FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
CONTRATO INTERADMINISTRATIVO DE GERENCIA INTEGRAL DE PROYECTOS No. 213045
OBJETO: “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN LOGISTICA PARA LA REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y POSICIONAMIENTO DEL FONDO EMPRENDER, MEDIANTE PUBLICACIONES, MATERIAL IMPRESO, EVENTOS, DISEÑO DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN MULTIMEDIA, ENTRE OTROS, EN EL MARCO DE LAS OBLIGACIONES DE FONADE CONTEMPLADAS EN EL XXXXXXXX Xx. 000000”.
CONVOCATORIA SIMPLIFICADA CSI-010-2017
REGLAS DE PARTICIPACIÓN BOGOTÁ D.C., MAYO DE 2017
Contenido
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 9
1.1 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 9
1.5 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO - XXX 9
1.7 FUENTES DE FINANCIACIÓN 14
2 MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y JUSTIFICACIÓN 15
3 TRAMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 16
3.1 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 16
3.2 COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES 16
3.3.1 Publicación de las Reglas de Participación 17
3.3.5 Plazo del proceso de selección 17
3.3.6 Plazo para presentar ofertas 18
3.3.8 Consolidación de oferentes 19
3.1. FACTORES DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 23
3.1.1. Verificación requisitos habilitantes y evaluación de las ofertas del cumplimiento de los requisitos habilitantes 23
3.2. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DECLARATORIA DE FALLIDO 25
3.2.1. Aceptación de la Oferta 25
3.2.2. Declaratoria de fallido 25
3.4 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 26
4 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 27
4.1.1 Modalidades de Participación 27
4.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la oferta 27
4.1.3 Vigencia de la oferta 27
4.1.5 Ofertas alternativas o parciales 28
4.1.8 Títulos obtenidos en el exterior 29
4.1.9 Procedimientos para la verificación de contratos y/o proyectos ejecutados en moneda extranjera. 29
4.1.10 Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación de la misma 30
5 REQUISITOS HABILITANTES Y CRITERIOS DE SELECCIÓN, FACTORES DE DESEMPATE, INCENTIVOS 32
5.1 REQUISITOS HABILITANTES 32
5.1.1 CRITERIOS DE SELECCIÓN 32
5.1.3 FACTORES DE DESEMPATE 56
6 CONDICIONES DE COSTO Y CALIDAD QUE FONADE DEBE TENER EN CUENTA PARA LA SELECCIÓN OBJETIVA 57
7 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS 58
7.1 ESPEFICACIONES TÉCNICAS 58
8 CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA 59
9 VALOR DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO, SISTEMA DE PAGO 62
9.2.1 Requisitos para el Pago 62
10 RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLOS, ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRACTUALES 64
11 GARANTÍAS EXIGIDAS Y CONDICIONES 65
11.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO 65
11.3 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA-CONTRACTUAL 66
12 MINUTA DEL CONTRATO, OBLIGACIONES, CONDICIONES Y REGLAS 67
12.2 OBLIGACIONES DE LAS PARTES 67
12.2.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 67
12.2.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS 68
12.2.3 OBLIGACIONES DE FONADE 73
12.3 ACTA DE INICIO Y LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL 74
12.4 MODIFICACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO 74
12.5 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 75
12.8 DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADAS 76
12.9 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 77
12.10 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA 78
12.11 AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL 79
13. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 80
14. CONDICIONES GENERALES PARA LA ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL… 73
15 CRONOGRAMA DEL PROCESO Y FIRMA DEL CONTRATO 87
REGLAS DE PARTICIPACIÓN INTRODUCCIÓN
FONADE, al tenor de lo señalado en los Decretos 2168 de 1992, 288 de 2004 y los artículos 288 y siguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 1.2.2.1. del Decreto 1082 de 2015, es una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa vinculada al Departamento Nacional de Planeación cuyo objeto principal es “Ser agente en cualquiera de las etapas del ciclo de proyectos de desarrollo, mediante la financiación y administración de estudios, y la coordinación y financiación de la fase de preparación de proyectos de desarrollo, en cualquiera de sus etapas”, razón por la cual FONADE es una Entidad que aporta asistencia técnica y los medios necesarios para la preparación y ejecución de proyectos de inversión. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado, el cual se desarrolla mediante el Estatuto de Contratación MDI720 Versión 9.
FONADE ha suscrito convenios interadministrativos de administración y/o gerencia integral de proyectos, con los cuales acomete un proyecto de desarrollo o parte de él, asumiendo obligaciones de resultado para con quien lo contrata, dando un valor agregado de orden técnico, financiero, jurídico y de control al proyecto.
El artículo 40 de la Ley 789 de 2002, creó el Fondo Emprender como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual será administrado por esta entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones que sean reconocidas por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
El decreto 934 del 2003 facultó al Consejo Directivo xxx XXXX para definir las políticas, las estrategias y los proyectos generales bajo los cuales operará administrativa y financieramente el Fondo, definió la calidad y los requisitos que deben acreditar los destinatarios de la financiación y aprobó las modalidades de financiación, los montos, las formas de pago, los plazos, los requisitos, las tasas de interés, las garantías, las condonaciones, los descuentos, las condiciones para cofinanciación, los períodos xx xxxxxx, las sanciones, las multas, los nuevos productos y la decisión de inversión en otros fondos de acuerdo con lo presentado por Director del Fondo Emprender.
Así mismo el artículo 4 del citado decreto dispuso que la Administración del Fondo Emprender, esté a cargo del Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje quien ejercerá las funciones de Administración del mismo, cuya dirección ejecutiva estará a cargo del Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.
EL SENA funcional y misionalmente tiene a su cargo por mandato legal, el formar y capacitar a la población colombiana, el desarrollar diferentes políticas de apoyo y fomento de empresas del conocimiento, así corno de generación de empleo: para lo cual a la fecha ha venido implementando diferentes programas basados en las necesidades de los diferentes sectores de la población nacional y especialmente en aquellos que se
encuentran en proceso de formación académica y personal y que requieren apoyo financiero para el desarrollo de sus planes de emprendimiento.
La Dirección de Empleo y Trabajo a través de la Coordinación Nacional de Emprendimiento, realizó el Estudio Previo para determinar la Conveniencia y Oportunidad de realizar una contratación directa con el FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE, con el objeto de Gestionar las acciones técnicas, jurídicas, administrativas, financieras y de apoyo para la administración de los recursos del Fondo Emprender, entidad que desde el inicio del Fondo Emprender, ha desarrollado las acciones y procesos contemplados en el objeto del presente contrato.
Para lograr el desarrollo de este proyecto, SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA y FONADE suscribieron el contrato interadministrativo No. 213045 el cual tiene por objeto: “GESTIONAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO EMPRENDER ASI COMO APORTAR SU GESTION DEL CONOCIMIENTO PARA LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DEL MISMO EN EL MARCO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN LAS VIGENCIAS 2013 Y 2014”.
PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, a través de los teléfonos: (00 0) 000 0000 Ext. 3633 o a la línea gratuita nacional 01 8000 913 666; al sitio de denuncias del programa en la página de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx de la entidad; por correspondencia o personalmente en la Xxxxx 0 Xx. 0 – 00 xx Xxxxxx X.X. También puede reportar el hecho a las páginas xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxxxxx.xxx.xx y al e-mail: xxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
INVITACIÓN A VEEDURÍAS CIUDADANAS
FONADE, se permite invitar a todas las Veedurías ciudadanas establecidas en la ley, a realizar control social tanto al presente proceso de selección, como al contrato producto de la aceptación de oferta, para tal fin, se les proporcionará toda la información y documentación requerida.
PUBLICIDAD DEL PROCESO
Todos los documentos y estudios del proceso y aquellos resultantes de la convocatoria serán publicados en la página web xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el SECOP, para consulta de los interesados.
Los documentos de la presente convocatoria, anexos técnicos, estudios de necesidad, presupuesto y demás documentos que se generen, se podrán consultar en la página web de la Entidad. +
DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE.
Para todos los efectos del presente proceso se tendrán en cuenta las definiciones contenidas en el Estatuto de Contratación de FONADE código MDI720 versión 9 y en la Guía de contratación código GDI722 versión 01.
1. Valor xxx Xxxxxxx Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV): El valor a tener en cuenta para las conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso. Será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en el presente documento.
2. Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.
3. Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:
- Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad.
Ejemplo 1: 12,546891 = 13.
Ejemplo 2: 12,500891 = 13.
- Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12.
Ejemplo 2: 12,407891 = 12.
4. Prevalencia de letras sobre números en los valores y cantidades: En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.
CAPÍTULO PRIMERO
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE, está interesado en contratar la “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN LOGISTICA PARA LA REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y POSICIONAMIENTO DEL FONDO EMPRENDER, MEDIANTE PUBLICACIONES, MATERIAL IMPRESO, EVENTOS, DISEÑO DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN MULTIMEDIA, ENTRE OTROS, EN EL MARCO DE LAS OBLIGACIONES DE FONADE CONTEMPLADAS EN EL XXXXXXXX Xx. 000000”.
1.2 ALCANCE
La descripción técnica detallada del proyecto y el alcance del contrato a realizar, se encuentran debidamente discriminados el numeral 2.2, del Documento de Estudios Previos, el cual hace parte integral de las presentes reglas de participación.
1.3 LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de realización del(os) evento(s) es a nivel nacional.
1.4 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo para la ejecución será hasta el 31 de diciembre del 2017, o hasta agotar el presupuesto oficial estimado, lo que ocurra primero, contado dicho plazo a partir de la firma del acta de inicio, previo cumplimiento de la totalidad los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
1.5 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO – XXX
De acuerdo a lo dispuesto por la Gerencia del Convenio, el Presupuesto Oficial Estimado (XXX) para contratar la “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN LOGISTICA PARA LA DIFUSIÓN Y POSICIONAMIENTO DEL FONDO EMPRENDER, MEDIANTE PUBLICACIONES, MATERIAL IMPRESO, EVENTOS, DISEÑO DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN MULTIMEDIA, ENTRE OTROS, EN EL MARCO DE LAS OBLIGACIONES DE FONADE CONTEMPLADAS EN EL
CONTRATO No. 213045”, es por monto agotable hasta por la suma de MIL MILLONES DE PESOS ($ 1.000.000.000.oo) M/L, Incluido el valor del IVA, transporte, cargue y descargue, seguros a que haya lugar, garantías y demás tributos que se causen con ocasión de su celebración y ejecución, con los siguientes valores unitarios:
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | NUMERO DE EVENTOS | VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA | VALOR TOTAL |
EVENTO TIPO 1. CAPACITACIONES DE TRANSFERENCIAS | ||||||
1 | SALÓN | Unidad | 1 | 4 | 678.404 | 2.713.616 |
2 | SILLETERÍA | Global | 20 | 4 | 2.295 | 183.600 |
3 | SALA AUXILIAR | Unidad | 1 | 4 | 297.494 | 1.189.976 |
4 | VIDEOBEAM | Unidad | 1 | 4 | 285.191 | 1.140.764 |
5 | APUNTADOR PARA DIAPOSITIVAS | Unidad | 1 | 4 | 81.055 | 324.220 |
6 | SONIDO | Unidad | 1 | 4 | 458.575 | 1.834.300 |
7 | PC | Unidad | 1 | 4 | 277.067 | 1.108.268 |
8 | PAPELÓGRAFO, TABLERO ACRÍLICO Y MARCADORES | Global | 1 | 4 | 75.700 | 302.800 |
9 | INTERNET | Global | 1 | 4 | 273.807 | 1.095.228 |
10 | SERVICIO DE IMPRESORA Y FOTOCOPIADORA | Hoja | 500 | 4 | 207 | 414.000 |
11 | ESTACIÓN DE CAFÉ, AGUA Y AROMÁTICA | Global | 1 | 4 | 153.499 | 613.996 |
12 | REFRIGERIOS | Unidad 1 refrigerio (duración del evento medio día) 2 refrigerios (duración del evento todo el día) | 20 | 4 | 17.925 | 1.434.000 |
13 | ALMUERZO | Unidad | 20 | 4 | 38.722 | 3.097.760 |
14 | MESERO | Unidad | 2 | 4 | 125.450 | 1.003.600 |
15 | PERSONAL APOYO LOGÍSTICO | Unidad | 1 | 4 | 146.400 | 585.600 |
EVENTO TIPO 2. CATEDRAS DE EMPRENDIMIENTO | ||||||
16 | SALÓN | Unidad | 1 | 5 | 779.680 | 3.898.400 |
17 | SILLETERÍA | Global | 1 | 5 | 2.295 | 11.475 |
18 | SALA AUXILIAR | Unidad | 1 | 5 | 314.095 | 1.570.475 |
19 | VIDEOBEAM | Unidad | 1 | 5 | 285.191 | 1.425.955 |
20 | APUNTADOR PARA DIAPOSITIVAS | Unidad | 1 | 5 | 81.055 | 405.275 |
21 | SONIDO | Unidad | 1 | 5 | 458.575 | 2.292.875 |
22 | PC | Unidad | 1 | 5 | 277.067 | 1.385.335 |
23 | PAPELÓGRAFO, TABLERO ACRÍLICO Y MARCADORES | Global | 1 | 5 | 75.700 | 378.500 |
24 | INTERNET | Global | 1 | 5 | 276.387 | 1.381.935 |
25 | SERVICIO DE IMPRESORA Y FOTOCOPIADORA | Hoja | 500 | 5 | 238 | 595.000 |
26 | ESTACIÓN DE CAFÉ, AGUA Y AROMÁTICA | Global | 1 | 5 | 383.748 | 1.918.740 |
27 | REFRIGERIOS | Unidad 1 refrigerio (duración del evento medio | 50 | 5 | 17.925 | 4.481.250 |
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | NUMERO DE EVENTOS | VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA | VALOR TOTAL |
día) 2 refrigerios (duración del evento todo el día) | ||||||
28 | ALMUERZO | Unidad | 50 | 5 | 38.722 | 9.680.500 |
29 | MESERO | Unidad | 5 | 5 | 125.450 | 3.136.250 |
30 | PERSONAL APOYO LOGÍSTICO | Unidad | 1 | 5 | 146.400 | 732.000 |
EVENTO TIPO 3. JORNADAS DE VALIDACIÓN DE CUMPLIMIENTO METAS | ||||||
31 | SALÓN | Unidad | 1 | 2 | 2.647.583 | 5.295.166 |
32 | SILLETERÍA | Global | 1 | 2 | 4.787 | 9.574 |
33 | SALA AUXILIAR | Unidad | 1 | 2 | 390.255 | 780.510 |
34 | VIDEOBEAM | Unidad | 1 | 2 | 383.250 | 766.500 |
35 | APUNTADOR PARA DIAPOSITIVAS | Unidad | 1 | 2 | 81.055 | 162.110 |
36 | SONIDO | Unidad | 1 | 2 | 690.551 | 1.381.102 |
37 | PC | Unidad | 1 | 2 | 277.067 | 554.134 |
38 | PAPELÓGRAFO, TABLERO ACRÍLICO Y MARCADORES | Global | 1 | 2 | 75.700 | 151.400 |
39 | INTERNET | Global | 1 | 2 | 331.359 | 662.718 |
40 | SERVICIO DE IMPRESORA Y FOTOCOPIADORA | Hoja | 500 | 2 | 412 | 412.000 |
41 | ESTACIÓN DE CAFÉ, AGUA Y AROMÁTICA | Global | 1 | 2 | 788.150 | 1.576.300 |
42 | REFRIGERIOS | . Unidad 1 refrigerio (duración del evento medio día) 2 refrigerios (duración del evento todo el día) | 100 | 2 | 17.925 | 3.585.000 |
43 | ALMUERZO | Unidad | 100 | 2 | 38.722 | 7.744.400 |
44 | MESERO | Unidad | 10 | 2 | 125.450 | 2.509.000 |
45 | COORDINADOR LOGÍSTICO | Unidad | 1 | 2 | 237.320 | 474.640 |
46 | PERSONAL APOYO LOGÍSTICO | Unidad | 2 | 2 | 146.400 | 585.600 |
47 | PARQUEADERO | Unidad | 30 | 2 | 22.931 | 1.375.860 |
EVENTO TIPO 4. LANZAMIENTOS DE CONVOCATORIAS, ENTREGAS DE CHEQUES A EMPRENDEDORES | ||||||
48 | TARIMA | Unidad | 1 | 20 | 3.323.700 | 66.474.000 |
49 | TARIMA | Unidad | 1 | 20 | 2.082.500 | 41.650.000 |
50 | TARIMA | Unidad | 1 | 20 | 863.144 | 17.262.880 |
51 | CARPA | Unidad | 1 | 20 | 760.183 | 15.203.660 |
52 | CARPA | Unidad | 1 | 20 | 615.400 | 12.308.000 |
53 | CARPA | Unidad | 1 | 20 | 252.499 | 5.049.980 |
54 | SONIDO | Unidad | 1 | 20 | 495.317 | 9.906.340 |
55 | SONIDO | Unidad | 1 | 20 | 1.000.025 | 20.000.500 |
