Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRAN LA ADJUDICACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE TALLERES DE ARTES Y EXPRESIÓN ARTÍSTICA DE ARRIGORRIAGA (BIZKAIA). |
CLAUSULAS:
1.- Objeto.
Es objeto del presente contrato de servicios la adjudicación por procedimiento abierto en función de la oferta más ventajosa teniendo en cuenta los criterios señalados en el pliego del “servicio de talleres de artes y expresión artística del municipio de Arrigorriaga”, según el pliego de cláusulas técnicas elaborado al respecto.
2.- Normas reguladoras.
El presente contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, en cumplimiento del artículo 19.2 de la Ley 30/07 por la siguiente normativa:
- Las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx, y por las del de Prescripciones Técnicas.
- Por la propia Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
- Por el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,
- Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y que resulten de aplicación.
- En su defecto por las de Derecho Privado.
3.- Tipo del contrato.
Precio total del contrato, es de .........................115.000 euros IVA incluido.................( 97.457,63... IVA excluido).
Las ofertas de los licitadores se realizarán en todo caso mejorando el tipo de licitación a la baja, consignando una cantidad concreta y determinada en el presupuesto de ejecución material del servicio.
AÑO |
IMPORTE ANUAL (IVA incluido) |
2010 (1/11 a 31/12)2 meses de prestación del servicio. |
10.000,00 € |
2011 (1/1 a 31/5 y 1/10 a 31/12).8 meses de prestación del servicio. |
40.000,00 € |
2012 (1/1 a 31/5 y 1/10 a 31/12).8 meses de prestación del servicio. |
40.000,00 € |
2013 (1/1 a 31/5)5 meses de prestación del servicio. |
25.000,00 € |
El precio del contrato asciende a 5.000 euros por cada mes de prestación del servicio incluido IVA.
4. Procedimiento y Forma de Adjudicación.
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por el procedimiento abierto a tenor de lo establecido en el artículo 141 de la Ley 30/07, donde todo empresario interesado en el contrato podrá presentar una proposición.
La forma de adjudicación establecida será a favor de la oferta más ventajosa, atendiendo a los criterios establecidos en el pliego, según lo estipulado en el artículo 134 de la Ley de Contratos del Sector Público. La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto realice la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se hayan establecido en el pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma y sin perjuicio del derecho de la Administración a declararlo desierto.
En el presente pliego de cláusulas administrativas se establecen los criterios que han de servir de base para la adjudicación del presente procedimiento. Los mismos se indicarán por orden decreciente en función de la importancia y el grado de ponderación otorgada en el pliego.
La tramitación del expediente de contratación será ordinario.
Los plazos se computan por días naturales.
5.- Constancia expresa de la existencia de crédito.
Se hace constar que existe crédito suficiente para afrontar las obligaciones que se deriven del presente contrato en el Presupuesto General de este Ayuntamiento, con cargo a la partida presupuestaria del ejercicio 2010 y siguientes, que a continuación se detalla:
Orgánica 07 Funcional 4510 Económica 2260613.
Al respecto se ha realizado la oportuna retención de crédito “RC”, en la partida presupuestaria descrita.
6.- Plazo de ejecución.
La ejecución del contrato se realizará dentro de un periodo temporal comprensivo de 31 MESES, contados desde el 1 de Noviembre de 2010, fecha en que se realizará la formalización del contrato en documento administrativo al 31 xx xxxx de 2013.
No obstante la prestación del servicio de forma efectiva se realizará en los siguientes periodos temporales exclusivamente:
-Año 2010 meses de noviembre y diciembre.
-Año 2011 meses de: enero x xxxx y de octubre a diciembre, inclusive.
-Año 2012 meses de: enero x xxxx y de octubre a diciembre, inclusive.
-Año 2013 meses de: enero x xxxx, inclusive.
Lo cual computa un Total de: 23 meses de prestación efectiva del servicio.
