Comedor Cláusulas de Ejemplo
Comedor. Quienes atienden los servicios de cocina y comedor tendrán derecho a manutención en la empresa los días que ejerza su actividad laboral y coincida el horario de comidas con su estancia en la empresa. El resto del personal tendrá derecho a utilizar los servicios de comedor dentro del horario de comidas establecido por la empresa, abonando el 75% de lo establecido para los colegiales residentes. Es potestativo para la empresa establecer que el referido personal no sobrepase el 15% del número de colegiales residentes.
Comedor. Los establecimientos tendrán en comedor o un lugar adecuado con capacidad y condiciones suficientes para que el personal pueda ingerir sus alimentos.
Comedor. En el caso de que la cafetería tenga el servicio de comedor, este comprenderá un menú en el que, bajo un precio global, estarán incluidos dos platos, pan, bebida y postre. No obstante, podrá sustituirse el servicio de dos platos por el de uno combinado, siempre que la persona usuaria lo solicite. La variedad del menú habrá de permitir a las personas usuarias dos opciones en cada plato, pudiendo asimismo elegir en la bebida entre agua mineral, vaso de vino, un quinto de cerveza o tinto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. El postre consistirá en dulce, una pieza de fruta o un café, descafeinado o infusión, a elección de la persona usuaria. La persona o empresa adjudicataria viene obligada a cumplir con el compromiso de la Consejería de igualdad, Salud y Políticas Sociales de suministrar comidas bonificadas al 50% para los usuarios de TJ65 “Oro” o programa similar que respecto a servicio de comedor apruebe la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. El pago del 50% que bonifica la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales será liquidado a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en tanto la misma gestione este pago mediante encomienda de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. En todo caso la persona adjudicataria enviará, junto con la liquidación, listado nominal de las comidas servidas en cada mes en los diez primeros días del mes siguiente. Dicho listado mensual irá con la firma de supervisión de el Director o Directora del Centro. En los casos de lector de tarjetas, el listado que emita automáticamente el lector se enviara en soporte digital a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (en adelante, ASSDA) y se requiere de igual modo el envío en papel firmado por el Director o Directora del Centro. Los datos que se obtengan de dichas lecturas no podrán ser utilizados por las personas adjudicatarias más que al único objeto de la factura, sin que en ningún caso puedan ser acumulados, difundidos, publicados ni utilizados por las adjudicatarias, ni transferidos a terceras personas. La persona adjudicataria garantizará en todo caso los derechos reconocidos a las personas usuarias, entre otros, el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, evitando, en pro de los citados derechos, la divulgación de su imagen cuando no exista consentimiento expreso de las mismas, con absoluto respeto a la dignidad de la persona. La liquidación de la bonificación del precio de comedor se llevará a cabo ...
Comedor. Se mantiene el actual sistema de comedor y la empresa abonará el 50 por ciento del valor del ticket de comida.
Comedor. El establecimiento de acuerdo con la cantidad de personal que ocupe podrá facilitar un lugar adecuado para el refrigerio del mismo. Este lugar deberá mantenerse aseado y en perfecto estado de salubridad. El empleador deberá proveer agua de uso corriente en la cantidad suficiente para beber. EMPRESA CONTRATISTA: las empresas prestadoras de servicios en establecimientos de terceros, deberán al contratar con la tomadora de servicios, prever la provisión de los espacios contemplados en el presente artículo.-
Comedor. El personal acogido al presente Acuerdo, podrá hacer uso del comedor del Centro Cívico en los días laborables, abonando el precio público. Cuando las necesidades del servicio requieran la prolongación del horario normal, con autorización de la Jefatura de Servicio correspondiente será de carácter gratuito.
Comedor. Elaboración de las comidas dentro del local cocina del establecimiento educativo y la atención del salón o instalaciones donde se brinde dicho servicio situado en el mencionado establecimiento conforme a las condiciones y características detalladas en los Anexos ‘’A’’ y ‘’B’’ del presente Pliego.
Comedor. La Empresa subvencionará parcialmente el coste de comida de las personas trabajado- ras directamente a través del precio del menú diario, en el importe equivalente al 85% del precio de dicho menú. El resto, hasta el 100%, esto es, el 15% del precio del menú diario correrá a cargo de las personas trabajadoras. La subvención del coste del comedor y, en su caso los vales o tickets restaurante (o sis- tema sustitutivo de los mismos) tendrán el tratamiento fiscal y de Seguridad Social es- tablecido por la legislación vigente en cada momento (actual artículo 42.3 LIRPF). El personal que preste sus servicios en régimen de jornada partida, percibirá la subven- ción de comedor por día de asistencia al trabajo, incluido el período de vacaciones y permisos retribuidos, a excepción del período de jornada intensiva. Dicho importe, ten- drá el tratamiento fiscal y de Seguridad Social que legalmente corresponda en función de que se realice o no la comida o almuerzo en el comedor de empresa por parte de este Colectivo, computándose con carácter mensual a efectos de su tratamiento en nó- mina. No obstante, aquellos trabajadores en régimen de jornada partida que almuercen du- rante el periodo de jornada intensiva, recibirán la subvención por cada día que asistan al Comedor. Los trabajadores que elijan realizar una jornada continuada no tendrán derecho a per- cibir la subvención del Comedor, salvo el día que hagan uso del Comedor. El importe mínimo del menú diario será de 10 euros y no superará los 11 euros diarios.
Comedor. Todos los grupos 7,00 €
Comedor. El servicio de catering, buffet o vianda, es brindado por una concesionaria externa al Colegio. A ella deberán remitirse para su contratación. El Colegio dispone personal de la Institución para el cuidado de los alumnos durante el tiempo destinado al almuerzo en el comedor. cumpliendo los protocolos que se establezcan.
