ContractNum UL DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN Party No.: PartyNo
L500 NOM |
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01/Septiembre/2014
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ContractNum
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UL DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN
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(Solo para Uso Interno xx XXX) |
El presente acuerdo se celebra el entre el Organismo de Certificación de UL de México, S.A. de C.V., representado en este acto por Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (en lo sucesivo, “ULM”), por una parte, y CustomerName, por conducto de la persona que aparece en la hoja de firmas de este Acuerdo como su representante legal, Address_Info, AddressCITY_Info (en lo sucesivo el “Cliente”), por otra parte, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
ULM declara, a través de su representante legal, lo siguiente:
Que es una sociedad constituida legalmente de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, como se establece en el Instrumento Público Nº 723, de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000 xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio Xxxxxxxxx Xx. 000000.
Que su representante legal tiene las facultades necesarias para representarla en la celebración de este Acuerdo, y de obligarla según corresponda, como se establece en el Acta Notarial Nº 67,396 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxx, Notario Xxxxxxx Xx. 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio mercantil No. 199346, y cuyas facultades no han sido revocadas ni modificadas de manera alguna.
Que ha obtenido la acreditación correspondiente de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., así como las aprobaciones correspondientes de las autoridades competentes para actuar como Organismo de Certificación de Producto de acuerdo con la Ley Federal de Metrología y Normalización, su Reglamento, la Norma Internacional ISO/IEC 17065:2012, su equivalente Norma Nacional, y demás disposiciones legales aplicables, y que tales acreditaciones y aprobaciones no han sido revocadas o modificadas de manera alguna.
Que desea prestar los servicios de certificación que el Cliente requiere, de acuerdo con los términos y las condiciones del presente Acuerdo.
El Cliente declara, a través de su representante legal, lo siguiente:
Que es una sociedad legalmente constituida de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.
Que su representante legal tiene las facultades necesarias para representarlo en la celebración del presente Acuerdo y de obligarlo legalmente a sus términos y condiciones, y que tales facultades no han sido revocadas ni modificadas de manera alguna.
Que su objeto social incluye la fabricación, el ensamblaje, la distribución, la comercialización, la importación o la exportación de productos sujetos a las Normas Oficiales Mexicanas, a las leyes Mexicanas o a los documentos de regulación (en lo sucesivo, los “Productos”).
Que desea contratar los servicios xx XXX para obtener servicios de certificación de los Productos o una clasificación que categorice sus Productos como Equipos Altamente Especializados y en general cualquier servicio establecido en el esquema de certificación NOM, de acuerdo con los términos y las condiciones de este Acuerdo.
En virtud de lo anterior, las partes acuerdan las siguientes:
CLÁUSULAS
1.0 Definiciones. Las partes convienen que para los fines del presente Acuerdo, los siguientes términos tendrán los siguientes significados, los cuales aplicarán indistintamente en singular y plural, según el contexto de la Cláusula en la que sean utilizados:
“Certificado de Cumplimiento”: (Certificado NOM): documento emitido por ULM que establece que determinado Producto se ha evaluado y cumple las especificaciones establecidas en los Documentos Normativos que sean aplicables al Producto, cuya validez y duración están sujetas a la respectiva verificación (seguimiento o inspección).
1.2 “Contraseña Oficial”: símbolo distintivo que denota la Evaluación de la Conformidad de un Producto con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables, cuyo uso y especificaciones se establecen en la NOM-106-SCFI-2000.
“Evaluación de la Conformidad”: determinación del nivel de cumplimiento de un Producto con las normas aplicables o de otras especificaciones, recomendaciones o características. Incluye, entre otros aspectos, los procedimientos para la obtención de muestras, la realización de pruebas, la calibración, la certificación y la verificación (seguimiento o inspección).
“Documento Normativo”: documento que establece reglas, pautas o características de una actividad o de sus resultados, incluyendo sin limitar documentos, normas, especificaciones técnicas, códigos y normativas, así como todo medio que incluye información registrada.
“Identidad Corporativa xx XXX”: UL AG(“UL”), denominación que es otorgada bajo licencia x XXX y autoriza a ésta el uso de la denominación UL para identificar x XXX como organismo de certificación en relación con los Productos que cumplen los requisitos de las Normas Oficiales Mexicanas y de sus Documentos Normativos aplicables. El uso de la denominación UL no significa ni debe considerarse una aprobación de que el Producto cumple con las condiciones y los requisitos necesarios para el servicio de listado, clasificación, reconocimiento o seguimiento prestado por UL.
“Información Confidencial”: El presente Acuerdo y la información que las partes se transmitan o generen con motivo de la celebración del presente Acuerdo, ya sea que se presente en forma escrita, verbal, visual o por cualquier otro medio y sin importar el soporte material en el cual se contenga, constituye un secreto industrial para las partes, incluyendo sin limitar, información científica o técnica, diseños, formulaciones, procedimientos, fórmulas, patentes, estrategias, programas y productos, documentos y toda clase de información propiedad xx XXX o del Cliente, cuya divulgación podría causar daños o pérdidas a los propietarios.
“Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE): documento emitido por ULM que establece que debido a las características y los componentes del Producto se excluye del alcance de aplicación de la norma actual NOM-019-SCFI, como se establece en el punto 1.2 de dicha norma, y por lo tanto se considera un Equipo Altamente Especializado.
“Dictamen de Producto”: documento emitido por ULM que establece que un Producto, parte de un Producto o las características específicas de un determinado Producto se han evaluado y cumplen las especificaciones establecidas en ciertas Normas, en parte de ellas o en las pautas específicas establecidas por el Cliente. La emisión de un Dictamen de Producto no otorga el derecho a utilizar marcas de cumplimiento ni la Contraseña Oficial. Incluye el Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE) y el Dictamen de Producto para Modalidad III.
“Dictamen de Producto para Modalidad III”: documento emitido por ULM que establece que el Sistema de gestión de calidad del fabricante del Producto cumple las disposiciones del Apéndice 11 de las Políticas y Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad y de las especificaciones de las normas aplicables del Producto. La emisión de un Dictamen de Producto para Modalidad III no otorga el derecho a utilizar las marcas de Conformidad ni la Contraseña Oficial, y se obtiene o ratifica mediante una Visita en Sitio preliminar (seguimiento o inspección) realizada por el personal xx XXX.
“Depósito”: monto proporcional de la Contraprestación total correspondientes al tipo de Servicio solicitado por el Cliente. ULM requiere un Depósito inicial (que se contabilizará en el cargo total), antes de comenzar el Servicio. ULM se reserva el derecho de compartir el historial crediticio de sus clientes con las afiliadas y subsidiarias xx XXX.