Siendo susceptible de UNA única prórroga por el mutuo acuerdo de las partes por un periodo temporal comprensivo de 8 meses (de 1 de Octubre de 2013 a 31 de diciembre de 2013 y de 1 de enero a 31 xx xxxx de 2014), periodo en el que así mismo se prestará el servicio.
En ningún caso se admitirá la prórroga tácita.
Al respecto el adjudicatario deberá solicitar la prórroga mediante solicitud presentada en el registro del Ayuntamiento con una anterioridad mínima de 3 meses a la fecha de finalización del contrato.
El inicio del contrato dará comienzo por tanto el 1 de Noviembre de 2010.
7.- Penalidades por demora.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de esta Administración.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, este Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 por 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 0,20 por 1000 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
8.- Plazo de garantía.
En la presente contratación dada su naturaleza no se establece plazo de garantía.
9.- Presentación de ofertas.
Los licitadores habrán de presentar su oferta en las dependencias de la Sección de Contratación y Servicios del Ayuntamiento de Arrigorriaga, sito en la segunda planta de la Casa Consistorial (Paseo xx Xxxxxxx 57 48480 Arrigorriaga).
Las mismas se presentarán en horario de 8 a 13:30 horas, en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente en aparezca en el Boletín Oficial de Bizkaia el anuncio de la convocatoria respectiva.
Todo ello teniendo en cuenta el artículo 127 de la Ley 30/07 que manifiesta que los órganos de contratación fijaran los plazos de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar aquéllas, atendida a la complejidad del contrato.
La oferta constará de los siguientes elementos:
Los licitadores habrán de presentar TRES sobres cerrados.
En el exterior de ellos figurará el título "Oferta para tomar parte en el contrato de servicio de talleres de artes y expresión artística del municipio de Arrigorriaga”; el nombre y el número de D.N.I. o C.I.F. del licitador; el tipo de sobre en cuestión A, B o C, y en el interior irán necesariamente los siguientes documentos:
Sobre A: Documentación administrativa.
1.- Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
En todo caso será necesario que las prestaciones objeto del contrato estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios.
2.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, y fotocopia legitimada de su Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, excepto si se trata de un poder para acto concreto.
3.- La solvencia del contratista.
En la presente licitación de contrato de servicios no opera la exigencia de clasificación, al estar incluido el presente contrato de servicios en la categoría 26 del Anexo II de la Ley (servicios de esparcimiento, culturales y deportivos).
Por lo tanto la demostración de esta solvencia será determinada a tenor de lo dispuesto en los artículos 64 y 67 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público por alguna de las siguientes formas:
- Solvencia económica y financiera:
Declaraciones apropiadas de entidades financieras.
Cuentas anuales presentas en el registro mercantil o libros de contabilidad legalizados.
Declaración sobre el volumen total global de negocios correspondiente al ámbito objeto del contrato.
- Solvencia técnica o profesional: sobre la base de los conocimientos técnicos, eficacia experiencia y fiabilidad relacionado con el objeto contractual por uno o varios de los siguientes medios:
Relación de servicios o trabajos realizados en los últimos tres años con indicación de su destinatario.
Indicación del personal técnico participante en el contrato.
Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y en particular del personal responsable de la ejecución del contrato.
Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa.
4.- Una declaración responsable de no estar incursa la empresa en prohibición de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
5.- Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
6- Especialidades en la documentación que han de presentar en su caso los empresarios extranjeros. Las empresas extranjeras deberán acompañar la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
7. Compromiso, en su caso, de constitución de Unión Temporal de Empresarios.
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado, los nombres y circunstancias de los que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada uno de los empresarios componentes de la unión, y deberá formalizarse en escritura pública en el supuesto de que resulten adjudicatarios.
8. Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia habrá de ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un numero de teléfono y de fax.