56 | SONIDO | Unidad | 1 | 20 | 1.683.850 | 33.677.000 |
57 | PANTALLA LED | Unidad | 1 | 20 | 4.153.636 | 83.072.720 |
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | NUMERO DE EVENTOS | VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA | VALOR TOTAL |
58 | PANTALLA LED | Unidad | 1 | 20 | 5.134.957 | 102.699.140 |
59 | PANTALLA LED | Unidad | 1 | 20 | 3.546.040 | 70.920.800 |
60 | PANTALLA LED | Unidad | 1 | 20 | 3.866.443 | 77.328.860 |
61 | ARREGLO FLORAL | Unidad | 1 | 20 | 173.923 | 3.478.460 |
62 | SILLAS | Unidad | 1 | 20 | 1.923 | 38.460 |
63 | MESAS | Unidad | 1 | 20 | 7.438 | 148.760 |
64 | SOFÁ | Unidad | 1 | 20 | 176.506 | 3.530.120 |
65 | PUFF | Unidad | 1 | 20 | 72.442 | 1.448.840 |
66 | MESA DE CENTRO | Unidad | 1 | 20 | 89.500 | 1.790.000 |
67 | MESA ALTA | Unidad | 1 | 20 | 61.661 | 1.233.220 |
68 | SILLA ALTA | Unidad | 1 | 20 | 43.325 | 866.500 |
69 | BOTELLA DE AGUA | Unidad | 1 | 20 | 3.362 | 67.240 |
70 | COORDINADOR LOGÍSTICO | Unidad | 1 | 20 | 251.488 | 5.029.760 |
71 | PERSONAL APOYO LOGÍSTICO | Unidad | 2 | 20 | 126.748 | 5.069.920 |
72 | TRANSPORTE MATERIAL | Global | 1 | 20 | 511.182 | 10.223.640 |
PARTICIPACIÓN EN FERIAS Y CONGRESOS NACIONALES Y REGIONALES: | ||||||
73 | RENDER | Unidad | 1 | 668.373 | 668.373 | |
74 | STAND | Unidad | 1 | 6.472.956 | 6.472.956 | |
75 | PERSONAL APOYO LOGÍATICO | Unidad | 4 | 198.495 | 793.980 | |
76 | TRANSPORTE MATERIAL | Global | 1 | 485.877 | 485.877 | |
DISEÑO DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN MULTIMEDIA | ||||||
77 | VIDEO INSTITUCIONAL | Unidad | 1 | 9.683.014 | 9.683.014 | |
78 | ANIMACIÓN PARA PRESENTACIÓN | Unidad | 1 | 1.043.735 | 1.043.735 | |
79 | PIEZA MULTIMEDIA | Unidad | 1 | 690.968 | 690.968 | |
80 | CÁPSULA INFORMATIVA | Unidad | 1 | 16.359.795 | 16.359.795 | |
81 | HORA PROFESIONAL CREATIVO 1 | Hora | 1 | 134.370 | 134.370 | |
82 | HORA PROFESIONAL CREATIVO 2 | Hora | 1 | 63.173 | 63.173 | |
PUBLICACIONES | ||||||
83 | Aviso de prensa | Publicación | 1 | 42.299.343 | 42.299.343 | |
84 | Publicación en revistas - MEDIA PÁGINA | Publicación | 1 | 19.853.155 | 19.853.155 | |
85 | Publicación en revistas - UNA PÁGINA | Publicación | 1 | 26.361.050 | 26.361.050 | |
86 | Publicación en revistas - DOBLE PÁGINA | Publicación | 1 | 41.189.826 | 41.189.826 | |
87 | Publicación en revistas - CONTRAPORTADA | Publicación | 1 | 38.478.664 | 38.478.664 | |
88 | Publicación en revistas - PÁGINAS 2 Y 3 | Publicación | 1 | 31.582.649 | 31.582.649 | |
89 | Publicación en revistas - GATEFOLD UNA PÁGINA | Publicación | 1 | 749.590 | 749.590 | |
90 | Publicación en revistas - GATEFOLD DOBLE PÁGINA | Publicación | 1 | 9.800.000 | 9.800.000 | |
91 | Publicación en revistas - PATROCINIO INFOGRAFIA UNA PÁGINA | Publicación | 1 | 25.500.000 | 25.500.000 | |
92 | Publicación en revistas - PATROCINIO INFOGRAFIA DOBLE PÁGINA | Publicación | 1 | 38.500.000 | 38.500.000 | |
93 | Publicación digitales - SITIO WEB DE FONDO EMPRENDER - SENA | Digital | 1 | 4.800.000 | 4.800.000 |
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | NUMERO DE EVENTOS | VALOR UNITARIO INCLUIDO IVA | VALOR TOTAL |
94 | Publicación digitales - REDES SOCIALES | Digital | 1 | 4.800.000 | 4.800.000 | |
95 | Publicación digitales - MEDIOS DE COMUNICACIÓN DIGITAL | Digital | 1 | 4.800.000 | 4.800.000 | |
TRASLADO, ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO EMPRENDEDORES FONDO EMPRENDER | ||||||
96 | Transporte aeropuerto-hotel | Unidad | 1 | 63.373 | 63.373 | |
97 | Transporte hotel-lugar del evento | Unidad | 1 | 51.962 | 51.962 | |
98 | Transporte lugar del evento-hotel | Unidad | 1 | 51.962 | 51.962 | |
99 | Transporte hotel-aeropuerto | Unidad | 1 | 63.373 | 63.373 | |
100 | Habitación sencilla en un hotel de categoría estándar de la ciudad determinada, el cual debe estar ubicado cerca del lugar donde se realice el evento, con los servicios básicos incluidos. | Unidad | 1 | 306.125 | 306.125 | |
101 | Desayuno | Unidad | 1 | 30.854 | 30.854 | |
102 | Almuerzo | Unidad | 1 | 57.760 | 57.760 | |
103 | Cena | Unidad | 1 | 57.760 | 57.760 | |
104 | Refrigerio AM | Unidad | 1 | 18.757 | 18.757 | |
105 | Refrigerio PM | Unidad | 1 | 18.757 | 18.757 | |
MATERIAL POP | ||||||
106 | CAMISETA | Unidad | 1 | 21.381 | 21.381 | |
107 | CAMISETA | Unidad | 1 | 33.160 | 33.160 | |
108 | CAMISA | Unidad | 1 | 49.990 | 49.990 | |
109 | CHALECO | Unidad | 1 | 65.612 | 65.612 | |
110 | GORRAS | Unidad | 1 | 24.228 | 24.228 | |
111 | PARAGUAS | Unidad | 1 | 28.167 | 28.167 | |
112 | MUGS | Unidad | 1 | 14.327 | 14.327 | |
113 | USB | Unidad | 1 | 30.940 | 30.940 | |
114 | BROCHURE | Unidad | 1 | 2.659 | 2.659 | |
115 | LIBRETAS | Unidad | 1 | 11.715 | 11.715 | |
116 | ESFEROS PLÁSTICOS | Unidad | 1 | 4.106 | 4.106 | |
117 | CUADERNILLO | Unidad | 1 | 5.870 | 5.870 | |
118 | BACKING | Unidad | 1 | 349.858 | 349.858 | |
119 | PENDÓN | Unidad | 1 | 238.998 | 238.998 | |
120 | PENDÓN RETRACTIL | Unidad | 1 | 365.075 | 365.075 | |
121 | AFICHES | Unidad | 1 | 12.575 | 12.575 | |
122 | PASACALLE | Unidad | 1 | 643.591 | 643.591 | |
123 | STAND MÓVIL | Unidad | 1 | 0.000.000 | 0.000.000 | |
124 | IMPRESIÓN CHEQUES | Unidad | 1 | 4.143 | 4.143 | |
125 | CINTA PARA EMPAQUE | Unidad | 1 | 14.387 | 14.387 | |
126 | ENVÍO BACKING Y PENDÓN | Unidad | 1 | 341.504 | 341.504 | |
127 | ENVÍO AFICHES | Unidad | 1 | 167.448 | 167.448 |
1.6 IMPUESTOS
El oferente deberá considerar en su oferta todos los costos correspondientes a impuestos, tasas, contribuciones o gravámenes que se causen con ocasión de la suscripción, legalización y ejecución del contrato, tales como:
Impuesto Transacciones Financieras (4x1.000) |
Impuesto de Industria y Comercio – ICA |
Impuesto del Valor Agregado – IVA |
Retención en la fuente |
Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el numeral 8 del presente documento.
1.7 FUENTES DE FINANCIACIÓN
FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el certificado de disponibilidad presupuestal expedido por el responsable Fondo de Ejecución de Proyectos de FONADE a continuación señalado:
No. CDP | Fecha CDP | Código Presupuestal | Centro de Costo | Descripción del Rubro | Monto |
3735 | 24/04/2017 | 2-1-7-1-01-11-04-01 | 213045 | Apoyo Logisto – Vigencia Actual | 1,000,000,000.00 |
CAPÍTULO SEGUNDO
2 MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
El presente proceso de selección se adelanta mediante la modalidad de selección que trata el numeral 23.2 del artículo 23 “CONVOCATORIA SIMPLIFICADA” del Estatuto de Contratación- CÓDIGO MDI 720 - VERSIÓN 09 de FONADE, adoptado mediante Resolución No.201 del 13 xx xxxxx de 2016, teniendo en cuenta que se trata de una contratación cuya cuantía es superior a 200 SMMLV, pero inferior a 1.500 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 23.2.1 del precitado Estatuto.
De acuerdo con el Decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia. El Artículo 15 de la Ley 1150 de 2.007, establece que los Contratos que celebren las entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado.
FONADE ha abierto el presente procedimiento de Convocatoria Simplificada, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado o a la aceptación de la oferta.
Teniendo en cuenta lo anterior, FONADE podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad, razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. La decisión de suspender el proceso será motivada o informada a los interesados u oferentes a través del(os) medio(s) electrónico(s) de publicidad.
Asimismo, si existen razones que lo justifiquen el proceso de selección podrá ser cancelado. Esta decisión requiere de la respectiva justificación será informada por los medios de publicidad.
CAPÍTULO TERCERO
3 TRAMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
3.1 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Hacen parte del presente proceso de selección:
1) El Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
2) Estudios previos y anexos
3) Especificaciones técnicas, planos, estudios, diseños, licencias. (cuando aplique)
4) Las respuestas a las observaciones realizadas a las reglas de participación y a las reglas de participación y aclaraciones emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello.
5) Adendas
6) El acta de Cierre de la Convocatoria.
7) Las ofertas que sean presentadas.
8) Las solicitudes de subsanación o aclaración de requisitos habilitantes y sus respectivas respuestas.
9) El informe de cumplimiento de requisitos habilitantes y las observaciones presentadas en relación con él.
10) El Informe de Evaluación y la respuesta a las observaciones al Informe de Evaluación
11) La recomendación de aceptación de la oferta
12) La carta de aceptación o de declaratoria de fallido, según sea el caso
13) Los documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección.
Nota. Los documentos que sirvieron de soporte para elaborar el estudio previo (especificaciones técnicas, soportes de licencias, estudios y diseños), se encuentran a disposición para consulta de los interesados en las instalaciones de FONADE.
Es responsabilidad del oferente su consulta y verificación.
3.2 COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES
FONADE publicará en su página web (xxx.xxxxxx.xxx.xx) la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes.
Los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica (xxx0000000@xxxxxx.xxx.xx) o radicarlas en el Centro de Atención al Ciudadano de FONADE ubicado en la Calle 26 No. 13-19 (en adelante CAC), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere.
Las horas señaladas en el presente documento para la expedición de documentos por parte de FONADE y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados u oferentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio.
3.3 PROCESO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección inicia a partir de la fecha de publicación de las Reglas de Participación en la página web de FONADE (xxx.xxxxxx.xxx.xx) y en el SECOP.
El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes etapas:
3.3.1 Publicación de las Reglas de Participación
Se publicará el documento de Reglas de Participación, con el cual se busca interactuar con los interesados en el proceso, para conformar unas reglas claras, concisas, precisas que permitan el desarrollo de un proceso eficaz, eficiente, transparente, atendiendo a los principios constitucionales de la función administrativa y de la gestión fiscal, así como los de la contratación pública.
Este documento de Reglas de Participación se publicará en la página web de FONADE (xxx.xxxxxx.xxx.xx) y en el SECOP, por un término mínimo tres (3) días hábiles, dentro del cual los interesados podrán presentar observaciones o solicitar aclaraciones, las cuales serán respondidas dentro del término establecido en el cronograma del proceso.
3.3.2 Apertura del proceso
La apertura del proceso se realizará a través de un Acta suscrita por el Ordenador del Gasto o su delegado, en la que se establecerá el cronograma de la convocatoria Simplificada, la cual será publicada junto con el documento de Reglas de Participación definitivo en la página web de FONADE (xxx.xxxxxx.xxx.xx) y en el SECOP.
3.3.3 Adendas
FONADE puede modificar las Reglas de Participación a través de Adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, previa motivación de la dependencia solicitante o la Subgerencia de Contratación, las cuales serán comunicadas en la página web de FONADE (xxx.xxxxxx.xxx.xx) y en el SECOP a todos los interesados. Esta se podrá expedir hasta un (1) día hábil antes del cierre, evento en el cual deberá prorrogarse la fecha del cierre hasta por un término de dos (2) días hábiles.
3.3.4 Comunicados
FONADE puede expedir comunicados para modificar el cronograma del proceso, vencido el término para la presentación de ofertas.
3.3.5 Plazo del proceso de selección
El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha de publicación de las Reglas de Participación y la publicación del Acta de aceptación de la oferta o declaratoria de fallido el proceso.
3.3.6 Plazo para presentar ofertas
Dentro de las fechas y horas establecidas en el cronograma del proceso, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas:
a. Las ofertas deberán ser radicadas, entregadas y registradas en el formato de registro diseñado por FONADE para el efecto, en la fecha indicada en el cronograma del proceso para su presentación, en las instalaciones de FONADE, ubicadas en la Calle 26 No. 13-19, Sala de recepción de ofertas - Auditorio, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal c) del presente numeral. En caso contrario la misma se entenderá como no recibida en tiempo.
b. Para la recepción de ofertas se deberá diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. No obstante, el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta.
c. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas, si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1369 de 2009 o en las normas que lo modifiquen o sustituyan. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación por parte de la mensajería especializada en el Centro de Atención al Ciudadano. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el inicio del término para presentar ofertas, ni posteriores a la fecha y hora previstas para la finalización del término para presentar ofertas, de acuerdo con el cronograma del proceso.
Las ofertas recibidas a través de este medio serán registradas en el formato de registro diseñado por FONADE, en presencia de los oferentes presentes al momento del cierre, luego de verificado el cumplimiento de su entrega en el Centro de Atención al Ciudadano, antes de la fecha y hora previstas para la finalización del término para presentar ofertas.
Es responsabilidad del oferente que las ofertas que se entreguen en el Centro de Atención al Ciudadano se presenten en sobres sellados e identificados conforme lo establecen las reglas de participación. En caso que los sobres entregados en el Centro de Atención al Ciudadano no se encuentren plenamente identificados con el número del proceso, FONADE no se hará responsable por el registro de la oferta en la audiencia de cierre del proceso, ni por la participación del oferente en el presente proceso.
NOTA: FONADE no asumirá los riesgos que se llegaren a generar en el envío de la oferta utilizando los servicios de mensajería especializada, si dicha oferta no es presentada cumpliendo los requisitos de forma, esto es, que se encuentre en sobre(s) sellado(s) debidamente marcado(s) con la información del proceso de selección para el cual se presenta, será de su exclusiva responsabilidad la entrega real y material de sus ofrecimientos, dentro de los plazos establecidos en el presente documento.
3.3.7 Acto de Cierre
Una vez llegado el plazo señalado para presentar ofertas, FONADE en acto público con la presencia de un delegado de la dependencia solicitante y un delegado de la Subgerencia de Contratación, en la fecha y hora establecida en el cronograma del proceso, verificará el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para su presentación y dejará constancia de ello en acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del oferente, fecha y hora de la presentación de la oferta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el número de folios, el número de la garantía de seriedad de la oferta adjunta y las observaciones, si las hubiese.
Para tal efecto, las ofertas y todos los documentos que las acompañen deben entregarse en sobres cerrados y sólo hasta cuando se venza el plazo para su entrega, conforme al cronograma, podrán abrirse en el acto público de cierre.
A este acto podrá invitarse a un delegado de la Asesoría de Control Interno.
3.3.8 Consolidación de oferentes
En caso que el número de oferentes sea superior a cinco (5), FONADE hará una selección de oferentes, para escoger entre ellos un número de cinco (5) oferentes, los cuales continuaran en el proceso de selección, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
En caso que ninguno de los cinco (5), oferentes cumpla con los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero exigidos, se verificará la oferta de quien se encuentre sexto en el orden establecido, y en el evento que este tampoco cumpla, se verificará la de quien se encuentra en séptimo lugar y así sucesivamente hasta obtener un oferente que dé cumplimiento a los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos.
