CONDICIONES GENERALES DE OFERTA
CONDICIONES GENERALES DE OFERTA
1 DEFINICIONES 1
2 MODIFICACIONES DE LA OFERTA Y DEL CONTRATO 1
3 TRANSMISION DEL RIESGO 2
4 ACEPTACION 2
5 PRECIO 2
6 FORMA DE PAGO 3
7 RETRASOS 3
8 FUERZA MAYOR 4
9 GARANTIA 5
10 TERMINACION DEL CONTRATO 6
11 RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES 6
12 SEGURO 6
13 XXXXXX X XXXXXXXXXXXX 0
00 XXXXXXXX XX XXXXXXXXX INTELECTUAL E INDUSTRIAL 7
15 JURISDICCION 7
16 MISCELANEA 8
17 PROTECCION DE DATOS PERSONALES 9
1 DEFINICIONES
Los siguientes términos van a tener los significados establecidos a continuación:
• “SAES” significará “Sociedad Anónima de Electrónica Submarina”.
• “Cliente” hará mención a la empresa o gobierno para el que está dirigido esta oferta.
• “Parte(s)” significará el cliente o SAES designados individual o colectivamente.
• “Oferta” significará todos los documentos comerciales, técnicos y financieros enviados al cliente junto con estos términos y condiciones.
• “Equipos o mercancías” significará los equipos, documentación y/o entregables de cualquier clase mencionados o descritos en esta oferta o en alguna parte de la misma.
• “Por escrito” quiere decir cualquier medio de comunicación entre las partes que deje constancia fehaciente de la información contenida en el mismo y sea capaz de ser reproducido de forma tangible.
• “Fuerza mayor” significa cualquier hecho o circunstancia inevitable e impredecible, que hace imposible o excesivamente costoso para cualquiera de las partes el cumplimiento de sus respectivas obligaciones contractuales.
2 MODIFICACIONES DE LA OFERTA Y DEL CONTRATO
La oferta de la que estos términos y condiciones forma parte es completa y única. Válida para el suministro indicado y con el plazo de validez indicado. SAES podrá modificar de forma unilateral la presente oferta antes de que tenga conocimiento de la aceptación de la misma por parte del Cliente.
Cualquier modificación de la presente oferta pretendida oferta pretendida por el Cliente deberá ser dirigida a SAES por escrito. En dicha notificación deberán constar cuáles son los cambios pretendidos, los motivos por los que se pretenden dichos cambios, los planes técnicos de actuación para llevar a cabo dichos cambios y los costes de dichos cambios que, salvo que se pacte otra cosa, serán asumidos por el cliente en su totalidad.
Cualquier modificación del Contrato propuesta por alguna de las partes deberá reunir las mismas condiciones que las establecidas en el párrafo anterior relativas a la modificación de la oferta. Dicha propuesta de modificación deberá ser aprobada por ambas partes, que deberán expresar su aceptación por escrito.
Por consiguiente, ninguna modificación o cambio en este Contrato será válida y exigible a SAES, a menos que la enmienda sea firmada por SAES y el Cliente.
3 TRANSMISION DEL RIESGO
A menos que se establezca por escrito otra cosa en el contrato, el riesgo de pérdida, menoscabo o destrucción de las mercancías será transmitido al cliente de acuerdo con el INCOTERM de la Cámara Internacional de Comercio “Ex Works” en la edición de 2000.
Salvo que se establezca lo contrario en el Contrato, lo establecido en el párrafo anterior será válido para todos los equipos, materiales, datos, etc..que cada parte tenga que enviar a la otra, si ello es necesario para la ejecución del contrato. Cuando los servicios sean realizados, las partes devolverán tales equipos de acuerdo con el INCOTERM de la Cámara Internacional de Comercio “DDU” en la edición de 2000.
4 ACEPTACION
El Cliente deberá aceptar las mercancías si cumplen con lo establecido en el contrato, en la fecha prevista de entrega. Esta obligación de aceptar consiste en todos los actos que permitan a SAES hacer la entrega de las mercancías y al cliente hacerse cargo de ellas.
El cliente deberá notificar por escrito a SAES la aceptación o rechazo de las mercancías dentro de un plazo de 5 días. Transcurrido ese plazo sin recibir notificación, SAES considerará las mercancías aceptadas sin reservas. En cualquier caso, el cliente deberá enviar a SAES un certificado de aceptación de las mismas.
En caso de que el cliente rechace las mercancías lo deberá comunicar por escrito a SAES detallando las causas de la no aceptación en un plazo inferior a 5 días de la fecha de entrega. Las partes negociarán empeñando sus mayores esfuerzos con el fin de alcanzar un acuerdo que permita la aceptación de la entrega prevista.