Las circunstancias señaladas en los anteriores números 1, 2, 4 y 5 podrán acreditarse mediante una certificación expedida por el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 73 de la LCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
Todos los documentos habrán de ser originales, no admitiéndose fotocopias a no ser que las mismas hayan sido debidamente cotejadas con sus originales por funcionario competente que así lo haga constar.
Sobre B: Documentación relativa a aspectos objeto de valoración subjetiva.
Se deberá aportar toda la documentación susceptible de valoración no incluida en la propuesta sobre datos objetivos.
En general todos aquellos documentos susceptibles de valoración (Memoria técnica), según la cláusula once de los presentes Pliegos así como aquellos documentos que el contratista considere oportunos para dar a conocer su prestación o sean requeridos por la Administración y/o por los Pliegos de Prescripciones Técnicas, y la que en general se considere necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Al respecto el Ayuntamiento de Arrigorriaga podrá solicitar a las empresas participantes en la licitación la defensa o aclaración de las propuestas presentadas.
Sobre C: Propuesta económica y demás datos de valoración objetiva.
Propuesta: según el modelo de proposición que figura en el Anexo I.
El licitador deberá indicar en documento redactado al efecto firmado por él, según modelo que figura en el Anexo I, que se compromete a realizar el objeto del contrato por la cantidad señalada respetando en todo caso el tipo de licitación y demás datos de valoración objetiva.
10.- Apertura de plicas.
La Mesa de Contratación, legalmente constituida al efecto, procederá en acto público a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores, y en su momento las elevará junto con el acta y la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.
En un primer acto sólo se abrirá el sobre correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente o subjetivos (SOBRE B) entregándose al órgano encargado de la valoración la documentación contenida en el mismo, dejándose constancia documental de lo actuado en el expediente.
Todo ello previa calificación de los documentos administrativos presentados en tiempo y forma en atención al artículo 27 del RD 817/2009 de 8 xx xxxx de desarrollo parcialmente de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso la valoración de los criterios cuantificables de forma automática o criterios objetivos (SOBRE C) se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.
La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor o subjetivos se dará conocer en un segundo acto público de apertura del resto de la documentación que integre la proposición ( apertura comprensiva de la oferta sobre criterios objetivos).
11.- Criterios de adjudicación en el concurso:
Criterios que han de servir de base para la adjudicación. Puntuación total máxima alcanzable............................100 puntos.
A) Criterios No cuantificables de forma automática o dependientes de un juicio de valor (Subjetivos). Total 45 puntos...................................SOBRE B.
1. Desarrollo del plan de trabajo y mejoras: total hasta 30 puntos.
Procesos que proponga el licitador sobre los matices relacionados con el servicio que se contrata.
Según cuadro de Plan de Ejecución: que incluya la memoria explicativa detallada a incluir en Sobre B, destacándose obligatoriamente en la misma los siguientes aspectos:
Objetivos del Plan.
Metodología de intervención.
Propuestas de trabajo, contenidos.
Evaluación de la gestión.
En este apartado se valorará especialmente la incorporación en el equipo de trabajo de personas discapacitadas o en riesgo de exclusión social.
2. Labores de estructura gestora, coordinación y organigrama del personal: total 15 puntos. Dividido en los siguientes apartados:
-Estructura empresarial como entidad sin animo de lucro.................................hasta 10 puntos.
-Capacidad técnica y formativa del personal del equipo concreto.....................hasta 5 puntos.
B) Criterios cuantificables automáticamente no dependientes de un juicio de valor (objetivos): Total 55 puntos.............................SOBRE C.
1. Oferta económica: hasta 25 puntos, según este desglose:
-Del 0 al 5% de reducción sobre el precio de licitación............................hasta 18 puntos.
-De más del 5 al 10% de reducción sobre el precio de licitación............ hasta 20 puntos.
-De más del 10% al 20% de reducción sobre el precio de licitación........hasta 25 puntos.
Las bajas entre los intervalos descritos serán puntuadas proporcionalmente.
