TASA DE INTERES Cláusulas de Ejemplo

TASA DE INTERES. Se cobrarán por esta línea de crédito intereses del 1,04% mes vencido.
TASA DE INTERES. Se cobrarán por esta línea de crédito intereses del 0,90% mes vencido.
TASA DE INTERES. EL DEUDOR (A)/ LOS DEUDORES pagará (n) a EL ACREEDOR un por ciento ( %) por concepto de interés anual, sobre saldo insoluto, y se calculará sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días. PÁRRAFO I: EL DEUDOR (A)/ LOS DEUDORES autoriza (n) a EL ACREEDOR a revisar en cualquier momento, a partir de la suscripción del presente contrato, la tasa de interés fijada en la parte capital de este artículo, con el fin de ajustarla al nivel de la tasa prevaleciente en el mercado financiero y/o a sus políticas internas de tasas de interés. Cualquier modificación efectuada en la misma será comunicada o informada por escrito, a través xx xxxxxxx directos, a EL DEUDOR (A)/ LOS DEUDORES con treinta (30) días de antelación. EL DEUDOR (A)/ LOS DEUDORES contará (n) con el plazo indicado, a partir de la fecha de la notificación recibida, para presentar objeción a dicho cambio mediante la cancelación de lo adeudado. Una vez transcurrido dicho plazo sin haber recibido respuesta alguna de parte de , se reputará aceptada la modificación y será aplicada la nueva tasa de interés sobre el saldo insoluto xxx xxxxxxxx, debiendo EL ACREEDOR entregar en favor de , la nueva tabla de amortización.
TASA DE INTERES. El PRESTAMO devengará un interés igual a la “Tasa de Descuento de Documentos Seleccionados para Operaciones a 30 días”, correspondiente al Banco de la Provincia de Buenos Aires, disminuida en un treinta por ciento (30%).
TASA DE INTERES. La tasa de
TASA DE INTERES. Tasa fija anual domiciliando el pago de la tarjeta a una cuenta Inbursa: Tasa fija anual:
TASA DE INTERES. La tasa de interés del presente crédito es de un (2.75%) mensual, lo que equivale a una tasa de interés de (33%) anual, de conformidad con el artículo 36 bis de la Ley número 7472 "Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
TASA DE INTERES. La tasa de interés con la cual se remunerarán los ahorros estará determinada por el Banco de la Republica.
TASA DE INTERES. Tasa fija anual:
TASA DE INTERES. La tasa de interés corriente para moneda nacional será calculada de conformidad con lo establecido en el párrafo cuarto del Artículo 34 de la Ley de Tarjetas de Crédito, dicha tasa será ajustable por el Emisor y determinada de conformidad con la metodología y base de cálculo de dicho Artículo, con una periodicidad de revisión mensual y nunca podrá ser mayor al cincuenta y cuatro por ciento (54%). El Emisor publicará las tasas de interés anualizadas aplicables de acuerdo a lo señalado en el Artículo 35 de la Ley y conforme lo establecido en la Normas Complementarias de Transparencia. Los intereses corrientes serán calculados de conformidad a lo establecido en los Artículos 36 de la Ley y 33 del Reglamento. En ningún caso el Emisor podrá cobrar al Tarjeta-Habiente, intereses sobre intereses, es decir que los intereses corrientes no serán objeto de capitalización. La tasa de interés que deba surtir efecto en cada período de pago, será notificada al Tarjeta-Habiente en el Estado de Cuenta enviado previo al período de pago en el cual deba aplicarse.