3.3.8.1.1 Procedimiento Previo
a) Se procederá a la apertura de los sobres contentivos de las ofertas económicas (sobre No. 2) y se verificará que la oferta se encuentre debidamente suscrita por la persona natural o el Representante legal de la persona jurídica, unión temporal y/o consorcio o del apoderado respectivo, en caso de no encontrarse firmada, se solicitará al representante legal que proceda a firmar la oferta, en caso que en audiencia no se encuentre el representante legal o no proceda a firmar inmediatamente la oferta, se aplicará la causal de rechazo establecida en las CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA del presente documento.
b) Para la determinación de orden se tomará en consideración el VALOR TOTAL DE LA OFERTA, incluido IVA, transporte, cargue, descargue, instalación, seguros a que haya lugar, costos, gastos y demás tributos en los que se incurra con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del objeto contractual, previamente hecha su verificación aritmética.
a. Se verificará que se incluya el respectivo valor del IVA. En caso de no incluirse, la entidad dará por entendido que este rubro se encuentra incluido en el valor de la oferta económica.
b. Se verificará que el oferente presente en la oferta económica impresa un valor total en el “VALOR DE LA OFERTA” no superior al 100% del presupuesto oficial, indicado en el presente documento, so pena de incurrir en causal de rechazo.
c. FONADE, como último mecanismo y sólo en caso de no haberse dirimido el desempate con los anteriores criterios se acudirá al sorteo por medio de balotas y para el efecto se citará a los oferentes empatados para realizar el respectivo sorteo en audiencia.
En el caso en que se hubiese presentado una única oferta en la audiencia de cierre, FONADE verificará el cumplimiento de los requisitos contenidos en este numeral.
3.3.8.1.2 Apertura de sobres económicos
Se procederá a la apertura de los sobres contentivos de las ofertas económicas y se verificará que la oferta se encuentre debidamente suscrita por la persona natural o el Representante legal de la persona jurídica, unión temporal y/o consorcio, en caso de no encontrarse firmada, se solicitará al representante legal que proceda a firmar la oferta, en caso que en audiencia no se encuentre el representante legal o no proceda a firmar inmediatamente la oferta, se entenderá por no presentada lo cual constituye causal de rechazo.
a. Para el cálculo y consolidación de oferentes en consideración el “VALOR TOTAL DE LA OFERTA”, incluido el valor del IVA, previamente hecha su verificación aritmética. Utilizando el mecanismo de la MEDIA ARIMETICA BAJA para la asignación de puntaje.
b. Se verificará que su valor impreso cumpla con lo exigido respecto al XXX y el contenido de los costos indirectos del formato 07, de acuerdo con las siguientes reglas:
• Se verificará que la sumatoria de los valores consignados en el “Valor Total de la oferta incluido IVA”; en caso contrario, se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética.
• Se verificará que el oferente presente en la oferta económica impresa un valor total en el “VALOR
TOTAL DE LA OFERTA” no superior al 100% del presupuesto estimado XXX.
c. Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los procedimientos señalados en el literal anterior, para obtener el valor total de la oferta corregida incluyendo la aplicación del procedimiento de redondeo, será leído el valor total de cada una de las ofertas económicas y se verificará que el mismo no sea superior a 100% del presupuesto estimado XXX. El valor verificado será el utilizado para la comparación entre los oferentes.
FONADE en caso de empate, utilizará como instrumento el sorteo por balotas, (mayor balota o menor balota), el cual será utilizado en caso de empate entre los oferentes, una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos.
3.3.8.1.3 Procedimiento Asignación de Puntaje Oferta Económica (100 PUNTOS)
La asignación de puntaje se realizará con el siguiente procedimiento:
a) El Comité Evaluador, con las ofertas económicas, aplicará el mecanismo de Media Aritmética Baja, con el fin de asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas, salvo que, con fundamento en la verificación, se determine que sólo una oferta continúa en el proceso de selección, caso en el cual a la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las ofertas económicas. Máximo puntaje a asignar 100 puntos. La aplicación del mecanismo seleccionado se hará, de acuerdo con la siguiente fórmula.
MECANISMO | Media Aritmética Baja | ||
FÓRMULA | |||
Dónde: | |||
AB | = | Media aritmética baja de los valores de las ofertas económicamente hábiles. | |
A | = | Media aritmética de los valores de las ofertas económicamente hábiles. | |
Xb | = | Valor de la oferta hábil más baja. |
b) Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de las ofertas, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.
1.) Para valores iguales e inferiores a la media:
i. Fórmula:
Dónde:
Px = Puntaje Oferta x. (A asignar al oferente)
Vx = Valor Oferta x.
PM = Puntaje Máximo = Valor de la media
2.) Para valores superiores a la media:
i. Fórmula:
Dónde:
Px = Puntaje Oferta x (A asignar al oferente)
V = Valor Oferta x.
PM= Puntaje Máximo = Valor de la media
NOTA: La escogencia del mecanismo se realizó basado en el estudio del sector de acuerdo al análisis financiero, basado en las cifras obtenidas del SIREM 2015.
3.3.8.1.4 Determinación del orden
Una vez aplicado el criterio anteriormente señalado, el primer lugar en el orden, lo ocupará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje, y el segundo lugar la que obtenga el puntaje inmediatamente inferior al que ocupó el primer lugar, y así sucesivamente.
OFERENTE | PUNTAJE FACTOR |
Primer lugar | |
Segundo lugar | |
Tercer Lugar | |
Cuarto Lugar | |
Xxxxxx Xxxxx | |
…… |
A las ofertas que ocupen los primeros CINCO (5) lugares en el orden, se les realizará la siguiente verificación:
Se verificará que, en la oferta económica, cada uno de los ítems allí relacionados cuenten con un valor mayor a cero pesos, so pena de dar aplicación a las causales de rechazo.
Se verificará que cualquiera de los valores unitarios de los ítems de la oferta económica no exceda al 100% del valor unitario del ítem correspondiente, en el presupuesto oficial estimado.
Se verificará que el valor consignado en la casilla “Valor Total” corresponda a la sumatoria de los valores parciales de cada uno de los ítems del presupuesto. En caso contrario se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. Si la casilla destinada al valor total no incluye ningún valor en pesos o se incluye cero pesos ($0), se realizará la sumatoria de los valores parciales de todos los ítems del presupuesto.
A la totalidad de los resultados de las operaciones matemáticas realizadas se les aplicará el procedimiento de redondeo establecido en las reglas de participación, si resulta necesario.
En el evento en que el formato 07 presentado con la oferta existan errores y/o modificaciones en la descripción de los ítems, en el código respectivo, en la unidad y/o en la cantidad correspondiente, se entenderá que el oferente acoge en su integridad la descripción, codificación, unidades y/o cantidades establecidas en el formato 07 anexo.
En el evento que luego de las verificaciones señaladas en los numerales anteriores, el valor total de la oferta económica de alguno(s) de los oferentes ubicado(s) en los cinco primeros lugares, no corresponda al valor tenido en cuenta para la aplicación del mecanismo, se procederá a recalcular dicho mecanismo con los valores corregidos de éstas cinco ofertas, determinando un nuevo orden o, ratificando el establecido inicialmente. En caso de que el orden de los cinco primeros lugares sea modificado se procederá a dar aplicación a lo establecido en los numerales anteriores.
Este procedimiento será aplicado cuantas veces sea necesario hasta que sea ratificado el orden de los oferentes.
Efectuado el procedimiento anterior y establecido el orden de las ofertas económicas, posteriormente, la Entidad verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros de los oferentes que ocupen los CINCO (5) primeros lugares del orden antes establecido.
En caso que el oferente ubicado en el primer lugar del orden establecido no cumpla con los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos, se aceptará la oferta de quien se encuentre segundo en el orden, en el evento que este tampoco cumpla, se aceptará la oferta de quien se encuentra en tercer lugar. En caso de que como resultado de la evaluación efectuada el quinto oferente tampoco de cumplimiento a los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, FONADE evaluará la oferta del siguiente oferente en el orden establecido y así sucesivamente hasta obtener un oferente que dé cumplimiento a tales requisitos.
Una vez establecidos los oferentes que cumplen con los requisitos de orden económico, jurídicos, técnicos y financieros y, que se encuentran ubicados en los CINCO (5) lugares del orden antes señalado, el comité evaluador procederá a otorgarles el correspondiente puntaje de conformidad con lo previsto en el numeral
6.3.2 definiendo un nuevo orden entre ellos.
3.1. FACTORES DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Subgerencia de Contratación en coordinación con el área financiera y la dependencia interesada designará el Comité Evaluador, el cual se constituye en el órgano responsable de la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes, evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad, con sujeción a lo establecido en el presente documento.
3.1.1. Verificación requisitos habilitantes y evaluación de las ofertas del cumplimiento de los requisitos habilitantes
En desarrollo de su labor el Comité Evaluador procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y suscribirá las comunicaciones mediante las cuales se soliciten aclaraciones o subsanaciones, en el plazo establecido en el cronograma del proceso contenido en las reglas de participación o en su defecto
determinando el plazo durante el cual los interesados pueden contestar y/o aportar los documentos necesarios para aclarar o subsanar.
Recibidas las aclaraciones y/o subsanaciones requeridas, el Comité Evaluador las analizará y expedirá el documento que contenga los proponentes que han resultado habilitados. De este informe se dará traslado por un término de dos (2) días hábiles, publicándolo en la página WEB de FONADE y en el SECOP para que los interesados presentes observaciones.
Las observaciones al informe de habilitación se resolverán por el Comité Evaluador dentro del plazo establecido para el efecto en el cronograma del proceso.
Nota 1: FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información.
Nota 2: FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente documento, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección.
Nota 3: La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el Comité Evaluador.
3.1.2. Subsanabilidad
En atención a los principios de igualdad, prevalencia del interés general y primacía del derecho sustancial, en los procesos de selección de contratistas que adelante FONADE, prevalecerá lo sustancial sobre lo formal, de modo que la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos y podrán ser subsanados, el defecto, el error, lo incompleto o podrán corregirse, dentro del plazo previsto para tal fin, conforme a lo establecido en el presente documento.
En la etapa de verificación de los requisitos habilitantes, FONADE podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables.
3.1.3. Evaluación de ofertas
Superada la etapa de habilitación el Comité Evaluador procederá a la evaluación de las ofertas de los proponentes habilitados. De este informe se dará traslado por un término de dos (2) días hábiles, publicándolo en la página WEB de FONADE y en el SECOP para que los interesados presentes observaciones al informe de calificación.
Las observaciones al informe de calificación se resolverán por el Comité Evaluador dentro del plazo establecido para el efecto en el cronograma del proceso y realiza el informe definitivo, el cual debe ser presentado al Comité de Contratación en caso de ser necesario.
El Comité Evaluador presenta el informe definitivo con la recomendación al ordenador del gasto o su delegado sobre la mejor propuesta para la entidad.
3.2. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DECLARATORIA DE FALLIDO
3.2.1. Aceptación de la Oferta
El Ordenador del gasto o su delegado suscribirá la Aceptación de la Oferta más conveniente, para lo cual se tendrá en cuenta el resultado final de la evaluación que se hace de las ofertas habilitadas, la cual será publicada en la página WEB de FONADE y en el SECOP.
La Subgerencia de Contratación elaborará la aceptación de la oferta dentro del día hábil siguiente a la selección del adjudicatario, la cual se legaliza de conformidad con lo la firma de este y el registro presupuestal expedido por FONADE, documentos que junto con las Reglas de Participación para todos los efectos constituyen el contrato.
El oferente tendrá un máximo de tres (03) días hábiles para aportar los documentos que le sean requeridos, de lo contrario se entenderá que no está interesado en su ejecución y FONADE hará exigible la póliza de seriedad de la oferta y procederá a contratar con el oferente que haya ocupado el segundo lugar, si las condiciones de la oferta son igualmente favorables para FONADE y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento.
Si éste o alguno de estos, tampoco reúnen los requisitos dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.
Si dentro del plazo comprendido entre la publicación del acta de selección y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matrícula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la selección y podrá contratar, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha, caso en el cual se podrá contratar con el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco llenan los requisitos dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.
3.2.2. Declaratoria de fallido
Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para cancelar el proceso de selección, el proceso podrá ser declarado fallido, entre otras, por las siguientes circunstancias cuando:
a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta.
b. No se presente ninguna oferta.
c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de rechazo.
d. Habiéndose presentado más de una oferta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en el presente documento.
e. En caso de que ninguno de los oferentes haya ampliado la vigencia de su oferta en el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia inicial de las ofertas.
3.4 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La Subgerencia de contratación elabora la minuta del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la selección, para firma del ordenador del gasto o su delegado, el cual se legaliza de conformidad con lo establecido en la minuta contractual.
El oferente tendrá un máximo de tres (3) días hábiles para suscribir el contrato y aportar los documentos que le sean requeridos, de lo contrario se entenderá que no está interesado en su ejecución y FONADE hará exigible la póliza de seriedad de la oferta y procederá a contratar con el oferente que haya ocupado el segundo lugar, si las condiciones de la oferta son igualmente favorables para FONADE y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento.
Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.
Si dentro del plazo comprendido entre la publicación del acta de selección y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matrícula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la selección y podrá contratar, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente orden de elegibilidad, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE y estuviere vigente a la fecha, caso en el cual se podrá contratar con el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.
CAPÍTULO CUARTO
4 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
4.1 CONDICIONES GENERALES
4.1.1 Modalidades de Participación
Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley.
Las condiciones de participación previstas en el presente documento para los consorcios o uniones temporales, se harán extensivas a cualquier modalidad de asociación prevista en la Ley escogida por los oferentes.
4.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la oferta
Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en el presente documento, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las Reglas de Participación, y sus anexos, publicados en la página web de FONADE y en el SECOP.
La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación por parte del oferente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias del sitio de trabajo, tales como la información social, cultural, técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental, las leyes y normas que rigen para la región, entre otras, de tal manera que la oferta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. Así mismo, deberá tener en cuenta la movilización y permanencia en el sitio de los trabajos, tanto del personal como de los insumos, la situación de orden público, el factor climático y ambiental, así como los demás aspectos que puedan incidir en la ejecución del contrato. Por lo anterior es obligación del interesado, para elaborar su oferta, realizar las inspecciones necesarias al lugar de ejecución, y conocer las condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y las demás en las que se ejecutará el objeto del contrato derivado del presente proceso.
4.1.3 Vigencia de la oferta
La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de TRES (3) MESES contados a partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas.
FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta y por ende, la ampliación de la garantía de seriedad de la misma, por el término que se requiera. En cualquier caso la ampliación del término de vigencia de la oferta será obligatoria hasta por 90 días, en el evento en que el
requerimiento de FONADE exceda de este término, el oferente y su garante podrán decidir si amplían la vigencia de la oferta o si la retiran, sin que la Entidad pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que FONADE haga efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo con lo establecido en el presente documento.
Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el oferente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la oferta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su oferta y mantiene la totalidad de sus condiciones.
En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las ofertas exigido en este numeral y alguna(s) oferta(s) venza(n) sin que el(los) oferente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
4.1.4 Idioma
La oferta, todos los documentos que la integran y la totalidad de la correspondencia remitida dentro del presente proceso de selección deberán estar redactados en idioma castellano.
Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o que se prevea en el presente documento.
4.1.5 Ofertas alternativas o parciales
No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales.
Para efectos de la evaluación no se tendrán en cuenta la presentación, portafolios de servicios o similares que no hayan sido solicitados en el presente documento.
4.1.6 Legalización
Los documentos públicos otorgados en el extranjero por un funcionario de un Estado que no haga parte de la Convención Sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, o los documentos privados provenientes de tales Estados, deberán presentarse debidamente legalizados, para lo cual se verificará que se haya surtido la siguiente cadena de legalización: (i) Realizar el reconocimiento del documento ante Notario o quién haga sus veces, si aplica; (ii) Realizar la Legalización de los documentos ante la autoridad competente en el país de origen (donde fueron emitidos los documentos); (iii) Presentar los documentos, previamente legalizados, en el consulado de Colombia ubicado en el país en el cual se emitió el documento, para que el Cónsul colombiano reconozca la firma de la autoridad que lo legalizó, o a falta de
éste, por el de una nación amiga; (iv) Legalizar la firma del Cónsul Colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
4.1.7 Apostille
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en país extranjero por funcionario de un Estado parte de la Convención que haya suscrito el Convenio sobre la abolición del requisito de legalización para Documentos Públicos Extranjeros, suscrita en La Haya del 5 de octubre de 1961, sólo será exigible la apostilla. La apostilla es el trámite mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título al que actúa el funcionario público firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto al castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma realizada por un traductor oficial debidamente acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano, la cual deberá presentarse debidamente apostillada o legalizada.
La Entidad aplicará estrictamente las previsiones contenidas en la Convención de La Haya, la cual fue aprobada mediante la Ley 455 de 1998, en el sentido de verificar que el trámite surtido ante la autoridad competente avale la autenticidad de la firma e indique a qué título ha actuado la persona que firma el documento público.
4.1.8 Títulos obtenidos en el exterior
El proponente que resulte seleccionado y haya ofrecido personal profesional con títulos académicos otorgados por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deberá acreditar la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá contar con los mismos o iniciar con suficiente anticipación los trámites respectivos y presentarlo al supervisor del contrato previo a la suscripción del acta de inicio.
