CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL DE MICRO FOCUS
CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL DE MICRO FOCUS
IMPORTANTE: EL LICENCIANTE PROPORCIONA SOFTWARE BAJO LICENCIA AL LICENCIATARIO (EN ADELANTE, EL «CLIENTE») EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL (EL «CONTRATO»). ESTE CONTRATO RIGE LA INSTALACIÓN Y EL USO POR PARTE DEL CLIENTE DE LA VERSIÓN DEL SOFTWARE BAJO LICENCIA IDENTIFICADO EN EL PEDIDO DE PRODUCTO CORRESPONDIENTE, O SI NO SE ADQUIRIÓ MEDIANTE UN PEDIDO DE PRODUCTO, LA DESCARGA E INSTALACIÓN O EL USO DEL SOFTWARE BAJO LICENCIA POR PARTE DEL CLIENTE CONSTITUYEN LA ACEPTACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO. LEA ATENTAMENTE ESTE CONTRATO, YA QUE CONTIENE RESTRICCIONES RELATIVAS AL USO DEL SOFTWARE POR PARTE DEL CLIENTE. ESTE CONTRATO SUSTITUYE Y CONTROLA CUALQUIER OTRA CONDICIÓN FACILITADA AL CLIENTE EN RELACIÓN CON EL USO POR PARTE DEL CLIENTE DEL SOFTWARE BAJO LICENCIA, ORAL O ESCRITA, A MENOS QUE SE HAGA REFERENCIA EXPRESAMENTE A OTRO CONTRATO ESCRITO DIFERENTE EN UN PEDIDO DE PRODUCTO O FIRMADO POR EL LICENCIANTE Y EL CLIENTE QUE COMPLEMENTE O SUSTITUYA LA TOTALIDAD O PARTE DE ESTE CONTRATO. LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO NO CONSTITUYE UNA OPERACIÓN DE VENTA.
1. DEFINICIONES Los términos con mayúscula inicial en el presente Contrato se definen como sigue:
«Autorización de licencia adicional» o «ALA» alude a los términos de licencia de software específicos adicionales que rigen el uso de un producto de software determinado, incluidas (entre otras) las disposiciones de la Guía de licencias de no producción. Las ALA de Software bajo Licencia pueden consultarse en ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇-▇▇/▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇▇ por nombre y versión de producto, o puede facilitarlas Micro Focus a petición del Cliente.
«Cliente» o «Licenciatario» significa la entidad jurídica o la persona física identificada en el Pedido de Producto correspondiente o que ha recibido legítimamente una licencia para el Producto bajo Licencia.
«Documentación» se refiere a la documentación de usuario que Micro Focus proporciona respecto al Software bajo Licencia.
«Producto bajo Licencia» alude al Software bajo Licencia y la Documentación.
«Software bajo Licencia» es la versión ejecutable del software consignado en el Pedido de Producto, facilitado de otro modo al Cliente o adquirido legítimamente por este. El presente Contrato regirá el uso de toda actualización del Software bajo Licencia que reciba el Cliente de conformidad con un contrato de soporte y mantenimiento independiente que se describe más adelante en la Cláusula 7 (Soporte y Mantenimiento), a menos que tal actualización contenga un contrato de licencia de usuario final diferente, se acompañe de este, o se rija específicamente de otro modo por dicho contrato.
«Micro Focus» o «Licenciante» significa la entidad Micro Focus correspondiente y sus entidades afiliadas que poseen derechos de propiedad intelectual sobre el Producto bajo Licencia.
«Software de Código Abierto» se refiere al software u otro material incorporado en un Producto bajo Licencia o facilitado con este, cuando dicho software u otro material se proporcione con arreglo a una
«licencia de código abierto» tal y como entienden comúnmente esta los miembros de la comunidad de código abierto, con inclusión, entre otras, de aquellas licencias que cumplan todos los criterios prescritos en la definición de código abierto facilitada por la Open Source Initiative (Iniciativa para el Código Abierto [https://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/osd]).
«Pedido de Producto» alude a la orden de compra, o a la alternativa a esta, convenida por las partes respecto a la venta de una o más licencias relativas a determinados elementos de Software bajo Licencia al Cliente.
«Componente de Terceros» alude al tiempo de ejecución (run time) u otros elementos de terceros incorporados al Software bajo Licencia y ajenos al Software de Código Abierto.
«Software de Terceros» describe el software adicional o complementario (que no sea Software de Código Abierto o Componentes de terceros) que se especifique en la Documentación o en un archivo adjunto al Software bajo Licencia.
«Período de Garantía» alude al plazo de 90 días transcurridos desde la fecha de entrega del Software bajo Licencia al Cliente.