2. Política de retribución del Personal: hasta 15 puntos, según este desglose:
Se describirá en la propuesta los salarios brutos que cobrará el personal ASI COMO ANEXO DEL CONVENIO EN VIGOR SOBRE EL QUE SE APLICARA.
-1ª mejor retribución del personal:.................................................................15 puntos.
-2ª mejor retribución del personal:.................................................................10 puntos.
-3ª mejor retribución del personal....................................................................5 puntos.
3. Procesos de mejora: certificados ISO. En este apartado se tendrá en cuenta aquel conjunto de actividades que definan los procesos de gestión de calidad en todas sus áreas de información; salud laboral; gestión organizativa interna; planes de emergencia; labor en pro de la igualdad de géneros; planes de incorporación de personas en riesgo de exclusión social con carácter general; gestión de la mejora ambiental; planes de capacitación lingüística; reciclaje continuo y formación del personal............................................. hasta 10 puntos, según este desglose:
-Por cada plan implantado 1 punto hasta un total de......................................................5 puntos.
-Por planes en proceso de implantación 1 punto hasta un total de..................................3 puntos.
-Por la tenencia de un premio o merecimiento institucional como entidad social...........2 puntos.
No se considerarán puntuables los planes sobre los que no se adjunte certificación oficial que avale tal reconocimiento. (Se incluirá en Sobre C).
4. Flexibilidad de personal: Por el hecho de que se comprometan a adaptarse a la flexibilidad del calendario anual en vigor y a cubrir todas las bajas producidas por el personal...........................................................................5 puntos.
(En la proposición relativa a datos de valoración objetiva a incluir en Sobre C se indicará expresamente el compromiso de adaptarse o no).
NOTA: en el sobre de la oferta económica y demás criterios objetivos, al margen de la proposición sobre la oferta económica y demás datos objetivos, se incluirá documentación (memoria) que justifique y explique con detalle lo relativo a la política de retribución del personal, antigüedad y política de personal.
12. Valoración de las ofertas.
Dado que en la presente licitación, de conformidad con el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, los criterios de aplicación automática (objetivos) tienen una ponderación superior a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (criterios subjetivos), en el presente procedimiento la valoración de dichos criterios que dependen de un juicio de valor, no se realizará por un comité de expertos o por un organismo técnico especializado.
La valoración se realizará en atención al artículo 25 del RD 817/2009 por la mesa de contratación, la cual podrá solicitar los informes técnicos que considere previstos.
13. Adjudicación.
La adjudicación provisional se realizará en el plazo máximo de 30 días a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones económicas por el órgano de contratación en resolución motivada al licitador que oferte la oferta más ventajosa en su conjunto. Dicha adjudicación provisional será notificada a licitadores y publicada en la página Web municipal.
En el plazo de Quince días hábiles desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en la Web municipal, el propuesto deberá realizar las siguientes actuaciones:
Constituir la garantía definitiva.
Aportar la justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentará declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto y señalará el supuesto de exención.
Aportar la póliza del seguro de responsabilidad civil exigida según cláusula 23 de este Xxxxxx.
El anexo III de este Pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACION DE CUENTA BANCARIA” debidamente cumplimentado.
En el caso de que el adjudicatario provisional sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma. Asimismo, cada uno de los componentes de la unión aportará certificación positiva en materia de Haciendas/s y Seguridad Social y documentación relativa al Impuesto de Actividades Económicas.
En su caso, documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la LCSP y que le reclame el órgano de contratación.
Posteriormente la adjudicación provisional será elevada a adjudicación definitiva en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, contados desde la finalización del plazo de quince días hábiles señalado con anterioridad.
Todo ello siempre que el mismo hubiese depositada la garantía definitiva y aportado la demás documentación solicitada con anterioridad a la terminación del citado plazo de quince días.
En todo caso la adjudicación definitiva será motivada y será notificada al resto de los licitadores.
14.- Garantía definitiva.
