CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. Serán inadmisibles y en consecuencia rechazadas las ofertas que:
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. La Comisión de Contrataciones en cualquier fase del proceso según articulo N° 76 de la Ley de Contrataciones públicas, se deben rechazar aquellas ofertas que se encuentren dentro de alguno de los supuestos siguientes: ➢ Que incumplan con los requerimientos establecidos en el presente pliego y las disposiciones de la Ley de Contrataciones y de su Reglamento. ➢ Que aparezca sin la firma o firmado por cualquier persona facultada para representar al oferente. ➢ Que no esté acompañada de la caución o garantía requerida. ➢ Presentadas por personas jurídicas o naturales distintas a las designada(s) por la(s) empresa(s). A menos que presente autorización para firmar en su nombre. ➢ Presentadas por personas distintas, si se comprueba la participación de cualquiera de ellas o de sus socios, directivos o gerentes, en la integración o dirección de otro oferente en la contratación. ➢ Cuando de acuerdo a lo indicado en el artículo 93 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Publicas, la Comisión de Contrataciones efectúe la evaluación de la(s) oferta(s) presentada(s) para determinar la razonabilidad de la(s) misma(s) y considere que no son adecuadas a las posibilidades de contratación en comparación con el presupuesto base de cada proceso que se efectúe. ➢ Cuando los consorcios o alianzas no presenten copia del documento consorcial debidamente otorgado y autenticado o registrado, donde conste la participación de cada una de las empresas y que se obligan solidariamente y mancomunadamente frente a COMSIGUA y a terceros; así como el nombre de la empresa que asumirá la representación legal del consorcio o alianza sea el caso de acuerdo al numeral 2 del artículo 87 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas, de igual forma este representante del consorcio o alianza debe señalar el porcentaje de representación correspondiente a todas las empresas que lo integran, señalando su obligación solidaria ante COMSIGUA. ➢ Que tengan omisiones o desviaciones sustanciales a los requisitos exigidos en el pliego de condiciones. ➢ Ofertas acompañadas por caución o garantía exigidas, que no se ajusten sustancialmente a los documentos exigidos en el pliego de condiciones de la contratación. ➢ Ofertas cuyo periodo de validez sea menor al requerido. ➢ Que presente ofertas condicionadas o alternativas, salvo que ello se hubiere permitido en los pliegos de condiciones. ➢ Cuyo(s) representante(s) legal(es) o cualquier otra(s) persona(s) vinculada(s) a la(s) empresa(s) pretenda(n) obten...
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. Las ofertas serán rechazadas del proceso de selección en los siguientes casos:
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. (Art. 76 DRVFLCP)
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. ARTICULO 18º.-. Dará lugar al rechazo de las ofertas, en el momento del acto de apertura o en su posterior análisis, la omisión de los siguientes requisitos:
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. (Art. 76 DRVFLCP) El acto por medio del cual se descalifique a un oferente o se rechace una oferta, será motivado por los supuestos establecidos en el DRVFLCP, su Reglamento y el Pliego de Condiciones.
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. (Pueden agregarse otras que se estimen convenientes considerando el objeto de la contratación y necesidades del organismo contratante).
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. Cuando el Proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley. • Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas en la presente invitación. • Cuando el valor de la Propuesta exceda el Presupuesto Oficial Estimado por la entidad. • Cuando la oferta no cumpla con el plazo estipulado. • Cuando el proponente no cumpla con los requisitos previstos en los términos de condiciones y sus anexos. • Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto del presente proceso de contratación, es decir, se presente en forma parcial o cuando presente propuesta alternativa. • Cuando EL CAMU SAN XXXXXX corrobore que la información presentada con la oferta no es veraz. • Presentar propuesta que no cumpla con los requerimientos de la oferta económica, atendiendo los criterios que se contemplan en el anexo 4 de los términos de condiciones de esta invitación y lo previsto en los estudios técnicos que justifican la necesidad y sus anexos. • En los demás casos establecidos en la presente invitación y en la ley.
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS. Es rechazada de pleno derecho la oferta que incurriere en los siguientes supuestos:

Related to CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.