Definición de Accidentes al Conductor

Accidentes al Conductor. Cualquier accidente automovilístico que produzca lesión corporal al conductor por la acción de una fuerza externa, súbita, fortuita y violenta, mientras se encuentre dentro del vehículo asegurado y como consecuencia de las coberturas amparadas en la póliza.
Accidentes al Conductor. Cualquier accidente que produzca lesión corporal al conductor por la acción de una fuerza externa, súbita, fortuita y violenta, mientras se encuentre manejando la bicicleta asegurada.
Accidentes al Conductor. Cualquier accidente de tránsito que produzca lesión cor- poral al conductor por la acción de una fuerza externa, súbita, fortuita y violenta, mientras se encuentre dentro del vehículo asegurado y como consecuencia de las coberturas ampa- radas en la póliza.

Examples of Accidentes al Conductor in a sentence

  • Para efectos del presente contrato se entenderá por: Accidentes al Conductor: Cualquier accidente automovilístico que produzca lesión corporal al conductor por la acción de una fuerza externa, súbita, fortuita y violenta, mientras se encuentre dentro del vehículo asegurado y como consecuencia de las coberturas amparadas en la póliza.

  • Las coberturas de 2.1 Daños Materiales, 2.2 Robo Total, 2.5 Gastos Médicos y Funerarios, 2.6.1 Adaptaciones y/o Conversiones, 2.6.2 Equipo Especial, 2.6.3 Accidentes al Conductor y 2.6.4 ELID: Eliminación del Deducible, operarán dentro de los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América y Canadá.

  • Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según se haya contratado la cobertura de Accidentes al Conductor y ocupantes del Vehículo y aparezcan en la carátula de la póliza.

  • Para efectos del presente contrato se entenderá por: Accidentes al Conductor: Cualquier accidente automovilístico que produzca lesión corporal al conductor por la acción de una fuerza externa, súbita, fortuita y violenta, mientras se encuentre dentro del Vehículo Asegurado y como consecuencia de las coberturas amparadas en la póliza.

  • Las coberturas de 2.1 Daños Materiales, 2.2 Robo Total, 2.5 Gastos Médicos y Funerarios, 2.6.1 Adaptaciones y/o Conversiones, 2.6.2 Equipo Especial, 2.6.3 Accidentes al Conductor y 2.6.4 ELID: Eliminación del Deducible, operarán dentro de los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América y Canadá; la indemnización de cualquiera de estas coberturas se realizará en los Estados Unidos Mexicanos.

  • Las coberturas 2.1 Daños Materiales, 2.2 Robo Total, 2.4 Gastos Médicos y Funerarios para Ocupantes y/o Conductor, 2.5 Adaptaciones, Conversiones y/o Equipo Especial y 2.6 Accidentes al Conductor (Muerte Accidental y Pérdida de Miembros), operarán dentro de los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América y Canadá.

  • Exclusiones generales, a esta cobertura le serán aplicables las exclusiones de las coberturas: • Responsabilidad Civil por Daños a Terceros • Responsabilidad Civil por Muerte de Terceros • Gastos Médicos Ocupantes • Accidentes al Conductor y Ocupantes Asimismo, aplicarán las mismas exclusiones especificadas en el apartado de asistencia legal.

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