Inembargabilidad Cláusulas de Ejemplo

Inembargabilidad. El salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias.
Inembargabilidad las parcelas adjudicadas por el IDA no pueden ser objeto de medidas judiciales, preventivas ni ejecutivas, por terceros o acreedores antes de que los parceleros hayan pagado sus obligaciones con el Instituto, salvo que tales acreedores lo sean por haber realizado créditos debidamente autorizados por este. Por lo tanto, siempre que ingrese en el Registro un mandamiento donde se ordena anotar un embargo sobre una finca que soporta limitaciones del IDA, este deberá anotarse en la parcela, y el registrador deberá consignar el respectivo defecto para informar a la autoridad judicial correspondiente (art. 68, inc. 3, de la Ley de Tierras y Colonización).
Inembargabilidad. Las sumas depositadas en la sección de ahorros no serán embargables hasta la cantidad que se determine de conformidad con lo ordenado en el artículo 29 del Decreto 2349 de 1965.
Inembargabilidad. De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros, los Depósitos de Ahorro de personas naturales que tengan por lo menos seis meses de duración en el banco, contados desde el momento de apertura de la cuenta, serán inembargables hasta por la suma en la misma establecida en total por persona, a menos que se trate de exigir alimentos, o que dichos fondos tengan como origen un delito.
Inembargabilidad. Artículo 97. Cuando el tomador hubiese designado como beneficiario a su cónyuge o a sus descendientes, el derecho de los beneficiarios y los del tomador, no pueden ser embargados o incluidos en la quiebra o en la cesión de bienes del tomador, quedando a salvo los derechos de prenda eventualmente constituidos.
Inembargabilidad. De acuerdo con el Núm. 5 del Art. 134 de la Ley 100 de 1993 son inembargables las pensiones y demás prestaciones que reconoce esta ley, cualquiera que sea su cuantía, salvo que se trate de embargos por pensiones alimenticias o créditos a favor de cooperativas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Inembargabilidad. Son inembargables las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman. No obstante la anterior inembargabilidad, los funcionarios competentes deberán adoptar las medidas conducentes al pago de las sentencias en contra de los órganos respectivos, dentro de los plazos establecidos para ello, y respetarán en su integridad los derechos reconocidos a terceros en estas sentencias. Se incluyen en esta prohibición las cesiones y participaciones de que trata el capítulo 4 del título XII de la Constitución Política. Los funcionarios judiciales se abstendrán de decretar órdenes de embargo cuando no se ajusten a lo dispuesto en el presente artículo, so pena de mala conducta (Ley 38/89, artículo 16, Ley 179/94, artículos 6o., 55, inciso 3o.).
Inembargabilidad. 5.2.4.5 - INGRESOS Y DINEROS INEMBARGABLES. (Art. 684 del C.P.C.)
Inembargabilidad. Por regla general todos los bienes son embargables, no obstante, en algunos casos específicos la Ley ha prohibido el embargo en razón a la naturaleza de los bienes o de las personas o entidades poseedoras de los mismos. Constitucionalmente, los bienes de uso público son inembargables, imprescriptibles e inajenables. De conformidad con el Artículo 336 del Código de Procedimiento Civil, la Nación no puede ser ejecutada sino en el caso del Artículo 177 del Código Contencioso Administrativo, y las demás entidades Territoriales, pasados seis (6) meses desde la ejecutoria del Acto (Sentencia o acto administrativo), por lo tanto, hasta tanto no transcurran dichos términos, no podrán ser embargados sus bienes. NOTA: Para efecto de esta instrucción dividiremos los bienes en INGRESOS y BIENES, considerando en los últimos los que no corresponden a dineros.
Inembargabilidad. Por tratarse de administración de recursos públicos de salud (FOSYGA) de salud y de pensiones (TESORO NACIONAL), estos fondos no pertenecen a CAJANAL, y por lo tanto son inembargables de conformidad con lo dispuesto en numeral 2 del artículo 134 y numeral 1 del artículo 178 de la Ley 100 de 1993. BANAGRARIO pondrá en conocimiento de la solicitud judicial de embargo, tanto a la Procuraduría General de la Nación como a CAJANAL, de manera inmediata enviando a CAJANAL los soportes respectivos.”