Definición de ESCOLTA VEHICULAR

ESCOLTA VEHICULAR. Es la protección que se presta a través de escoltas con armas de fuego, o de servicios de vigilancia y seguridad privada no armados a personas, vehículos, mercancías o cualquier otro objeto, durante su desplazamiento. Decreto 356 de 11 de Febrero 1994 El provisto ▇▇ ▇▇▇▇▇ de fuego con su correspondiente carga y salvoconducto vigente Se entiende por mensajero particular y/o empleado, cualquier persona mayor de edad que trabaje o ejecute servicios para el asegurado o que actué en su beneficio, o contratadas por el Asegurado individual o Colectivamente.
ESCOLTA VEHICULAR. Vehículo debidamente identificado asignado a guiar el convoy o vehículo de transporte de carga y además está equipado con elementos de respuesta a emergencias.
ESCOLTA VEHICULAR. Es la protección que se presta a través de escoltas con armas de fuego, o de servicios de vigilancia y seguridad privada no armada a mercancías durante su transporte. Salvo estipulación en contrario el servicio se prestara con un automóvil y/o moto, contratado por el Generador o la Transportadora y tendrá como misión proteger a la mercancía transportada, desde el sitio de cargue de las