Definición de SERVICIO RESIDENCIAL

SERVICIO RESIDENCIAL. Es el servicio que se presta para el cubrimiento de las necesidades relacionadas con la vivienda de las personas.
SERVICIO RESIDENCIAL. Es aquel que se presta directamente a los hogares o núcleos familiares, incluyendo las áreas comunes de los conjuntos habitacionales. Podrán considerarse como residenciales los pequeños establecimientos comerciales o industriales conexos a los apartamentos x xxxxx de habitación, cuya carga instalada sea igual o inferior a tres (3) kilovatios, si el inmueble está destinado, en más de un 50% de su extensión, a fines residenciales.
SERVICIO RESIDENCIAL. Es aquel que se presta directamente a los hogares o núcleos familiares, incluyendo las áreas comunes de los conjuntos habitacionales.

Examples of SERVICIO RESIDENCIAL in a sentence

  • SERVICIO RESIDENCIAL: Es el servicio que se presta para el cubrimiento de las necesidades relacionadas con la vivienda de las personas (Decreto 229 de 2002).

  • C) AUMENTO DE CARGA EN EL SERVICIO: 1) AUMENTO DE CARGA PARA EL SERVICIO RESIDENCIAL: Si A.S.C detecta que el usuario ha aumentado la carga o capacidad instalada sin autorización de la misma en valor superior a 3 kw, es una causas de suspensión del servicio, se reliquidará una tarifa equivalente de conexión.


More Definitions of SERVICIO RESIDENCIAL

SERVICIO RESIDENCIAL. Es el destinado a satisfacer las necesidades de gas natural de los hogares o núcleos familiares.
SERVICIO RESIDENCIAL. Es el destinado a satisfacer las necesidades de hogares o núcleos familiares, incluyendo los consumos de las áreas comunes de los conjuntos habitacionales.
SERVICIO RESIDENCIAL. Es el destinado a satisfacer las necesidades de gas com- bustible de los hogares o núcleos fami- liares incluyendo las áreas comunes de los conjuntos habitacionales.
SERVICIO RESIDENCIAL. Servicio con medidor individual separado para usos domésticos no comerciales. Los consumos para usos domésticos de equipos comunes al Consorcio o a los condóminos en los inmuebles de propiedad horizontal o en condominio, deberán contar con medidor individual separado.
SERVICIO RESIDENCIAL tarifa de pago anticipado 3/6 Programa de tarifas de servicios generales: tarifa “GS” de 10/11 o 12/13 Programa de tarifas del servicio para graneros de tabaco: tarifa “TB” de 20 o 22 Programa de tarifas del servicio xx xxxxx: tarifa “I” de 24/25 o 26/27 Programa de tarifas del servicio de gran potencia: tarifa “LP” de 40 Programa de tarifas del servicio de demanda residencial: tarifa “RD” de 70 o 72 Tarifa de la fuente solar residencial de propiedad de miembros interconectados de 84 u 85 Tarifa de la fuente solar del servicio general propiedad de miembros interconectados de 86 u 87 Programa de tarifas del servicio de iluminación exterior “OLS” Ajuste del costo de energía mayorista: programa de tarifas “WPCA”
SERVICIO RESIDENCIAL. Es el servicio que se presta para el cubrimiento de las necesidades relacionadas con la vivienda de las personas. (Artículo 3.36 del Decreto 229/2002) Servicio público domiciliario de acueducto: Es la distribución de agua apta para el consumo humano, incluida su conexión y medición, también forman parte de este servicio las actividades complementarias tales como captación de agua, procesamiento, tratamiento, almacenamiento, conducción y transporte. (Artículo 3.40 Decreto 229/2002). Servicio público domiciliario de alcantarillado: Es la recolección municipal de residuos, principalmente líquidos y/o aguas lluvias, por medio de tuberías y conductos. También forman parte de este servicio las actividades complementarias de transporte, tratamiento y disposición final de tales residuos. (Artículo 3.41 Decreto 229/2002).
SERVICIO RESIDENCIAL. Es el destinado a satisfacer las necesidades de energía eléctrica de los hogares o núcleos fami- liares. Servicio Público Domiciliario de Ener- gía Eléctrica: Es el transporte de energía eléctrica desde las redes regionales de transmisión hasta el domicilio del usuario final, incluida su conexión y medición.