“Marca de Conformidad”: marca registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, aplicada o emitida de acuerdo con el Manual de Uso de Marca y con los procedimientos operativos internos del sistema de certificación xx XXX, que indica que ULM ha evaluado y certificado el Producto, y que este último cumple las especificaciones de las normas; asimismo especifica que el Cliente está autorizado a usarlo al recibir el Certificado de Cumplimiento correspondiente, de acuerdo con el presente Acuerdo y el Manual de Uso de Marcas. Las Marcas de Conformidad, incluyen sin limitar la marca ULMX-NOM.
“ULMX-NOM”: combinación de la Contraseña Oficial y la Marca de Cumplimiento xx XXX (ULMX-NOM), cuyo uso es obligatorio para el Cliente conforme al presente Acuerdo y al Manual de Uso de Marca, para demostrar la Evaluación de la Conformidad del Producto con las especificaciones de las Normas Oficiales Mexicanas, para lo cual ULM tiene la aprobación correspondiente de la Secretaría de Economía.
“Requisitos xx XXX”: Incluye de manera enunciativa más no limitativa, la Evaluación de ls Conformidad del Producto con las Normas que se aplican al Producto y a la Visita en Sitio (seguimiento o inspección) del Producto y/o del sistema de gestión de calidad y/o del sistema de control de calidad, según el tipo de Servicio solicitado.
“Servicio”: la palabra Servicio incluye, entre otros, la obtención de muestras, la realización de pruebas, la evaluación de la Conformidad, la certificación (conforme a planes o condiciones específicos), la Visita en Sitio, así como la presentación de pruebas y/o el desarrollo, la revisión, la modificación, la interpretación, el uso y/o la aplicación de pruebas, normas, requisitos o especificaciones. Los términos requeridos por ULM para cada tipo de Servicio están disponibles para el público en general, y ULM los revisará a su criterio, cuando lo considere necesario. Resultado de al menos una actividad necesariamente realizada en la interfase entre ULM y el Cliente, la cual generalmente es intangible.
“Verificación”: la constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado. La Verificación puede incluir Visitas en sitio.
Visita en sitio: inspección preliminar o de seguimiento con o sin previo aviso, que se aplica a un Producto para el cual se emitirá o emitió, según sea el caso, un Certificado de Cumplimiento y/o un Dictámen de Equipo Altamente Especializado (EAE) y que incluye, entre otros, la inspección en las instalaciones donde se fabrica, ensambla, se le aplica la marca, almacena, distribuye y/o comercializa el Producto, así como la obtención de muestras y/o la realización de pruebas parciales o totales, que pueden ser llevadas a cabo o no por ULM, como parte de la verificación para probar que el Producto continua cumpliendo, según sea el caso, los Requisitos xx XXX, de cuyos resultados depende la validéz y la duración de tal documento.
“Producto”: Todo aquello fabricado, ensambaldo, distribuido, comercializado e importado, o exportado por el Cliente, sujeto al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, de las Leyes Mexicanas o de las normas generales por lo cual se obtiene el Certificado de Cumplimiento por parte de UL. Resultado de un proceso.
“Contraprestación”: tiene el significado que se establece en la cláusula 3.1 del presente Acuerdo.
“Norma de Seguridad” (NOM de Seguridad): la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por la Secretaría de Economía, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones de seguridad aplicables a un producto, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
“Norma de Eficiencia Energética” (NOM de Eficiencia Energética): la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por la Secretaría de Energía, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones de eficiencia energética aplicables a un producto, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
“Norma de Telecomunicaciones” (NOM de Telecomunicaciones): la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones de seguridad aplicables a un producto, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
2.0 Servicios de certificación.
Alcance del Servicio. Por el presente, el Cliente solicita x XXX la prestación del Servicio de certificación del Producto o un Dictamen de Producto (ya sea un Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE) o un Dictamen de Producto para Modalidad III). ULM analizará, evaluará e investigará los Productos presentados, y se reservará el derecho de rechazar toda solicitud del Servicio cuando no se cumplan las condiciones y los requisitos xx XXX o se violen sus políticas y procedimientos internos.
ULM investiga y evalúa los Productos o sus partes a solicitud del Cliente, según los planos, la información técnica o la información similar relacionada del Producto que proporciona el Cliente, a fin de determinar el cumplimiento de los Requisitos xx XXX. Los Servicios requeridos por el Cliente y prestados por ULM no garantizan la emisión del Certificado de Cumplimiento ni de un Dictamen de Producto, que depende de la resolución del análisis de la Evaluación de la Conformidad, cuyas tarifas se calcularán sobre la base de las tarifas actuales establecidas por ULM.
Si ULM determina que un producto reúne los requisitos para obtener el Servicio, el Cliente acuerda que cumplirá los Requisitos del programa o el plan (condición) conforme a los cuales se solicita el Servicio y los requisitos xx XXX en cualquier momento, incluida la descripción, las especificaciones y los requisitos incluidos en las Normas o los documentos normativos aplicables al Producto.
Según el tipo de Servicio solicitado, ULM puede llevar a cabo las visitas en sitio Preliminares para determinar si los Productos presentados por el Cliente ya sea el fabricante, ensamblador, maquilador, distribuidor, importador, exportador y/o comercializador de los Productos, están en conformidad con los Requisitos xx XXX y la legislación actual que sea aplicable.
El Cliente declara y acuerda que ULM no diseña, fabrica, ofrece, vende, asegura, garantiza, ni cubre a ningún tipo de Producto o sistema. En consecuencia, mediante la prestación del Servicio conforme a los términos del presente Acuerdo, ULM no adquiere ninguna obligación con respecto al Cliente o a terceros relacionada de alguna manera con el diseño, la realización de pruebas, la fabricación, la comercialización o la venta de algún Producto o sistema para el cual el Cliente solicita el Servicio. El Cliente también reconoce y acuerda que es el único responsable del diseño, la fabricación, la comercialización y la venta de los productos para el cual solicita el Servicio xx XXX. El Cliente también reconoce y acuerda expresamente que: a) los Servicios que ULM presta conforme al presente Acuerdo no están diseñados para reemplazar la evaluación y la prueba de tales Productos o sistemas que realiza el Cliente; b) al llevar a cabo sus Servicios, ULM no asume responsabilidad alguna para con el Cliente para examinar y/o probar de manera alguna el diseño de tales Productos o sistemas, antes o después de la fabricación o la venta; c) ULM de ninguna manera promueve, asegura o garantiza la seguridad o el funcionamiento de tales Productos o sistemas; y d) al ofrecer los Servicios conforme al presente Acuerdo, ULM no asesora ni brinda información al Cliente para dirigir o administrar su negocio. Teniendo en cuenta lo anterior, el Cliente declara y acuerda que el personal xx XXX no ha participado en el diseño ni ha ofrecido ningún asesoramiento sobre los Productos para los cuales se solicita el Servicio.