El periodo de garantía comenzará el día que el SAES hace entrega de las mercancías.
5 PRECIO
Salvo que expresamente se establezca otra cosa, los precios establecidos en la presente oferta son expresados en EUROS(€).
Salvo que se establezca otra cosa, los precios se entienden finales, cualquier posible revisión de precios vendrá descrita en la oferta.
Los impuestos están excluidos del precio. El IVA será calculado en proporción a los precios establecidos y expresado de forma independiente al precio, la facturación emitida incluirá el IVA aplicable salvo que el cliente envíe a SAES un certificado de exención.
Xxxxx que expresamente se acuerde otra cosa todos los impuestos serán satisfechos por el cliente.
6 FORMA DE PAGO
El cliente deberá satisfacer los pagos en los términos, plazos y condiciones fijados para ello en el Contrato.
La forma y los plazos en los que el cliente deberá atender al pago están descritos en el apartado correspondiente de la presente oferta.
El pago inicial, si lo hay, tendrá que ser realizado, como máximo, 30 días después de la firma del contrato.
En caso de que el cliente no efectúe algún pago en la forma descrita en el apartado correspondiente, SAES tendrá derecho a retener los siguientes envíos sin penalización alguna por parte del cliente y previa notificación al cliente con 10 días de antelación a la fecha prevista de entrega. SAES podrá reclamar al cliente los daños causados por el retraso del pago y los intereses de demora correspondientes.
7 RETRASOS
En caso de que SAES no llegue a cumplir su obligación en el plazo para ello establecido en el Contrato, le será concedida una prorroga de 30 días automáticamente. Transcurrido dicho plazo la indemnización máxima aplicable será del 0,5% del precio de la obligación demorada por cada semana de retraso hasta un máximo del 10% del valor de la entrega demorada. Para que dichas cantidades indemnizatorias sean efectivamente debidas por SAES, el Cliente deberá demostrar la existencia del daño de demora correspondiente.
Por lo establecido en el párrafo anterior el cliente renuncia a reclamar una indemnización mayor al máximo por retrasos en la entrega.
En el caso de que los daños causados al cliente y que hayan sido posteriormente probados por él resulten ser menores a las cantidades cuya determinación se realizará conforme al párrafo primero, SAES podrá descontar a estas cantidades la diferencia con los daños efectivamente causados.
8 FUERZA MAYOR
Constituirán supuestos de fuerza mayor, según el artículo 1 y sin ánimo de ser exhaustivo, los siguientes:
• Catástrofes naturales: terremotos, tormentas, inundaciones, explosiones, maremotos,......
• Actos xx xxxxxx, declarada o no, invasiones, revoluciones, insurrecciones, alteraciones de orden público, atentados terroristas, ......
• Actos de expropiación por interés general.
• Conflictos laborales o huelgas, ya sean legales, ya ilegales.
• Cualquier otro hecho de similar fuerza o naturaleza.
En caso de que alguna de las partes, debido a un supuesto de fuerza mayor, no cumpla con sus obligaciones contractuales, deberá notificar a la otra, tan pronto como esté en su conocimiento, su incapacidad para cumplir.
Este hecho no se considerará incumplimiento del contrato, y no existirá la obligación de resarcir al cliente cuando dicha circunstancia afecte a SAES o a sus subcontratistas y proveedores.
La parte afectada quedará exento de cumplir sus obligaciones contractuales durante el periodo en el que exista un supuesto de fuerza mayor.
Durante la existencia de dicho supuesto el contrato quedará suspendido total o parcialmente si el supuesto incide sólo parcialmente en el Contrato. Ambas partes tienen la obligación de actuar con el fin de que el impacto del supuesto de fuerza mayor sobre la obligación sea el menor posible.
Ambas partes negociarán empeñando sus mayores esfuerzos con el fin de lograr un reajuste en los plazos y términos del contrato.
En caso de que, debido a la existencia de un supuesto de fuerza mayor, la ejecución de las obligaciones contractuales por parte de SAES se retrase por periodo superior a seis meses, SAES o el cliente podrán pedir la terminación del contrato, previa notificación a la otra parte con una antelación de 30 días y sin ser debidos daños de ningún tipo.
Las partes negociarán de buena fe un acuerdo de liquidación.
9 GARANTIA
SAES proporcionará al cliente todas las garantías del fabricante incluyendo la de que los equipos están libres de defectos. XXXX garantiza al cliente que las mercancías, incluyendo su embalaje, serán conformes a lo pactado en el contrato y aptas para aquellos objetivos expresamente comunicados a SAES por el cliente. Serán de buena calidad, libres de fallos y defectos en el diseño, los materiales y la mano de obra. Todas estas garantías tendrán un plazo de vigencia de un año tras la entrega de las mercancías por SAES.