4.1.9 Procedimientos para la verificación de contratos y/o proyectos ejecutados en moneda extranjera.
a) Verificación de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
b) Verificación e identificación de la moneda extranjera en la cual fue suscrito el contrato o proyecto.
c) Conversión del valor del contrato a dólar americano, cuando se trate de una moneda diferente a éste y posteriormente conversión a pesos colombianos. Cuando el contrato se haya suscrito en moneda extranjera, el valor xxx xxxxx americano será el vigente al día de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
d) Se establecerá directamente el valor del contrato o proyecto presentado en moneda extranjera cuando exista información oficial que permita efectuar la conversión a la moneda criterio de comparación.
e) La conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se efectuará de acuerdo con el valor total del contrato a la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del mismo.
f) Para efectos de la conversión a salarios mínimos, en caso que el proponente presente soportes de la fecha de terminación y de la fecha de suscripción del acta de entrega y/o recibo final, la fecha que será tomada para la conversión, será la de terminación del contrato.
g) En el evento que el proponente, con la propuesta o cuando se le requiera no presente documentos que cumplan con las condiciones establecidas en las alternativas de acreditación de experiencia en donde se pueda verificar el valor total ejecutado del contrato, con el objeto de realizar el cálculo de los SMMLV, dicho contrato o proyecto no será tenido en cuenta para acreditar este criterio de experiencia.
h) Todos los valores que se estimen en la oferta económica, deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de RECHAZO
4.1.10 Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación de la misma
a) La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos:
b) La oferta debe ser presentada en idioma castellano, escrita por cualquier medio mecánico, numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio.
c) La oferta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral.
d) La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No. 2 debe estar foliada, debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.
e) Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido:
• SOBRE No. 1: REQUISITOS HABILITANTES: JURÍDICOS, TÉCNICOS, EXPERIENCIA, FINANCIEROS, ORGANIZACIÓN Y REQUISITOS DE PONDERACIÓN, Se debe anexar en medio magnético el contenido del Formato 03 debidamente diligenciado.
• SOBRE No. 2: OFERTA ECONÓMICA, IMPRESA Y EN MEDIO MAGNÉTICO (FORMATO 07).
f) Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:
FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE CONVOCATORIA SIMPLIFICADA CSI 006-2017
OBJETO: “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN LOGISTICA PARA LA
REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y POSICIONAMIENTO DEL FONDO
EMPRENDER, MEDIANTE PUBLICACIONES, MATERIAL IMPRESO, EVENTOS, DISEÑO DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN MULTIMEDIA, ENTRE OTROS, EN EL MARCO DE LAS OBLIGACIONES DE FONADE CONTEMPLADAS EN EL XXXXXXXX Xx. 000000”.
Sobre No: Contenido:
Oferente: Nit o C.C. del Oferente: Dirección, Ciudad:
Teléfono: Fax:
La responsabilidad de la presentación de la oferta como se indica en los literales anteriores de este numeral, así como el estricto cumplimiento de lo establecido en las reglas de participación en especial en cuanto se refiere al término, modo, lugar y tiempo de presentación de la oferta, es total, rotunda y exclusiva del oferente, quien debe propender porque se haga en completa concordancia a lo ordenado en el presente documento, por lo que la entidad no asume ninguna responsabilidad por la pérdida, confusión o extravío de documentos que no hayan sido elaborados y entregados con el debido cuidado como lo señalan las reglas de participación.
CAPÍTULO QUINTO
5 REQUISITOS HABILITANTES Y CRITERIOS DE SELECCIÓN, FACTORES DE DESEMPATE,
INCENTIVOS
5.1 REQUISITOS HABILITANTES
El Comité Evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y de la evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo establecido en el presente documento.
Los requisitos habilitantes son aquellos que se refieren a la capacidad jurídica, técnica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y son objeto de verificación de cumplimiento para la participación en el proceso de selección.
La verificación de los requisitos habilitantes que se señalan a continuación se calificará como cumple o no cumple y el cumplimiento o no de la totalidad de los mismos dará como resultado la habilitación o no habilitación del oferente.
El oferente habilitado podrá continuar en el proceso con la siguiente etapa, la cual corresponde a la evaluación de los factores de ponderación, como resultado de esta se establecerá el orden de elegibilidad.
ORDEN | FACTORES DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN | CALIFICACIÓN | |
1. | FACTORES DE VERIFICACIÓN | JURÍDICOS | Cumple / No Cumple |
TÉCNICOS | |||
FINANCIEROS | |||
2. | FACTORES DE EVALUACION | TECNICO | 120 PUNTOS |
ECONÓMICO | 100 PUNTOS |
5.1.1 CRITERIOS DE SELECCIÓN
5.1.1.1 FACTORES DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
5.1.1.1.1 FACTORES DE VERIFICACIÓN JURÍDICOS, FINANCIEROS Y TÉCNICOS
5.1.1.1.1.1 Factores de Verificación Jurídicos
Carta de presentación de la oferta firmada
De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal.
a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995 reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 1925 de 2009 o si el representante legal tiene limitaciones derivadas de los estatutos sociales el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.
b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal cuya expedición no sea superior a 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el finalización del término para presentar ofertas, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. En tal documento deberá constar que la duración de la persona jurídica no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Así mismo, la persona jurídica debe contar con mínimo un (1) año de constitución. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
Si el representante legal de la persona jurídica tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, podrá subsanar allegando la respectiva ratificación del órgano competente, en el término establecido por la entidad.
Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido a más tardar dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas. Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas cumpliendo con los requisitos del párrafo primero de este numeral y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas.
Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la existencia y representación legal deberán cumplir con lo establecido en las reglas de participación.
Así mismo, si el oferente se encuentra obligado a tener Revisor Fiscal conforme a lo descrito en el Artículo 203 del Código de Comercio y Artículo 13 de la Ley 43 de 1990, deberá encontrarse registrado debidamente el acto de nombramiento y posesión ante la Cámara de Comercio del domicilio Social del Oferente.
DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.
b. Designación del representante: Deberá allegarse su identificación.
c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, para el caso de unión temporal, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones, para cualquier forma de oferente plural.
d. Deberá constar que la duración de la figura asociativa no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más.
e. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder ni ser menor del 100%
Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y postcontractual:
Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.
Suscribir el contrato y sus modificaciones.
Suscribir el acta de terminación, liquidación o cierre y notificarse del acta de liquidación unilateral
Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá, para todos los efectos legales y contractuales, que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección.
Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita.
El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante.
Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar o alterar el contenido sustancial de la información de los literales a, b, y e del presente numeral, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar las Causales de rechazo.
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP
El oferente persona natural o jurídica, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar que se encuentra inscrito al momento de presentar la oferta, en el registro único de proponentes – RUP, el cual deberá encontrarse actualizado y vigente al momento de la finalización del registro de entrega de ofertas y cuya fecha de expedición no puede ser superior a 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para la finalización del término para presentar oferta.
CERTIFICACIÓN DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE APORTES PARAFISCALES
Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación emitida por la entidad promotora de salud, pensión y riesgos laborales, expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste que se encuentra al día por este concepto para la fecha de cierre del presente proceso, el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad promotora de salud y riesgos laborales a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar, Articulo 3 y 6 de la Ley 797 de 2003 reglamentado por el Decreto No. 510 de 2003 Articulo 1 (Salud y Pensión), en los términos del Literal a) del Artículo 2 de la Ley 1562 de 2012 (Riesgos Laborales). En el caso de que tenga personal a su cargo, deberá acreditar la correspondiente declaración juramentada (Ley 789 de 2002 artículo 50.
En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando esté este obligado a tener Revisor Fiscal de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, deberán acreditar este requisito o certificar las circunstancias que demuestren que no tiene obligaciones frente al sistema de Seguridad Social en Colombia.
Cuando se presente certificación suscrita por Xxxxxxx Xxxxxx, deberá aportarse fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional de contador y de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado, con una vigencia de tres (3) meses contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el cierre del proceso.
Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera.
Si se trata de una garantía bancaria, la entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en calidad de corresponsal, sin que ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al beneficio de excusión.
En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, la cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta
condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa y se debe adjuntar el clausulado correspondiente al Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, de FONADE) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la
firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente.
La garantía deberá tener la firma del tomador en original y anexar el recibo o constancia de pago o su equivalente.
En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de serie-dad deberá ser igualmente, ampliada.
RECIPROCIDAD
En los términos señalados en el Artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 en concordancia con el artículo 2.2.1.2.4.1.3. del Decreto 1082 de 2015, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a: a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de estados con los cuales Colombia tenga acuerdos comerciales, en los términos establecidos en tales acuerdos comerciales; b) a los bienes y servicios provenientes de estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho estado; y c) a las servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia. El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal b) anterior en relación con un estado en particular.
El oferente podrá presentar las respectivas consultas del SECOP y en una carta indicará que su oferta cumple con los requisitos para que se le otorgue tratamiento de bienes y servicios nacionales pese a ser de origen extranjero, en virtud del principio de reciprocidad. La entidad verificará dicha información.
Para el presente proceso, se atenderán las siguientes definiciones: se entiende como bienes nacionales, aquellos bienes totalmente obtenidos, bienes elaborados con materiales nacionales o productos que sufran una transformación sustancial de conformidad con lo previsto en el Decreto 2680 de 2009.
Son servicios de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia.
Para el caso de bienes de origen nacional, el proponente deberá estar inscrito en el registro de productores de bienes nacionales.
Por su parte, tratándose de servicios de origen nacional la forma de acreditarlo será certificado en la Cámara de Comercio o estatutos si se trata de empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional o siguiendo lo establecido en el presente numeral sobre la reciprocidad.
VERIFICACIÓN DE NO INCLUSIÓN EN EL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral.
Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, FONADE, verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n) reportado (s) en dicho boletín.
VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE REGISTRO DE SANCIONES Y CAUSAS DE INHABILIDAD (SIRI) DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 1º de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios del proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, toda vez que de las sanciones disciplinarias también se desprenden inhabilidades, FONADE verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes disciplinarios realizada a través de la página web de la Procuraduría General de la Nación.
VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES JUDICIALES DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL –
POLICÍA NACIONAL.
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del proponente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), FONADE verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales realizada a través de la página web de la Policía Nacional.
En caso que el oferente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, la propuesta será rechazada.
COPIA DE CÉDULA DE CIUDADANÍA
Si el proponente es persona natural deberá anexar copia de la Cedula de Ciudadanía y si es persona jurídica deberá anexar copia de la Cedula de Ciudadanía del Representante Legal.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO DE LA DIAN (RUT) ACTUALIZADO.
Otros Documentos
En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos:
Certificación Bancaria: El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria relacionada en el Formato de Vinculación FAP 801. (Versión para diligenciar en línea)
Registro Único Tributario – RUT actualizado: El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT, el cual deberá tener debidamente actualizada su actividad económica de acuerdo a la nueva clasificación de códigos CIIU y la inclusión del impuesto CREE, conforme lo dispuesto por el Decreto 1828 del 27/08/2013, si aplica.
Formato de Vinculación FAP 801 (Versión para diligenciar en línea)
En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:
Registro Único Tributario – RUT actualizado: El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT actualizado, el cual deberá tener debidamente actualizada su actividad económica de acuerdo a la nueva clasificación de códigos CIIU y la inclusión del impuesto CREE, conforme lo dispuesto por el Decreto 1828 del 27/08/2013, si aplica.
Certificación Bancaria: El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria relacionada en el Formato de Vinculación FAP 801.
Formato de vinculación FAP 801(Versión para diligenciar en línea)
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral y el RUT actualizado de cada uno de los integrantes del Consorcio, Unión Temporal o figura asociativa que se utilice.
Formato de Vinculación FAP 801 (Versión para diligenciar en línea)
El formato de vinculación deberá descargarse de la página Web de la entidad: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Atención al ciudadano”, luego seleccionar la opción “Trámites y servicios” y en la lista:
FORMATOS REQUERIDOS PARA TRÁMITES Y/O SERVICIOS que aparece el link “Formato de Solicitud de Vinculación (Versión para diligenciar en línea)” de acuerdo con lo siguiente:
Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de vinculación, el cual deberá diligenciar, imprimir y entregar con firma y huella de quien lo suscribe.
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CSI-010-2017
REGLAS DE PARTICIPACION
En el menú Ayuda se encuentran detallados los pasos para realizar el registro de la información de las personas naturales y jurídicas que pretendan vincularse o se encuentren vinculadas con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, mediante el aplicativo “Formulario Solicitud de Vinculación”.
NOTA: El oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante su NO presentación no será causal de rechazo. Sin embargo, el Comité Evaluador deberá solicitarlos y verificar su contenido.
5.1.1.1.1.2 Factores de Verificación Financieros
El Oferente deberá demostrar que cuenta con la capacidad financiera adecuada para ejecutar el Contrato, la cual se medirá de conformidad con los parámetros que se describen en el presente numeral. Para ello, el Oferente o cada uno de los integrantes del Oferente (en caso de que éste sea un Consorcio o una Unión Temporal) debe (n) presentar el registro único de proponentes de la Cámara de Comercio, expedido con una antelación no superior a un (1) mes a la fecha de cierre.
Documentos a aportar:
1. Certificado de Registro Único de Proponentes vigente y en firme.
Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación- Registro Único de Proponentes- RUP: El oferente persona natural o jurídica, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar que se encuentra inscrito al momento de presentar la oferta, en el registro único de proponentes – RUP, el cual deberá encontrarse actualizado y vigente al momento de la finalización del registro de entrega de ofertas y cuya fecha de expedición no puede ser superior a 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para la finalización del término para presentar oferta.
2. Los siguientes indicadores miden la fortaleza financiera del interesado:
a. Índice de liquidez: activo corriente dividido por el pasivo corriente;
b. Índice de endeudamiento: pasivo total dividido por el activo total;
c. Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.
d. Capital de trabajo: activo corriente menos pasivo corriente.
Los índices financieros requeridos, son resultado del análisis de las condiciones y objeto del proyecto, la complejidad y el valor del mismo, así como el análisis económico del xxxxx xx xxxxxxx –“4921 TRANSPORTE DE PASAJEROS, 4923 TRANSPORTE DE CARGA POR CARRETERA, 5511 ALOJAMIENTO EN HOTELES, 5611 EXPENDIO A LA MESA DE COMIDAS PREPARADAS, 5621 CATERING PARA EVENTOS, 5629 ACTIVIDADES DE OTROS SERVICIOS DE COMIDAS, 5813 EDICIÓN DE PERIÓDICOS, REVISTAS Y OTRAS PUBLICACIONES PERIÓDICAS, 5911 ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS, VIDEOS, PROGRAMAS, ANUNCIOS Y COMERCIALES DE TELEVISIÓN, 5912 ACTIVIDADES DE POSPRODUCCIÓN DE PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS, VIDEOS, PROGRAMAS, ANUNCIOS Y COMERCIALES DE TELEVISIÓN, 7310 PUBLICIDAD, 8230 ORGANIZACIÓN DE CONVENCIONES Y EVENTOS COMERCIALES”- que se
encuentran en el mercado colombiano, con base en la información disponible a 31 de diciembre de 2015 en el Sistema de Información y Riesgo Empresarial de la Superintendencia de Sociedades de Colombia (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx-xxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/xxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxx-xxx- riesgos/SIREM/Paginas/default.aspx) y el Registro Único Empresarial y Social xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXX_Xxx/Xxxxxxxxx
Para efectos de la verificación de requisitos de carácter financiero, el oferente deberá acreditar mediante Certificado de Registro Único de Proponentes RUP la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2016.
Teniendo en cuenta el objeto del presente estudio, la complejidad y el valor del mismo, se considera conveniente que el futuro contratista cuente con un músculo financiero adecuado para desarrollar eficazmente el objeto del contrato, y por lo tanto demostrar de acuerdo con el RUP los siguientes índices financieros:
Los siguientes indicadores miden la fortaleza financiera del interesado:
INDICADOR | PARÁMETRO EXIGIDO MÍNIMOS | FORMULA OFERENTE INDIVIDUAL | FORMULA OFERENTE PLURAL |
CAPITAL DE TRABAJO | CT ≥ 100% xxx XXX | Activo Corriente - Pasivo Corriente | (ACi x %I) – (PCi x %I) |
ÍNDICE DE LIQUIDEZ | LIQ = AC / PC ≥ 2.0 | Activo Corriente / Pasivo Corriente | (ACi x %I) (APi x %I) |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | NE = PT / AT ≤ 0.50 | Total pasivo / Total Activo | (PTi x %I) (ATi x %I) |
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES | RCI = UO/GI ≥ 1.0 | UO/GI | (UOi x %I) (Gi x %I) |
Donde: | ||
XXX | = | Presupuesto Oficial Estimado |
CT | = | Capital de Trabajo |
LIQ | = | Índice de Liquidez |
NE | = | Nivel de endeudamiento. |
CTi | = | Capital de trabajo de cada uno de los integrantes del oferente. |
AC | = | Activo Corriente |
PC | = | Pasivo Corriente |
ACi | = | Activo corriente de cada uno de los integrantes del oferente. |
PCi | = | Pasivo corriente de cada uno de los integrantes del oferente. |
PT | = | Pasivo Total |
PTi | = | Pasivo Total de cada uno de los integrantes del oferente. |
AT | = | Activo Total |
ATi | = | Activo Total de cada uno de los integrantes del oferente. |
%I | = | Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del oferente. |
RCI | = | Razón de cobertura de intereses |
UO | = | Utilidad operacional |
GI | = | Gastos de intereses |
NOTA: Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en las reglas de participación para oferentes extranjeros.
Este requisito se establecerá teniendo en cuenta el Registro Único de Proponentes – RUP el cual deberá encontrarse actualizado y vigente a la fecha de entrega de ofertas y con la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2016 en FIRME a más tardar dentro del día hábil anterior a la fecha establecida para la aceptación de la oferta.