ULM brinda a sus Clientes servicios de certificación de productos conforme a varios planes o condiciones de certificación, requisitos específicos de configuración, términos y condiciones para cada uno. EL CLIENTE RECONOCE Y ACUERDA QUE LOS TÉRMINOS Y LAS CONDICIONES APLICABLES A CADA SERVICIO Y/O PLAN DE CERTIFICACIÓN QUE SOLICITA EL CLIENTE EN VIRTUD DEL PRESENTE ACUERDO SE INCLUYEN EXPRESAMENTE DENTRO DE ÉL Y FORMAN UNA PARTE INTEGRAL, COMO SI HUBIERAN SIDO INSERTADOS TEXTUALMENTE. Los Servicios específicos solicitados por el Cliente y prestados por ULM se establecen y describen en los documentos de información correspondientes a cada tipo de Servicio que para este fin distribuye ULM en los medios que considera adecuados (impresos o electrónicos) para la información del Cliente.
ULM se compromete a prestar los Servicios solicitados por el Cliente, siempre que éste último cumpla las obligaciones estipuladas en el presente Acuerdo y en las demás disposiciones aplicables.
ULM informará al Cliente los resultados del análisis y de la evaluación del Producto solicitado, mediante comunicaciones y/o notificaciones que derivan del proceso de evaluación y por el medio que considere adecuado.
El Cliente acuerda que se llevarán a cabo las Verificaciones necesarias por el personal xx XXX y/o por el personal subcontratado para este fin, para garantizar el cumplimiento de los Requisitos xx XXX necesarios para obtener y mantener la validez y duración del Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen de Producto que ULM emitió. ULM puede realizar Verificaciones periódicas (de rutina), aleatorias, por adelantado o extraordinarias con o sin previo aviso, y puede seleccionar muestras de Productos de la fábrica del Cliente, del punto de venta o de la distribución, de la planta o de los depósitos, a solicitud xx XXX, para determinar su nivel de cumplimiento o motivado por reclamos o acusaciones de terceros.
Si se solicitara una muestra del Producto, y una evaluación o una prueba de las muestras del Producto, por motivos de reclamos o acusaciones de terceros, o por expresa solicitud del Cliente o de las autoridades competentes (en caso de externalización), ULM se reservará el derecho de seleccionar el laboratorio de prueba acreditado, subcontratado y/o validado por ULM, al cual enviará tal Producto.
Un Cliente de otro país con el cual el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos ha firmado un acuerdo o un tratado internacional, acuerda formalmente considerarse como mexicano con respecto a sus derechos y obligaciones en virtud del presente Acuerdo, y por lo tanto no invocar la protección de su propio gobierno. También asume la capacidad de actuar como deudor solidario frente x XXX, respecto de comerciantes, distribuidores o importadores del Producto, a los cuales se les haya extendido el Certificado de Cumplimiento.
3.0 Contraprestación.
Todo Servicio solicitado por el Cliente y brindado por ULM se considerará como tal para los fines del presente Acuerdo. Como contraprestación por los Servicios que ULM brindará al Cliente en virtud del presente Acuerdo, este último se compromete a pagar por completo x XXX, dentro de los períodos correspondientes, las tarifas actuales establecidas para el tipo de Servicio estipulado ya sea en el listado de precios actuales o en el cálculo aproximado proporcionado por ULM, según el caso (la “Contraprestación”). El pago realizado al comienzo de cada Servicio se considerará un Depósito correspondiente al procedimiento de Evaluación de la Conformidad o a la Verificación y la respectiva obtención de muestras. La Contraprestación se establecerá de acuerdo con la lista de precios actual xx XXX que se encuentra a disposición del Cliente siempre que lo desee.
El Cliente acuerda que ULM aplicará intereses por xxxx a una tasa de 1.5% (uno punto cinco por ciento) mensual, a los saldos pendientes de liquidación de sus facturas no pagadas, a partir de la fecha límite de pago y hasta la fecha de recepción de la liquidación total del monto. El Cliente acuerda pagar todos los costos cobrados, incluidos los honorarios del abogado y las cuotas legales, en su caso. Si los pagos de la Contraprestación no se realizan dentro de los períodos establecidos por ULM, ULM puede rechazar, suspender o cancelar unilateralmente todo Servicio al Cliente, hasta en tanto el Cliente realice el pago de cualquier cantidad adeudada, incluyendo sin limitar los intereses moratorios establecidos en la presente Cláusula, a entera conformidad xx XXX, o bien rescindir el presente Acuerdo, sin repsonsabilidad alguna y sin necesidad de declaración judicial.
El Cliente acuerda que ULM tendrá derecho a ajustar, en cualquier momento, la Contraprestación, y por lo tanto acuerda pagar x XXX las nuevas tarifas, siempre que tal ajuste sea comunicado al menos 10 (diez) días hábiles antes de la fecha de su aplicación.
En caso de que ULM observe una necesidad de dedicar tiempo o recursos extraordinarios para determinar el cumplimiento del Producto por motivos atribuibles al Cliente, este último deberá pagar x XXX las tarifas adicionales al recibir los avisos sobre los cargos correspondientes y las facturas xx XXX.
Además de lo mencionado anteriormente, si el Servicio requiere muestras, el Cliente las enviará y se hará cargo de los costos de envío y pruebas del laboratorio seleccionado por el Cliente o por ULM en el caso señalado en la Cláusula 2.10 del presente Acuerdo, para realizar las pruebas de los Productos. El Cliente declara, reconoce y acuerda en forma expresa que las muestras proporcionadas por él podrían ser dañadas y/o destrozadas durante la preparación y realización de las pruebas. Teniendo en cuenta lo anterior, el Cliente acuerda expresamente eximir x XXX de toda responsabilidad por la pérdida, el daño, la lesión, el costo o el gasto, derivados del daño y/o destrozo de las muestras independientemente de su origen o naturaleza, sea por negligencia, caso fortuito o fuerza mayor.
Condiciones para la Emisión y el Uso de los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes de Producto.
Si después de llevar a cabo el proceso de evaluación de la conformidad, en relación con el Servicio solicitado por el Cliente, ULM encuentra que el Producto cumple los requisitos xx XXX, este último emitirá el correspondiente Certificado de Cumplimiento o Dictamen de Producto, según el tipo de Servicio solicitado.
La emisión del Certificado de Cumplimiento otorga al beneficiario, según corresponda, el derecho a utilizar las Marcas de Cumplimiento y/o la Contraseña Oficial conforme a la legislación vigente y de acuerdo con las pautas establecidas en el Manual de uso de marcas xx XXX. Sin embargo, la emisión de cualquier Dictamen NO confiere al beneficiario, bajo ninguna circunstancia, el derecho a utilizar la Identidad Corporativa xx XXX (UL), las Marcas de Cumplimiento (ULMX), la Contraseña Oficial (ULMX-NOM) y/o cualesquiera Marcas (según dicho término se define más adelante) de las afiliadas o subsidiarias xx XXX.
