Indemnizaciones por razón de servicio Cláusulas de Ejemplo

Indemnizaciones por razón de servicio. Las indemnizaciones por razón de servicio serán las correspondientes al Grupo II de la legislación vigente de funcionarios.
Indemnizaciones por razón de servicio. Artículo.189 Indemnizaciones por gastos de comida. TÍTULO VIII.
Indemnizaciones por razón de servicio. 1. Los trabajadores que por razón de su trabajo se desplacen con vehículo propio fuera de su centro de trabajo, recibirán en concepto de kilometraje la cantidad de 0,19 euros por kilómetro. Con carácter supletorio a lo aquí pactado, será de aplicación la normativa existente en el ámbito de las Administraciones Públicas sobre indemnizaciones por razón del servicio. (En la plataforma aparece el transporte).. Para el pago de los desplazamientos, el cálculo de los itinerarios se efectuará de acuerdo con los kilómetros de recorrido que para los mismos, se indiquen en la cartografía oficial de carreteras del Ministerio (versión papel o CD-ROM). Este dato se incrementará en un 10%.
Indemnizaciones por razón de servicio. El personal afectado por este convenio, será indemnizado de los gastos realizados por razón de servicio en las cuantías que se fijan en el Decreto de Retribuciones del Gobierno Xxxxx.
Indemnizaciones por razón de servicio. El personal laboral tendrá derecho a ser indemnizado de los gastos realizados por razón del servicio en forma análoga a lo establecido reglamentariamente por el Gobierno Xxxxx para el personal incluido en su ámbito de aplicación, así como mediante la normativa elaborada por la Diputación para su personal.
Indemnizaciones por razón de servicio. 1. El personal laboral que realice comisiones de servicio, será indemnizado en los términos que establece este artículo.
Indemnizaciones por razón de servicio. Los trabajadores que por razón del servicio deban desplazarse a localidad distinta de su centro de trabajo, previa orden expresa del Rectorado, o de la Gerencia de la Universidad, serán indemnizados en los términos previstos en la legislación general aplicable al personal funcionario, salvo para el personal de los grupos D y E que a estos efectos quedan incluidos en mismo grupo en el que está incluido el personal del grupo C. Igualmente serán aplicables al personal sujeto a este Convenio las indemnizaciones por “asistencias” en los mismos términos establecidos para el personal funcionario.
Indemnizaciones por razón de servicio. 24.1 Los trabajadores que por razón de su trabajo se desplacen con vehículo propio fuera de su centro de trabajo, recibirán en concepto de kilometraje la cantidad de 0,19 euros por kilómetro. Con carácter supletorio a lo aquí pactado, será de aplicación la normativa existente en el ámbito de las Administraciones Públicas sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Indemnizaciones por razón de servicio. 1. Los trabajadores/as que por necesidades del servicio tengan que efectuar viajes o des- plazamientos a poblaciones distintas a aquellas en las que radica su centro de trabajo tendrán derecho a las siguientes compensaciones:
Indemnizaciones por razón de servicio. A los/as empleados/as provinciales les será de aplicación lo establecido en la normativa reguladora de las indemnizaciones por razón de servicio para los/as funcionarios/as de la Administración Local.