5.1.1.1.1.2.1 Capacidad Organizacional
La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. En este sentido se establecen como indicadores de capacidad organizacional los siguientes:
Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio.
Teniendo en cuenta el objeto del presente estudio, la complejidad y el valor del mismo, se considera conveniente que el futuro contratista cuente con una capacidad de organización adecuada para desarrollar eficazmente el objeto del contrato, y por lo tanto demostrar de acuerdo con el RUP los siguientes índices de capacidad organizacional:
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |||
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | RP = UO/P ≥ 0.05 | UO/P | (UOi x %I) (Pi x %I) |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO | RA = UO/AT ≥ 0.03 | UO/AT | (UOi x %I) (ATi x %I) |
UOi | = | Utilidad operacional de cada uno de los integrantes del oferente. |
Gii | = | Gastos de intereses de cada uno de los integrantes del oferente. |
RP | = | Rentabilidad del patrimonio. |
RA | = | Rentabilidad del activo. |
Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en las reglas de participación para oferentes extranjeros
5.1.1.1.1.3 Factores de Verificación Técnicos EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Para esta solicitud se considera que el factor técnico de escogencia es la experiencia específica del oferente,
para la cual se establece:
El oferente deberá contar con una experiencia específica en PRESTACION DE SERVICIOS EN LA LOGISTICA y/u ORGANIZACIÓN y/o REALIZACION DE EVENTOS.
Esta deberá ser acreditada con la ejecución de máximo TRES (3) CONTRATOS terminados.
Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a 2.0 vez el valor xxx XXX, expresado en SMMLV.
Mínimo uno de los contratos aportados debe ser de valor igual o superior a 1.0 vez el valor xxx XXX, expresado en SMMLV a la fecha de terminación.
Mínimo uno de los contratos aportados deberá incorporar dentro de su alcance la fabricación y/o venta y/o distribución y/o suministro de material POP.
ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE
Los contratos con los que pretendan acreditar la experiencia específica deben cumplir o tener en cuenta lo siguiente:
1. El contrato deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término para presentar
ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del contrato la del recibo final de la prestación de servicios objeto del mismo, suscrito por el contratante o su representante.
2. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad; es decir, que la entidad no entrará a diferenciar las actividades específicas ejecutadas por cada uno de los integrantes del contratista plural y el valor del respectivo contrato será tenido en cuenta de acuerdo al porcentaje de participación. Del interesado que lo pretenda acreditar.
3. En caso de oferentes plurales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del oferente plural, este deberá tener una participación igual o superior al 60%. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del oferente plural, aquel que aporte el mayor valor en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación en el mismo igual o superior al 51%. De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en el mismo de MÍNIMO del 20% cada uno. En todo caso, aquel integrante que no aporte experiencia específica no podrá tener una participación mayor que aquel o aquellos que la acreditan.
4. No podrá acreditarse la experiencia exigida a través de subcontratos. En virtud de lo anterior no será tenida en cuenta la experiencia que pretendan acreditar los oferentes o los integrantes de la estructura plural mediante contratos en los cuales la parte contratante, haya sido contratada a su vez por otra entidad para la ejecución de todo o parte del mismo objeto.
5. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la prestación de los servicios.
6. El oferente deberá presentar, para la acreditación de la experiencia: Certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato. La documentación presentada para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:
a. Nombre del contratante.
b. Nombre del contratista.
c. Objeto del contrato.
d. Valor total del contrato que se pretenden acreditar.
x. Xxxxx de ejecución.
f. Fecha de inicio del contrato.
g. Constancia de recibo final de la prestación de los servicios objeto del contrato, con indicación de la fecha correspondiente.
h. Si el contrato se ejecutó por un oferente plural, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el
porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse copia del documento de constitución del oferente plural, o copia del contrato celebrado cuando en este consten tales porcentajes de participación.
7. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando no cuente con más de tres (3) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social. La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias en los numerales anteriores.
8. No se permite presentar auto-certificaciones, entendidas como:
a. Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia.
b. Cualquier certificación expedida por Consorcios en los cuales el oferente o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal hayan hecho parte.
9. En los casos en que las actividades hayan sido ejecutadas en virtud de un contrato xx xxxxxxx mercantil, deberá presentarse certificación expedida por la sociedad fiduciaria titular del patrimonio autónomo, en la que se indique, el nombre del o los fideicomitentes y el nombre de la persona natural o jurídica que llevo a cabo el contrato.
10. El valor total del o los contratos celebrados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha del informe de recibo final o la del acta de recibo final suscrito por el contratante o su representante o a la terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
a. Cuando el valor del contrato esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación. Cuando la fecha de recibo final o de terminación del contrato no especifique el día, pero si el mes y el año, se tomará para su conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para el último día hábil del mes en que haya terminado el contrato o se haya realizado su recibo final.
b. Cuando el valor del contrato esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda. Cuando la fecha de terminación Cuando la fecha de recibo final o de terminación del contrato no especifique el día, pero si el mes y el año, se tomará para su conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para el último día hábil del mes en que haya terminado el contrato o se haya realizado su recibo final.
El comité Evaluador podrá solicitar otros documentos para acreditar la experiencia, dentro de los cuales se encuentran entre otros, las facturas cambiarias de compraventa que cumplan con los requisitos previstos en los artículos 772 y 774 del Código de Comercio.
NOTA 1: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento y por tanto el contenido se desvirtúa con prueba en contrario.
NOTA 2: Cuando el objeto requerido como experiencia sea una parte del objeto contractual de la(s) certificación(es) aportada(s), no será tenido en cuenta, salvo que se acredite debidamente discriminados la experiencia requerida y su valor. En este evento, el valor que se tendrá en cuenta para efectos de la verificación de la experiencia del oferente, será el correspondiente al valor discriminado de la experiencia solicitada.
INVOCACIÓN DE MÉRITOS DE EXPERIENCIA
El Oferente podrá invocar méritos, es decir aportar la experiencia de que trata el presente numeral, a través de su empresa matriz y/o de su(s) subordinada(s) o controlada(s) o filial(es). Las compañías de las cuales se invoquen méritos, asumen la responsabilidad solidaria con el Oferente, por las obligaciones derivadas de la oferta y del eventual contrato a suscribir, para tal fin el Oferente debe obtener por parte del Representante Legal de dichas compañías una manifestación expresa en la que se haga constar que en el evento en que le sea adjudicado el contrato, éste se compromete a ejecutar y a suscribir el contrato en calidad de obligadas solidarias y a constituir un apoderado en Colombia con facultades para notificarse de actuaciones administrativas y judiciales. El Oferente deberá obtener de dichas compañías manifestación expresa de que se ha proferido la autorización respectiva de su máximo órgano directivo.
Para que la invocación de méritos de experiencia sea válida, además de lo anterior, el Oferente deberá demostrar que la casa matriz, cuenta con una participación accionaria en la filial de mínimo el treinta por ciento (30%).
REGISTRO NACIONAL DE TURISMO
El oferente deberá presentar con su oferta, el Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Turismo expedido por la Cámara de Comercio, en el que conste que se encuentra inscrito en dicho registro, de conformidad con lo establecido por los articulo 61 y 62 de la Ley 300 de 1.996 y su Decreto reglamentario 504 de 1.997.
Dicho certificado debe estar vigente a la fecha de presentación de la oferta y mantenerse vigente durante la suscripción y ejecución del contrato.
Para el caso de oferentes plurales se requerirá este certificado para cada uno de los integrantes de la forma asociativa.
CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA, Y LA CAPACIDAD FINANCIERA
CAPACIDAD JURIDICA
Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.
Personas Jurídicas: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los cuatro
(4) meses anteriores a la fecha de cierre, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la Capacidad Jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Oferente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con Capacidad Jurídica para vincular y representar a la persona jurídica en la que conste que (1) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (2) la información requerida en el presente numeral; y (3) la Capacidad Jurídica de la persona que efectúa la declaración para vincular y representar a la persona jurídica y de las demás personas que puedan representar y vincular a la misma, si las hay.
b) Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la persona jurídica.
c) Acreditar la suficiencia de la capacidad jurídica de su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).
d) Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y cinco (5) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).
e) Si (el)(los)representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad o persona jurídica, en la cual se eliminen dichas limitaciones(se entenderá que se verificará la limitación respecto de la(s) persona(s) que esté(n) facultada(s) para actuar en el presente proceso y no respecto de aquellos representantes que no estén representando al oferente en la presente oferta cerrada de contrato, de manera que la limitación solamente deberá levantarse respecto de aquél (aquellos) representante(s) que suscriban documentos que sean presentados en la Propuesta, o si la duración de la persona jurídica no fuese suficiente en los términos el presente documento, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la persona jurídica en caso de resultar Adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.
f) Adicionalmente a lo exigido en los literales (a) y (e) anteriores, si la Propuesta fuera suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la Capacidad Jurídica de la sucursal y/o de su representante, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal en una fecha de expedición máximo de un (1) mes antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal.
g) Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar Adjudicatario, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar Adjudicatario.
NOTA 1: En el evento en que participen oferentes cuya naturaleza corresponda a organismos internacionales de derecho público derivados de tratados o instrumentos internacionales de los que haga parte el Estado Colombiano, su acreditación se realizará mediante certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores), la cual deberá contener lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado.
Adicionalmente el oferente deberá aportar copia simple del tratado o instrumento internacional respectivo.
Apoderado
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la presente oferta pública de contrato, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente documento.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el código de comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
Para fines de claridad únicamente, las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán designar a más de una persona como su apoderado en Colombia, caso en el cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, FONADE presumirá que cualquiera de los apoderados podrá suscribir y vincular al oferente extranjero sin domicilio en Colombia que no sea Consorcio o Unión Temporal.
FACTOR DE EVALUACIÓN
El Comité Evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de las mismas.
Una vez verificado el cumplimiento de requisitos habilitantes y establecida la lista de habilitados, el comité evaluador procederá a realizar la evaluación de los factores ponderables que a continuación se establecen:
Presentación de la oferta económica – Formato 07
El comité evaluador procederá a revisar el formato económico 07, con el objeto de determinar el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa o dicho valor resultante de la verificación aritmética de los formatos 07, no presenten diferencias.
b. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa o dicho valor resultante de la verificación aritmética no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado total.
c. La verificación de la oferta económica finalizará con la revisión del Formato 07 presentado por el oferente, de conformidad con las siguientes reglas:
En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.
Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.
Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales. Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo establecida por el Área de Procesos de Selección y Contratación en las reglas de participación.
No podrá, en ningún caso, modificar las características y especificaciones requeridas, por alguna otra de características técnicas inferiores a las descritas en el numeral 2.2. del presente documento y en el evento en que el Formato establecido presentado con la oferta inicial de precio existan errores o modificaciones en la descripción o en las cantidades correspondientes, se entenderá que el oferente acoge en su integridad la descripción y cantidades establecidas en el Formato 07.
Deberá diligenciar la totalidad de las casillas correspondientes en el Formato 07 establecido.
d. Para efectos de la comparación de ofertas, en el evento en que alguno de los oferentes pertenezca al régimen tributario simplificado, deberá adicionar al valor de su oferta aquel correspondiente al de la retención que realice FONADE por concepto de IVA. El resultado en ningún caso podrá ser superior al presupuesto oficial estimado. No obstante lo anterior, de resultar seleccionado el oferente que se encuentre en esta situación, el contrato que se suscriba no incluirá el valor de la retención del IVA. Para los oferentes que por su naturaleza jurídica (más no por el régimen tributario al que pertenezcan), no son responsables del IVA, su oferta económica no deberá incluirlo. Para estos casos, ni FONADE ni el oferente a quien se le haya aceptado su oferta estarán obligados a efectuar este tributo.
e. No podrá, en ningún caso, modificar la característica del ítem
EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL DEL OFERENTE (120 PUNTOS)
Para el presente proceso de selección se asignará puntaje en función de la experiencia específica del oferente, para lo cual el oferente allegará hasta dos (2) contratos adicionales a los relacionados en el formato No. 3 de las reglas de participación, los cuales deberán cumplir con los requerimientos para lo cual deberá diligenciar el formato 3A, de acuerdo con lo que se define a continuación:
CRITERIO PARA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE | PUNTAJE |
Con los contratos aportados adicionales en PRESTACION DE SERVICIOS EN LA LOGISTICA y/o ORGANIZACIÓN y/o REALIZACION DE EVENTOS, cuyo valor sea mayor a 2.0 vez el XXX hasta igual o menor a 3.0 veces el XXX, expresado en SMMLV | 40 |
Con los contratos aportados adicionales en PRESTACION DE SERVICIOS EN LA LOGISTICA y/o ORGANIZACIÓN y/o REALIZACION DE EVENTOS, cuyo valor sea mayor a 3.0 veces el XXX hasta igual o menor 4.0 veces el XXX, expresado | 80 |
en SMMLV | |
Con los contratos aportados adicionales en PRESTACION DE SERVICIOS EN LA LOGISTICA y/o ORGANIZACIÓN y/o REALIZACION DE EVENTOS, cuyo valor sea mayor a 4.0 veces el XXX, expresado en SMMLV. | 120 |
CAPACIDAD LOGISTICA PARA LA REALIZACION DE EVENTOS (120 PUNTOS)
Se puntuará el oferente que haya realizado eventos con mayor capacidad logística para atenderlos, para lo cual deberá allegar copia de los contratos donde se evidencie la realización de los eventos.
CRITERIO PARA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE | PUNTAJE |
EVENTOS REALIZADOS CON CAPACIDAD DE ASISTENCIA MAYOR A 500 PERSONAS ASISTENTES HASTA IGUAL O MENOR A 1500 PERSONAS ASISTENTES | 30 |
EVENTOS REALIZADOS CON CAPACIDAD DE ASISTENCIA MAYOR A 1500 PERSONAS ASISTENTES HASTA IGUAL O MENOR A 3000 PERSONAS ASISTENTES | 60 |
EVENTOS REALIZADOS CON CAPACIDAD DE ASISTENCIA MAYOR A 3000 PERSONAS ASISTENTES HASTA IGUAL O MENOR A 4500 PERSONAS ASISTENTES | 90 |
EVENTOS REALIZADOS CON CAPACIDAD DE ASISTENCIA MAYOR A 4500 PERSONAS ASISTENTES | 120 |
PROCEDIMIENTO ASIGNACIÓN DE PUNTAJE OFERTA ECONOMICA (100 PUNTOS)
La asignación de puntaje se realizará con el siguiente procedimiento:
a) El Comité Evaluador, con las ofertas económicas, aplicará el mecanismo de Media Aritmética Baja, con el fin de asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas, salvo que, con fundamento en la verificación, se determine que sólo una oferta continúa en el proceso de selección, caso en el cual a la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las ofertas económicas. Máximo puntaje a asignar 100 puntos. La aplicación del mecanismo seleccionado se hará, de acuerdo con la siguiente fórmula.
MECANISMO | Media Aritmética Baja | ||
FÓRMULA | |||
Dónde: | |||
AB | = | Media aritmética baja de los valores de las ofertas económicamente hábiles. | |
A | = | Media aritmética de los valores de las ofertas económicamente hábiles. | |
Xb | = | Valor de la oferta hábil más baja. |
b) Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de las ofertas, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.
1.) Para valores iguales e inferiores a la media:
i. Fórmula:
Dónde:
Px = Puntaje Oferta x. (A asignar al oferente)
Vx = Valor Oferta x.
PM = Puntaje Máximo = Valor de la media
2.) Para valores superiores a la media:
i. Fórmula:
Dónde:
Px = Puntaje Oferta x (A asignar al oferente)
V = Valor Oferta x.
PM= Puntaje Máximo = Valor de la media
NOTA: La escogencia del mecanismo se realizó basado en el estudio del sector de acuerdo al análisis financiero, basado en las cifras obtenidas del SIREM 2015.
ASIGNACIÓN DE PUNTAJE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
De conformidad con lo previsto en la Ley 816 de 2003, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, con el fin de apoyar la industria colombiana se otorgará un puntaje máximo de VEINTE (20) puntos con fundamento en las respectivas certificaciones publicadas en el SECOP.
La reciprocidad aplica para aquellos Oferentes extranjeros, que participen individualmente o como integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de Oferente colombiano, para lo cual se aplicarán las siguientes reglas:
Servicios y/o Bienes Nacionales: son los servicios prestados por Oferentes Singulares: personas naturales colombianas o residentes en Colombia, o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana.
La Entidad concederá trato nacional a:
a. Los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales;
b. Los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho estado; y
c. Los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal b) anterior en relación con un estado en particular.
Tanto las certificaciones como la información sobre los acuerdos comerciales suscritos por Colombia están disponibles en la página del SECOP.
El oferente podrá presentar las respectivas consultas del SECOP y en una carta indicará que su oferta cumple con los requisitos para que se le otorgue tratamiento de bienes y servicios nacionales pese a ser de origen extranjero, en virtud del principio de reciprocidad. La entidad verificará dicha información.
Para el presente proceso se atenderán como bienes nacionales, aquellos bienes totalmente obtenidos, bienes elaborados con materiales nacionales o productos que sufran una transformación sustancial de conformidad con lo previsto en el Decreto 2680 de 2009.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
La información para acreditar reciprocidad en el evento que un Oferente Extranjero sin sucursal o domicilio en Colombia pretenda recibir trato nacional será la que corresponda a la publicada en el SECOP.
