Observadores Cláusulas de Ejemplo

Observadores. 1. De conformidad con las normas de la Organización, la Comisión podrá invitar o, a petición de los interesados, autorizar a participar en calidad de observadores a organizaciones gubernamentales regionales o internacionales y a organizaciones no gubernamentales regionales o internacionales o de otro tipo, incluidas las del sector privado, que tengan intereses y objetivos comunes con la Comisión o cuyas actividades sean pertinentes para la labor de la Comisión o de sus órganos auxiliares.
Observadores. A los actos públicos del “Procedimiento de Contratación” están en posibilidad de asistir las cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales; así como, cualquier persona, que manifieste por escrito su interés de estar presente en los mismos, bajo la condición de que éstos deberán registrar su asistencia antes del inicio del acto y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Para ingresar o permanecer en las instalaciones de la “Convocante”, cualquier persona que acuda en calidad de “Observador”, previo cumplimiento de lo establecido en el párrafo que precede, deberá cumplir con las medidas de seguridad y cumplir con los requisitos que previamente la “Convocante” les dé a conocer.
Observadores. 3. FORMAS Y TÉRMINOS DE LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.
Observadores. Las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no gubernamentales así como cualquier otra persona, podrán asistir a los actos de esta Invitación a cuando menos tres personas, en calidad de observadores bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Asimismo, para la interpretación o aplicación de la Convocatoria y/o del contrato que se celebre, en lo no previsto en tales documentos se estará a lo dispuesto en la Ley y su Reglamento; en el Código Civil Federal; en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; en el Código Federal de Procedimientos Civiles y en las demás disposiciones legales vigentes en la materia.
Observadores. En términos de lo que establece el penúltimo párrafo del Artículo 26 de “LA LEY”, a los actos del procedimiento de la Licitación Pública e Invitación a Cuando Menos Tres Personas, cualquier persona podrá asistir en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
Observadores. 1. Ambas Partes reconocen la importancia que reviste el cumplimiento de las obligaciones de la Resolución 11/04 de la Comisión del Atún para el Oceano Índico (CAOI) en lo que respecta al Programa de Observadores Científicos.
Observadores. La DIRECCIÓN invitará como observadores a representantes de la Comisión Presidencial para la Transparencia y contra la Corrupción y Coalición para la Transparencia y de la Procuraduría de los Derechos Humanos, para que observen las actividades de la Junta durante todo el proceso del evento. Estos observadores no tendrán voz ni voto, ni deberán intervenir directa o indirectamente en las deliberaciones o decisiones de la Junta, ni trasladar por sí mismos o por terceros informaciones a sus representados que impliquen el cumplimiento de requisitos exigidos en las Bases a los OFERENTES, quedando a salvo, las informaciones sobre anomalías o irregularidades que observaren, en beneficio de la transparencia y honestidad del evento, las cuales deberán hacerse llegar en forma inmediata a la DIRECCIÓN.
Observadores. La DIRECCIÓN, invitará como observadores a representantes del Comisionado Presidencial para la Transparencia, de la Coalición por la Transparencia, del Procurador de los Derechos Humanos, de la Cámara de Comercio y de la Cámara de Industria de Guatemala, para que observen el desarrollo del evento. Los observadores a que hace referencia este numeral no deberán ser oferentes en el presente evento. Estos observadores no tendrán voz ni voto, ni deberán intervenir directa o indirectamente en las deliberaciones o decisiones de la Junta, ni trasladar por sí mismos o por terceros información a sus representados que impliquen el cumplimiento de requisitos exigidos en las Bases a los OFERENTES, quedando a salvo, las informaciones sobre anomalías o irregularidades que observaren, en beneficio de la transparencia y honestidad del evento, las cuales deberán hacerse llegar en forma inmediata a la DIRECCIÓN.
Observadores. Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, penúltimo párrafo de la Ley.
Observadores. CABE HACER NOTAR QUE A TODOS LOS ACTOS DE CARÁCTER PÚBLICO DE LA LICITACIÓN, PODRÁN ASISTIR LOS PARTICIPANTES CUYAS PROPOSICIONES HAYAN SIDO DESECHADAS DURANTE EL MISMO PROCEDIMIENTO, ASÍ COMO CUALQUIER PERSONA QUE MANIFIESTE SU INTERÉS DE ESTAR PRESENTE EN DICHOS ACTOS, ÚNICAMENTE CON EL CARÁCTER DE OBSERVADOR, AÚN CUANDO NO HAYA SIDO INVITADO A PARTICIPAR, BAJO LA CONDICIÓN DE QUE DEBERÁN REGISTRAR SU ASISTENCIA Y ABSTENERSE DE INTERVENIR EN CUALQUIER FORMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26 PENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY Y EL ARTÍCULO 39 ÚLTIMO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO.