Complementos extrasalariales Cláusulas de Ejemplo

Complementos extrasalariales. Los complementos extrasalariales de carácter periódico que existan en los convenios de ámbito inferior, tales como pluses de transporte, locomoción o distancia no podrán ser superiores al 4% de las retribuciones anuales de las tablas de los Convenios de ámbito inferior.
Complementos extrasalariales. 1. Plus de Transporte.
Complementos extrasalariales. ART. 25º.- COMPLEMENTO PERSONAL DE ANTIGÜEDAD ART. 26.- COBRO
Complementos extrasalariales. Son retribuciones percibidas por el trabajador, no por el desarrollo de su actividad laboral, sino como compensación de gastos ocasionados por la ejecución del trabajo o para cubrir necesidades o situaciones de inactividad no imputables al trabajador. Poseen esta naturaleza las indemnizaciones o suplidos, las dietas o similares
Complementos extrasalariales. A) Plus de transporte: El personal comprendido en el presente Convenio Colectivo percibirá, por día efectivamente trabajado, una cantidad en concepto de Plus de Transporte que figura en Anexo.
Complementos extrasalariales. Los complementos extrasalariales de carácter periódico que vienen determinados en este convenio, tales como pluses de transporte, locomoción o distancia no podrán ser superiores al 4 por ciento de las retribuciones anuales de las tablas del convenio. Con independencia xxx xxxxxxx de este convenio, los trabajadores percibirán un comple- mento denominado Plus de Transporte que será el establecido en la Tabla Salarial Anexa y en igual cuantía para todas las Categorías Profesionales y, el cual será satisfecho única- mente por día efectivo de trabajo, en jornada normal, descontándose en consecuencia los días de inasistencia en proporción con los días laborales del mes, por cuanto en su consi- deración nunca dejará de ser compensatorio de los gastos de desplazamiento o viaje hacia el ejercicio de su actividad, este Plus no será computable a efectos de Seguridad Social y Accidentes de Trabajo. Anualmente será revisada la cantidad referida en el porcentaje económico que se revisen los demás conceptos económicos del convenio.
Complementos extrasalariales. Plus Transporte: El concepto de Plus Transporte desaparece con la firma del presente Convenio, integrándose en los conceptos xx Xxxxxxx Base y Prorrata de Pagas Extraordinarias, sumando 12/15 partes de su valor al Salario Base y 3/15 partes de su valor a la Prorrata de Pagas Extraordinarias, recogido en la tabla salarial del Anexo II.
Complementos extrasalariales. Tendrán carácter extrasalarial las percepciones que no responda a una retribución rela- cionada con el trabajo prestado. Poseen esta naturaleza las compensaciones por: — Plus de transporte. — Propina.
Complementos extrasalariales. 20.1.- DIETAS Dieta completa 66,42 Alojamiento/ desayuno 28,46 Comida 18,98 Cena 18,98 Oficiales Administrativos, Encargados Generales y Encargados Dieta completa 55,57 Alojamiento y desayuno 24,41 Comida 15,58 Cena 15,58 Resto de Personal Dieta completa 41,00 Alojamiento desayuno 18.00 Comida 11,50 Cena 11,50 Dará derecho al percibo de la dieta completa, la realiza- ción de un servicio que obligue al trabajador a comer, cenar, pernoctar y desayunar fuera de su residencia habitual. Se percibirá la parte de la dieta correspondiente a la comida cuando el servicio realizado obligue a efectuar ésta fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida se efectúe antes de las 12.00 horas y la llegada después de las 14.00 horas. La parte de la dieta correspondiente a la comida de la noche, se percibirá cuando el servicio realizado obligue a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando el trabajador salga antes de las 20.00 horas y retorne después de las 22.00 horas. La parte de la dieta correspondiente a la pernoctación se percibirá cuando el servicio realizado obligue a pernoc- tar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando por tal motivo el regreso se efectúe después de las 00.00 horas.