En caso que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla en su oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor de Apoyo a la Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero (0) puntos.
Incentivo a la incorporación de Componente Colombiano:
Para la aplicación de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del artículo 2º de la Ley 816 de 2003: a los proponentes de origen extranjero que ofrezcan determinado porcentaje de
componente colombiano incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato (si aplica), se les otorgará puntaje de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece más adelante para la evaluación correspondiente. Por Personal calificado se entiende aquel que requiere de un título universitario otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.
Para estos efectos, los oferentes extranjeros que no hayan acreditado reciprocidad, deberán señalar en el FORMATO FACTOR PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL anexo al presente documento, el porcentaje ofrecido de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado que empleará para la ejecución del contrato.
Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el oferente no podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero ofrecidos en la ejecución del contrato.
Habida cuenta de lo anterior, el presente factor de escogencia y su puntaje, se calificarán de conformidad con los siguientes criterios y ponderaciones:
FACTOR PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL Puntaje máximo posible en este factor = 20 puntos | ||
SUBCRITERIO | CONDICIONES | PUNTAJE |
SERVICIOS Y/O BIENES DE ORIGEN NACIONAL (subcriterio1) | La totalidad de la estructura plural o proponente individual deben cumplir y ser: Oferentes Singulares es decir : Personas naturales nacionales, personas naturales extranjeras residentes en Colombia, personas jurídicas nacionales y; Oferentes Singulares es decir: Personas jurídicas extranjeras o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que hayan acreditado la reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente, así como las Estructuras Plurales integradas por dichas personas. | 20 puntos |
En caso que el Oferentes plural no ofrezca en su totalidad bienes y/o servicios de origen nacional, de acuerdo con las condiciones señaladas anteriormente, se le otorgara el puntaje proporcional al porcentaje de participación en la estructura plural del integrante que ostente el componente nacional. | ||
INCENTIVO A LA INCORPORACIÓN DE COMPONENTE NACIONAL (subcriterio 2) | Oferentes extranjeros y Estructurales Plurales de origen extranjero que no hayan acreditado la reciprocidad o la existencia de un acuerdo comercial vigente, que ofrezcan determinado porcentaje de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece a continuación: | Hasta 10 puntos, según tabla |
COMPONENTE NACIONAL OFRECIDO DEL PERSONAL CALIFICADO [Medido en términos de % referido a la totalidad del personal calificado del contrato] | PUNTAJES | |
Hasta el 80 % de componente nacional incorporado | 0 PUNTOS | |
Más del 80% de componente nacional y hasta el 85% | 6 PUNTOS | |
Más del 85% de componente nacional y hasta el 90% | 8 PUNTOS | |
Más del 90% de componente nacional | 10 PUNTOS |
Para efectos de lo anterior, el oferente debe suscribir el Anexo 1 “Formato Apoyo a la Industria Nacional”, anexo al presente documento”.
Podrán acumularse puntajes del subcriterio 1 y 2, pero en ningún caso podrán sumar para este factor más de veinte (20) puntos.
5.1.2 FACTORES DE DESEMPATE
En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
1. Factor Técnico: Si persiste el empate se considerará como primero en el orden la oferta que tenga el mayor puntaje en el factor Técnico.
2. Factor de experiencia: Si persiste el empate se considerará como primero en el orden aquella oferta que haya presentado en la sumatoria de contratos aportados para el cumplimiento del requisito habilitante, el mayor valor de contratos que superen en SMMLV. No obstante, en el evento en que dos o más oferentes para el cumplimiento del precitado requisito, acrediten contratos cuya sumatoria expresada en SMMLV supere 1.5 veces el XXX, persistirá el empate entre estos y se aplicará la siguiente causal de desempate.
NOTA: Para efectos de determinar el valor de los contratos aportados, en los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta el valor de acuerdo al porcentaje de participación del oferente en dicho consorcio o unión temporal.
3. Factor de experiencia: Si persiste el empate se considerará como primera en el orden aquella oferta que haya presentado en la sumatoria de contratos aportados para el cumplimiento del requisito de experiencia específica del oferente, el mayor valor en SMMLV. De los contratos de FABRICACION y/o VENTA y/o DISTRIBUCIÓN Y/O DE SUMINISTRO DE SEÑALIZACION VERTICAL Y HORIZONTAL PARA CARRETERAS Y/O VIAS.
4.
NOTA: Para efectos de determinar el valor de los contratos aportados, en los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta el valor de acuerdo al porcentaje de participación del oferente en dicho consorcio o unión temporal.
5. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la oferta de bienes y servicios extranjeros. Para el presente proceso de selección, se tendrá como servicio de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia o por aquellos oferentes extranjeros a quienes se les deba dar trato de oferente nacional de conformidad con la normatividad vigente. En caso de oferente plural, todos sus integrantes deberán cumplir con la condición de ser un servicio de origen nacional.
6. Como último mecanismo y sólo en caso de no haberse dirimido el desempate con los anteriores criterios, se acudirá al sorteo por medio de balotas y para el efecto se citará a los oferentes empatados para realizar el respectivo sorteo en audiencia pública.
CAPÍTULO SEXTO
6 CONDICIONES DE COSTO Y CALIDAD QUE FONADE DEBE TENER EN CUENTA PARA LA
SELECCIÓN OBJETIVA
Conforme lo establece el Estatuto de Contratación- CÓDIGO MDI 720 - VERSIÓN 09 del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo-FONADE, para la modalidad de selección de Convocatoria Simplificada, la oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y ponderación precisa y detallada contenida en el presente documento, resulte ser la más ventajosa para la entidad.
FONADE tendrá en cuenta que el oferente presente su oferta cumpliendo con todas las condiciones exigidas en el documento de Estudios Previos y en especial las contempladas en las presentes Reglas de Participación, así como el cumplimiento de las normas técnicas que regulan la actividad y aseguren la ejecución con calidad del objeto contractual.
Adicionalmente y teniendo en cuenta el plazo de ejecución establecido para la ejecución contractual, es necesario que el oferente contemple tanto los sitios de acopio como la programación o cronograma para el suministro de los bienes objeto del contrato; en consecuencia se deben tener en cuenta todos los costos que esto genera a la hora de elaborar la oferta económica.
CAPÍTULO SÉPTIMO
7 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS
7.1 ESPEFICACIONES TÉCNICAS
(NO APLICA PARA LA PRESENTE REGLA)
CAPÍTULO OCTAVO
8 CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos:
1. Cuando el Comité Evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos habilitantes y el oferente NO aporte, subsane o aclare lo pertinente, a más tardar al tercer día hábil anterior a la publicación de la carta de aceptación.
2. Cuando el Comité Evaluador haya solicitado explicar o aclarar información necesaria para el cumplimiento de los requisitos que otorgan puntaje y el oferente NO aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el Comité Evaluador.
3. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria o evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos mínimos.
4. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas o cuando sea radicada en un lugar diferente al establecido en las Reglas de Participación (Sala de Radicación de ofertas o Centro de Atención al ciudadano-CAC).
5. Cuando la oferta sea alternativa o parcial o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en el presente documento, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.
6. Cuando no se presente la oferta económica impresa de acuerdo con los requisitos establecidos en el presente documento.
7. Cuando la OFERTA ECONÓMICA impresa (formato 07), no se encuentre firmada al terminar el Acto de cierre y apertura de sobres por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica o consorcio o unión temporal, o del apoderado respectivo
8. Cuando en la oferta económica impresa (formato 07), uno cualquiera de los valores unitarios de los ítems exceda al 100% del valor unitario del correspondiente precio unitario oficial estipulado al ítem en los Estudios Previos.
9. Cuando en la oferta económica impresa, se presente algún valor en moneda extranjera.
10. Cuando la oferta supere el presupuesto oficial establecido en el presente documento.
11. Cuando el oferente, en la oferta económica impresa, no diligencie, o consigne cero pesos ($0), en la casilla correspondiente al valor, de uno o varios ítems cuya cantidad diferente xx xxxx esté indicada en el formato de oferta económica.
12. Cuando en la oferta económica impresa (formato 07) o en la resultante de la verificación aritmética, el oferente presente un VALOR TOTAL superior al 100% del valor total del presupuesto oficial estimado (XXX).
13. Cuando los documentos presentados por el oferente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciarán las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar.
14. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.
15. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
16. Cuando el objeto social de la persona jurídica no le permita la ejecución del objeto del proceso de selección.
17. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica y no evidencie con el documento pertinente que contaba al vencimiento del término para presentar ofertas, con la autorización expresa del órgano competente.
18. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales.
19. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta o cuando el objeto social no le permita la ejecución del objeto del proceso de selección.
20. Cuando el término de duración del oferente persona jurídica o de la persona jurídica integrante del consorcio o unión temporal sea inferior al plazo exigido para el efecto, en el presente documento y no lo subsane.
21. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o, alguno de sus representantes legales haya sido objeto de la aplicación de la Cláusula Penal de Apremio y/o Cláusula Penal Pecuniaria por parte FONADE. FONADE.
22. Cuando no presente la garantía de seriedad de la oferta con las formalidades requeridas o el oferente no subsane o aclare lo pertinente. a la garantía de seriedad de la oferta (vigencia, monto, pago, tomador, firma, beneficiario, etc)
23. Cuando el oferente no se efectúe el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta (Art.81 Ley 45 de 1990) y/o cuando habiéndose solicitado su acreditación, el Oferente no presente la documentación respectiva.
24. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no se dé cumplimiento a lo dispuesto en los literales a), b), c) y e) del Sub-numeral 5.1.1.1.1.2.1 del presente documento.
25. Cuando el oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.
26. Cuando el oferente, alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
27. Cuando el oferente de acuerdo con la normatividad vigente se encuentre obligado a tener revisor fiscal y no cuente con este o su nombramiento no se encuentre registrado en el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica.
28. Cuando el oferente, persona natural o jurídica, su representante legal, socios o integrantes se encuentren registrados en alguna de las listas vinculantes o restrictivas que conlleven una inhabilidad para contratar.
29. Cuando con la propuesta se presenten condicionamientos para la adjudicación del proceso de selección.
CAPÍTULO NOVENO
9 VALOR DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO, SISTEMA DE PAGO
9.1 VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato corresponderá al consignado en la carta de aceptación de la oferta, el cual obedece a la oferta presentada por el proponente adjudicatario. En caso de terminación anticipada, cesión o suspensión del contrato, sólo habrá lugar al pago proporcional a los productos efectivamente entregados y aprobados.
9.2 FORMA DE PAGO
FONADE cancelará al contratista el cien (100%) por ciento del valor aceptado de la oferta, mediante pagos parciales de acuerdo a la prestación de servicios realizados durante el mes, previa presentación de la factura correspondiente y la certificación por parte del supervisor y recibo a satisfacción de la prestación de servicios.
NOTA: FONADE pagara únicamente los servicios efectivamente prestados, previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor.
9.2.1 Requisitos para el Pago
FONADE cancelará al contratista el cien (100%) por ciento del valor aceptado de la oferta, mediante pagos parciales de acuerdo a la prestación de servicios realizados durante el mes, previa presentación de la factura correspondiente y la certificación por parte del supervisor y recibo a satisfacción de la prestación de servicios.
NOTA: FONADE pagara únicamente los servicios efectivamente prestados, previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor.
REQUISITOS PARA EL PAGO
Los pagos y/o el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Deberán ser refrendados por el SUPERVISOR en los formatos que FONADE suministre para el efecto.
b. El CONTRATISTA acreditara al supervisor del cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el CONTRATISTA subsane las glosas que se le formulen.
d. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración y ejecución del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por FONADE.
9.3 SISTEMA DE PAGO
Para la ejecución del objeto contractual se encuentran establecidas las especificaciones técnicas, las cantidades requeridas y los precios unitarios por lo tanto, el sistema de pago del contrato es por Precios unitarios fijos sin fórmula de ajuste. En consecuencia, el valor definitivo del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar los servicios prestados y las cantidades entregadas por el CONTRATISTA y recibidas por FONADE a su entera satisfacción, por los valores o precios unitarios fijos pactados para el respectivo ítem según la oferta económica.
El CONTRATISTA no podrá superar en su ejecución el presupuesto asignado por la Entidad.
CAPÍTULO DÉCIMO
10 RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLOS, ASIGNACIÓN DEL RIESGO
ENTRE LAS PARTES CONTRACTUALES
Conocer los riesgos que afectarían este proyecto, tanto en aspectos favorables como adversos, contribuye a asegurar los fines que el Estado persigue con la contratación. Con este propósito se preparó el estudio definido en este numeral, el cual permite revelar aspectos que deben ser considerados en la adecuada estructuración de ofertas, planes de contingencia y continuidad del presente proceso.
El análisis de riesgos del proceso de selección se encuentra adjunto al presente documento.
CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO
11 GARANTÍAS EXIGIDAS Y CONDICIONES
El oferente deberá anexar a su oferta, una garantía que ampare la seriedad de su oferta. Una vez aceptada la oferta el contratista deberá anexar una garantía que ampare el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del mismo frente a la entidad. Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro, garantía bancaria.
11.1 GARANTÍA DE SERIEDAD
El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado y su término será desde el día de presentación de la oferta y por TRES (03) meses. Este plazo será prorrogable como máximo por tres (3) meses más. La garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, correspondiente a la póliza de cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN o garantía bancaria expedida por un banco local. En caso de que la garantía sea una póliza de seguro, el oferente deberá anexar el respectivo recibo de pago.
11.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del CONTRATISTA frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio previo efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos dentro de las garantías que el CONTRATISTA deberá constituir a favor de FONADE.
Atendiendo el objeto y las características del contrato de prestación de servicios así como la naturaleza de las obligaciones contenidas, FONADE solicitará al CONTRATISTA la constitución de una garantía a favor FONADE en calidad de asegurado y beneficiario, en los términos establecidos en la normatividad vigente, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, correspondiente a la póliza de cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN o garantía bancaria expedida por un banco local que incluya los siguientes amparos:
TIPIFICACIÓN DEL RIESGO | ESTIMACIÓN DEL RIESGO | VIGENCIA | RESPONSABLE |
Cumplimiento | 20% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y ocho (8) meses más. | CONTRATISTA |
Pago de salarios y prestaciones sociales | 5% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
11.3. SEGUROS DE DAÑOS
Desde el inicio del contrato y hasta la culminación del plazo de ejecución, se deben contemplar seguros de responsabilidad civil y daños, según se explica a continuación.
11.4. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA-CONTRACTUAL
El CONTRATISTA deberá presentar para aprobación de la ENTIDAD, adicional a la Garantía de Cumplimiento, como amparo autónomo y en póliza anexa, bajo la modalidad de ocurrencia, una garantía para cubrir los daños que el CONTRATISTA, en el desarrollo de las labores relacionadas con el contrato, cause a terceros en sus personas o en sus bienes.
AMPARO | LÍMITE ASEGURADO |
Daños patrimoniales y extra patrimoniales | Sin Sublimite |
Responsabilidad civil por contratistas y subcontratistas | Sin Sublimite |
Responsabilidad civil patronal | Sin Sublimite |
Responsabilidad civil por gastos médicos | Sin Sublimite |
Responsabilidad civil productos y suministro de alimentos | Sin Sublimite |
Vehículos propios y no propios | Sin Sublimite |
Esta póliza tendrá un valor asegurado correspondiente a 30 % xxx XXX y deberá permanecer vigente desde el acta de inicio, hasta la fecha de terminación del contrato. Xxxx figurar como asegurado, en lo que se relacione con este contrato, FONADE. En caso de prorrogarse el plazo de ejecución, deberá ampliarse la vigencia xxx xxxxxx por el mismo término. Ocurrido cualquier siniestro el CONTRATISTA está obligado a restablecer la cobertura completa. De la vigencia de este amparo se dejará constancia en el acto de liquidación.
NOTA: La aprobación de las garantías por parte de FONADE es requisito previo para el inicio de la ejecución de los contratos, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de garantías podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de estas.
CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
12 MINUTA DEL CONTRATO, OBLIGACIONES, CONDICIONES Y REGLAS
12.1 MINUTA DEL CONTRATO
Las condiciones generales del contrato resultante del presente proceso de selección, podrán verificarse en el Anexo 10 “Proyecto de MINUTA DEL CONTRATO”
12.2 OBLIGACIONES DE LAS PARTES
12.2.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
En atención al tipo de contrato que se suscribirá, las obligaciones a tener en cuenta en las Reglas de Participación serán las aplicables a los contratos de PRESTACION DE SERVICIOS.
1. Cumplir con todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente documento, el cual hace parte integral del contrato, en la forma y requerimientos establecidos, acatando la Constitución, la Ley y demás normas pertinentes.
2. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, lo cual deberá hacer mediante certificación expedida por el revisor fiscal o en su defecto por el Representante legar en la cual manifieste que se encuentra al día en los aportes de seguridad social y parafiscales.
3. Xxxxxxx oportunamente los requerimientos que realice la supervisión del contrato.
4. Indemnizar o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
5. Responder por el pago de los impuestos tasas o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración y ejecución del contrato.
6. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.
7. Los precios que ofrezca el CONTRATISTA para la ejecución del contrato, se mantendrán por el término de ejecución del contrato, por lo cual no estarán sujetos a revisiones, cambios ni ajustes durante el plazo del contrato.