2. PEDIDOS DE PRODUCTOS. La concesión de licencias de productos de software se efectúa con arreglo a Pedidos de Productos que (a menos que se indique lo contrario en el Pedido de Producto en cuestión) incorporan los términos del presente Contrato. Los términos que entren en conflicto con las disposiciones del presente Contrato o de cualquier ALA, o se establezcan adicionalmente a las mismas (los «Términos Contradictorios»), en una orden de compra u otro documento expedido por el Cliente serán rechazados por Micro Focus y carecerán de validez y eficacia. Si figurara algún Término Contradictorio en un Pedido de Producto, el Término o Términos en cuestión no serán de aplicación, salvo cuando se incluyan en un presupuesto de Micro Focus o en un Pedido de Producto suscrito por ambas partes.
3. CONCESIÓN DE LICENCIAS.
a. Licencia. Sin perjuicio de lo que se permita específicamente en la ALA aplicable, o de lo que se describe en la Cláusula 3a (Licencias de Evaluación), Micro Focus y sus entidades afiliadas, respectivamente, entregan y conceden al Cliente respecto a los Productos bajo Licencia una licencia no transferible, no sublicenciable y no exclusiva para utilizar el Software bajo Licencia y su Documentación conforme a lo dispuesto en el presente Contrato o la ALA aplicable, únicamente a efectos de las actividades empresariales internas del Cliente y no para su distribución o comercialización ulteriores. Licencias de Evaluación. Sin perjuicio de lo que se permita específicamente en la ALA aplicable, cuando Micro Focus y sus entidades afiliadas, respectivamente, entreguen y licencien los Productos bajo Licencia únicamente con fines de evaluación, el Cliente recibirá una licencia no transferible, no sublicenciable y no exclusiva para utilizar los Productos bajo Licencia únicamente con fines de evaluación interna y comprobación, y no para atender fin alguno de desarrollo, producción, distribución o de índole comercial (la «Licencia de Evaluación»). El plazo de una Licencia de Evaluación será de 30 días a partir de la fecha de entrega del Producto bajo Licencia (es decir, de la fecha en la que se ponga a disposición para su descarga o se entregue físicamente) al Cliente (el «Período de Evaluación»), a menos que Micro Focus autorice un período diferente por escrito. El Producto bajo Licencia se proporciona «tal cual» (en el estado en que se encuentra), y Micro Focus no asume garantía u obligación alguna respecto a la provisión de asistencia al respecto. La Licencia de Evaluación termina a la conclusión del Período de Evaluación, y el Cliente deberá devolver, o si Micro Focus así lo indica, eliminar y destruir, todas las copias de dicho Producto bajo Licencia, y deberá proporcionar a Micro Focus una confirmación por escrito de su cumplimiento de esta disposición en un plazo de 30 días desde el final del Período de Evaluación. La Licencia de Evaluación para cualquier versión prelanzamiento o beta del Software bajo Licencia (el «Software de Prelanzamiento») tendrá una vigencia de 90 días, a menos que Micro Focus autorice un período diferente por escrito. El Cliente se compromete a comunicar sin dilación a Micro Focus todos los problemas (incluidos errores, fallos, resultados no conformes y rendimientos inesperados) y cualquier comentario relativo al Software de Prelanzamiento y a responder oportunamente a todos los cuestionarios presentados por Micro Focus en relación con los resultados de las pruebas del Software de Prelanzamiento realizadas por el Cliente. Micro Focus podrá optar por no lanzar una versión final del Software de Prelanzamiento o, incluso si ya se ha lanzado, podrá decidir alterar los precios, las características, las especificaciones, las capacidades, las funciones, las fechas de lanzamiento, la disponibilidad general u otras características del Software de Prelanzamiento.
4. RESTRICCIONES DE USO.
a. Sin perjuicio de lo que se permita específicamente en la ALA aplicable o la Documentación, el Cliente se abstendrá, directamente o indirectamente:
i. de utilizar el Software bajo Licencia en actividades de tiempo compartido, externalización, hospedaje, oficinas de servicios u otros usos similares, así como de permitir el acceso a dicho Software, o el uso de este, por terceros;
ii. de modificar el Software bajo Licencia, y de crear obras derivadas de este;
iii. de someter a procesos de ingeniería inversa, descifrar, desensamblar o intentar de otro modo descubrir el código fuente del Software bajo Licencia, excepto en la medida en que la legislación aplicable permita tales actividades;
iv. desagregar partes componentes del Software bajo Licencia para su uso por separado, cuando el Software bajo Licencia con múltiples componentes se proporcione al Cliente como un único producto;
v. de publicar o divulgar a terceros cualquier evaluación o análisis comparativo del Software bajo Licencia; y
vi. de alterar, destruir o eliminar cualquier aviso o etiqueta de propiedad exclusiva en el Software bajo Licencia o incorporados al mismo.
b. El Cliente podrá efectuar un número razonable de copias de archivo del Software bajo Licencia y de la Documentación, y reproducirá todos los avisos de derechos de autor y otros derechos de propiedad que aparezcan en los Productos bajo Licencia, incluidos los avisos de todos los proveedores terceros, en todas las copias permitidas.
5. VIGENCIA. El presente Contrato y el período de licencia del Software bajo Licencia otorgado en virtud del mismo tienen carácter permanente, a menos que el Cliente haya adquirido una licencia de suscripción/plazo (en cuyo caso, el período de licencia se establecerá en el Pedido de Producto o la ALA), y estarán sujetos a la resolución anticipada conforme a lo dispuesto en la Cláusula 6 (Resolución). Si el Cliente ha adquirido una licencia de suscripción/plazo, dicha licencia se extinguirá automáticamente cuando expire dicha suscripción o plazo, a menos que se resuelva anticipadamente con arreglo a lo dispuesto en la Cláusula 6.
6. RESOLUCIÓN. Sin perjuicio de lo establecido en el presente Contrato, cualquiera de las partes podrá resolver el mismo, o cualquier licencia otorgada, previa notificación por escrito, si la otra parte incumpliera sustancialmente los términos de este Contrato, o cualquier ALA o Pedido de Producto aplicable y no subsanara el incumplimiento en un plazo de 30 días transcurridos desde la fecha en que a dicha parte le sea notificado tal incumplimiento. Micro Focus podrá resolver el presente Contrato, junto con todas y cada una de las licencias vigentes en ese momento con el Cliente, de inmediato mediante notificación por escrito al Cliente de la resolución en caso de que i) el Cliente se declare insolvente, se designe a un síndico, o presente, o se haya presentado contra él, un procedimiento de liquidación, quiebra o análogo; o ii) el Cliente infrinja o se apropie indebidamente de los derechos de propiedad intelectual de Micro Focus. La resolución se producirá sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso que pueda asistir a las partes. En caso de resolución, la(s) licencia(s) del Cliente para instalar, acceder o utilizar el Software bajo Licencia se extinguirá(n) de inmediato, y el Cliente destruirá y borrará todas las copias de dicho Software bajo Licencia que se encuentren en su poder o bajo su control, debiendo proporcionar a Micro Focus una certificación por escrito de que ha cumplido esta disposición. La resolución anticipada de este Contrato o de cualquier Pedido de Producto no dará derecho al Cliente a ningún crédito o reembolso o reembolso de cargos abonados con anterioridad.
7. SOPORTE Y MANTENIMIENTO. El Cliente no tendrá derecho a ninguna actualización del Software bajo Licencia, a menos que adquiera (o pueda recibir en virtud de una licencia de suscripción/plazo) los servicios de mantenimiento y soporte de conformidad con el contrato de mantenimiento y soporte estándar de Micro Focus vigente en cada momento (que puede consultarse en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/ o que puede facilitar Micro Focus a petición del Cliente).
8. HARDWARE. En el caso de que Micro Focus proporcione el Software bajo Licencia incorporado a un dispositivo, o de que entregue hardware al Cliente para su uso junto con el Software bajo Licencia, se aplicarán términos y condiciones adicionales aplicables a dicho hardware. En todos los demás casos, el Cliente obtendrá e instalará el hardware necesario para la correcta instalación e implementación del Software bajo Licencia.
9. SERVICIOS PROFESIONALES. Si el Cliente procurase que Micro Focus o una entidad afiliada de esta le preste servicios relacionados con el Software bajo Licencia (p. ej., de instalación, implantación,
mantenimiento, consultoría o formación), Micro Focus o su entidad afiliada prestarán tales servicios con arreglo a los términos, condiciones y tarifas estándar vigentes en cada momento, salvo que las partes acuerden otra cosa por escrito. El Cliente podrá convenir en celebrar un acuerdo de prestación de servicios profesionales con Micro Focus o su entidad afiliada a mediante un contrato específico o un documento de especificación de servicios profesionales.
10. SOFTWARE COMO SERVICIO. Si el Cliente adquiere el acceso a una solución de software en línea que Micro Focus proporcione para su uso a través de una conexión de red («SaaS»), serán de aplicación los términos y condiciones adicionales que rijan el acceso al SaaS por parte del Cliente y el uso del primero por el segundo.
11. GARANTÍA LIMITADA. Micro Focus garantiza, durante el Período de Garantía, que el Software bajo Licencia se atiene en lo sustancial a todos los aspectos materiales de la Documentación, y que cualquier medio en el que Micro Focus proporcione el Software bajo Licencia se encuentra libre de defectos en sus materiales y su elaboración en condiciones de uso normal.
El recurso único y exclusivo del Cliente en caso de incumplimiento de dicha garantía consiste en i) la reparación o la sustitución del Software bajo Licencia o los medios de soporte aplicables de forma gratuita, de manera que, tras la reparación o la sustitución, se ajusten sustancialmente a lo previsto en la Documentación o ii) si Micro Focus determina razonablemente que dicho recurso no resulta económica o técnicamente viable, un reembolso de los derechos de licencia y de cualquier cargo de mantenimiento abonado por el Software bajo Licencia durante el año en curso. La licencia para utilizar dicho Software bajo Licencia finalizará inmediatamente cuando el Cliente reciba el reembolso.
Las garantías de la Cláusula 11 (Garantía limitada) no se aplicarán si los defectos en el Software bajo Licencia o en los medios de soporte son consecuencia de: i) que no se utilice el Software bajo Licencia de conformidad con la Documentación, el presente Contrato o la ALA aplicable; ii) el mal funcionamiento de los equipos o la red del Cliente; iii) casos de accidente, negligencia o abuso; iv) la prestación de servicio por parte de personas no autorizadas; v) que el Cliente utilice otro software no proporcionado por Micro Focus, o para cuyo uso no se haya diseñado o licenciado el Software bajo Licencia; o vi) cualquier otra causa posterior a la entrega inicial del Software bajo Licencia o los medios de soporte al Cliente, salvo que haya mediado la intervención directa de Micro Focus. A efectos del presente Contrato, el Software bajo Licencia se considerará entregado cuando se ponga a disposición del Cliente por primera vez para su descarga o se entregue físicamente a este.
Micro Focus no será responsable de ninguna reclamación formulada fuera del Período de Garantía.
Las garantías de la Cláusula 11 (Garantía Limitada) también se aplican a los Componentes de Terceros, pero no a i) el Software bajo Licencia gratuito ni a las actualizaciones proporcionadas después del Período de Garantía; ni al ii) Software de Terceros que no sea un Componente de Terceros.
12. EXENCIÓN DE GARANTÍA. Sin perjuicio de las garantías limitadas recogidas en la Cláusula 11 (Garantía limitada), los Productos bajo Licencia se suministran «tal cual», sin garantía de ningún tipo. En la medida en que lo permita la legislación aplicable, se renuncia expresamente a todos los términos, condiciones, declaraciones y garantías implícitos o legales (incluidos, entre otros, todos los términos, condiciones, declaraciones y garantías relativos a la comerciabilidad, la calidad o la idoneidad para un fin, la propiedad o la ausencia de infracción, o que puedan plantearse en el curso de la actividad empresarial, el uso o la práctica comercial) y se declaran excluidos. Las garantías limitadas del presente Contrato se ofrecen bajo el supuesto de que el Cliente adquiere los Productos bajo Licencia para atender fines empresariales, y no para uso doméstico o de consumo. Micro Focus no garantiza que el funcionamiento del Software bajo Licencia sea ininterrumpido o exento de errores. El Cliente es el único responsable de seleccionar el Software bajo Licencia que funcione con otro software, aplicaciones o sistemas para lograr los resultados deseados.
13. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
a. Límite máximo de la responsabilidad. En ningún caso la responsabilidad de una de las partes frente a la otra que se derive del presente Contrato excederá de i) 250 000 dólares, o ii) del total de derechos abonados por el Cliente por el Software bajo Licencia en cuestión en los Pedidos
de Productos correspondientes (incluidos los servicios de mantenimiento y soporte asociados), si este segundo importe fuera superior. Nada de lo dispuesto en la Cláusula 13a (Límite de responsabilidad) limitará la responsabilidad de cualquiera de las partes por: conducta dolosa o declaración fraudulenta; uso no autorizado de la propiedad intelectual; infracción de licencias; violación de la confidencialidad, excluido el incumplimiento de las obligaciones relativas a la gestión de Información Personal (definido en la Cláusula 18, Privacidad); fallecimiento o lesiones corporales causados por negligencia; impago de los importes adeudados; o cualquier otra responsabilidad que no pueda excluirse ni limitarse con arreglo a la legislación aplicable.
b. Descargo de responsabilidad mutuo por daños consecuentes. Las partes no serán responsables en ningún caso por los daños indirectos, especiales, accesorios, consecuentes, punitivos o similares; ni por los casos de lucro cesante, pérdida de negocios, datos o programas (incluido, entre otros, el coste de recuperación o sustitución de tales datos o programas); ni por las pérdidas, daños o cualquier coste debidos a la interrupción, la demora o la incapacidad para utilizar el Software bajo Licencia, con independencia de que se deriven del presente Contrato o guarden relación con el mismo, aun cuando se haya informado con antelación de la posibilidad de tales daños.
c. Alcance. Las limitaciones y renuncias de la Cláusula 13a (Límite de responsabilidad) y 13b (Descargo de responsabilidad mutuo por daños consecuentes) se aplican a todas las causas de acción, incluidas, entre otras, el incumplimiento de contrato, la infracción de garantías, la negligencia, la responsabilidad estricta, la declaración falsa y otras infracciones.
d. Único recurso. Los recursos previstos en el presente Contrato son los únicos a disposición de las partes, y las limitaciones de la Cláusula 13a (Límite de responsabilidad) y 13b (Descargo de responsabilidad mutuo por daños consecuentes) se aplican aun cuando estos recursos no atiendan su propósito esencial. El Cliente puede tener otros derechos, incluidos los derechos del consumidor, en virtud de las leyes del estado o país en el que se encuentre.
e. Software gratuito. Si Micro Focus proporciona al Cliente cualquier Software bajo Licencia gratuito o en virtud de una Licencia de Evaluación, en la medida en que lo permita la ley, Micro Focus y sus entidades afiliadas no serán responsables de ninguna pérdida o daño del Cliente, sus clientes o terceros causado por dicho Software bajo Licencia que es gratuito.