En el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la adjudicación del contrato el adjudicatario deberá constituir la garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación del contrato (excluido IVA), en cualquiera de las formas que el artículo 84 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público establece, para responder de los conceptos que se describen el artículo 88 de la citada Ley. En el supuesto de que sea constituida mediante aval bancario el mismo se redactará de conformidad con el modelo del Anexo II xxx xxxxxx administrativo.
15.- Formalización del contrato.
En el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva del contrato el adjudicatario deberá comparecer en el Ayuntamiento de Arrigorriaga para la formalización del correspondiente contrato en documento administrativo.
16.- Modificaciones contractuales y reajustes de la garantía definitiva.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato el valor del mismo experimente variación, en el plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha en que se modifique el mismo, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre dicha garantía y el presupuesto del contrato vigente en cada momento según dispone el artículo 87.1 de la Ley 30/07.
Al respecto, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés publico y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente.
17.- Documentación a presentar por el adjudicatario.
El adjudicatario deberá presentar al Ayuntamiento previamente a la formalización del correspondiente contrato los documentos, que a juicio de la Administración se consideren necesarios, a modo de aclaraciones o justificaciones.
Todos los documentos habrán de ser originales, no admitiéndose fotocopias a no ser que las mismas hayan sido debidamente cotejadas con sus originales por funcionario competente que así lo haga constar.
18.- Forma de pago.
Se efectuará mediante la presentación de las correspondientes facturas mensuales exclusivamente de las 23 mensualidades de prestación del servicio (meses de octubre, noviembre, diciembre y de enero x xxxx inclusive), todo ello con fecha de día ultimo de cada mes a través del Registro General de Entradas de este Ayuntamiento, facturas correspondientes a los servicios ya realizados, las cuales serán abonadas según el artículo 200 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, modificado por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Dichas facturas reunirán los requisitos exigidos en el R.D. 1496/2003, de 28 de Noviembre y Decreto Xxxxx 57/2004, de 6 xx xxxxx, e inexcusablemente el número de factura, nombre y apellidos o razón social, C.I.F., domicilio, tipo tributario de aplicación y cuota del I.V.A., así como el número de cuenta bancaria a la que efectuar la transferencia para el oportuno pago cuando éste se apruebe.
A los efectos de esta cláusula, el adjudicatario deberá presentar, junto con el resto de documentación exigida en la cláusula 13, el anexo III de este Pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA”, debidamente cumplimentado.
19. Medios Humanos.
La entidad adjudicataria dispondrá de los medios humanos necesarios para una correcta prestación del servicio, asumiendo todos los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal que, en ningún caso tendrá la vinculación de naturaleza administrativa o laboral con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, quedando este último exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las relaciones entre la empresa y el referido personal.
Con respecto a los medios humanos necesarios para la prestación del servicio, la adjudicataria se subrogará necesaria y obligatoriamente en la titularidad de las relaciones laborales de los/as trabajadores que estén prestando servicios por la anterior empresa adjudicataria.
La entidad adjudicataria asume, a título exclusivo, el carácter de empresario respecto del personal que emplee para la prestación del servicio adjudicado, viniendo obligada a utilizar la resolución automática de aquellos contratos al extinguirse el que se suscribe con el Ayuntamiento por cualquiera de las causas previstas en el pliego o en la ley de contratos.
La subrogación supondrá la sustitución del anterior titular de las relaciones laborales por el nuevo adjudicatario, manteniéndose los contratos de trabajo en toda su extensión y vigencia en los términos en que fueron concertados con el primitivo empresario, pero no alcanzará a las deudas de naturaleza salarial y de seguridad social que este último pudiera haber generado durante la ejecución de su contrato.
El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo en la Seguridad Social, así como cumplir con las disposiciones vigentes en materia de laboral, de seguridad e higiene en el trabajo.