Si durante el periodo de garantía las mercancías resultan ser defectuosas o no son conformes con lo pactado en el contrato por las partes, el cliente deberá comunicarlo por escrito a SAES, como máximo, en un plazo de 30 días desde que tuvo conocimiento de dicha circunstancia.
SAES podrá, a su xxxxx, corregir tal defecto. En caso de que no puedan ser reparados, SAES, a su elección, podrá bien suministrar un artículo nuevo, bien rembolsar al cliente las cantidades satisfechas por tal artículo. En caso de que SAES opte por la reparación, los gastos del transporte del artículo de las instalaciones del cliente a las de SAES serán satisfechos por el cliente y los de vuelta por SAES. Si fuera posible, las reparaciones serán llevadas a cabo en las instalaciones del cliente x xxxxx de SAES.
Esta garantía será de aplicación siempre que el cliente haya usado los equipos de acuerdo con las instrucciones y especificaciones de SAES y, en general, de acuerdo con la naturaleza de tales equipos.
La garantía no se aplicará para la reparación de aquellos defectos causados por el uso normal de los equipos y que no se deban a alguno de los supuestos del primer párrafo de este artículo. Tampoco será de aplicación la garantía en caso de que los equipos sean modificados o alterados por el cliente o por un tercero, ni en el caso que el cliente intente reparar los equipos por sí o por un tercero.
Si durante la reparación o a posteriori SAES tuviera conocimiento de que el defecto quedaba fuera de la garantía, el cliente deberá rembolsar a SAES todos los gastos en que hubiera incurrido como consecuencia de dicha reparación. Lo establecido en este párrafo se aplicará sin perjuicio de cualquier reclamación por los daños que esta situación pueda causar a SAES.
Los equipos reparados o cambiados quedarán garantizados por el restante periodo de garantía.
SAES también garantiza que los equipos suministrados en virtud de este contrato no infringen ninguna patente, nombre o marca registrada. SAES, a su xxxxx, resarcirá y mantendrá indemne al cliente por toda reclamación, demanda y proceso que tenga origen en la infracción de tales derechos.
Las reclamaciones que pudieran producirse en virtud de este artículo no liberarán al cliente de su obligaciones de satisfacer los pagos que sean debidos a SAES.
Las obligaciones establecidas en este artículo no se extinguen con la terminación del contrato.
10 TERMINACION DEL CONTRATO
Excepto para los casos de retraso en cuyo caso se aplicará el artículo 7, en los casos en que una parte incumpla sus obligaciones contractuales, la otra parte podrá, notificándolo por escrito con 30 días de antelación, terminar el contrato.
Todos los equipos completados con anterioridad a la fecha de terminación serán entregados al cliente, que pagará a SAES las cantidades debidas por tales equipos en un plazo de, como máximo, 15 días.
XXXX tendrá derecho a resolver el contrato, 15 días después de notificarlo por escrito al cliente, en cuyo caso la responsabilidad máxima por parte de SAES será del 5% del precio de las mercancías no entregadas en concepto de penalidad.
11 RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
XXXX será responsable frente al cliente de todos los daños, pérdidas y gastos en los que incurra como consecuencia de una acción u omisión de SAES, sus directivos, empleados, agentes, subcontratistas. Esta responsabilidad quedará limitada, salvo en caso de muerte y lesiones, al 5% del precio total del contrato. En ningún caso SAES será responsable por daños causados al cliente de los que no sea directamente responsable.
El Cliente será responsable frente a SAES de todos los daños, pérdidas y gastos que tengan su origen en una acción u omisión de aquel. Las indemnizaciones debidas por el Cliente a SAES, salvo en caso de que produzcan muerte o lesiones, quedarán limitadas al 100% del precio contractual. A efectos de la determinación de la indemnización, al precio contractual le será descontado las cantidades efectivamente satisfecha por el Cliente con anterioridad a la acción u omisión dañosa.
12 SEGURO
Las partes asumen suscribir y mantener, a su xxxxx, las políticas de aseguramiento necesarias para la cobertura de sus responsabilidades expuestas en el artículo anterior. También, cada parte exhibirá, si le es solicitado, ante la otra los correspondientes certificados de aseguramiento.
El cliente suscribirá y mantendrá un seguro cuya cuantía sea satisfactoria a SAES y en ningún caso menor a [ ] Euros (€).