El Cliente reconoce y acuerda que ULM es la única y exclusiva propietaria de todos los derechos personales y reales en favor de sus marcas y para ellas, incluida la Identidad Corporativa xx XXX (UL), las marcas de cumplimiento (ULMX) y la contraseña oficial (ULMX-NOM) que ULM designa de acuerdo con la certificación del Producto (en lo sucesivo, las “Marcas”). Salvo el derecho que ULM otorga al Cliente mediante la emisión del Certificado de Cumplimiento del Producto de utilizar las Marcas, el Cliente no puede usar los derechos de la Marca ni tener ningún interés sobre tales Marcas. El Cliente acuerda que el uso indebido del nombre, las Marcas, los informes, los certificados, los dictámenes y otros documentos xx XXX o de sus afiliadas serán considerados como engañosos para el público y podrían generar sanciones civiles y/o penales, sin perjuicio de la facultad xx XXX de rescindir el presente Acuerdo y de exigir al Cliente el pago de los daños y perjuicios incurridos en virtud del uso indebido que realice el Cliente.
Si después de la evaluación de la conformidad a la que hace referencia el párrafo 4.1 anterior, ULM encuentra que el Producto no cumple los Requisitos xx XXX, este último emitirá un rechazo del correspondiente Certificado de Cumplimiento y/o Dictamen de Producto, que debe ser bien fundado y mencionar los incumpliminetos detectados.
El Cliente, en caso que obtenga el Certificado de Cumplimiento está obligado, en todo momento, a lo siguiente:
No alterar, agregar o enmendar el texto, la fecha de emisión o la validez, o las firmas del Certificado de Cumplimiento o del Dictamen de Producto emitidos.
No utilizar el Certificado de Cumplimiento para fines que no sean para los cuales se obtuvo.
No hacer uso indebido de las Marcas.
No engañar a sus clientes al alegar que todos sus Productos están certificados por UL x XXX o por una de sus afiliadas si eso no es realmente así.
No ceder ni transferir el Certificado de Cumplimiento, ni permitir de ninguna otra manera su uso por terceros, sin el consentimiento previo por escrito xx XXX.
No ceder, transferir o sublicenciar las Marcas ni permitir de ninguna otra manera su uso por terceros, sin el consentimiento previo por escrito xx XXX.
Respetar el requisito de uso de las Marcas correspondientes en el Producto, de acuerdo con el Manual de uso de xxxxx xx XXX y con las normas aplicables.
El Cliente acuerda que la fabricación, la venta, la entrega, el transporte, el envío, la distribución o la promoción de los Productos que utilicen las Marcas o cualquiera de las Marcas de sus subsidiarias puede generar confusión o malas interpretaciones en el público, si tal Producto no ha sido evaluado y certificado por ULM, y tal uso de las Marcas de otra manera que no sea la propuesta en el presente Acuerdo y en el Manual de uso de marcas xx XXX se considerará un incumplimiento al presente Acuerdo.
El Cliente acuerda que ULM puede, si detecta el uso indebido de las Marcas, solicitar y aplicar medidas preventivas que prohíban al Cliente:
Usar las Marcas (marcas de cumplimiento, Contraseña Oficial, Identidad Corporativa xx XXX) o mencionar a sus afiliadas de alguna otra manera.
La fabricación, la venta, la entrega, el transporte, el envío, la distribución o promoción de Productos que lleven las Marcas o que hagan mención x XXX o a alguna de sus afiliadas o subsidiarias de alguna manera; a menos que se corrijan o se eliminen las Marcas de todos los Productos que ULM determine.
Alguna otra modificación o medida que se considere adecuada.
El Cliente también acuerda que los costos, gastos, daños y perjuicios que se origine a partir de la aplicación de tales medidas serán a cargo del Cliente. Las partes acuerdan que tales medidas preventivas no afectarán el derecho xx XXX de recibir la indemnización de daños y perjuicios causados por el uso indebido de las Marcas o de la Identidad Corporativa xx XXX o sus afiliadas o subsidiarias, o de los nombres, abreviaciones y símbolos xx XXX, y que esto se añadirá y no reemplazará a los derechos o recursos legales establecidos en el presente Acuerdo o por la ley.
El Cliente asume total y completa responsabilidad por el uso de las Marcas y únicamente puede utilizarlas en los Productos y en los documentos que hacen referencia al Producto certificado, en estricto cumplimiento de las pautas y especificaciones establecidas por ULM para tal fin, y siempre que los Certificados de Cumplimiento que se hayan emitido permanezcan vigentes. El Cliente acuerda que ULM, mediante Verificaciones, o de cualquier otra forma, revisará que los Productos que lleven las Marcas se hayan fabricado de acuerdo con los requisitos establecidos en las Normas relacionadas y/o en los documentos normativos que sean aplicables. El Cliente acuerda que el uso de las Marcas constituye una declaración y una obligación total de que el Producto que la ostenta cumple los Requisitos xx XXX y que continuará cumpliéndolos hasta su destino final. El uso de la Marca ULMX-NOM solo es permitida en aquel producto que cuente con una certificación en Normas de Seguridad o una combinación de Normas de Seguridad y Eficiencia Energética y/o Telecomunicaciones. Aquellos productos que solo cuenten con certificación en Normas de Eficiencia Energética y/o Telecomunicaciones pueden solo ostentar la contraseña oficial NOM.
4.9 El incumplimiento de las obligaciones que esta cláusula enumera de manera enunciativa mas no limitativa, así como cualquier otra que se establezca en el presente Acuerdo producirá la cancelación del Certificado de Cumplimiento, así como la rescisión del presente Acuerdo, sin responsabilidad alguna para ULM y sin necesidad de declaración judicial.
5.0 Reconocimientos del Cliente.
El Cliente declara y garantiza que toda la información y los datos suministrados por el Cliente o en su nombre son completos y precisos, y que ULM puede confiar en ellos para investigar, evaluar, probar y brindar sus Servicios en virtud del presente Acuerdo.