8. En el caso en que durante el tiempo de ejecución del contrato surja alguna eventualidad de fuerza mayor o caso fortuito que afecte a cualquiera de las partes, se deberá informar por escrito a la otra parte que corresponda.
9. Cualquier cambio en las condiciones que surjan durante el término de ejecución del contrato, deberá hacerse de mutuo acuerdo. En caso que el cambio sea solicitado por el contratista deberá presentar dicha solicitud mediante documento escrito dirigido al supervisor del contrato, debidamente justificado.
10. Prestar los servicios y/o entregar los elementos objeto del presente contrato en la dependencia destino y al funcionario que sea designado, directamente o por intermedio del personal que a su nombre entregarán los bienes, suscribiendo el “acta de recibo a satisfacción”, según corresponda, en los términos y condiciones descritas en las reglas de participación y por él ofertadas.
11. Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo
12.2.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Adicionalmente y considerando el alcance de las actividades a desarrollar en el proyecto, el Área de Planeación Contractual considera conveniente incorporar las siguientes obligaciones específicas:
1. Prestar los servicios objeto del contrato conforme al alcance, especificaciones técnicas propuestas dentro del documento que forma parte del contrato en los plazos y cantidades establecidas con la calidad requerida.
2. Orientar, planear, organizar, administrar y ejecutar toda la logística necesaria para llevar a cabo la realización de los eventos según las necesidades y requerimientos mencionados en el anterior alcance.
3. Garantizar las condiciones óptimas para el desarrollo de los eventos en las condiciones y cantidades solicitadas, y demostrar capacidad técnica y logística para realizar los eventos en cualquier lugar del país en que se le solicite.
4. Buscar las mejores tarifas y descuentos corporativos, de acuerdo con las condiciones particulares del territorio donde deba desarrollarse la respectiva actividad. Todos los descuentos, tarifas preferenciales, cortesías y demás beneficios que otorguen los proveedores como resultado de la realización de un evento deben ser trasladados por el operador a el Fondo Emprender.
5. Presentar al supervisor para cada evento, la cotización con 3 alternativas y dentro de los tiempos establecidos, velando por el cumplimiento de las políticas de austeridad para la elección de los servicios.
6. Presentar los presupuestos preliminares al supervisor dentro de los tiempos establecidos, velando por el cumplimiento de las políticas de austeridad.
7. Realizar la contratación o adquisición de un bien o servicio logístico, previa autorización del supervisor del contrato. Los bienes o servicios adquiridos para la realización de un evento que no sean aprobados previamente por el supervisor del contrato, no serán pagados por el Fondo Emprender.
8. Responder a los requerimientos realizados por el SENA- Fondo Emprender y presentar informes de la verificación, entrega, instalación y pruebas de los bienes (si hay lugar a ello), al supervisor o la persona designada de ejercer el control y vigilancia del contrato.
9. Solicitar autorización de la supervisión cuando se requiera realizar alguna modificación a los eventos.
10. Tramitar oportunamente los permisos y licencias que se requieran ante las autoridades legales competentes para la realización de eventos.
11. Presentar cuando se considere necesario pólizas de responsabilidad civil extracontractual por los daños y perjuicios que se puedan generar con la ejecución del evento.
12. Informar al supervisor, cualquier situación que altere el normal funcionamiento de cada uno de los eventos y presentar alternativas de solución inmediatas ante problemas que sean de su competencia.
13. Garantizar que el personal que se destine para la ejecución del contrato sea el adecuado para la correcta ejecución de las actividades requeridas.
14. Contemplar el número de personas de apoyo logístico y de meseros de acuerdo con el tipo de evento, los servicios a prestar y el número de asistentes, que le permitan garantizar la óptima prestación de los servicios. Este cálculo deberá ser aprobado por el supervisor del contrato.
15. Para los eventos que sean pertinentes, el contratista deberá designar un coordinador logístico que se desplace al sitio para velar por el adecuado montaje y desarrollo de estos, teniendo en cuenta los requerimientos acordados y aprobados previamente por el supervisor. Los gastos que se incurran por estos desplazamientos tales como tiquetes aéreos, hoteles, viáticos, logísticos adicionales, envíos adicionales, entre otros, deberán ser estimados en la propuesta entregada a FONADE.
16. Prestar los servicios objeto de este contrato, en los casos en que el SENA, autorice la realización de los eventos en las instalaciones xxx XXXX.
17. Pagar a los proveedores de productos y servicios contratados para la realización de los eventos requeridos, de acuerdo con los plazos establecidos en las negociaciones comerciales que realice. Las condiciones comerciales que se pacten con los proveedores son de su responsabilidad y por ningún motivo podrá trasladarse la misma al Fondo Emprender.
18. Custodiar los elementos entregados por el SENA y que serán utilizados en los diferentes eventos, así como garantizar la puesta de estos en el lugar, hora y días definidos por el SENA - Fondo Emprender. En caso de incumplimiento de entrega por parte del operador en los tiempos establecidos, el operador deberá asumir dichas pérdidas.
19. Disponer del personal necesario para el montaje, mantenimiento y desmontaje de stands cada vez que el Fondo Emprender participe en ferias y/o congresos.
20. Elaborar los elementos y piezas requeridas teniendo como finalidad su reutilización en futuros eventos. Por lo tanto, también será una obligación del operador la custodia, mantenimiento, almacenamiento de estos durante y posterior al evento.
21. Realizar la entrega de los elementos y material de propiedad del Fondo Emprender en las instalaciones xxx XXXX o FONADE a más tardar a los dos días hábiles siguientes a la fecha de terminación del evento.
22. Garantizar la prestación de los servicios de transporte, alojamiento y suministro de la alimentación a los emprendedores y expositores, de acuerdo con las especificaciones estipuladas anteriormente.
23. Realizar el diseño del material POP, avisos, piezas de comunicación multimedia y demás elementos requeridos por el SENA – FONDO EMPRENDER a partir de las especificaciones entregadas. El operador deberá entregar una muestra preliminar la cual deberá ser aprobada previamente por el supervisor.
24. Garantizar el suministro del material POP, piezas y demás elementos promocionales a las regionales xxx XXXX en los plazos y términos definidos. En caso de incumplimiento de entrega por parte del operador, este deberá asumir dichas pérdidas.
25. Entregar con la oportunidad regulada a FONADE, los documentos soportes para el trámite de pagos.
26. Entregar al supervisor, al finalizar cada uno de los servicios solicitados un informe técnico, financiero y registro fotográfico en donde se detalle la logística utilizada y sus costos.
27. Entregar al Fondo Emprender, un informe al finalizar el plazo de ejecución del contrato, donde se presenten los resultados obtenidos.
28. Ofrecer apoyo logístico en todas las actividades de entrega, alistamiento, verificación de la calidad de los alimentos previo al suministro de los mismos.
29. Coordinar la logística necesaria para el evento, asistir al personal que reciba los mismos, supervisar que los procedimientos que demanden la ejecución del evento sean realizados adecuadamente.
30. Adquirir las pólizas que sean requeridas para la ejecución del contrato.
31. Asumir todos los gastos que se deriven del cumplimiento de la prestación del servicio.
32. Asumir todos los gastos que se deriven para la entrega, verificación y facturación del servicio.
33. Presentar informes de la verificación, entrega, instalación y pruebas de los bienes (si hay lugar a ello), al supervisor o la persona designada de ejercer el control y vigilancia del contrato
34. Xxxxxxx soporte vía telefónica o por correo electrónico, con el fin de atender requerimientos presentados durante la ejecución del contrato, garantizando la inmediata solución de los mismos.
35. Garantizar que el personal que destine para la ejecución del contrato sea el adecuado para la adecuada ejecución de las actividades requeridas, a nivel nacional.
36. Presentar un informe, en el cual se describan las actividades desarrolladas en cada uno de los componentes, describiendo cantidades y especificaciones del servicio prestado.
37. Contemplar el número de meseros para la atención del evento, que deberá ser calcularlo de acuerdo con el tipo de evento, los servicios a prestar, el número de asistentes, que le permitan garantizar la óptima prestación del servicio objeto del contrato.
38. Ofrecer apoyo logístico en todas las actividades que se realicen durante el evento. Adicionalmente, se debe coordinar la logística necesaria para el evento, asistir al personal invitado a los eventos, supervisar que los procedimientos que demanden la ejecución del evento, sean realizados adecuadamente.
39. Permitir el acceso del personal de FONADE para verificar las condiciones del evento, un día antes del mismo.
40. Indemnizar o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
41. Responder por el pago de los impuestos tasas o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
42. Preparar la planeación logística y la disposición de los recursos para soportar eficaz y oportunamente imprevistos que puedan presentarse.
43. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.
44. Informar por escrito a la otra parte quien corresponda, de las eventualidades de fuerza mayor o caso fortuito que afecte a cualquiera de las partes, e informar por escrito con el fin de definir la solución de mutuo acuerdo.
45. Responder laboralmente por la vinculación del personal que contrate o utilice para ejecución del contrato.
46. Asumir el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del personal que utilice para la ejecución del contrato, conforme a lo establecido por la ley.
47. Garantizar el cumplimiento o desarrollo del objeto del contrato en las condiciones mínimas y cantidades, con la capacidad requerida para el mismo y para el descanso y consumo de alimentos.
48. Sostener reuniones permanentes con la supervisión del contrato, con el fin de revisar detalladamente la planeación y desarrollo del evento.
49. Adelantar la totalidad de las actividades requeridas para el desarrollo del objeto del contrato, y cubrir los costos en que deba incurrir en desarrollo del mismo, los cuales incluyen entre otros: personal, logística, refrigerios, almuerzos, alquiler de salón y equipos, y todos los impuestos a que haya lugar, y cualquier otro costo o gasto que requiera la ejecución del contrato, y por lo tanto FONADE no aceptará reclamaciones posteriores por parte del contratista.
50. Garantizar la calidad, efectividad y puntualidad en la prestación del servicio, buena presentación personal de logística, la cual debe incluir el uso exclusivo de uniforme, trato amable, actitud de disponibilidad y respecto.
51. Cumplir las demás actividades relacionadas con el objeto del contrato que sean acordadas con el supervisor.
52. Apoyar a FONADE en el proceso de conformación de costos adicionales asociados por evento.
53. Garantizar que todos los equipos y material del evento deben estar puestos en el lugar, a la hora y en el día definidos por FONADE.
54. Custodiar y supervisar los elementos del evento de propiedad de la Entidad y entregarlos en las instalaciones de FONADE en Bogotá a más tardar a los dos días hábiles siguientes a la fecha de terminación del evento.
55. Suministrar y garantizar el óptimo sonido y el uso de micrófonos inalámbricos necesarios.
56. Disponer de personal de logística para la atención del evento, de acuerdo a los requerimientos del mismo.
57. Garantizar las condiciones óptimas para el desarrollo de los eventos en las condiciones, cantidades y capacidad solicitadas.
58. Mantener vigente durante el tiempo de operación y la ejecución del contrato, los documentos reglamentarios exigidos por el Ministerio de Transporte para el funcionamiento, la circulación y la prestación del servicio de transporte: La tarjeta de operación, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, la tarjeta de propiedad, la póliza de responsabilidad civil, la certificación técnico mecánica, la certificación técnica de emisión de gases y demás certificaciones y/o documentos necesarios y actualizados, para poder transitar en las xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx.
00. Prestar el servicio de transporte de personal con conductores idóneos con licencia de conducción con la categoría necesaria para cada tipo de vehículo, con experiencia y cumplir toda la normatividad, para garantizar la vida de quienes se transportan. Para ello el oferente deberá realizar alianzas con empresas de transporte público especial que estén habilitadas por el Ministerio de Transporte.
60. Prestar el servicio de transporte de carga con conductores idóneos con licencia de conducción con la categoría necesaria para cada tipo de vehículo, con experiencia y cumplir toda la normatividad, para garantizar la calidad de la carga que se transporta. Para ello el oferente deberá realizar alianzas con empresas de transporte de carga que estén habilitadas por el Ministerio de Transporte.
61. Garantizar que los vehículos que se utilizarán deben ser modelos 2010 en adelante, aire acondicionado, con carrocería y cojinería en excelentes condiciones y un alto nivel de limpieza durante la prestación del servicio.
62. Realizar el cambio de un vehículo por falla mecánica y/o accidente de tránsito, el cual no debe superar una (1) hora y el vehículo de reemplazo debe ser de iguales características a las estipuladas para prestar el servicio.
63. Contar y mantener la Licencia Sanitaria, Registro Sanitario y certificados de manipulación de alimentos vigentes, otorgados por la autoridad competente.
64. Mantener durante la ejecución del contrato vigente el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Turismo expedido por las Cámaras de Comercio, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 166 del Decreto 019 de 2012.
65. Las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato.
NOTA: FONADE se reserva el derecho de admitir o recibir los servicios objeto del presente contrato que no cumplan con las especificaciones requeridas por FONADE.
12.2.3 OBLIGACIONES DE FONADE
1. Informar con anterioridad al CONTRATISTA, los servicios requeridos para la realización del evento.
2. Pagar al CONTRATISTA el valor del contrato en la forma de pago establecida en la cláusula correspondiente.
3. Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.
4. Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato.
12.3 ACTA DE INICIO Y LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL
El contrato que suscriba producto del presente proceso para la ejecución requerirá de acta de inicio debidamente celebrada por el Oferente y el supervisor. Así mismo requiere liquidación, teniendo en cuenta que es un contrato de ejecución instantánea, el cual es una de las causales descritas en el artículo 33 del MDI720 – Estatuto de Contratación del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE versión 9, adoptado mediante Resolución 201 del 13 xx xxxxx de 2016 “por medio de la cual se deroga la resolución 265 del 22 de septiembre de 2015, publicada en el diario oficial No. 46.298 del 15 xx xxxxx del presente año.
12.4 MODIFICACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato inicialmente estimado podrá ser modificado en razón de la necesidad de ejecución de mayores cantidades necesarios para la terminación del objeto del contrato o para la realización de actividades que se consideren técnicamente convenientes u oportunas con ocasión de la ejecución del objeto inicial. Las modificaciones al valor correspondientes a mayores cantidades ajustarán el valor inicialmente contratado y se denominarán adición de contrato.
Para modificar el valor del contrato previamente se requiere:
a) La solicitud, justificación técnica y presupuesto correspondiente por parte de la interventoría.
b) Balance de cumplimiento actualizado determinando la necesidad de modificar el valor del contrato.
c) Aval y concepto técnico del gerente de convenio.
d) Certificado de disponibilidad presupuestal.
ÍTEMS O ACTIVIDADES NO PREVISTAS
Son ítems o actividades no previstas aquellas necesarias para el cumplimiento del objeto contractual o técnicamente convenientes u oportunas, no pactadas desde el inicio del contrato.
Si durante el desarrollo de la obra surge la necesidad de ejecutar ítems o actividades de obra no previstos contractualmente, EL CONTRATISTA los deberá ejecutar, previa celebración del contrato adicional correspondiente. La necesidad de ejecutar los nuevos ítems de obra será determinada por FONADE, previo concepto de la interventoría.
Le está prohibido a EL CONTRATISTA ejecutar ítems o actividades de obra no previstos en el contrato, sin que, previamente, se haya suscrito el respectivo contrato adicional. Cualquier ítem que ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumido por cuenta y riesgo de EL CONTRATISTA, de manera que FONADE no reconocerá valores por tal concepto.
Para la determinación del precio de los ítems o actividades no previstos y, por lo tanto, para la elaboración del análisis de precios unitarios, por parte de EL CONTRATISTA, se tendrá en cuenta el valor de los insumos, entendido como aquel que corresponde a las tarifas de los equipos, precios de los insumos y/o materiales básicos y las tarifas de personal, contenido en los respectivos análisis de precios unitarios de los ítems o actividades previstas y en la lista de precios de insumos. En el evento en que en el análisis de los precios unitarios de los ítems o actividades previstas y/o en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, se aplicará el menor valor.
Si el precio de uno o algunos de los insumos necesarios para la determinación del valor del nuevo ítem o actividad no se encuentra en los análisis de precios unitarios, ni en la lista de precios de insumos, será acordado entre EL CONTRATISTA y el interventor previa verificación y aval de los precios por parte de la Subgerencia de Contratación. Los precios que se acuerden por los ítems o actividades no previstos, en ningún caso, serán superiores a los xxx xxxxxxx al momento en que el que se celebre el contrato adicional.
PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS Y BIENES
Todos los estudios, informes, documentos, gráficos, planos, u otros materiales preparados por el CONTRATISTA en cumplimiento del presente contrato, serán de propiedad de FONADE, y deberá hacer entrega formal de los mismos al momento de liquidación del contrato, sin perjuicio de las obligaciones contraídas en virtud del acuerdo de confidencialidad
12.5 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente de ser seleccionada su oferta, con la suscripción del mismo.
12.6 OMISIONES
Cualquier omisión, error o vicio en los ítems contenidos en la oferta, en las especificaciones técnicas o en los planos y demás documentos e información técnica que al momento del estudio para la presentación de la oferta económica debió advertir el oferente o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la construcción serán asumidos íntegramente
con su patrimonio. Así mismo, las omisiones o errores en el cálculo de la mano de obra, materiales, rendimientos de maquinarias y, en general, cualquier otro componente de los precios unitarios, serán de exclusiva responsabilidad del contratista y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.
