Chile Cláusulas de Ejemplo

Chile. De manera excepcional la legislación Chilena establece la titularidad de una obra en cabeza de una persona diferente a su autor. La ley señala que en el caso de los programas de computador, las enciclopedias, diccionarios, compilaciones análogas, diarios, revistas y publicaciones periódicas realizadas por encargo, su titularidad radica en cabeza xxx xxxxxxx que las encarga y sin exigirse algún requisito formal para su perfeccionamiento. Este efecto tiene lugar siempre que no exista un acuerdo en contrario. Como se puede observar, la legislación Chilena clasifica de manera minuciosa los eventos en los cuales la titularidad de una obra recae en cabeza de una persona diferente a su autor quien será titular secundario de la obra y tendrá el derecho de utilizar y aprovechar la obra como lo requiera.
Chile. Con respecto a cualquier Evento Patrocinado celebrado en Chile:
Chile. Recientemente la Subsecretaria de Telecomunicaciones definió los indicadores de calidad del servicio en telefonía móvil, que son: llamadas establecidas con éxito (90%) y llamadas finalizadas con éxito. Se encuentran contenidos en la Circular No. 13 xx xxxxx de 2006. De otra parte la Circular 31 xx xxxxx de 2006 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, busca multar a aquellas empresas que estén entregando un servicio a los usuarios que esté por debajo del nivel de calidad permitido. El ente regulador implementará a partir de 2007 controles de calidad a los servicios brindados por los proveedores de Internet, telefonía fija y de larga distancia, tal como se empezó a realizar este mes con respecto a la telefonía móvil. Se espera para final de año que se establezca un piso normativo que va a ser más alto que el 90% de calidad de servicio actual, del orden del 95%. Las multas no pueden exceder las 1.000 UTM -$30 millones- y son acumulativas hasta que la empresa arregle el problema.
Chile. UNIVERSIDAD TECNICA FEDERICO SANTA MARIA. UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO. UNIVERSIDAD DE CONCEPCION. UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE. UNIVERSIDAD NACIONAL DE VALPARAISO. (vencido) UNIVERSIDAD DE CHILE. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE UNIVERSIDAD DE TARAPACA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO UNIVERSIDAD DE ARTE Y CIENCIAS SOCIALES, ARCIS UNIVERSIDAD SAN SEBASTIAN UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO UNIVERSIDAD DE MAGALLANES UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA UNIVERSIDAD DE VALPARAISO UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES UNIVERSIDAD DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATOLICA SILVA HENRIQUEZ
Chile. El artículo 4 de la Ley Nº 19.886 dispone que ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a ambas Cámaras del Congreso Nacional, a la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a las Municipalidades y sus Corporaciones, respecto de los Parlamentarios, los integrantes del Escalafón Primario del Poder Judicial y los Alcaldes y Concejales, según sea el caso. Existe un Tribunal de Contratación Pública. Este Tribunal tiene como competencia conocer de la acción de impugnación contra actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, ocurridos en los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos regidos por la ley, y debe estar integrado por tres abogados designados por el presidente de la República, con sus respectivos suplentes, previas propuestas en terna hechas por la Corte Suprema.
Chile. El factoring en Chile es una industria nueva si se compara con algunos países europeos, en donde el factoring se utiliza desde antes que empezara a funcionar la banca en Chile, sin embargo, a pesar de que en Europa el factoring lleva mucho tiempo, en Chile se sigue experimentando un gran crecimiento. Se conoce que este contrato llegó a Chile en el año 1986, siendo la financiera Financo la primera empresa en ofrecerlo; en 1990 se creó Inco Factor S.A., que hoy en día es Bandesarrollo Factoring. Desde entonces la industria del factoring experimentó un alto crecimiento y en 1994 ya existían en Chile varias empresas dedicadas a este rubro. Chile es un país con un gran potencial en la industria de factoring, en este momento ocupa el segundo lugar en Latinoamérica, con un volumen de ventas anuales por sobre los US$ 20.000 millones detrás de Brasil. Si bien son la segunda ‘potencia’ en factoring, aún la penetración de este producto es muy baja tomando como base las empresas que integran la ACHEF, la principal asociación de empresas de factoring en Chile. Actualmente, el factoring opera con aproximadamente 15000 clientes su potencial está en todas las empresas, pero especialmente las pymes. Guía ACHEF (Xxxxxxx, 2004). Con el correr de los años se ha dejado de lado la idea de que el factoring es utilizado solo por las pequeñas y medianas empresas (pymes), actualmente Chile ha buscado otorgar su apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) con el fin de que obtengan una liquidez mínima para figurar en el mercado con estabilidad y crecimiento económico dentro y fuera del país. Inicialmente el factoring en Chile estuvo orientado a las Pymes, constituyendo una herramienta adicional de financiamiento, reconocida, aceptada y consolidada en el mercado. Actualmente cuenta con dos asociaciones cuyo objetivo principal es divulgar y promover la práctica del factoring. Existe una asociación de empresas de factoring no ligadas a bancos: Asociación Nacional de Empresas de Factoring A.G (ANFAC) constituida en abril de 2003 y la asociación de empresas de factoring (ACHEF), estas dos asociaciones están encaminadas en procura del desarrollo de la economía del país. Con este fin estas asociaciones difunden habitualmente información sobre factoring, realizan estudios técnicos para sus asociados, asesoran para operar con los mejores tipos de factoring según empresa, crean bases de datos para uso común, administrándose mejor el riesgo de crédito tanto de los asociados como ...
Chile. Para cualquier Evento celebrado en Chile, la entidad contratante de AWS es Servicios Amazon Web Services Chile Limitada.
Chile. Ejecutivo Órganos de Control Gobiernos Regionales Rama Ejecutiva
Chile. Todas las Municipalidades