13 ACCESO A INTALACIONES
El cliente concederá libre acceso a los empleados de SAES en sus instalaciones, si ello fuera necesario para la ejecución del contrato. También proporcionará a dichos empleados las oficinas y el material necesario para poder desarrollar su trabajo.
14 DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Salvo que expresamente se establezca otra cosa, los derechos de propiedad industrial o intelectual que sean creados o desarrollados por SAES durante la ejecución del contrato le pertenecerán exclusivamente y podrá, en su nombre, xxxxx y discreción, solicitar la protección de tales derechos o la patente. SAES concederá al Cliente o al Usuario Final una licencia de uso de tales derechos, que será efectiva mientras alguno de los equipos objeto del presente Contrato permanezca en servicio.
Los derechos de propiedad intelectual o industrial que sean creados, desarrollados o adquiridos por SAES independientemente o con anterioridad a la ejecución del Contrato serán propiedad de SAES, el que, a su elección, podrá conceder al precio que crea conveniente una licencia al Cliente para el uso de tales derechos.
15 JURISDICCION
Las partes dedicarán sus mayores esfuerzos para zanjar amistosamente cualquier disputa, controversia o reclamación que surja del contrato o relacionada con él, o con el incumplimiento, terminación o invalidez del mismo. Cuando las partes traten de alcanzar un acuerdo amistoso a través de la conciliación, este tendrá lugar de acuerdo con las leyes de España.
Salvo que se pacte otra cosa, cualquier controversia o reclamación entra las partes que surja o dimane del contrato o del incumplimiento, terminación o invalidez del mismo, salvo que sea zanjada de forma amistosa por las partes conforme a lo establecido en el anterior párrafo en un plazo razonable, será sometida por ambas partes a arbitraje, de acuerdo con las leyes españolas sobre arbitraje internacional.
Las partes se someterán a las xxxxx xxx xxxxx de España y a los tribunales xx Xxxxxxxxx, con renuncia expresa de cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.
16 MISCELANEA
Interpretación: la presente oferta y el contrato serán interpretados en conformidad con las leyes españolas.
Precedencia: en caso de conflicto entre los siguientes documentos, el orden de precedencia entre los mismos será el siguiente:
• El contrato y sus modificaciones.
• Los anexos del contrato.
• La oferta y sus anexos.
Confidencialidad: salvo que se establezca otra cosa, todos los documentos, materiales, datos, planos, recomendaciones, diseños,...... recibidos por el cliente, serán propiedad de XXXX y tratados como confidenciales y tras la resolución del contrato o su terminación serán devueltos a él. El cliente no podrá comunicar a ninguna otra persona o empresa ajena a SAES cualquier información que hubiese conocido con motivo del contrato. Xxxxx que se acuerde otra cosa. Tampoco el Cliente usará tal información en su propio beneficio. Estas obligaciones permanecerá vigentes aún tras la terminación del contrato.
Subcontratación: salvo que se pacte expresamente otra cosa en el contrato, SAES podrá subcontratar, parte de sus obligaciones que se deriven del contrato. Cualquier subcontratación quedará sujeta y será conforme con las previsiones del presente contrato.
Cesión: el cliente no cederá, transferirá, se comprometerá o realizará cualquier acto de disposición del presente contrato o de cualquier parte del mismo. Ni cederá cualquiera de sus derechos, sus reclamaciones o sus obligaciones contractuales a un tercero, salvo que exista consentimiento previo de SAES.
No renuncia: el retraso en el ejercicio o el no ejercicio por parte de SAES de alguno de sus derechos contractuales no significará la renuncia a dichos derechos o afectará a la validez del contrato o alguna parte del mismo, ni irá en perjuicio de SAES para hacer cumplir las previsiones del contrato en un momento posterior.
17 PROTECCION DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, se advierte que sus datos personales se incluirán en un fichero cuyo titular y responsable es SA. de Electrónica Submarina. La finalidad del fichero es la gestión de nuevos clientes y demás actividades administrativas derivadas de su relación con nosotros, así como la comercialización de nuestros servicios. Vd. podrá manifestar su negativa al tratamiento de sus datos de carácter personal en un plazo de treinta días, en caso de no pronunciarse a tal efecto se entenderá que consiente el tratamiento de sus datos de carácter personal, como establece el artículo 14.2 del Reglamento de desarrollo de la LOPD (RD 1720/2007). Podrá manifestar esta negativa o, si lo desea, ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y/o cancelación de sus datos de carácter personal, según lo establecido en la legislación vigente, dirigiendo un escrito a SA. de Electrónica Submarina, dirección Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx X/x o enviando un mail a xxxx@xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx.xxx