14. TITULARIDAD. Micro Focus International plc, sus entidades afiliadas y sus proveedores poseen todos los derechos de propiedad intelectual sobre los Productos bajo Licencia, y autorizan a Micro Focus a que distribuya los Productos bajo Licencia en virtud de este Contrato. Los únicos derechos del Cliente sobre los Productos bajo Licencia son las licencias expresas mencionadas en el presente Contrato o la ALA aplicable.
15. SOFTWARE DE CÓDIGO ABIERTO Y SOFTWARE DE TERCEROS. El Software de Código Abierto y el Software de Terceros se rigen por los términos de sus respectivas licencias y no por los términos del presente Contrato, sin perjuicio de cualquier disposición en contrario que figure en las ALA aplicables. La información sobre el Software de Código Abierto puede consultarse en un archivo que acompaña al Software bajo Licencia, en la Documentación o la ALA.
16. DERECHOS DE LICENCIA Y CONDICIONES DE PAGO. El Cliente abonará los derechos de licencia establecidos en el Pedido de Producto correspondiente al Software bajo Licencia en el plazo de los 30 días posteriores a la fecha de la factura. Los derechos de licencia de software no son reembolsables, sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 11 (Garantía limitada) anterior, y se abonarán sin deducción ni retención de impuestos. Los derechos de licencia de software no incluyen los cargos por transporte, ni los impuestos o tasas sobre ventas, uso, valor añadido y de otra índole aplicables, y todos estos importes serán abonados o reembolsados por el Cliente. El Cliente será responsable de todos los importes vencidos pendientes, que devengarán intereses (a un tipo del 1,5 % mensual compuesto o al tipo máximo permitido por la ley si es menor) y de los costes por el cobro de los importes vencidos.
17. VERIFICACIÓN DE LICENCIAS. A Micro Focus le asiste el derecho a verificar el cumplimiento por parte del Cliente de las licencias correspondientes al Software bajo Licencia. (Consulte la Declaración sobre
conformidad de las licencias de Micro Focus en ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇, que Micro Focus también puede facilitar a petición del Cliente.)
El Cliente conviene en llevar registros suficientes para demostrar su cumplimiento, incluidos números de serie, claves de licencia, ficheros, registros que identifiquen los equipos en los que se instala el Software bajo Licencia, se accede a este, o desde los que puede accederse al mismo, el número de usuarios diferentes que acceden o autorizan el acceso al Software bajo Licencia (si procede), y los parámetros de medición de las licencias, los informes y las copias del Software bajo Licencia. Micro Focus podrá exigir al Cliente que facilite información sobre su despliegue del Software bajo Licencia, que podrá adoptar la forma de un cuestionario. El Cliente dispondrá de un plazo razonable para cumplimentar el cuestionario (u otra forma de solicitud) y facilitárselo a Micro Focus con un firmante autorizado del Cliente que certifique la exactitud de la información aportada. Previa notificación por escrito con 10 días de antelación, Micro Focus o su representante designado podrán inspeccionar los registros, sistemas e instalaciones del Cliente, durante el horario laboral normal de este, con el fin de verificar el cumplimiento de las licencias del Software bajo Licencia. El Cliente conviene en cooperar con dicha verificación. La información obtenida se utilizará exclusivamente con fines de cumplimiento y estará sujeta en cualquier caso a las disposiciones de confidencialidad de la Cláusula 21 (Información confidencial) del presente Contrato. Si el Cliente procediera a la instalación, el uso o el acceso sin licencia del Software bajo Licencia o infringiera o se apropiara indebidamente de los derechos de propiedad intelectual sobre el Software bajo Licencia,
o infringiera de cualquier otra manera el presente Contrato o una ALA (un «Incumplimiento»), sin perjuicio de cualquier derecho o recurso de Micro Focus, en particular, y sin ánimo limitativo, medidas cautelares, en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación de dicho Incumplimiento, el Cliente acepta adquirir licencias y/o suscripciones suficientes y el soporte y mantenimiento asociados (12 meses en adelante y cualquier soporte y mantenimiento atrasado aplicable) para subsanar el Incumplimiento, pagando a Micro Focus los derechos de licencia y las tarifas de soporte y mantenimiento oficiales vigentes (a la fecha de esa adquisición adicional), más intereses (devengados al 1,5 % mensual o al tipo máximo permitido por la legislación aplicable, si fuera inferior) por esas licencias adicionales desde el inicio del Incumplimiento hasta el pago de los derechos y las tarifas anteriormente mencionadas, con intereses exigibles aun cuando no se hubiera emitido una factura en el momento en que se produjo el Incumplimiento. Si el Incumplimiento del Cliente provocase un déficit en el pago de derechos de licencia del 5% o más, el Cliente deberá reembolsar a Micro Focus los gastos razonables de dicha auditoría además de los demás importes adeudados.