Si alguna información o dato suministrado x XXX por el Cliente o en su nombre estuviera incompleto o fuera impreciso, ULM no será de ninguna manera responsable por los defectos que pudieran surgir en el Servicio. El Cliente acuerda y otorga su consentimiento acerca de que, con previo aviso al Cliente, ULM puede compartir la información y los datos sobre el Cliente con las afiliadas y/o subsidiarias, subcontratistas xx XXX o con terceros, cuando ULM lo considere necesario, a fin de: i) prestar el Servicio; ii) realizar encuestas acerca de los Servicios xx XXX o la mejora de sus Servicios, y brindar información adicional acerca de los Servicios xx XXX a sus Clientes, incluyendo, sin limitar, la información de comercialización y cualquier medio de comunicación (correo electrónico, teléfono u otro); iii) dar cumplimiento a una solicitud o requerimiento expreso de las autoridades competentes; o (iv) actuar en favor de la seguridad pública. El Cliente también declara y garantiza que toda la información y los datos que ha proporcionado x XXX son de su propiedad o están sujetos a la representación del propietario o de la licencia del propietario de la tecnología, que no violan ningún derecho de propiedad industrial ni intelectual de terceros y que han recibido el permiso de este último para brindar tal información x XXX sin limitación alguna.
El Cliente reconoce que ULM conservará todos los derechos reales y personales en favor con cualquier informe, procedimiento, proceso, dato, cálculo, nota u otro documento, de cualquier forma, preparado por ULM y/o por las afiliadas y/o por las subsidiarias xx XXX.
El Cliente acuerda que ULM puede subcontratar la totalidad o parte de los Servicios con terceros. El Cliente autoriza x XXX a divulgar al subcontratista la información necesaria para llevar a cabo los Servicios subcontratados, incluida la Información Confidencial. Por su parte, en los acuerdos, convenios o contratos establecidos con los subcontratistas, ULM debe incluir y verificar el cumplimiento de los requisitos específicos relacionados con la confidencialidad y el conflicto de intereses.
El Cliente declara y garantiza que: a) no hará que ULM ni ninguna afiliada o subsidiaria xx XXX viole o incumpla leyes o acuerdos comerciales; b) notificará de inmediato x XXX si un Servicio incluye tecnología sujeta al control de algún gobierno, incluidos controles de exportación e importación, y suministrará toda la información necesaria para satisfacer tales controles; y c) realizará los pagos x XXX en virtud del presente Acuerdo a través de instituciones financieras y cuentas bancarias no sujetas a ninguna aprobación, permiso o sanción comercial.
El Cliente se obliga a liberar, indemnizar y sacar en paz y a salvo x XXX, de cualquier reclamación, demanda, queja, pérdida o daño en que ULM o cualquiera de sus afiliadas y/o subsidiarias incurran derivado del incumplimiento o falsedad de cualquiera de las declaraciones y garantías o cualquiera de sus obligaciones establecidas en el presente Acuerdo.
6.0 Obligaciones y responsabilidades xx XXX.
6.1 Durante la vigencia del presente Acuerdo, ULM se compromete a lo siguiente:
Prestar los Servicios al Cliente, siempre que el Cliente cumpla las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo, los Requisitos xx XXX y las demás disposiciones relacionadas.
Emitir una respuesta en relación al Servicio solicitado por el Cliente, dentro de las fechas límite estipuladas para cada esquema (modalidad) de certificación y los procedimientos internos xx XXX, siempre que ULM cuente con toda la información necesaria para llevar a cabo el Servicio. En caso que faltara algún requisito o que se detectara alguna irregularidad o defecto que resulte en un aviso o comunicación al Cliente, se prorrogará indefinidamente la fecha límite indicada anteriormente hasta que el Cliente corrija tal situación.
Realizar las Verificaciones necesarios (aleatorios o programados) con o sin aviso previo, a fin de garantizar que el Producto continúe cumpliendo los Requisitos xx XXX y que sea consistente con los Documentos Normativos aplicables actuales y los correspondientes Requisitos de Evaluación de la Conformidad.
Evitar situaciones que pudieran generar conflictos de intereses o imparcialidades.
Tratar la Información Confidencial proporcionada al Cliente en los términos establecidos en el presente Acuerdo.
Cancelar los Certificados de cumplimiento y los Dictámenes de Producto, así como rescindir el presente Acuerdo, si el Cliente incumple alguna de sus obligaciones.
7.0 Obligaciones del Cliente.
7.1 Durante la vigencia del presente Acuerdo, el Cliente se compromete, por sí mismo y en nombre de sus gerentes, directores, autoridades, representantes y empleados, según corresponda, a lo siguiente:
Asegurar cumplir siempre con los requisitos de certificación, incluyendo la implementación de los cambios adecuados cuando los comunica el organismo de certificación ULM.
Si la certificación se aplica a la producción en curso, el Producto certificado deberá continuar cumpliendo con los requisitos del Producto.
Tomar todas las medidas necesarias para: 1) realizar la evaluación y la Verificación (si se requiere), incluyendo las disposiciones para examinar la documentación y los registros, y tener acceso al equipo, las ubicaciones, las áreas, el personal y los subcontratistas del Cliente que sean pertinentes; 2) investigar las quejas; 3) la participación de observadores, si es aplicable y cuando le sea requerido por ULM.
Hacer declaraciones sobre la certificación coherentes con el alcance de la certificación.
No utilizar su certificación de producto de manera que ocasione mala reputación para el organismo de certificación ULM, y no hacer ninguna declaración relacionada con su certificación de producto que el organismo de certificación ULM pueda considerar engañosa o no autorizada, en cuyo caso se someterá a las sanciones aplicables de acuerdo a la Ley Federal de Protección al Consumidor. El Cliente se obliga a liberar, indemnizar y sacar en paz y a salvo x XXX, de cualquier reclamación, demanda, queja, pérdida, daño, multas y/o sanciones en que ULM o cualquiera de sus afiliadas y/o subsidiarias incurran, en virtud del incumplimiento del Cliente a lo establecido en el presente párrafo 7.1.5.
Inmediatamente después de suspender, retirar o finalizar la certificación, el Cliente dejará de utilizarla en todo el material publicitario que contenga alguna referencia a ella, y deberá emprender las acciones exigidas por el esquema de certificación. ULM lo registrará en la base de datos en línea con las autoridades competentes además de notificarlo por escrito a las autoridades competentes. ULM se reserva el derecho de solicitar al Cliente que tome cualquier otra acción necesaria, caso en el cual, el Cliente se obliga a tomar dichas acciones, según lo solicite ULM. El Cliente acepta que se puede hacer acreedor a sanciones de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor en caso de no cumplir con esta Cláusula.
Si el Cliente suministra copias de los documentos de certificación (Certificados NOM) a otros, los documentos se deben reproducir en su totalidad o según lo especifique el esquema de certificación.
Al hacer referencia a su certificación de producto en medios de comunicación tales como documentos, folletos o publicidad, el Cliente deberá cumplir con los requisitos del organismo de certificación ULM o los especificados por el esquema de certificación. El Cliente deberá cumplir con los requisitos de uso de la Contraseña Oficial y la Marca de Conformidad de UL-MX tal y como se establece en el Manual de Uso de Marca y en la cláusula 4.8 de este Acuerdo.
