Definición de Cesión

Cesión. El adjudicatario comunica los datos de carácter personal a otras entidades.
Cesión. Ninguna de las Partes podrá ceder el presente Contrato sin tener previa autorización escrita de la otra Parte.
Cesión. Consiste en la sustitución de las obligaciones y derechos que surjan de un contrato, en un tercero, la cual sólo procederá previa aprobación escrita del ordenador del gasto.

Examples of Cesión in a sentence

  • Cesión No podrá cederse la presente Póliza ni ningún derecho o interés de la misma sin el previo consentimiento expreso y escrito del Asegurador, en cuyo caso se formalizará la misma mediante Suplemento que quedará adjunto a la Póliza.

  • SI Cesión a las demás entidades del GRUPO Allianz en España (consultables en xxx.xxxxxxx.xx), para informarle, por cualquier medio, sobre las oportunidades de contratación de seguros y servicios financieros o relacionados con éstos y, que puedan ser de su interés.

  • En caso de realizarse una Cesión autorizada por el presente, el Contrato será obligatorio para cada una de las partes y sus respectivos sucesores legales y cesionarios autorizados, y redundará en beneficio de todos ellos.

  • El Proveedor se obliga a hacer constar estos recaudos en todos los contratos de Cesión de Facturas correspondientes a esta Orden de Compra.

  • Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Contrato de Cesión, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.


More Definitions of Cesión

Cesión. La Institución Financiera tendrá derecho a ceder sus derechos, título e intereses en el presente Contrato en cualquier momento. La cesión del Acuerdo Financiero por la Institución Financiera en ningún caso afectará a los términos y condiciones del presente Contrato. El presente Contrato es nulo si usted le transfiere el Vehículo a cualquier tercero. El presente Contrato es para el beneficio exclusivo del Comprador registrado como se describe en la Página 1 del presente Contrato y no se podrá ceder o transferir a otra persona o Institución Financiera, y no es renovable.
Cesión. Es el acto jurídico por el cual el contratista (cedente) transfiere las obligaciones y los derechos de un contrato celebrado con la Caja de la Vivienda Popular a un Tercero (Cesionario) que cumpla con iguales o mejores condiciones requeridas por la Entidad y establecidas en los Estudios Previos y/x Xxxxxx de condiciones y/o en la propuesta presentada para el efecto.
Cesión. Consiste en la sustitución de las obligaciones y derechos que surjan de un contrato, en un tercero, la cual sólo procederá previa aprobación escrita por parte la Entidad. Contratista: Persona(s) natural o jurídica que se obliga (n) a cumplir una determinada prestación, según las especificaciones del objeto del contrato, a cambio de una contraprestación.
Cesión. Consiste en la sustitución de las obligaciones y derechos que surjan de un contrato, en un tercero, la cual sólo procederá previa aprobación escrita xxx Xxxxxxx (sa) Local, conforme al procedimiento señalado en el manual de contratación.
Cesión significa las sucesivas cesiones en propiedad fiduciaria de los Activos Fideicomitidos efectuadas por el Fiduciante a favor del Fiduciario materializadas mediante el endoso de los Pagarés y/o la cesión de las Solicitudes de Crédito hasta alcanzar el monto total establecido en el Contrato Suplementario de Fideicomiso.
Cesión. Es un contrato en el que una parte llamada cedente, le cede a otra llamada cesionario, los derechos u obligaciones que derivan de un contrato anterior. La cesión consiste en la sustitución del titular del contrato o un integrante de este, por un tercero sobre el que recaen las obligaciones y/o derechos que surgen del respectivo contrato y sólo procederá previa autorización escrita por parte del Departamento del Atlántico.
Cesión. Es la transferencia de las obligaciones y los derechos que surjan de la relación contractual, efectuada entre el contratista original y un tercero. El contratista deberá obtener de TRANSMILENIO S.A. autorización previa y escrita, con el fin de proceder con el negocio jurídico de cesión. La entidad verificará que el cesionario cumpla con las mismas calidades que el contratista inicial, garantizando de éste modo que la ejecución del objeto contractual no se verá afectada. El acta de cesión será suscrita por el cedente, el cesionario y el ordenador del gasto.