18. PRIVACIDAD. El Cliente asumirá de manera exclusiva toda responsabilidad que se derive de sus actividades de recogida, tratamiento, almacenamiento y transferencia de los datos de los usuarios, incluida la información de identificación personal, información personal de salud y financiera, y otras formas de información personal (en conjunto, la «Información Personal»). El Cliente es el único responsable de notificar a sus usuarios el uso adecuado de tales datos. El Cliente es el único responsable de evaluar el Producto bajo Licencia o cualquier producto o servicio asociado para determinar su conformidad con los requisitos del sector aplicables al Cliente. Cada una de las partes deberá cumplir sus respectivas obligaciones con arreglo a las leyes, reglamentos y normas del sector relativos a la recopilación y la privacidad de los datos aplicables al uso del Software bajo Licencia. La Información Personal o los datos de clientes que el Cliente facilite a Micro Focus con el fin de recibir productos o servicios se tratarán de conformidad con el Aviso de Privacidad de Micro Focus (▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇#▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇) y las disposiciones de privacidad y seguridad de datos de la ALA correspondiente.
19. USO DE LA INFORMACIÓN DEL CLIENTE. En la medida en que lo permita la ley, el Cliente consiente expresamente en que se recopile y se utilice la información sobre la compra, instalación y uso por su parte del Software bajo Licencia y los sistemas informáticos en los que se instale dicho Software o en los que se acceda al mismo según proceda para cumplir el Pedido de Producto y suministrar el Producto bajo Licencia, para atender fines relacionados con la seguridad y la concesión de licencias, y para mejorar los productos y servicios de Micro Focus.
20. COMENTARIOS DEL CLIENTE. El Cliente acepta que, en caso de facilitar a Micro Focus sus comentarios
o sugerencias en relación con los Productos bajo Licencia (los «Comentarios»), Micro Focus y sus entidades afiliadas podrán utilizarlos libremente , incluidos (pero sin limitarse a ello) todos los derechos
de propiedad intelectual asociados a tales Comentarios, a su discreción y para cualquier fin, sin obligación alguna respecto al Cliente.
21. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. La información intercambiada de conformidad o en relación con el presente Contrato, incluida toda la información relativa al Software de Prelanzamiento, se tratará como confidencial si se identifica como tal en el momento de la revelación, o si las circunstancias de esta indican razonablemente que dicha información debe recibir tal tratamiento. La información confidencial solo podrá utilizarse con el fin de cumplir obligaciones o ejercer derechos con arreglo al presente Contrato o en relación con el mismo, y podrá compartirse con empleados, entidades afiliadas, agentes o contratistas que necesiten conocer dicha información para atender dicho fin, y que se encuentren contractualmente obligados a proteger su confidencialidad. La información confidencial se protegerá con un grado de diligencia razonable para evitar el uso o la revelación no autorizados de la misma durante tres años a partir de la fecha de recepción. Estas obligaciones no atañen a la información que i) fuese o devenga conocida por la parte receptora sin obligación de confidencialidad; ii) la parte receptora desarrolle de manera independiente; iii) pase a ser de dominio público sin que medie la infracción del presente Contrato; o iv) se divulgue con el consentimiento previo por escrito de la parte reveladora; o v) cuando la revelación la exija la legislación, un órgano jurisdiccional o una entidad de la administración pública. En caso de que la parte receptora esté obligada a revelar la información confidencial con arreglo a una citación, una orden judicial u otra disposición legal, la notificará esta circunstancia con anticipación razonable a la parte divulgadora y solicitará medidas cautelares, en su caso.
22. INDEMNIZACIÓN POR VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Micro Focus defenderá o resolverá cualquier reclamación contra el Cliente en la que se afirme que los Productos bajo Licencia suministrados en virtud del presente Contrato infringen los derechos de propiedad intelectual de un tercero («Reclamación por vulneración de PI»), siempre que: i) el Cliente notifique sin dilación y por escrito a Micro Focus la Reclamación por vulneración de PI; ii) Micro Focus posea el control exclusivo de la defensa y de todas las negociaciones de liquidación relacionadas; y iii) el Cliente coopere razonablemente con Micro Focus en la defensa frente a la Reclamación por vulneración de PI.
Micro Focus pagará todos los daños y perjuicios, costes y gastos adjudicados definitivamente (o pactados mediante acuerdo) que se deriven de tal Reclamación por vulneración de PI. Micro Focus sufragará todos los gastos menores de cuantía razonable en los que incurra el Cliente a causa de su cooperación en la defensa frente a la Reclamación por vulneración de PI. Sin embargo, si el Cliente desea una representación legal independiente, deberá asumir los costes y honorarios de su asistencia letrada específica.
