Common use of Uniones de empresarios Clause in Contracts

Uniones de empresarios. Cuando varios empresarios acudan a la licitación formando unión temporal de empresas, tanto de personas físicas como jurídicas, quedarán obligados solidariamente y cada uno de los componentes acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que lo subscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios, y designar a un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todos los componentes que integran la unión han obtenido clasificación como empresas contratistas de SERVICIOS. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente Xxxxxx, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 67.5 de la TRLCSP y 52 del RGLCAP. Solo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal de empresas, deberá acreditar ésta formalización de la misma en escritura pública de conformidad con lo establecido en el artículo 59.1 de la TRLCSP. La duración de la unión temporal de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Consorcio De Bomberos De La Provincia De Cádiz, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Consorcio De Bomberos De La Provincia De Cádiz

Uniones de empresarios. Cuando varios empresarios acudan a la licitación formando unión temporal de empresas, tanto de personas físicas como jurídicas, quedarán obligados solidariamente y cada uno de los componentes acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que lo subscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios, y designar a un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todos los componentes que integran la unión han obtenido clasificación como empresas contratistas de SERVICIOSsuministros. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente Xxxxxx, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 67.5 de la TRLCSP y 52 del RGLCAP. Solo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal de empresas, deberá acreditar ésta esta formalización de la misma en escritura pública de conformidad con lo establecido en el artículo 59.1 de la TRLCSP. La duración de la unión temporal de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Consorcio De Bomberos De La Provincia De Cádiz

Uniones de empresarios. Cuando varios Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios acudan que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a la licitación formando su favor. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán aportar un documento de empresas, tanto de personas físicas como jurídicas, quedarán obligados solidariamente y cada uno de los componentes acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar compromiso en documento aparte el que se indiquen los nombres y circunstancias de los que lo subscriben, el porcentaje de la constituyan y la participación de cada uno de ellosuno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios, adjudicatarios del contrato. El citado documento ha de estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y designar a deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todos los componentes que integran la unión han obtenido clasificación como empresas contratistas de SERVICIOS. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente Xxxxxx, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 67.5 de la TRLCSP y 52 del RGLCAP. Solo en el caso supuesto de que el contrato sea adjudicado se adjudicase a la una unión temporal de empresasempresarios, deberá acreditar ésta formalización de la misma acreditará su constitución en escritura pública de conformidad con lo establecido en pública, así como el artículo 59.1 de NIF asignado a dicha unión, una vez efectuada la TRLCSPadjudicación del contrato a su favor. La En todo caso, la duración de la unión temporal de empresarios será coincidente coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.

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Samples: Condiciones Básicas De Contratación

Uniones de empresarios. Cuando varios Según lo dispuesto en el artículo 69 de la LCSP, pueden contratar con la Administración las uniones de empresarios acudan que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que se efectúe la adjudicación del contrato a su favor. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a los artículos 74 y siguientes y 86 y siguientes de la LCSP y a los artículos 9 a 16 del RGLCAP, sin perjuicio de la posibilidad de acumulación a efectos de la solvencia establecida en el artículo 24 del RGLCAP, así como de la clasificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del RGLCAP. Los empresarios que estén interesados en formar las uniones a las que se refiere el presente artículo podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, que especificará esta circunstancia. Si ya estuviesen inscritos en el citado Registro únicamente deberán comunicarle a este, en la forma que se establezca reglamentariamente, su interés en el sentido indicado. Según el artículo 24 del RGLCAP, para que durante la fase previa a la licitación formando adjudicación del contrato la unión temporal sea eficaz frente a la Administración será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en dicha unión temporal indiquen en documento privado los nombres y circunstancias de aquellos que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal de empresas, tanto de personas físicas como jurídicas, quedarán obligados solidariamente y cada uno de los componentes acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que lo subscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios, y . Dicho escrito deberá designar a un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones persona que durante la vigencia del contrato se deriven hasta ostenta la extinción del mismo, sin perjuicio representación de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todos los componentes que integran la unión han obtenido clasificación como empresas contratistas de SERVICIOS. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente Xxxxxx, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 67.5 de la TRLCSP y 52 del RGLCAP. Solo en el caso de que el contrato sea adjudicado ellos frente a la unión temporal de empresas, deberá acreditar ésta formalización de la misma en escritura pública de conformidad con lo establecido en el artículo 59.1 de la TRLCSPAdministración. La duración de la unión temporal de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Soporte Y Asesoramiento Especializado

Uniones de empresarios. Cuando varios 1. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios acudan que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a la licitación formando unión temporal su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de empresasalta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, tanto de personas físicas como jurídicas, que especificará esta circunstancia. 2. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y cada uno de los componentes acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que lo subscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios, y designar a deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. El citado documento deberá estar firmado por A efectos de la licitación, los representantes empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada una uno, así como que asumen el compromiso de las empresas componentes de la unión. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todos los componentes que integran la unión han obtenido clasificación como empresas contratistas de SERVICIOS. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la constituirse formalmente en unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente Xxxxxx, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 67.5 de la TRLCSP y 52 del RGLCAP. Solo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal de empresas, deberá acreditar ésta formalización de la misma en escritura pública de conformidad con lo establecido en el artículo 59.1 de la TRLCSPresultar adjudicatarios del contrato. 3. La duración de la unión temporal las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.. Artículo 69. Uniones de empresarios. 1. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. 2. Cuando en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación apreciaran posibles indicios de colusión entre empresas que concurran agrupadas en una unión temporal, los mismos requerirán a estas empresas para que, dándoles plazo suficiente, justifiquen de forma expresa y motivada las razones para concurrir agrupadas. Cuando la mesa o el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por las empresas, estimase que existen indicios fundados de colusión entre ellas, los trasladará a la Comisión de Defensa de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente, a efectos de que, previa sustanciación del procedimiento sumarísimo a que se refiere el artículo 150.1, tercer párrafo, se pronuncie sobre aquellos. 3. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato

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