula 33ª.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER CONFIDENCIAL
Se respetará el principio de confidencialidad mediante la xxxxxxxx por parte de este Ayuntamiento de la obligación de no divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar la oferta, siempre que existan secretos técnicos o comerciales y aspectos confidenciales de las ofertas y cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia. Igualmente, la aplicación de este principio, exigirá que los contratistas deban respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución del contrato y que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. De conformidad con el artículo 133.2 de la LCSP, este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años, desde el conocimiento de dicha información.
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, los datos personales facilitados por los licitadores son recogidos por este Ayuntamiento con el único fin de dar cumplimiento a lo establecido en la LCSP y únicamente serán tratados los datos necesarios para la ejecución del contrato del licitador que haya resultado adjudicatario, siendo conservados en su expediente con fines de archivo en interés público.
Conocido y aceptado en su totalidad:
EL CONTRATISTA
Fdo.
ANEXO
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR
D./Dña. , con domicilio a efectos de notificaciones en , C/
, n.º , con DNI n.º , en nombre propio/en representación de la Entidad
, con CIF n.º , a efectos de su participación en la contratación del suministro para la “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS SERVER 2019 Y CAL DE MICROSOFT”, ante el Ayuntamiento xx Xxxxx (Murcia)
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
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PRIMERO.- Que se dispone a participar en la licitación para la contratación del suministro para la “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS SERVER 2019 Y CAL DE MICROSOFT”
SEGUNDO.- Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) para ser adjudicatario del contrato, en concreto (el licitador debe señalar con una x el que proceda):
□ Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
□ Que está debidamente clasificada la empresa.
□ Que está dado de alta en el I.A.E. del epígrafe que le faculta para ejercer la actividad objeto del contrato.
□ Que se compromete a darse de alta en el I.A.E. en caso de resultar adjudicatario.
□ Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71.3 de la LCSP.
□ Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42.1 del Código de Comercio, pertenece al mismo grupo de empresas que la mercantil …., participando la misma en la presente licitación.
□ Que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y que no tiene deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento xx Xxxxx.
□ Que cumple las condiciones salariales de sus trabajadores conforme al Convenio Colectivo Sectorial de aplicación.
□ Que cumple las condiciones de igualdad salarial de género con respecto a todo el personal de la empresa.
□ Que la empresa está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y que están vigentes los datos anotados en el mismo.
□ Que como empresa extranjera, declaro sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir durante la vigencia del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderme.
□ Que manifiesta su voluntad de recibir notificaciones del Ayuntamiento xx Xxxxx por medios electrónicos o telemáticos o a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, a cuyos efectos facilita los siguientes datos:
Persona de contacto:---------
Correo electrónico:-----------
Número de fax: --------------
Número de teléfono:---------
TERCERO: Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 . Firma del declarante,
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Fdo.:
Documento firmado electrónicamente el día 23/10/2019 Fdo.: XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX - 48416492C