En caso de que algún Producto bajo Licencia suministrado en virtud del presente Contrato sea objeto o, en opinión de Micro Focus, pueda llegar a ser objeto, de una Reclamación por vulneración de PI, Micro Focus podrá sustituir o modificar el Producto bajo Licencia en cuestión para que cese tal vulneración y resulte sustancialmente equivalente, o procurar para el Cliente el derecho a seguir utilizándolo. Si ninguna de las alternativas resulta razonablemente viable, una vez que el Cliente haya devuelto o destruido todas las copias del Producto bajo Licencia afectado, Micro Focus reembolsará al Cliente el importe total pagado por el Producto bajo Licencia en cuestión, menos la amortización lineal a cinco años contados a partir de la fecha de entrega.
Micro Focus no es responsable del uso no autorizado de los Productos bajo Licencia ni tiene ninguna obligación en virtud de la Cláusula 22 (Indemnización por vulneración de los derechos de propiedad intelectual), en la medida en que la vulneración se derive de i) el cumplimiento de los diseños o instrucciones del Cliente, ii) una modificación no autorizada por escrito por un firmante autorizado de Micro Focus, iii) el uso o la combinación con software, equipos o datos no proporcionados por Micro Focus,
iv) un uso no autorizado por la licencia; o del v) Software de Terceros o de Código Abierto.
23. DISPOSICIONES VARIAS.
a. Cesión. Micro Focus podrá ceder este Contrato y cualquier Pedido de Producto a una sociedad matriz o una entidad afiliada. El Cliente no podrá ceder ni transferir este Contrato (ni ningún Pedido de Producto) ni ninguno de sus derechos u obligaciones con arreglo al mismo, incluidos (entre otros) los que establezca la ley, sin el consentimiento previo y por escrito de Micro Focus, que no se denegará injustificadamente, y el pago de la comisión de cesión o transferencia aplicable. Toda transacción o serie de transacciones relacionadas que den lugar a un cambio en la propiedad de más del 50 % del
capital con derecho a voto del Cliente se considerarán una cesión a efectos de la presente disposición. Todo intento de cesión de este Contrato (o de un Pedido de Producto) que no se atenga a lo dispuesto en la Cláusula 23a (Cesión) se considerará nulo y sin efecto.
b. Legislación aplicable y jurisdicción. Este Contrato y, con sujeción a la Cláusula 15 (Software de Código Abierto y Software de Terceros), las licencias adquiridas en virtud de los Pedidos de Producto aplicables, así como cualquier reclamación o causa de acción, ya sea por contrato, responsabilidad extracontractual o estatutaria, basada en el presente Contrato, derivada de este, o que guarde relación con el mismo, se regirán y aplicarán de la siguiente manera: Si el domicilio profesional aplicable del Cliente se encuentra en América del Norte, todos los asuntos que se deriven del presente Contrato se regirán por las leyes del estado de Delaware, EE.UU. Si el Cliente se encuentra en el ▇▇▇▇▇ Unido, Australia, ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇, Alemania, Italia, Japón, los Países Bajos, Nueva Zelanda, España o Singapur, todos los asuntos que se deriven de este Contrato se regirán por las leyes del país en el que esté establecido el Licenciatario. En el resto del mundo, las leyes de Inglaterra regirán todas las cuestiones que se deriven de este Contrato. La ley que corresponda se aplicará sin tener en cuenta las disposiciones sobre conflictos ▇▇ ▇▇▇▇▇ y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías. Cualquier demanda, acción o procedimiento que surja de o que guarde relación con este Contrato estará sujeto a la jurisdicción exclusiva de los tribunales del país que determine la ley aplicable, con la salvedad de que los tribunales del Estado de Delaware tendrán jurisdicción exclusiva en América del Norte, y Micro Focus podrá solicitar medidas cautelares en cualquier jurisdicción. Cada una de las partes acepta estar sujeta a la jurisdicción descrita anteriormente y renuncia a cualquier derecho que pueda tener a objetar a dicho foro, incluidas las objeciones basadas en jurisdicción personal o foro inconveniente. A la parte ganadora en cualquier procedimiento le asistirá el derecho a recuperar las costas y los honorarios razonables de abogados que dicte el tribunal o el árbitro competente.