Cumplir con todos los requisitos que pueda estipular el esquema de certificación con relación al uso de las Marcas de conformidad y a la información relacionada con el Producto.
Conservar un registro de todas las quejas conocidas con respecto al cumplimiento de los requisitos de la certificación y poner tales registros a disposición del organismo de certificación ULM cuando se le soliciten, y 1) tomar las acciones adecuadas con respecto a tales quejas y a las deficiencias que se encuentren en los Productos que afectan a la conformidad con los requisitos de la certificación; 2) documentar las acciones realizadas.
Informar al organismo de certificación ULM, sin retraso, (y en todo caso a más tardar dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes), acerca de los cambios que puedan afectar su capacidad para cumplir con los requisitos de la certificación.
Seguir las recomendaciones, acciones correctivas o preventivas indicadas por ULM, cuyo propósito sea corregir los defectos del Producto.
Permitir o solicitar la realización de la Verificación y visitas en sitio (extraordinarias) requeridas por ULM y presentar x XXX, dentro de los períodos establecidos por ULM para tal fin, los Informes de Resultados de la Prueba del Producto de muestra (independientemente de los resultados) que deriven de las visitas en sitio que realice ULM.
Otorgar todo tipo de facilidades al personal xx XXX para que acceda a la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento, centro de distribución o lugar acordado con ULM donde se fabrica, procesa, ensambla, termina, aplica la marca, almacena y/o distribuye el Producto, y realizar las visitas en sitio correspondientes, con o sin aviso previo, durante el horario de atención comercial o cuando la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento, centro de distribución o lugar acordado con ULM se encuentren en funcionamiento. En caso de las visitas en sitio con aviso previo (programadas), el Cliente se compromete a aceptar la realización de las visitas en sitio acordadas con ULM o determinadas por ésta. Tales visitas en sitio se referirán a cualquier aspecto relacionado con el Producto certificado y/o evaluado, y con su cumplimiento de los Requisitos xx XXX.
Brindar al personal xx XXX los equipos de seguridad y protección exigidos por la ley y la normativa vigente para sus propios empleados, y no hacer que el acceso a la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento o el centro de distribución esté sujeto a la firma de cualquier acuerdo, convenio, exención u otro documento que tenga por fin afectar los derechos legales o las obligaciones xx XXX o de sus representantes. Si el Cliente solicita a los representantes xx XXX firmar tal acuerdo, convenio, exención o documento, ULM podrá negar la prestación del Servicio y rescindir el presente Acuerdo sin responsabilidad alguna y sin necesidad de declaración judicial. El personal xx XXX tendrá el cuidado necesario para satisfacer las normativas de seguridad generales aplicables al personal de la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento o del centro de distribución.
Cuando el Cliente solicite una ampliación de titularidad del Certificado de Cumplimiento de Normas de Seguridad a otras partes, se aplican las estipulaciones del párrafo anterior y el Cliente asume la responsabilidad solidaria respecto del Certificado de Cumplimiento ampliado a otro(s) titular(es), además del hecho de que los comerciantes, distribuidores o importadores a quienes se les extienda el Certificado de Cumplimiento deben permitir la realización de las visitas en sitio a las oficinas, plantas, fábricas, instalaciones de almacenamiento o lugar acordado con ULM donde se fabrique, procese, ensamble, termine, comercialice, almacene y/o distribuya el Producto.
Brindar toda la información solicitada por el personal xx XXX, con respecto a las características o especificaciones del Producto, los procesos, los métodos de fabricación o ensamblaje, los registros y demás información relevante, a fin de que ULM tenga la información necesaria para prestar los Servicios en virtud del presente Acuerdo.
Informar x XXX por escrito todo cambio en el diseño o en las especificaciones del Producto, en el proceso de fabricación o en el ensamblaje o en su sistema de gestión de calidad o sistema de control de calidad que podría afectar el cumplimiento del Producto de las normas o los Documentos Normativos conforme a los cuales se evaluó el Producto o los requisitos del plan (modalidad) de certificación. Durante este período, es posible que el Producto no lleve las Marcas otorgadas por ULM. Si esto no se llevara a cabo y si ULM detectara cambios en el Producto, se cancelará el Certificado de Cumplimiento o el Dictamen de Producto respectivo. En caso que ULM realice la obtención de muestras del Producto en una ubicación que no sea la fábrica, la planta o el depósito del Cliente, este último debe notificar al destinatario del Producto para que los funcionarios xx XXX realicen una visita en sus instalaciones. El Cliente también debe solicitar al destinatario que conceda al personal xx XXX todas las facultades que requiera para realizar la visita en sitio del Producto.
No ceder los derechos y las obligaciones establecidos en el presente Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito xx XXX.
Tener un mecanismo que le permita registrar los reclamos presentados por sus clientes, tomar las medidas correspondientes y mostrar tales registros x XXX cuando éste último los solicite.
Cumplir los requisitos de confidencialidad y demás obligaciones del presente Acuerdo, así como las cláusulas y los requisitos que deriven de los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes de Producto que se otorgan.
Registrar y/o generar documentos durante el proceso de certificación, y conservarlos en un archivo, para cuando los solicite el personal xx XXX.
Cerciorarse que cualquier Producto del Cliente no viole o incumpla, en cualquier forma, cualquier derecho de propiedad intelectual de terceros.
8.0 Confidencialidad.
La información Confidencial que las partes se proporcionen, únicamente podrá ser utilizada para los fines especificados en este documento, por lo que no podrán, directa o indirectamente, ni a través de persona alguna y en ninguna forma, proporcionar, transferir, publicar, reproducir, o hacer del conocimiento de terceras personas, en ningún tiempo la Información Confidencial; en caso contrario, la parte que incumpla con esta obligación estará sujeta a las sanciones establecidas en el artículo 213 del Código Penal para el Distrito Federal y sus correlativos en los demás Estados, así como aquellas establecidas en los artículos 223, 224 y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, así como a pagar los daños y perjuicios que ocasione, reservándose la parte agraviada, en todo momento, la facultad de rescindir el presente Acuerdo. Para efectos de la presente Cláusula las empresas filiales y subcontratistas no serán considerados como terceras personas, siempre y cuando dichas empresas filiales y subcontratistas estén conscientes de la naturaleza confidencial de dicha Información Confidencial. ULM y el Cliente serán responsables de cualquier incumplimiento de cualquiera de sus empresas filiales o subcontratistas de las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente Acuerdo.
