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JEFATURA DEL ESTADO
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda­ des que presenta su contenido en relación con su inme­ diato antecedente, el Texto Refundido de la Ley de Contra­ tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza­ ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio­ nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley. Índice Titulo preliminar. Disposiciones Generales. Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación de la...
May 5th, 2020
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Artículo 7. Contrato de concesión de obras públicas. Artículo 8. Contrato de gestión de servicios públicos. Artículo 9. Contrato de suministro.

Núm. 272 Jueves 9 de noviembre de 2017 Sec. I. Pág. 107714
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Así, se aclara la naturaleza jurídica de las tarifas que abonan los usuarios por la utilización de las obras o la recepción de los servicios, tanto en los casos de gestión directa de estos, a través de la propia Administración, como en los supuestos de gestión indirecta, a través de concesionarios, como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. A estos efectos, se le da nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria; al artículo 20 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, añadiéndole un nuevo apartado 6, y al artículo 2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos añadiéndole una nueva letra c).

JEFATURA DEL ESTADO
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Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda- des que presenta su contenido en relación con su inme- diato antecedente, elTexto Refundido de la Ley de Contra- tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza- ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio- nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

ÍNDICE
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Por lo que respecta al contenido, tomando como referencia las Directivas europeas y los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales novedades que presenta afectan, en primer lugar, a su ámbito de aplicación, dentro del cual se ha extendido el ámbito subjetivo, con la idea de aplicar estas normas a entidades no sujetas.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
May 5th, 2020
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

JEFATURA DEL ESTADO
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Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda- des que presenta su contenido en relación con su inme- diato antecedente, el Texto Refundido de la Ley de Contra- tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza- ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio- nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

BOLETÍN OFICIAL
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Por lo que respecta al contenido, tomando como referencia las Directivas europeas y los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales novedades que presenta afectan, en primer lugar, a su ámbito de aplicación, dentro del cual se ha extendido el ámbito subjetivo, con la idea de aplicar estas normas a entidades no sujetas.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

RCL 2017\1303
May 5th, 2020
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muchas de sus instituciones más allá de nuestras fronteras, en concreto, dentro de la actividad normativa de instituciones de carácter internacional, como es el caso de la OCDE, de UNCITRAL -en el ámbito de la ONU-, o, especialmente, de la Unión Europea. La exigencia de la adaptación de nuestro derecho nacional a esta normativa ha dado lugar, en los últimos treinta años, a la mayor parte de las reformas que se han ido haciendo en los textos legales españoles.

Núm. 272 Jueves 9 de noviembre de 2017 Sec. I. Pág. 107714
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Así, se aclara la naturaleza jurídica de las tarifas que abonan los usuarios por la utilización de las obras o la recepción de los servicios, tanto en los casos de gestión directa de estos, a través de la propia Administración, como en los supuestos de gestión indirecta, a través de concesionarios, como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. A estos efectos, se le da nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria; al artículo 20 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, añadiéndole un nuevo apartado 6, y al artículo 2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos añadiéndole una nueva letra c).

REY DE ESPAÑA
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Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda- des que presenta su contenido en relación con su inme- diato antecedente, el Texto Refundido de la Ley de Contra- tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza- ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio- nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Remisiones normativas. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Núm. 272 Jueves 9 de noviembre de 2017 Sec. I. Pág. 107714
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Así, se aclara la naturaleza jurídica de las tarifas que abonan los usuarios por la utilización de las obras o la recepción de los servicios, tanto en los casos de gestión directa de estos, a través de la propia Administración, como en los supuestos de gestión indirecta, a través de concesionarios, como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. A estos efectos, se le da nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria; al artículo 20 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, añadiéndole un nuevo apartado 6, y al artículo 2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos añadiéndole una nueva letra c).

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE (LCEur 2014\535) y 2014/24/UE, de 26-2-2014 (LCEur...
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

La legislación de contratos públicos, de marcado carácter nacional, encuentra, no obstante, el fundamento de muchas de sus instituciones más allá de nuestras fronteras, en concreto, dentro de la actividad normativa de instituciones de carácter internacional, como es el caso de la OCDE, de UNCITRAL -en el ámbito de la ONU-, o, especialmente, de la Unión Europea. La exigencia de la adaptación de nuestro derecho nacional a esta normativa ha dado lugar, en los últimos treinta años, a la mayor parte de las reformas que se han ido haciendo en los textos legales españoles.