c. Control sobre la exportación. Micro Focus y el Cliente cumplirán sus respectivas responsabilidades en calidad de exportadores e importadores con arreglo a las leyes y reglamentos aplicables a la exportación, la importación y otras transferencias del software, los servicios y la tecnología suministrados por Micro Focus en el marco del presente Contrato, incluida la legislación en materia de exportación, importación y sanciones de los Estados Unidos de América y otras jurisdicciones aplicables. Si el Cliente exportara, importara o transfiriera de otra forma Productos bajo Licencia suministrados en virtud del presente Contrato o en relación con el mismo (o con cualquier dato técnico asociado al mismo), el Clliente será responsable de obtener todas las autorizaciones preceptivas. El Cliente no utilizará los Productos bajo Licencia para ningún fin prohibido por las leyes de exportación aplicables, incluidos los usos finales relacionados con armas nucleares, químicas o biológicas, o con misiles. Con respecto a cualquier Software de Prelanzamiento proporcionado al Cliente, el Cliente declara y garantiza que i) es una entidad no gubernamental, ii) el Software de Prelanzamiento solo se utilizará para pruebas y evaluaciones internas, y no se alquilará, arrendará, venderá, sublicenciará, cederá ni transferirá de otro modo, y que no transferirá ni exportará ningún producto, proceso o servicio que sea producto directo del Software de Prelanzamiento, y iii) solo utilizará el Software de Prelanzamiento en los Estados Unidos de América o en los países que figuran en el Título 15 del Código de Reglamentos Federales de los Estados Unidos de América (CFR), Suplemento n.º 3 de la Parte 740 – Países con tratamiento favorable a efectos de la exención de licencia ENC . El Cliente acepta indemnizar y exonerar de responsabilidad a Micro Focus frente a cualquier daño, reclamación, pérdida, multa, acuerdo, honorarios de abogados, honorarios legales y costas judiciales y otros gastos relacionados con dichas actividades o reclamaciones en relación con cualquier incumplimiento de esta Cláusula.
d. Subsistencia de las disposiciones. Los derechos y obligaciones de las partes en las cláusulas 4 (Restricciones de uso), 5 (Vigencia), 6 (Resolución), 12 (Exención de garantía), 13 (Limitación de responsabilidad), 14 (Derechos de propiedad), 15 (Software de Código Abierto y software de terceros), 16 (Derechos de licencia y condiciones de pago), 17 (Verificación de licencias), 0 (Privacidad), 19 (Uso de la Información del Cliente), 20 (Comentarios del Cliente), 20 (Información confidencial), 22 (Indemnización por vulneración de los derechos de propiedad intelectual) y 23 (Disposiciones varias) sobrevivirán a la resolución o la extinción del presente Contrato. Ninguna de las partes será responsable de demoras o incumplimientos ajenos a su control razonable, excepto en lo que ataña a las obligaciones de pago.
e. Notificaciones. Todas las notificaciones permitidas o requeridas en virtud de este Contrato se realizarán por escrito, con la firma de la parte que las emita, y se entregarán en persona, por mensajería, telecopia, correo de primera clase, correo electrónico o transmisión similar a la otra parte. Las notificaciones a Micro Focus se dirigirán a: A/At.: Chief Legal Officer, Micro Focus. ▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇- ▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇, o Correo electrónico ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇. Las notificaciones al Cliente se enviarán a la dirección indicada en el Pedido de Producto correspondiente, o a cualquier otra dirección que este facilite por escrito. La fecha de la entrega personal, o la del envío por correo será la fecha de notificación.
f. Distribuidores: Las obligaciones de Micro Focus con respecto a los productos o servicios suministrados por Micro Focus y adquiridos por el Cliente a un distribuidor autorizado de Micro Focus se limitan a los términos y condiciones del presente Contrato y a la Documentación incluida con los productos y servicios suministrados por Micro Focus. Con las compras a un distribuidor, los precios y las condiciones de pago aplicables serán los establecidos en el contrato independiente entre el Cliente y el distribuidor, y no se aplicarán las condiciones del presente Contrato relacionadas con los precios y los pagos de Micro Focus. Micro Focus no es responsable de los actos u omisiones del distribuidor, ni de ningún otro producto o servicio que este suministre al Cliente.
g. Acuerdo íntegro. El presente Contrato, junto con los Pedidos de Producto aplicables y las ALA, representan el acuerdo íntegro de las partes con respecto al objeto del Contrato, y sustituyen a cualquier comunicación o convenio previos que pudieran existir en relación con el mismo objeto.
h. Orden jerárquico. Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 2 (Pedidos de Producto), los términos y condiciones en conflicto se resolverán de acuerdo con el siguiente orden jerárquico: el Pedido de Producto en cuestión, la ALA aplicable y este Contrato.
i. Modificación. Ninguna modificación del presente Contrato será vinculante para las partes a menos que se realice por escrito y esté firmada por representantes autorizados de Micro Focus y del Cliente.
j. Renuncia. ▇▇▇▇▇▇▇ renuncia a derechos en virtud del presente Contrato o en relación con el mismo será efectiva si no se realiza por escrito y la suscriben los representantes autorizados de ambas partes. Ninguna renuncia a derechos pasados o presentes que se derive de una vulneración o un incumplimiento se considerará una renuncia a cualquier derecho futuro que surja en virtud de este Contrato o en relación con el mismo.
k. Divisibilidad. Si alguna disposición del presente Contrato, de las ALA o de los Pedidos de Producto aplicables se considera nula o inaplicable, dicha disposición se interpretará, limitará, modificará o, si así se requiere, eliminará, en la medida necesaria, para corregir su nulidad o inaplicabilidad, y las demás disposiciones no se verán afectadas.
