AFILIACIÓN Cláusulas de Ejemplo

AFILIACIÓN. Al firmar el Contrato, EL AFILIADO acepta totalmente y sin condiciones, los términos del Contrato y del presente Reglamento, así como sus eventuales enmiendas, adiciones y modificaciones. EL PRESTADOR podrá modificar cualquiera de los puntos enunciados en el presente Reglamento, dando en su caso, la debida comunicación a EL AFILIADO a través de los medios en los que EL PRESTADOR considere pertinente y conveniente. Al suscribir el Contrato, EL AFILIADO acepta sin ninguna modificación, todos los términos y condiciones contenidos en el Contrato y en el Reglamento. AL FIRMAR EL CONTRATO, EL AFILIADO RECONOCE QUE HA LEÍDO, ENTIENDE Y ACEPTA ESTAR SUJETO LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO Y DEL REGLAMENTO. A juicio de EL PRESTADOR, cualquier infracción de los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, dará lugar a la terminación unilateral del Contrato por parte de EL PRESTADOR. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales a que tengan derecho de EL PRESTADOR para la reparación de los daños y perjuicios ocasionados por EL AFILIADO. EL PRESTADOR se reserva el derecho de admisión al establecimiento de EL AFILIADO si al momento del ingreso a las instalaciones de EL PRESTADOR, no cumple con las condiciones mínimas establecidas en el presente Reglamento y/o en el Contrato. El desacato o violación de las mismas dará lugar a la cancelación de los derechos de EL AFILIADO, como también en los casos en que su comportamiento sea considerado molesto, perturbador, inmoral o fraudulento. EL PRESTADOR no asumirá ninguna responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones, cuando tal incumplimiento total o parcial se produzca por causas o circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas de conformidad con la Ley. 2-MENORES DE EDAD.:Todos los menores de dieciocho (18) años y mayores de catorce (14) años podrán afiliarse con EL PRESTADOR y utilizar todos los servicios, para ello sus padres y/o representantes autorizados, deben suscribir el respectivo Contrato de Afiliación, la copia de este Reglamento y firmar el formato de Consentimiento Informado, que se comprometen a respetar. Previa la utilización de las instalaciones y equipos, el menor de edad deberá asistir a la evaluación médica previa, que deberá realizarse con los médicos deportólogos de EL PRESTADOR. Los menores de edad se sujetan a los mismos términos y condiciones de este Reglamento. 3-CESIÓN DE ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ afiliación sólo podrá transferirse a terceros en los siguientes ...
AFILIACIÓN. Todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.
AFILIACIÓN. El proceso de afiliación al gimnasio, cuando se trate de pago directo, se realizará directamente en la Sede Asignada por parte del afiliado, junto con la presentación de sus documentos de identidad. EL AFILIADO, al momento de realizar la afiliación deberá presentar su documento de identificación. La información que suministre para el diligenciamiento de la base de datos debe ser exacta y veraz. La suplantación de identidad es un delito en los términos del art. 296 del código penal Colombiano. Por ningún motivo podrá el afiliado compartir la información de acceso a la sede con terceros. Los planes adquiridos, son personales e intransferibles, por ende, la afiliación le da derecho, únicamente al afiliado, a usar las instalaciones y servicios deportivos y de salud de la sede. La suplantación será causal de terminación inmediata del presente contrato, sin derecho a devolución de dinero. Asimismo, en caso de que se presentara un caso de suplantación, la compañía estará en la obligación de poner en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación dichos hechos e iniciar de forma inmediata el proceso de veto respectivo.
AFILIACIÓN. Credomatic es una empresa establecida en la República ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica dedicada a facilitar la aceptación de diversos productos de pago, incluyendo pero no limitados a Tarjetas de Crédito y Débito de BAC Credomatic, tales como, tarjetas de las marcas Master Card, Visa, American Express, JCB, Diners Club, Discover Cards y otras marcas procesadas por “BAC Credomatic”.
AFILIACIÓN. El EMPLEADOR afiliará al TRABAJADOR desde el primer día de trabajo y se acogerán al mecanismo definido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para el contrato de jornada parcial permanente.
AFILIACIÓN. AUTORIZACIÓN Y EJERCICIO DE CRÉDITO.
AFILIACIÓN. La afiliación al Fondo Mutual de Previsión, Asistencia y Solidaridad es obligatoria para todos los asociados de la
AFILIACIÓN. Por este acto, el Afiliado se inscribe y es su voluntad de formar parte de la red desarrollada por Equirent S.A., quien a su vez acepta la incorporación de éste como Afiliado. Así mismo, para hacer uso de la red, el Afiliado acepta las condiciones tecnológicas para acceder desde su teléfono inteligente, SMARTPHONE, a la plataforma creada, la cual le permitirá acceder a los servicios ofrecidos de alquiler de vehículos. Equirent S.A. podrá entregar a los Afiliados una tarjeta de afiliación, la que le permitirá acceder a los beneficios de la red Equirent S.A. La tarjeta de afiliación es personal e intransferible, cualquier uso indebido de la misma será absoluta responsabilidad del afiliado y deberá responder frente a EQUIRENT S.A. y terceros por dicho acto. Las partes acuerdan que el uso de la red Equirent S.A. deberá realizarse por medio de la plataforma tecnológica definida para tal fin. El Afiliado deberá tener por lo menos 21 años de edad, tener licencia de conducción válidamente expedida por las autoridades respectivas, y deberá suscribir la totalidad del documento de afiliación con información veraz y anexando los documentos que le sean solicitados.
AFILIACIÓN los clubes profesionales se afiliarán a la Federación deportiva correspondiente, deberán tener la estructura señalada en esta ley y reglamentos establecidos conforme a su disciplina deportiva, teniendo en cuenta además la normatividad de la federación internacional que lo regula. Parágrafo primero: el Ministerio del Deporte sólo podrá mantener vigentes un número igual de reconocimientos deportivos al número de clubes profesionales afiliados a la federación respectiva. Es decir, se le otorgará Reconocimiento deportivo únicamente a los clubes que se encuentren afiliados a la federación correspondiente. Antes de otorgar un nuevo reconocimiento deportivo, el Ministerio del Deportedeberá verificar que el club profesional afiliado y cuyo derecho de afiliación va a ser utilizado por el nuevo club profesional haya cancelado la totalidad de las obligacioneslaborales y parafiscales. Parágrafo segundo: para el otorgamiento de la escritura pública de constitución, deberán acompañar la certificación del Ministerio del Deporte, en donde conste que la minuta se ajusta a las disposiciones legales y reglamentarias de carácter deportivo, aplicables a dichas sociedades.
AFILIACIÓN. Este término se refiere al derecho que tiene el Trabajador de la Educación, a pertenecer a determinado Sindicato.