12.7 PREVENSIÓN DE RIESGOS
El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato, para ello deberá: 1) En el lugar de ejecución del contrato y hasta los límites circundantes del mismo, el CONTRATISTA es responsable de la seguridad de cada una de las personas que se encuentren laborando, transitando o visitando el lugar o área intervenida; por tal motivo, deberá tener en cuenta todas las medidas de protección para evitar la causación de daños en la integridad física de las personas y adicionalmente a través xx xxxxxx informativas establecer e informar a todas las personas con respecto a las labores ejecutadas, riesgos de las actividades ejecutadas, medidas de prevención establecidas para prevenir los riesgos y datos identificadores del contratista en calidad de ejecutor y responsable o del consultor de los estudios y diseños. 2) La ejecución de las actividades objeto del contrato se deberá efectuar teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de seguridad para el personal encargado de la ejecución y teniendo en cuenta las condiciones de cada uno de los materiales empleados para el desarrollo de la misma.
12.8 DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADAS
1. El CONTRATISTA será el único responsable por la calidad y cumplimiento de las actividades (servicios, trabajos, obras, informes, etc.) y productos contratados y por los daños que su personal, trabajadores, contratistas, proveedores o propios le ocasionen a las obras, lotes, equipos, datos y/o programas, bienes de propiedad de FONADE o de la entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio o contrato interadministrativo de gerencia o gestión de proyectos que se derive del presente contrato, y de las propiedades y bienes adyacentes.
2. El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir los costos de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a cualesquier persona y/o bienes de particulares, de servicio público o de FONADE o de la entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio o contrato interadministrativo y de las propiedades y bienes adyacentes, por imprudencia, negligencia, impericia o descuido, por la inobservancia de las políticas, normas o procedimientos establecidos, dentro o fuera de las áreas donde se ha de ejecutar total o parcialmente el objeto del contrato, derivados de su actividad, de la de sus trabajadores, de la de sus contratistas o de la de sus proveedores.
3. El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir el riesgo, los daños o pérdida de las máquinas, equipos, informes y bienes de su propiedad o utilizados por este para la ejecución del presente contrato.
4. En el evento que cause algún daño a FONADE, a la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio, a personal o contratistas de FONADE, o a terceros por acción u omisión del CONTRATISTA o del personal del CONTRATISTA o de sus proveedores o subcontratistas, el CONTRATISTA se obliga, a su xxxxx, a:
a. Responder por los daños y perjuicios que se ocasionen a las personas o bienes de FONADE, a la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio y/o de terceros;
b. Reparar o reponer las máquinas, bienes, equipos dañados o averiados por otros de iguales especificaciones técnicas;
c. Recuperar los datos y/o programas dañados o averiados;
d. Rehacer los servicios mal prestados y los trabajos mal ejecutados o con condiciones o especificaciones diferentes a las pactadas, y
e. Realizar las acciones pertinentes para subsanar el daño causado, en forma oportuna, asumiendo todos los costos a que haya lugar.
5. EL CONTRATISTA se obliga a reparar, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su causación, los daños ocasionados a bienes de propiedad de FONADE, o de la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio. Si los daños se causan a instalaciones, bienes o edificaciones de FONADE, o de la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio que demanden su inmediata reparación, si el CONTRATISTA no acomete las reparaciones oportunamente de conformidad con la situación, FONADE procederá a efectuar los trabajos necesarios y descontará al CONTRATISTA la totalidad de los costos más el diez por ciento (10%) por costos de administración, los cuales serán descontados de los saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, y en el evento que no existieren dichos saldos FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores mencionados, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato junto con los documentos en los que se consignen tales valores, prestan el mérito de título ejecutivo.
12.9 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a
asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”
12.10 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, las cuales extenderá a todas las personas de las que éste se valga para la ejecución del contrato en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato:
a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación:
(i). Cuando la información sea solicitada por FONADE.
(ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas.
(iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula.
c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido.
d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida.
e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada.
Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato.
FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
12.11 AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
En caso de requerirse un permiso especial para el transporte de los suministros contratados o para el desarrollo de alguna de las actividades derivadas de la ejecución del objeto contractual, el contratista se obliga a tramitar y obtener tales permisos, de manera que le permitan cumplir con la normatividad vigente sobre la materia y cumplir a cabalidad con el objeto contractual.
INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito al CONTRATISTA. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al CONTRATISTA, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual, la oferta, las reglas de participación y los estudios y documentos previos y sus anexos, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.
CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO
13 SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión del contrato será ejecutada de la siguiente manera: Por parte de FONADE a través del Gerente del Convenio 213045 o quien este designe para tal fin, quien ejercerá el control y seguimiento administrativo, técnico, jurídico y financiero. En caso que los supervisores designados no puedan continuar ejerciendo estas funciones, FONADE designarán uno nuevo. En particular el supervisor ejercerá las siguientes funciones:
a. Informar con una anterioridad de mínimo cinco (5) días hábiles al CONTRATISTA, el tipo de evento a realizar, lugar y los servicios requeridos.
b. Aprobar la solicitud de desembolso que el CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento.
c. Verificar que el CONTRATISTA se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal.
d. Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados.
e. Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su cumplimiento.
f. Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
El supervisor del contrato está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.
CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO
14 CONDICIONES GENERALES PARA LA ETAPA DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
14.1PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO: Será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Perfeccionamiento del contrato, el cual se da con la suscripción del contrato por las partes contratantes. b. Expedición del registro presupuestal por parte FONADE. c. Aprobación de FONADE de la garantía entregada por EL CONTRATISTA. d. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día. Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa o retraso por parte del CONTRATISTA a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar.
14.2 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En ejercicio de la autonomía de su voluntad, las partes acuerdan libre, expresa e irrevocablemente la causación y efectividad de la cláusula penal pecuniaria en caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo del EL CONTRATISTA después de terminado el plazo de ejecución, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título xx xxxx, por un monto equivalente hasta por el treinta por ciento (30%) valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, razón por la cual, FONADE tendrá derecho a obtener de EL CONTRATISTA el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL CONTRATISTA autoriza a FONADE a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria haciendo efectiva la garantía de cumplimiento para lo cual seguirá el procedimiento indicado en la cláusula Décima o mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las modificaciones al valor del mismo, sin perjuicio de lo previsto en el Art. 1596 del Código Civil.
14.3 CLÁUSULA PENAL DE APREMIO: En ejercicio de la autonomía de su voluntad, las partes acuerdan libre, expresa e irrevocablemente la causación y efectividad de la cláusula penal de apremio en caso xx xxxx o retrasos por parte de EL CONTRATISTA en la ejecución de la programación del contrato, o de sus obligaciones relacionadas con ocasión de la ejecución del mismo, FONADE podrá hacer exigible estos apremios sucesivos a EL CONTRATISTA por cada semana de retraso, por un valor equivalente al 1.0% del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, FONADE y/o la interventoría verificarán semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, de acuerdo con lo señalado en las Reglas de Participación, especificaciones técnicas, oferta presentada por EL CONTRATISTA y cláusulas del contrato. Para efectos de que EL CONTRATISTA cancele los valores por concepto de cláusula penal de apremio no se requiere que FONADE lo constituya en xxxx, el simple retardo imputable a EL CONTRATISTA dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral. EL CONTRATISTA autoriza que FONADE
descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL CONTRATISTA o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal haciendo efectiva la garantía de cumplimiento para lo cual seguirá el procedimiento indicado en la cláusula Décima o mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar.
14.4 CLÁUSULA - PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR EL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. Cuando se presente un posible incumplimiento parcial o total del contrato atribuible a EL CONTRATISTA respecto de cualquiera de las obligaciones del mismo, FONADE, deberá evacuar el siguiente procedimiento para declarar dicho incumplimiento: A) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, según conste en informes elaborados por la Supervisión, FONADE lo citará a él y al GARANTE, mediante comunicación que por escrito se remitirá al domicilio de EL CONTRATISTA y del GARANTE a una audiencia para debatir lo ocurrido. FONADE, fijará la fecha para realizar la audiencia, como mínimo al quinto día hábil siguiente a la fecha de recepción de la comunicación de citación a audiencia a EL CONTRATISTA y al GARANTE. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan y por ello deberá indicar los presuntos incumplimientos contractuales atribuibles a EL CONTRATISTA, acompañando el informe de la supervisión o interventoría en el que se sustente la actuación y las demás pruebas que soporten la citación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONTRATISTA, de acuerdo con las estipulaciones contractuales. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia la que deberá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
B) En desarrollo de la audiencia, FONADE, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación contractual, indicará los presuntos incumplimientos contractuales atribuidos a EL CONTRATISTA, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONTRATISTA, según las estipulaciones contractuales. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal de EL CONTRATISTA o a quien lo represente y al GARANTE, para que ejerzan su derecho de defensa y se pronuncien sobre las imputaciones de incumplimiento, en desarrollo de lo cual podrán rendir las explicaciones del caso, solicitar y aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad. C) Una vez evacuada la práctica de las pruebas o recibidos los medios probatorios aportados por los interesados, se cerrará la audiencia para que FONADE mediante decisión contractual motivada que constará por escrito, proceda a resolver sobre la exigibilidad o no de la sanción o declaratoria o no del incumplimiento. Si se resuelve que no hubo incumplimiento, se archivará la actuación contractual. Por el contrario, si se decide que hubo incumplimiento contractual, en el mismo documento, se hará la tasación de la suma a pagar a favor de FONADE y a cargo de EL CONTRATISTA y/o EL GARANTE, como consecuencia del incumplimiento de acuerdo con las estipulaciones contractuales. La respectiva decisión, se informará mediante comunicación escrita que se remitirá al domicilio de EL CONTRATISTA y del GARANTE. EL CONTRATISTA y EL GARANTE, podrán presentar un escrito de reconsideración ante FONADE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adopción de la decisión que declara el incumplimiento contractual. Si declarado éste ni EL CONTRATISTA, ni EL GARANTE, presentan el escrito de reconsideración o lo hacen en forma extemporánea, se entenderá que esa decisión se ratifica y se procede para su posterior cobro. La decisión sobre el escrito de reconsideración, si se presenta, será resuelta por FONADE por escrito, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a su recepción y remitida a EL CONTRATISTA y del GARANTE. El plazo anteriormente descrito podrá ser prorrogado por un término igual a inicialmente pactado. Por el contrario, si se resuelve que no hubo incumplimiento, se comunicará por escrito a los interesados y se archivará la actuación contractual D) En todo caso, en cualquier momento del desarrollo de la audiencia contractual, FONADE, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación contractual. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. FONADE podrá ordenar el archivo de la actuación contractual en cualquier momento, si se prueba
la cesación de situación de incumplimiento que dio lugar a este procedimiento.
PARÁGRAFO: Para efectos de valores a favor de FONADE referentes a cláusula penal de apremio, cláusula penal pecuniaria, cantidades de obra contractuales que no requieran adición de mayores valores contractuales, ajustes posteriores a las actas de obra parciales y/o definitiva, procederá la compensación.
14.5 CLÁUSULA.- SUSPENSIÓN: De común acuerdo entre las partes, se podrá suspender la ejecución del contrato mediante la suscripción de acta. Para su reinicio, se requerirá un acta en el que conste dicha circunstancia.
14.6 CLÁUSULA CESIÓN: Este contrato se celebra en consideración a la calidad del CONTRATISTA y no podrá cederlo en todo ni en parte a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE.
PARÁGRAFO PRIMERO.- CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO: Los derechos
económicos del contrato no podrán cederse en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de producirse Cesión del contrato, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.
14.7 CLÁUSULA.- SUBCONTRATOS: En el evento en que EL CONTRATISTA subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, podrá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. No obstante lo anterior, EL CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En consecuencia no hay lugar a solidaridad entre FONADE y EL CONTRATISTA y/o terceros.
14.8 CLÁUSULA RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral con EL CONTRATISTA, ni con el personal que éste suministre y/o subcontrate y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de emolumentos distintos al valor acordado en la cláusula tercera del presente documento.
14.9 CLÁUSULA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: De común acuerdo entre las partes, se podrá dar por terminado el contrato antes de su vencimiento, mediante acta. Así mismo, con la suscripción del presente contrato EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al CONTRATISTA, en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga; b) Por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de FONADE.
c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato; d) Cuando EL CONTRATISTA, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a FONADE los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello; e) Cuando EL CONTRATISTA, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; f) Cuando del incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente
la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; g) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, EL CONTRATISTA no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; h) Cuando EL CONTRATISTA abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de FONADE, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; i) Cuando EL CONTRATISTA ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de FONADE sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; j) Cuando EL CONTRATISTA incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del CONTRATISTA en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del CONTRATISTA o de alguna de sus filiales); k) Cuando se presente un retraso en el cumplimiento del programa de ejecución de obra superior a 3 semanas, FONADE podrá asumir el control de la obra con el fin de garantizar su oportuna terminación; l) Por mutuo acuerdo; m) Por orden legal judicial; n) Por el vencimiento del término de ejecución del Convenio Interadministrativo de Gerencia de Proyectos No. 211041 suscrito entre FONADE y el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL - DPS ñ) Por las demás causas dispuestas en la ley. Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al CONTRATISTA por parte de FONADE; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma. Igualmente EL CONTRATISTA tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por FONADE hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente EL CONTRATISTA no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta.
14.10 CLÁUSULA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del contrato, se procederá a su liquidación en un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la cual deben constar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. Las partes acuerdan que si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o no se llega a acuerdo sobre el contenido de la misma, ésta podrá ser practicada directa y unilateralmente por FONADE a través de documento escrito. La liquidación unilateral se realizará dentro del término de dos (02) meses contados a partir del vencimiento del plazo para liquidar el contrato de común acuerdo; lo anterior no obsta para que dentro de este plazo las partes lleguen a un acuerdo sobre la liquidación.
14.11 CLÁUSULA.- LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO: EL CONTRATISTA
manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún
reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas.
14.12 CLÁUSULA- CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA: EL CONTRATISTA adquiere
las obligaciones que se describen a continuación, las cuales extenderá a todas las personas de las que éste se valga para la ejecución del contrato en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e). El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato.
PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA
en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
14.13 CLÁUSULA - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.
14.14 CLÁUSULA- REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El contrato se perfecciona
con la suscripción del mismo por las partes. Para su ejecución se requiere de la expedición del registro presupuestal, la aprobación de la garantía de cumplimiento por parte de FONADE y la suscripción del acta de inicio.
CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO
15 CRONOGRAMA DEL PROCESO Y FIRMA DEL CONTRATO
El presente proceso de contratación se regirá por el siguiente cronograma:
ACTIVIDAD | TERMINO | LUGAR | |
A | PUBLICACIÓN DEL ACTA DE APERTURA Y REGLAS DE PARTICIPACIÓN | 19 XX XXXX DE 2017 | FONADE - Página web xxx.xxxxxx.xxx.xx y SECOP |
B | PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES A LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN. | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del acta de apertura y reglas de participación | CORREO ELECTRÓNICO xx0000000@xxxxxx.xxx.xx y SECOP en las instalaciones de FONADE. |
C | RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS A LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ADENDAS. | Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del término para presentar observaciones a las reglas de participación | FONADE - Página web xxx.xxxxxx.xxx.xx y SECOP |
D | PLAZO FINAL PARA LA ENTREGA DE PROPUESTAS Y LUGAR | 30 XX XXXX DE 2017 HORA 9:00 A.M. | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Sala de entrega de ofertas Auditorio y por mensajería especializada en el Centro de Atención al Ciudadano |
E | APLICACIÓN PROCEDIMIENTO PREVIO | 00 XX XXXX XX 0000 HORA 9:30 A.M. | FONADE. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Sala de entrega de ofertas Auditorio y por mensajería especializada en el Centro de Atención al Ciudadano. |
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS | |||
F | VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Y SOLICITUD DE SUBSANACIÓN | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la finalización del plazo para presentar ofertas | CORREO ELECTRÓNICO xxx000@xxxxxx.xxx.xx y SECOP en las instalaciones de FONADE. |
G | PUBLICACIÓN INFORME DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS HABILITANTES | El día hábil siguiente al vencimiento del término de verificación y evaluación de propuestas y solicitud de subsanación | FONADE - Página web xxx.xxxxxx.xxx.xx y SECOP |
H | PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL INFORME DE VERIFICACIÓN Y | Por el término de dos (2) días hábiles contados a partir del día hábil Siguiente a la Publicación | CORREO ELECTRÓNICO xx0000000@xxxxxx.xxx.xx y SECOP |
ACTIVIDAD | TERMINO | LUGAR | |
EVALUACIÓN PRELIMINAR | del Informe Preliminar. | en las instalaciones de FONADE. | |
I | RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN PRELIMINAR | El día hábil siguiente al vencimiento del término para presentar observaciones al informe de verificación y evaluación preliminar | FONADE - Página web xxx.xxxxxx.xxx.xx y SECOP. |
J | COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DECLARATORIA DESIERTA | El día hábil siguiente de la publicación de respuesta a las observaciones al informe de verificación y evaluación preliminar | FONADE - Página web xxx.xxxxxx.xxx.xx y SECOP |
CONTRATO | |||
K | ELABORACIÓN MINUTA | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la selección | FONADE |
L | SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y LEGALIZACIÓN | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su comunicación | FONADE |