20.- Prerrogativas y jurisdicción.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Los licitadores se someten para todas las cuestiones derivadas de la interpretación de estas condiciones o en su caso del contrato administrativo subsiguiente, a la jurisdicción Contencioso-Administrativa del domicilio de la Corporación, con expresa renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, todo ello sobre la base de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público.
21. Expurgo de documentación.
El Ayuntamiento de Arrigorriaga procederá al expurgo de la documentación presentada por los licitadores salvo la del adjudicatario una vez adjudicado definitivamente el contrato y transcurridos los plazos de interposición de recursos sin haberse interpuesto los mismos. Los licitadores podrán previamente retirar dicha documentación en el Ayuntamiento de Arrigorriaga transcurridos los plazos señalados con anterioridad. No obstante, transcurrido el plazo de tres meses desde la firmeza de la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por quienes hubieran licitado cuando éstos no hayan procedido a su retirada.
22. Confidencialidad de los datos.
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
23. Seguros de responsabilidad civil.
El adjudicatario deberá indemnizar a terceros de los daños que les ocasione el funcionamiento normal o anormal del servicio. A tal efecto el adjudicatario deberá suscribir las pólizas pertinentes debiendo presentar ante el Ayuntamiento de Arrigorriaga los correspondientes documentos de suscripción y posteriores recibos de pago con pólizas que no podrán ser inferiores a los 300.000 euros de responsabilidad civil.
24. Revisión de precios
En el presente contrato procederá la Revisión de precios, estipulada en los artículos 77 y 78 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público y 104 a 106 del Reglamento general de la ley de contratos de las Administraciones Publicas.
La revisión de precios tendrá lugar, en su caso, cuando el contrato se haya efectuado al menos en el 20% de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, fecha que se tomará como referencia a fin de determinar el momento a partir del cual procede la revisión de precios y sus efectos.
La actualización se llevará a cabo mediante la aplicación de 85% del incremento o disminución que experimente el I.P.C estatal publicado por el Instituto Nacional de Estadística del Ministerio de Economía y Hacienda, durante los doce meses inmediatamente anteriores al del vencimiento de la anualidad de que se trate.
En Arrigorriaga, a 27 de julio de 2010. EL SECRETARIO.
ANEXO I
Modelo de Proposición relativa a datos de valoración objetiva.
D/Xx ............................................................................., con D.N.I. número ......................., con y domicilio a efectos de notificaciones en ..............................................., calle ........................................., teléfono ............................, y fax ..............................., en nombre propio (o en representación de .................................; con C.I.F número .........), manifiesta lo siguiente:
Que está enterado de la apertura por parte del Ayuntamiento de Arrigorriaga del procedimiento abierto para la adjudicación del Contrato de servicios que tiene por objeto “El servicio de talleres de artes y expresión artística del municipio de Arrigorriaga”.
Que ha examinado y conoce los Pliegos de condiciones y demás documentos que constan en el expediente, así como los textos legales de aplicación.
Que declara bajo su responsabilidad que tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar el contenido del contrato, y reúne los requisitos específicos exigidos para el mismo, y caso de resultar adjudicatario, llevará a cabo la prestación citada con sujeción, en todo caso, a los requisitos y condiciones de los Pliegos aprobados.
Que se compromete, conforme a todo lo dicho en el punto primero, a realizar el contrato referenciado en el precio total de ........................................... (póngase en letra y en número) euros, I.V.A. excluido, más....................................... (póngase en letra y en número) en concepto de .....% de IVA, lo que hace un total de ............................... (póngase en letra y en número) IVA incluido.
(En caso de discrepancia entre la cantidad reflejada de forma numérica y la reflejada con letras se dará validez a esta segunda)
Que en cuanto a la política de retribución del Personal según el punto 11 apartado B) 2. de los pliegos el sueldo bruto de los distintos trabajadores será según el cuadro siguiente (adjuntar convenio del sector aplicar):
TRABAJADORES |
CATEGORÍA TRABAJADOR |
SALARIO DIA LABORAL |
SALARIO DIA FESTIVO |
Trabajador 1 |
|
|
|
Trabajador 2 |
|
|
|
Trabajador 3 |
|
|
|
Lo que hace una renumeración TOTAL de.........................