Para efectos del presente Acuerdo, no será considerada como Información Confidencial la siguiente: a) Aquella que se haya hecho del dominio público, siempre y cuando no sea derivado de un incumplimiento a lo pactado en este Acuerdo; b) Aquella que deba ser divulgada por ley u orden judicial. En caso que cualquiera de las partes reciba un requerimiento u orden por parte de una autoridad competente, deberá notificarlo de manera inmediata a la otra parte, y en todo caso dentro de las 12 (doce) horas siguientes a que tenga conocimiento, a efecto de que la parte perjudicada pueda tomar las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de la Información Confidencial. En caso que dichas medidas no resulten exitosas, la parte correspondiente, únicamente podrá divulgar aquella Información Confidencial que haya sido requerida por la autoridad competente.; c) Aquella que hubiera sido proporcionada a alguna de las partes por algún tercero, no sujeto a la obligación de confidencialidad y sin que resulte en un incumplimiento al presente Acuerdo, o d) Aquella que haya sido proporcionada a alguna de las partes que sea liberada de la obligación de confidencialidad por la parte propietaria de la misma, siempre y cuando dicha liberación conste por escrito firmado por el representante legal de la parte propietaria de la información. Lo mencionado arriba no se aplicará a la información que ULM proporciona única y exclusivamente con fines analíticos o estadísticos.
Las partes reconocen y expresan que los proyectos del Cliente (paquete de certificación) se consideran Información Confidencial y, por lo tanto, están sujetos a las disposiciones de la presente cláusula.
El Cliente acepta y acuerda que la transferencia de toda Información Confidencial por medios electrónicos (Internet o red pública) a las direcciones de correo electrónico indicadas y provistas por el Cliente no se considerará un incumplimiento o violación de la presente Cláusula de confidencialidad y que ULM no será responsable por los daños o perjuicios resultantes de dichas transferencias.
En caso de terminación del presente Acuerdo, ya sea con anticipación o no, las partes se comprometen a devolver dicha Información Confidencial a solicitud de las partes de las cuales la adquirieron, o destruirla y abstenerse a utilizarla o divulgarla en el futuro. En caso que de conformidad con la ley aplicable o para efectos de acreditación, ULM este obligada a mantener una copia de la Información Confidencial, ULM podrá mantener dicha copia, en la medida en que sea requerido por la ley aplicable.
El Cliente en este acto declara que conoce el contenido y alcance del Aviso de Privacidad (el “Aviso”) xx XXX así como de las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (la “Ley de Datos”), en relación con el tratamiento y trasferencia de los datos personales (según dicho término se define en la Ley de Datos) que, en su caso reciba xx XXX, por lo que se obliga a cumplir con lo establecido en el Aviso y en la Ley de Datos. Asimismo, el Cliente en este acto se obliga a liberar y sacar en paz y a salvo x XXX, de cualesquiera reclamaciones, demandas, quejas y/o daños (incluyendo sin limitar honorarios de abogados) en su contra, derivados del incumplimiento a lo establecido en este párrafo.
9.0 Responsabilidad e Indemnización.
El Cliente reconoce y acepta que, a pesar de la certificación, las pruebas, el seguimiento, las muestras y la verificación llevada a cabo por ULM para garantizar el cumplimiento constante de los Requisitos xx XXX y las disposiciones de la Ley Federal de Metrología y Normalización, su Norma, y otras disposiciones que correspondan, el Cliente es exclusivamente responsable de que los Productos cumplan las Normas correspondientes o los Documentos Normativos que apliquen, y por lo tanto, si alguna autoridad impusiera una sanción para el Cliente por violaciones de las Normas o los Documentos Normativos antes mencionados, dichas sanciones en ningún caso serán responsabilidad xx XXX.
9.2 De acuerdo con lo anterior, el Cliente acuerda indemnizar x XXX, sus afiliadas, subsidiarias, directores, autoridades, empleados, representantes y subcontratistas, por todo perjuicio o pérdida que dicha situación les pueda causar, así como también acuerda eximirlos de responsabilidad de toda demanda que pudiera presentarse en contra de ellos en relación con la violación de las Normas o los Documentos Normativos aplicables al Producto.
Además del derecho a recibir indemnización en virtud del presente Acuerdo, e independientemente del derecho xx XXX de rescindir el presente Acuerdo, en caso de que el Producto del Cliente tenga un Certificado de Cumplimiento o Dictamen de Producto emitido por ULM y el Producto no cumpla las Normas y los Documentos Normativos, ULM tendrá derecho a cancelar el respectivo Certificado de Cumplimiento o Dictamen de Producto y, a su criterio, puede informar dicho hecho a los clientes y proveedores del Cliente, y a las autoridades que considere relevantes con el fin de que las sanciones respectivas se apliquen según las disposiciones legales aplicables.
El Cliente acuerda que ULM no asume ni acepta ninguna responsabilidad por los daños o las pérdidas de Productos, ya sea como resultado de las pruebas específicas (peligrosas y/o destructivas) establecidas en las Normas, llevadas a cabo en forma total o parcial por el Cliente, por ULM o por un laboratorio subcontratado, o ya sea que las instalaciones, el equipo o el personal hayan sido proporcionados por cualquiera de las partes antes mencionadas.
10.0 Apelaciones y Reclamaciones.
10.1 Las partes acuerdan que el Cliente tendrá en todo momento derecho a apelar las resoluciones del certificado que ULM emite como resultado del análisis y la evaluación del Producto, para cuyo fin el Cliente debe presentar un escrito bien fundamentado x XXX, y este último aplicará el procedimiento correspondiente para su resolución, dentro de un período que no exceda los 10 (diez) días hábiles, mediante el envío de una copia a la autoridad competente.
10.2 Si el Cliente no está de acuerdo con la resolución recientemente emitida, puede solicitar a la dependencia competente que resuelva sobre el particular en los términos de los dispuesto en la Ley Federal de Metrología y Normalización.
10.3. De la misma manera, durante el proceso de verificación, el Cliente tendrá derecho a presentar aquellas reclamaciones técnicas que considere necesarias.
11.0 Cancelación y Cambios en la Norma.
En caso que las Normas o los Documentos Normativos aplicables al Producto sean modificados por la autoridad competente o el organismo normalizador, ULM se reserva el derecho de volver a evaluar el Producto a través de muestras y pruebas adicionales o complementarias para determinar la continuidad de la validez actual del Certificado de Cumplimiento o el Dictamen de Producto previamente emitido, en cuyo caso el Cliente debe llevar a cabo las actividades necesarias de acuerdo con los nuevos Requisitos xx XXX, y cubrir la Contraprestación respectiva dentro de los períodos establecidos por ULM.
Si un Producto no cumpliera las especificaciones de la nueva edición de la Norma o de los Documentos Normativos (nuevos requisitos xx XXX), el Cliente debe abstenerse de utilizar las Marcas según los términos del presente Acuerdo o hasta agotar el inventario dentro del territorio nacional del Producto, sujeto al consentimiento y a la autorización por escrito xx XXX.
Los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes de Producto emitidos antes de los cambios en las Normas o de los documentos de regulación seguirán teniendo validez.
