ADMINISTRACION Cláusulas de Ejemplo

POPULAR SAMPLE Copied 1 times
ADMINISTRACION. 1. La autoridad gubernamental responsable de las cuestiones que abarca el presente Convenio deberá asegurarse de que existen instituciones u otros mecanismos apropiados para administrar los programas que afecten a los pueblos interesados, y de que tales instituciones o mecanismos disponen de los medios necesarios para el cabal desempeño de sus funciones. 2. Tales programas deberán incluir: a) la planificación, coordinación, ejecución y evaluación, en cooperación con los pueblos interesados, de las medidas previstas en el presente Convenio; b) la proposición de medidas legislativas y de otra índole a las autoridades competentes y el control de la aplicación de las medidas adoptadas en cooperación con los pueblos interesados.
ADMINISTRACION. Jefe de administración 1.358,06 € 20.370,97 € 11,53 € 20,17 €
ADMINISTRACION. La Concesionaria tendrá a su cargo la administración y adecuado mantenimiento de los bienes afectados al servicio que reciba o sean adquiridos por éste para ser incorporados al servicio de acuerdo con lo establecido en este Marco Regulatorio y en el Contrato de Concesión.
ADMINISTRACION. Las instituciones financieras que se nacionalicen estando sujetas a la intervención de la Superintendencia Bancaria, o que hayan sido objeto de convenciones fiduciarias autorizadas por ésta, continuarán bajo dicho régimen hasta cuando, a juicio del Superintendente ▇▇▇▇▇▇▇▇, convenga entregar la administración a la nueva junta directiva y al nuevo representante legal. Si la institución se encontrare en proceso de liquidación y se nacionaliza, sus nuevos administradores podrán revertir las operaciones de liquidación realizadas, en cuanto sea posible, y dentro del propósito de que reanude normalmente sus operaciones, de que no se produzca daño a quienes a juicio del Superintendente Bancario hayan obrado de buena fe, ni se conceda beneficio injustificado a persona alguna.
ADMINISTRACION. 2.C.1. Idoneidad de la Gerencia General y el Organo de Administración; Control accionario: armonía en las decisiones. Estructura organizativa con relación al nivel operativo.
ADMINISTRACION. EL CONTRATANTE suministrará a LA COMPAÑÍA mensualmente, dentro de los diez (10) días siguientes al fin de cada mes, un informe de los nuevos Deudores y de la terminación de seguro sobre Deudores que dejen de formar parte del Grupo Asegurado según las Condiciones de esta Póliza. Estas declaraciones formarán parte integrante de la Póliza. El Contratante asume las responsabilidades que emanen de su actuación como “Contratante del Seguro Colectivo”; y tiene el deber de informar a los asegurados, u otros legítimos interesados, sobre la contratación del seguro y sus condiciones o modificaciones.
ADMINISTRACION. Nota: Incluida Fe de Erratas en numeral, publicada en Registro Oficial No. 326 de 25 de Noviembre de 1999 Art. 44.- A falta de disposición especial en el contrato se entiende que todos los socios tienen la facultad de administrar la compañía y firmar por ella. Si en el acto constitutivo de la compañía solo alguno o algunos de los socios hubieren sido autorizados para obrar, administrar y firmar por ella, solo la firma y los actos de éstos, bajo la razón social, obligarán a la compañía. Art. 45.- El administrador o administradores se entenderán autorizados para realizar todos los actos y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines sociales. Con todo, en el contrato social se podrá establecer limitación a estas facultades. Los administradores llevarán la contabilidad y las actas de la compañía en la forma establecida por la Ley y tendrán su representación judicial y extrajudicial. Art. 46.- Salvo estipulación en contrario, los administradores podrán gravar o enajenar los bienes inmuebles de la compañía solo con el consentimiento de la mayoría de los socios. Art. 47.- El administrador que diere poderes para determinados negocios sociales será personalmente responsable de la gestión que se hiciere. Pero para delegar su cargo necesitará, en todo caso, la autorización de la mayoría de socios. La delegación deberá recaer en uno de ellos. Art. 48.- El nombramiento del o de los administradores se hará ya sea en la escritura de constitución o posteriormente, por acuerdo entre los socios y, salvo pacto en contrario, por mayoría de votos. Art. 49.- El o los administradores no podrán ser removidos de su cargo sino por ▇▇▇▇, culpa grave o inhabilidad en el manejo de los negocios. La remoción podrá ser pedida por cualquiera de los socios y, en caso de ser judicial, declarada por sentencia. Art. 50.- En las compañías en nombre colectivo las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, a menos que en el contrato social se hubiere adoptado el sistema de unanimidad. Más si un solo socio representare el mayor aporte, se requerirá el voto adicional de otro. El socio o socios que estuvieren en minoría tendrán derecho a recurrir a la jueza o juez de lo civil del distrito apelando de la resolución. La jueza o juez resolverá la controversia de conformidad con los dictados de la justicia y con criterio judicial, tramitándola verbal y sumariamente, con citación del administrador o gerente. Nota: Artículo reformado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial S...
ADMINISTRACION.  El pago de la Prima se realizará a través del Mediador.  El asegurador designará un interlocutor, responsable del seguimiento de las obras y único interlocutor con relación a VISESA.
ADMINISTRACION. La Administración de la Sociedad podrá encomendarse a un Comité de Administración compuesto por el número impar de socios que determine la Junta de Socios, o de un Socio Administrador, en su caso, según lo determine la Junta de Socios, por mayoría de votos, en junta ordinaria La Junta de Socios podrá designar suplentes hasta por un número igual al de propietarios y si así lo hiciere, determinará la forma en que los suplentes suplirán a los propietarios, en el entendido de que si la Junta no decide otra cosa, cualquier suplente podrá suplir a cualquiera de los propietarios. El Socio Administrador podrá también tener suplente La sociedad podrá tener un Secretario y su suplente, los cuales no necesitarán ser socios, el cual podrá autorizar con su firma los documentos contables.
ADMINISTRACION.  Debido a la urgencia máxima que precisa la emisión de la Póliza y certificado, ya que dichos documentos son requeridos por el Gobierno ▇▇▇▇▇ para la aceptación de las viviendas, se precisa emisión en 48 horas.  El pago de la Prima se realizará a través del Mediador.  El asegurador designará un interlocutor, responsable del seguimiento de las obras y único interlocutor con relación a VISESA.