Nota: poner tantos cuadros como personal sea parte del contrato.
6. Que en cuanto a la existencia de procesos de mejora, (certificados ISO etc), se poseen las siguientes: ......................
(adjuntar certificaciones acreditativas al respecto en el Sobre).
Que en cuanto a la flexibilidad del personal:...........................................
(Manifestar afirmativamente si se compromete o no se compromete).
Xxxxx, fecha y firma de proponente.
ANEXO II
Modelo de aval para constitución de la garantía definitiva
....... (1), con domicilio en ... calle... y NIF ..., y en su nombre y representación ... (2) con poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a .......(3), con NIF......, ante el Ayuntamiento de Arrigorriaga por un importe de ........(4) euros para garantizar las responsabilidades derivadas de la ejecución del “Servicio de talleres de artes y expresión artística del municipio de Arrigorriaga ”.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ayuntamiento de Arrigorriaga, con sujeción a los términos previstos en la ley, de Contratos del Sector Público, y en sus normas de desarrollo.
El plazo de garantía subsistirá hasta el día en que la Administración autorice su cancelación.
|
.................................................. (lugar y fecha) ............................... (razón social de la entidad) ................................. (firma de los Apoderados) |
(1) razón social completa del avalista. (2) nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados. (3) nombre y apellidos o razón social del avalado. (4) en número y letras. |
HIRUGARRENEN ERREGISTROA
BANKU-KONTUAREN IZENDAPENA
REGISTRO DE TERCERAS PERSONAS
DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA
Kontuaren titularra Titular de la cuenta |
|||||||||||||||||
IFZ edo IFK / NIF o CIF |
Izen- abizenak edo sozietate-izena / Nombre y apellidos o razón social |
||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||||||||
Helbidea: kalea / Domicilio: calle |
Zk. / Nº |
Udalerria / Municipio |
|||||||||||||||
|
|
|
|||||||||||||||
Lurraldea / Provincia |
Posta- kodea / Código postal |
Telefonoa |
Faxa |
||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||
Helbide elektronikoaCorreo electrónico |
|
Bankuko datuak / Datos bancarios |
|||||||||||||||||||||
|
Erakundearen kodeaCódigo de la entidad |
Sukurtsalaren kodeaCódigo de la sucursal |
KZ D.C. |
Kontu zenbakia Número de cuenta |
|
||||||||||||||||
|
BANKUAREN EDO KUTXAREN SINADURA ETA ZIGILUA kontua badela egiaztatzeko.
FIRMA Y SELLO DEL BANCO O CAJA certificando la existencia de la cuenta.
Sin. / Fdo.: …………………………………..
|
|
Data / Fecha: .................................................
TITULARRAREN SINADURA FIRMA DE LA O EL TITULAR
Sin. / Fdo.: …………………………………..
|
- Arrigorriagako Udalarekin lehenengo aldiz harremanetan jartzen diren pertsona edo erakundeen aldeko ordainketak agintzeko, nahitaez bete beharreko eskakizuna da Udal Diruzaintzan aitorpen hau aurkeztea, bai eta dauden datuak aldatzeko ere, beste erakunde baten bidez kobratu nahi izanez gero.
- Ordainketa ez atzeratzeko, bidali fitxa hau postaz edo Diruzaintzan zuzenean aurkeztuz, nahiz eta datuak faxez aurreratu. |
|
- La presentación de esta declaración ante la Tesorería Municipal, es requisito imprescindible para ordenar pagos a favor de las personas o entidades que se relacionan por primera vez con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, y también si desean modificar los datos existentes para cobrar a través de otra entidad.
- Para no demorar el pago, remita la ficha a vuelta de correo o preséntela personalmente en Tesorería, aunque nos adelante los datos por fax. |
19