Corredor de Seguros Cláusulas de Ejemplo

Corredor de Seguros. Es la persona natural o jurídica autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros que, a solicitud del Contratante, puede intermediar en la celebración de los Contratos de Seguros y asesorar a los asegurados o contratantes de seguro en materias de su competencia.
Corredor de Seguros. Es la persona que maneja la intermediación en la venta de seguros, debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Entre sus obligaciones principales frente al CONTRATANTE y/o ASEGURADO son la de asesorar, brindar información de las condiciones de la Póliza de Seguros, entre otros. También se les conoce como “Broker” o “Agente de seguros”.
Corredor de Seguros. Persona física o jurídica que realiza la actividad de intermediación de seguros sin mantener vínculos contractuales con entidades aseguradoras, y que ofrece asesoramiento independiente, profesional e imparcial a quienes demanden la cobertura de los riesgos. El Contratante podrá nombrar un corredor de seguros, quien se encuentra facultado para realizar en su nombre y representación todos los actos de administración, mas no de disposición con sujeción a lo indicado en la carta de nombramiento, vinculados a sus intereses en la póliza.
Corredor de Seguros. Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros para la intermediación de seguros y de su asesoramiento. Esta facultado para trabajar con cualquier compañía de seguros, ofreciendo las condiciones más convenientes a los intereses del asegurable, asistiéndolo durante la vigencia, modificación del mismo y al momento del siniestro.
Corredor de Seguros. A efectos de la presente licitación, el BNB informará a la entidad aseguradora adjudicada el nombre xxx xxxxxxxx de seguros contratado para prestar servicios en relación al Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores objeto del presente pliego, al cual la entidad aseguradora pagará la comisión señalada en el Slip de Cotización, Anexo 3 del presente Pliego de bases y condiciones.
Corredor de Seguros. Persona natural o jurídica autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP que, a solicitud del contratante, puede intermediar en la celebración del contrato de seguro y asesorar a los asegurados y/o contratantes de seguros en materia de su competencia.
Corredor de Seguros. Nombres / Razón o Denominación Social: Consejeros y Corredores de Seguros S.A. Documento de Identidad: DNI CE RUC X Otro N.° 20100219108 Dirección: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx N.° 115 Int. 23B Teléfono: 054 -215818 Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Comisión: 5.09% (sobre la prima comercial) Código de Registro: J0414
Corredor de Seguros. Es una persona jurídica que realiza la actividad mercantil de mediación en seguros privados sin mantener vínculos que supongan afección con entidades aseguradoras o pérdida de independencia respecto a éstas, ofreciendo asesoramiento profesional imparcial. Ofrece asesoramiento profesional e imparcial a quienes requieran aseguramiento de sus personas, patrimonios, intereses o responsabilidades. Está debidamente autorizado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y cumple determinados requisitos administrativos. Retribución que percibe un corredor por el ejercicio de sus funciones de mediación. Sinónimo de comisión.
Corredor de Seguros. Para todos los efectos, se informa que el corredor seleccionado en el proceso de invitación adelantado por FINAGRO es JARGU S.A. CORREDORES DE SEGUROS. Por tanto, la (s) compañía(s) de seguro(s) en su(s) oferta(s) deberán contemplar la comisión a favor de dicho corredor.