Contract
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
May 5th, 2020
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 272. Jueves 9 de noviembre de 2017.
May 5th, 2020
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Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por la que se modifica el artículo 32 y se incorpora la disposición adicional quincuagésima cuarta.

BOLETÍN OFICIAL
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Por lo que respecta al contenido, tomando como referencia las Directivas europeas y los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales novedades que presenta afectan, en primer lugar, a su ámbito de aplicación, dentro del cual se ha extendido el ámbito subjetivo, con la idea de aplicar estas normas a entidades no sujetas.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

RCL 2011\2050
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

De acuerdo con la citada habilitación se ha procedido a elaborar el texto refundido, siguiendo los criterios que a continuación se exponen.

LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Artículo 7. Contrato de concesión de obras públicas. Artículo 8. Contrato de gestión de servicios públicos. Artículo 9. Contrato de suministro.

Ley 30/2007, de 30 octubre. CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Ley de Contratos del Sector Público.
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    May 5th, 2020

Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales novedades que presenta su contenido en relación con su inmediato antecedente, el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singularización de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulaciones sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

Núm. 272 Jueves 9 de noviembre de 2017 Sec. I. Pág. 107714
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Así, se aclara la naturaleza jurídica de las tarifas que abonan los usuarios por la utilización de las obras o la recepción de los servicios, tanto en los casos de gestión directa de estos, a través de la propia Administración, como en los supuestos de gestión indirecta, a través de concesionarios, como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. A estos efectos, se le da nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria; al artículo 20 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, añadiéndole un nuevo apartado 6, y al artículo 2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos añadiéndole una nueva letra c).

RCL 2011\2050
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De acuerdo con la citada habilitación se ha procedido a elaborar el texto refundido, siguiendo los criterios que a continuación se exponen.

Contract
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    May 5th, 2020

La disposición final trigésima segunda de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, autoriza al Gobierno para elaborar, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizados, aclarados y armonizados, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y las disposiciones en materia de contratación del sector público contenidas en normas con rango de ley, incluidas las relativas a la captación de financiación privada para la ejecución de contratos públicos. Dicha habilitación tiene su razón de ser en la seguridad jurídica, como puso de manifiesto el Consejo de Estado en su dictamen de 29 de abril de 2010, al recomendar la introducción, en el texto del anteproyecto de modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, sometido a dictamen, de una disposición final que habilitara al gobierno para la realización de un texto refundido, con el alcance que se estimara por conveniente. Efe

JEFATURA DEL ESTADO
May 5th, 2020
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    May 5th, 2020

Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda­ des que presenta su contenido en relación con su inme­ diato antecedente, el Texto Refundido de la Ley de Contra­ tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza­ ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio­ nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

Textos Legales
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Así, se aclara la naturaleza jurídica de las tarifas que abonan los usuarios por la utilización de las obras o la recepción de los servicios, tanto en los casos de gestión directa de estos, a través de la propia Administración, como en los supuestos de gestión indirecta, a través de concesionarios, como pres- taciones patrimoniales de carácter público no tributario. A estos efectos, se le da nueva redacción a la disposición adicional primera de la Ley 58/2013,

JEFATURA DEL ESTADO
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Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda- des que presenta su contenido en relación con su inme- diato antecedente, elTexto Refundido de la Ley de Contra- tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza- ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio- nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

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Así, se aclara la naturaleza jurídica de las tarifas que abonan los usuarios por la utilización de las obras o la recepción de los servicios, tanto en los casos de gestión directa de estos, a través de la propia Administración, como en los supuestos de gestión indirecta, a través de concesionarios, como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. A estos efectos, se le da nueva redacción a la Disposición adicional primera de la Ley 58/2013, de 17 de diciembre, General Tributaria, al artículo 20 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, añadiéndole un nuevo apartado 6 y al artículo 2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos añadiéndole una nueva letra c).

JEFATURA DEL ESTADO
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Tomando como referencia los principios que han guiado la elaboración de esta Ley, las principales noveda- des que presenta su contenido en relación con su inme- diato antecedente, el Texto Refundido de la Ley de Contra- tos de las Administraciones Públicas, afectan a 1) la delimitación de su ámbito de aplicación, 2) la singulariza- ción de las normas que derivan directamente del derecho comunitario, 3) la incorporación de las nuevas regulacio- nes sobre contratación que introduce la Directiva 2004/18/CE, 4) la simplificación y mejora de la gestión contractual, y 5) la tipificación legal de una nueva figura, el contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado:

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.