Common use of VIGENCIA Clause in Contracts

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.

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Samples: Contrato De Custodia Y Administración De Valores, Contrato De Custodia Y Administración De Valores, Contrato De Gestión Discrecional E Individualizada De Cartera De Inversión

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinidaconvenio será eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el «BOE». Sin perjuicio de lo anterior, pudiendo resolverse los pagos asociados a instancia este convenio comprenderán los préstamos participativos cuya concesión haya sido aprobada por ENISA en el período comprendido entre el 1 de cualquiera enero de 2018 y el 12 de diciembre de 2018. El convenio extenderá su vigencia hasta que se produzca el efectivo cumplimento de las obligaciones derivadas del mismo y el reembolso del importe xxx xxxxxxxx en el Tesoro Público en los términos de la cláusula octava. El Convenio podrá ser denunciado con tres meses de antelación por alguna de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titularfirmantes. En caso de resolución del Convenio, por denuncia de una de las partes, se procederá a la inmediata liquidación xxx xxxxxxxx del MINCOTUR a ENISA y al reembolso al Tesoro Público del importe de dicho préstamo una vez deducida la suma de los préstamos participativos cuya concesión haya sido aprobada por ENISA al amparo del presente Xxxxxxxx, procediéndose a la devolución del resto de los fondos a medida que el presente contrato se celebre a distanciavaya produciendo la amortización de los préstamos participativos, y siempre que su titular ostente la condición excepción hecha de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firmalos fallidos. En caso el supuesto de no ejercer que una de las partes denuncie el convenio por incumplimiento de la otra tendrá derecho a la indemnización de desistimiento los daños y perjuicios causados que con arreglo a derecho proceda. La determinación de la indemnización que pudiere proceder corresponderá a la Comisión de Seguimiento prevista en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efectola cláusula novena. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, cve: BOE-A-2018-15221 Verificable en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.xxxx://xxx.xxx.xx

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Samples: Convenio Entre El Ministerio De Industria, Comercio Y Turismo (Mincotur) Y La

VIGENCIA. El Las disposiciones del presente contrato tendrá una duración indefinidaContrato General de Fondos se mantendrán indefinidamente vigentes, pudiendo resolverse hasta que el Partícipe o la Sociedad Administradora manifiesten su intención de ponerle término, la que deberá ser notificada por escrito a instancia de cualquiera de las partes en todo momentola otra parte. Si el que pone término es la resolución fuese a instancia de Ibercaja Sociedad Administradora, la notificación se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada hará por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable carta certificada dirigida al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia domicilio del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta Partícipe y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho notificado al tercer día del despacho de desistir del contrato a través de cualquier la carta en la oficina de Ibercaja ocorreos. Si el que pone término al Contrato es el Partícipe, bastará una simple notificación por escrito y la Sociedad Administradora se entenderá notificada desde la recepción del escrito en su casooficina. Para efectos de lo señalado precedentemente, accediendo el incumplimiento grave de cualesquiera de las obligaciones impuestas en el presente Contrato por parte del Cliente, dará derecho a través la Sociedad Administradora para ponerle término al mismo mediante un aviso escrito por carta dirigida al domicilio registrado por el Partícipe en el presente Contrato, término que se hará efectivo a contar del décimo día hábil bancario siguiente al de Ibercaja Directo la notificación. Por su parte, el Partícipe podrá ponerle término en cualquier momento, sin expresión de su titularidadcausa ni justificación alguna, mediante un aviso escrito por carta dirigida a la Sociedad Administradora, término que se hará efectivo a contar xxx xxxxxx día hábil bancario siguiente al de la recepción del aviso antes referido, por parte de la sociedad.