A menos que se haya estipulado anteriormente algo distinto, toda modificación a los términos del presente Acuerdo requerirá el previo consentimiento por escrito de ambas partes.
Empleados xx XXX. El Cliente se compromete a no vincularse ya sea directa o indirectamente con el personal xx XXX, de tal manera que se afecte la imparcialidad en la prestación del Servicio cubierto por el presente Acuerdo.
Causas de Rescisión.
El incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo será causa de rescisión del mismo y se procederá a la cancelación del Certificado de Cumplimiento y/o Dictamen de Producto, según sea aplicable, sin responsabilidad alguna para ULM.
En caso de incumplimiento, ULM notificará al Cliente por escrito, y de ser factible, solicitará corregir dicha situación dentro de la fecha límite establecida por ULM para tal efecto.
ULM suspenderá el Certificado de Cumplimiento cuando, como resultado del análisis y la evaluación, o de una Verificación, se determine que el Producto no cumple las Normas respectivas, los Requisitos xx XXX o cualquiera de los supuestos establecidos en los documentos para evaluación de la conformidad correspondiente al esquema de certificación y la Norma bajo la cual se encuentre certificado el producto, y en tales casos se otorgará una fecha límite al Cliente para que realice las correcciones y/o aclaraciones que considere relevantes.
En caso que el Cliente no realice las correcciones necesarias para remediar el incumplimiento como se menciona anteriormente, ULM cancelará el respectivo Certificado de Cumplimiento o Dictamen de Producto y podrá rescindir el presente Acuerdo mediante aviso por escrito, sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización, la Ley Federal de Protección al Consumidor y las demás leyes aplicables.
Por otra parte, ULM se comprometerá a cancelar un Certificado de Cumplimiento o Dictamen de Producto cuando:
La visita en sitio no pueda llevarse a cabo debido a un domicilio o a una compañía inexistente, y que esto sea confirmado por el personal xx XXX.
Debido a una ampliación de titularidad en virtud de la cual, cualquiera de los importadores, distribuidores o comercializadores realice un uso indebido del Certificado de Cumplimiento que se ha otorgado.
El Cliente haga uso indebido de las Marcas o la Identidad Corporativa xx XXX.
En caso de piratería, falsificación, imitación y/o violación de patentes, marcas o cualquier otro signo distintivo, así como en caso que cualquier Producto del Cliente viole o incumpla, en cualquier forma, cualquier derecho de propiedad intelectual de terceros.
Por solicitud expresa del Cliente, mediante aviso previo y por escrito.
Cuando ULM decida cancelar el respectivo Certificado de Cumplimiento de acuerdo con lo mencionado anteriormente, ULM deberá notificar al Cliente por escrito, y el Cliente deberá abstenerse de inmediato de utilizar las Marcas xx XXX o la Identidad Corporativa xx XXX en sus publicidades y en el Producto, y debe entregar x XXX, a más tardar dentro de 5 (cinco) días naturales siguientes a la notificación, el Certificado de Cumplimiento original para su cancelación o destrucción; ULM otorgará al Cliente a partir de la fecha de cancelación un período de 30 (treinta) días naturales para eliminar las Marcas o la Identidad Corporativa xx XXX de todos y cada uno de los Productos, etiquetas, documentos y demás materiales que las ostenten.
Si ULM rescinde el presente Acuerdo, el Cliente debe pagar todos los gastos incurridos por ULM antes de la rescisión del mismo.
Las cancelaciones del Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen de Producto, según sea el caso, por solicitud expresa del Cliente deben ser remitidas x XXX, a la dirección indicada en el presente Acuerdo.
Cuando el Cliente haga un uso indebido de las Marcas o de la Identidad Corporativa xx XXX, ULM se reserva el derecho de iniciar las acciones que considere pertinentes ya sean judiciales o extrajudiciales, de carácter penal, civil y/o administrativo en contra de quien o quienes resulten responsables por la alteración y/o falsificación de éstas, así como, realizar la notificación correspondiente a las autoridades respectivas para la aplicación de las sanciones conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Metrología y Normalización, Título Sexto, Capítulo II.
14.0 Modificaciones del Acuerdo. Toda modificación al presente Acuerdo requerirá el consentimiento previo por escrito de ambas partes.
15.0 Vigencia. El presente Acuerdo iniciará su vigencia en la fecha en que se firme y tendrá una duración indefinida. Independientemente de lo antes mencionado, cada parte puede solicitar la cancelación del presente Acuerdo cursando notificación previa y por escrito otorgada con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación.
16.0 Cesión. Los derechos y las obligaciones derivadas del presente Acuerdo no pueden cederse a terceros sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte.
17.0 Notificaciones. Todas las notificaciones y demás comunicaciones entregadas a las partes integrantes de este Acuerdo serán por escrito y mediante entrega directa (personal), servicio postal o mensajería de 24 horas, correo electrónico, fax o cualquier otro método que ULM considere apropiado, a la ubicación, domicilio o dirección más reciente que el Cliente indique en el presente Acuerdo. Las notificaciones entregadas mediante fax, servicio postal o de mensajería de 24 horas serán válidas después de la confirmación de la fecha de recibo y/o 5 (cinco) días hábiles después de la fecha postal, lo que ocurra primero.
18.0 Ley aplicable y Tribunales Competentes. En caso de violación o incumplimiento parcial o total del presente Acuerdo, las partes acuerdan que se resolverá de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquie rotro fuero o jurisdicción que pudiera llegar a corresponderles en razón de sus domicilios actuales o futuros, o por cualquier otra c ausa.
[espacio intencionalmente en blanco, sigue hoja de firmas]
POR EL PRESENTE ACUERDO ACEPTAMOS LOS TÉRMINOS Y LAS CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL MISMO, POR LO CUAL FIRMAMOS EN CONFORMIDAD EN LA FECHA ESTABLECIDA EN EL ENCABEZADO DEL PRESENTE ACUERDO, POR DUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, Y DECLARAMOS QUE NO HEMOS REALIZADO NINGUNA MODIFICACIÓN AL TEXTO SIN EL PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE UL DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
UL de México, S.A. de C.V. |
|
Para el Cliente: |
CustomerName |
|
|
|
|
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(Razón o Denominación Social del Suscriptor) |
Por: |
|
|
Por: |
|
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Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx |
|
|
(Firma) |
|
Apoderado |
|
|
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(Nombre y Puesto en Letra de Molde o a Máquina) |
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|
(Nombre y Puesto en Letra de Molde o a Máquina)
|
Xxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxx 0
Xxx. Xxx Xxxxxxx
Delegación Xxxxxx Xxxxxxx
C.P. 11510 Ciudad de México
Este Acuerdo deberá ser presentado en dos ejemplares originales
y firmado por ambas partes.
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