Complemento de responsabilidad Cláusulas de Ejemplo

Complemento de responsabilidad. Es un complemento funcional o de puesto de trabajo, de carácter no consolidable, destinado a retribuir las condiciones particulares de aquellos puestos de trabajo de confianza cuyo contenido funcional implique la realización de tareas de responsabilidad, mando, supervisión o coordinación. Este complemento se percibirá mientras se realice la función de responsabilidad, mando, supervisión o coordinación, y se dejará de percibir cuando, por cualquier causa, se cese en el ejercicio de tales funciones. La cuantía de este complemento, para las jornadas completas, es la establecida en las tablas salariales del presente convenio. En caso de que sean comerciales quienes perciban este complemento y su sistema básico de retribución continúe siendo el de comisiones, el complemento de responsabilidad pasará a formar parte de la retribución mínima garantizada, absorbible por las comisiones si el importe de éstas excede la suma xxx xxxxxxx garantizado y el plus de responsabilidad.
Complemento de responsabilidad. Se establece con el fin de remunerar a aquellos trabajadores o trabajadoras que, con la categoría de monitor/a, tengan a su cargo 5 monitores o menos. Además, tendrán derecho a percibir este complemento, aquellos trabajadores y trabajadoras que desarrollen tareas que no les son propias, ya sea de manera puntual o de forma continuada, y que implican una responsabilidad explícita. Sólo se ha de percibir durante el tiempo que se esté ocupando un puesto de trabajo o desarrollando tareas de las características mencionadas, en cuantía del 10 % de su salario base.
Complemento de responsabilidad. Este complemento salarial se establece para aquellos trabajadores y trabajadoras, salvo el caso del nivel 0, en que ya se considera implícito, que ostenten cargos de responsabilidad que supongan mando sobre de un equipo de Recursos Humanos cuya coordinación se les encomienda. La cuantía de este complemento no podrá ser inferior al 10% xxx xxxxxxx base del nivel retributivo y disfrutará del mismo durante el tiempo en que se realicen dichas funciones.
Complemento de responsabilidad. Retribuye a aquellas personas trabajadoras que en el desempeño de su actividad requieren de dedicación exclusiva y/o disponibilidad horaria, junto a un alto grado de conocimientos y/o experiencia profesional que le permiten ejercer sobre una o varias áreas de la actividad, integrando, organizando, coordinando y supervisando la ejecución de tareas, con la responsabilidad de ordenar el trabajo y horarios de un conjunto de personas trabajadoras, bajo los factores de su iniciativa, autonomía y responsabilidad con el fin de alcanzar los objetivos definidos por la organización. Este complemento es de índole funcional y su percepción depende exclusivamente del ejercicio de la actividad profesional en el puesto asignado, de la disponibilidad y/o dedicación exclusiva o de la permanencia de las circunstancias indicadas, por lo que dada su naturaleza temporal no tendrá carácter consolidable. Se definen cuatro pluses de Responsabilidad: –Complemento de responsabilidad 1. –Complemento de responsabilidad 2. –Complemento de responsabilidad 3. –Complemento de responsabilidad 4. Estos pluses irán asociados a puestos de libre designación por parte de la dirección en base a los criterios de la capacidad organizativa de gestión, del personal laboral a cargo y del volumen de presupuesto gestionado.
Complemento de responsabilidad. Este complemento retribuye las circunstancias que concurren para cada puesto, la jefatura orgánica, mando de personal, dirección de equipos y cualquier otra similar. Este complemento en la FBSTIB afecta a aquellos puestos de trabajo en los que se producen de forma cotidiana un desarrollo de funciones o prestaciones especialmente responsables que exigen un nivel de mando o de supervisión y sobre trabajadores a su cargo. Con carácter general, se aplica a los puestos indicados en la relación de puestos de trabajo conforme a las cuantías reflejadas en el anexo 2.G. Artículo 83 Complemento de dificultad técnica xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxx/xx/0000/000/000000 Este complemento retribuye las circunstancias que concurren para cada puesto, la complejidad de tareas asignadas, la diversidad o heterogeneidad de funciones, la experiencia exigida y cualquier otra similar. Dicho complemento en la FBSTIB afecta a aquellos puestos que realizan tareas de mayor complejidad, que implican un grado de experiencia, programación y planificación, elaboración de informes, etc. Con carácter general, se aplica a los puestos que se indican en la relación de puestos de trabajo conforme a las cuantías reflejadas en el anexo 2.H.
Complemento de responsabilidad. —Es un concepto salarial complementario destinado a retribuir la especial dedicación o responsabilidad en el desempeño de los puestos funcionales de jefes de servicio, jefes de área y supervisores. Su importe anual queda determinado en tabla y se abonará en doce pagas.
Complemento de responsabilidad. Este complemento se percibirá cuando la empresa atribuya funciones de especial responsabilidad diferentes a las de Jefatura de Área y Visado y se devengará mientras se desempeñen efectivamente dichas funciones. El cálculo de dicho complemento se efectuará por la empresa en cada momento y el devengo del mismo no tiene carácter consolidable, supeditado al efectivo desempeño de tal responsabilidad, hasta que la empresa acuerde su extinción.
Complemento de responsabilidad. 1. Este complemento salarial se establece para aquellas personas, que ostenten cargos de responsabilidad que supongan mando sobre un equipo de recursos humanos cuya coordinación se les encomienda.
Complemento de responsabilidad. —Este complemento salarial se aplica al Colectivo de “Leads” del Grupo Profesional T3 / T3.1. Se genera por la necesidad de que los miembros de dicho Colectivo verifiquen al comienzo de cada turno de trabajo que las áreas de trabajo asignadas se encuentran plenamente operativas para el comienzo xxx xxxxx- jo al inicio de cada turno, e igualmente para realizar un correcto traspaso de actividades a los “Leads” del siguiente turno. Dichas actividades pueden generar eventualmente alarga- mientos de la jornada, por un tiempo inferior a 30 minutos diarios, tiempo extraordinario que se cotizará como tal y que queda compensado por dicho complemento. El valor del complemento será de 123,95 euros brutos mensuales, por 12 mensualidades (0,83euros/ hora por 1792 horas). En el caso de alargamientos de la jornada por encima de los mencio- nados 30 minutos, que sean solicitados por la Empresa (y por extensión por los managers de la misma), estos se considerarán y retribuirán como horas extraordinarias a todos los efectos. Por acuerdo de la Comisión Paritaria podrá aplicarse a otros puestos de trabajo y/o Grupos Profesionales.
Complemento de responsabilidad. Los encargados de servicios superiores y gobernan- tes clasificados como tales profesionalmente, percibirán sobre su salario un complemento de 55’68 euros