Definición de Enfermedad Congénita

Enfermedad Congénita. Es aquella que existe en el momento del nacimiento, como consecuencia de factores hereditarios o afecciones adquiridas durante la gestación hasta el mismo momento del nacimiento. Una afección congénita puede manifestarse y ser reconocida inmediatamente después del nacimiento, o bien ser descubierta más tarde, en cualquier periodo de la vida del individuo.
Enfermedad Congénita. Patología presente o existente desde antes del momento de nacer.
Enfermedad Congénita. Toda aquella enfermedad adquirida durante el período embrionario-fetal y perinatal, la cual puede manifestarse y diagnosticarse en el nacimiento o después durante todo el trascurso de la vida. Está definición incluye pero no se limita a todos los diagnósticos calificados como congénitos de acuerdo a la Clasificación Internacional de Enfermedades décima edición de la Organización Mundial de Salud.

More Definitions of Enfermedad Congénita

Enfermedad Congénita. Se entiende como congénita, la enfermedad con que se nace, se hereda o se contrae en el seno materno.
Enfermedad Congénita. No Conocida
Enfermedad Congénita. Son todas aquellas que se producen en la etapa de gestación, es decir presentes desde el nacimiento, listadas en el capítulo XVII del Código Internacional de Enfermedades, 10° edición (CIE-10) “Malformaciones congénitas”.
Enfermedad Congénita. Aquélla que existe desde el nacimiento y es consecuencia de factores hereditarios o adquiridos durante la gestación, haya dado o no sintomatología. Enfermedad preexistente. Aquélla que existía y se manifestó con anterioridad al momento de entrada en vigor de la póliza.
Enfermedad Congénita es aquella que existe en el momento del nacimiento como consecuencia de factores hereditarios o afecciones adquiridas durante la gestación.
Enfermedad Congénita. Es aquella que existe en el momento del nacimiento como consecuencia de factores hereditarios o afecciones adquiridas durante la gestación. Una afección congénita puede manifestarse y ser reconocida inmediatamente después del nacimiento, o bien ser descubierta más tarde, en cualquier período de la vida de la persona. Gastos razonables y usuales: El importe a pagar por el Asegurador por las prestaciones sanitarias al amparo del presente seguro se ha de encontrar en el rango de lo acostumbrado y razonable para el lugar y los medios con los que se presta.
Enfermedad Congénita. Toda enfermedad con la que nace el Asegurado, por haberse contraído en el seno del útero materno o por tener un origen genético. Una afección congénita puede manifestarse y ser reconocida inmediatamente después del nacimiento, o bien ser descubierta más tarde, en cualquier período de la vida del Asegurado.