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Samples: Contrato General De Fondos

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinidaEsta Ley comenzará a regir treinta (30) días después de su aprobación. Nota. Este documento fue compilado por personal de la Oficina de Gerencia y Presupuesto del Gobierno de Puerto Rico, pudiendo resolverse como un medio de alertar a instancia los usuarios de cualquiera nuestra Biblioteca de las partes últimas enmiendas aprobadas para esta Ley. Aunque hemos puesto todo nuestro esfuerzo en todo momentola preparación del mismo, este no es una compilación oficial y podría no estar completamente libre de errores inadvertidos; los cuales al ser tomados en conocimiento son corregidos de inmediato (email: biblioteca OGP). Si En el mismo se han incorporado todas las enmiendas hechas a la resolución fuese Ley a instancia fin de Ibercaja facilitar su consulta. Para exactitud y precisión, refiérase a los textos originales de dicha ley y a la colección xx Xxxxx de Puerto Rico Anotadas L.P.R.A.. Las anotaciones en letra cursiva y entre corchetes añadidas al texto, no forman parte de la Ley; las mismas solo se producirá previa comunicación incluyen para el caso en que alguna ley fue derogada y ha sido sustituida por otra que está vigente. Los enlaces al Internet solo se dirigen x xxxxxxx gubernamentales. Los enlaces a cualquiera las leyes enmendatorias pertenecen a la página web de la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. Los enlaces a las leyes federales pertenecen a la página web de la US Government Publishing Office GPO de los titulares (aunque sean con condición Estados Unidos de disposición “conjunta”) cursada Norteamérica. Los enlaces a los Reglamentos y Ordenes Ejecutivas del Gobernador, pertenecen a la página web del Departamento de Estado del Gobierno de Puerto Rico. Compilado por cualquier medio admitido en Derechola Biblioteca de la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Véase además la Versión Original de esta Ley, con una antelación mínima tal como fue aprobada por la Legislatura de un mes, Puerto Rico. ⇒⇒⇒ Verifique en la que se indicará Biblioteca Virtual de OGP la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento Última Copia Revisada (salvo casos de retención o embargoRev.) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadpara esta compilación.

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Samples: bvirtualogp.pr.gov

VIGENCIA. El La vigencia de la presente contrato tendrá una duración indefinidapóliza será por un periodo de 12 meses contados a partir de la entrega de los servicios o terminación de la prestación de los servicios. Asimismo, pudiendo resolverse a instancia esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de cualquiera todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente, que haya causado ejecutoria. Asimismo, esta fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga o espera al proveedor, para el cumplimiento de las partes obligaciones que se afianzan, aun cuando hayan sido solicitadas o autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando dicha prórroga o espera sea otorgada unilateralmente por “la contratante” y se haya comunicado por escrito al deudor, siempre y cuando éstas no excedan del 25% adicional al plazo original de ejecución estipulado en todo momentoel Contrato u Orden de Compra, en concordancia con dicha prórroga o espera, si se excede el porcentaje mencionado se deberá solicitar la anuencia de la Afianzadora quien emitirá el endoso correspondiente si a sus intereses conviene. Si En el caso de que se hayan ejecutado correcciones, reparaciones, reposiciones o acciones para dar cumplimiento a las demás responsabilidades que garantiza esta póliza, la resolución fuese a instancia fianza permanecerá vigente por el mismo plazo mencionado en el primer párrafo de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera la presente cláusula, respecto de los titulares bienes o servicios sujetos a dichas actividades. Lugar y fecha de expedición: ……………………… (aunque sean Nombre) , manifestamos, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con condición facultades suficientes para suscribir la Oferta en el presente Concurso, a nombre y representación de disposición “conjunta”(persona física o moral) cursada por cualquier medio admitido en DerechoRegistro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: En el caso de personas xxxxxxx, con una antelación mínima Número de un mes, la escritura pública en la que consta su Acta Constitutiva: Xxxxx Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que la protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s): Descripción del objeto social: Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó: Xxxxx y fecha de expedición: ................................. ( ) , en mi carácter de (el funcionario o directivo de más alto nivel y/o el Representante Legal) de (nombre o razón social de la empresa) , con R.F.C.: , y domicilio en: (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, país), protesta de decir verdad que : , declaro bajo En el presente Concursos Abierto se indicará la entidad a la actuará con ética e integridad y que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato yabstendrá de adoptar conductas, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales sí mismo o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina interpósita persona, para que los servidores públicos de Ibercaja oCFE induzcan ó alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado de los procedimientos u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Ciudad de México, a de de 20.. C . Administrador del Contrato CFE Distribución. , en su casomi carácter de , accediendo de la empresa denominada , acreditando mis facultades con el testimonio de la escritura pública número , de fecha , pasada ante la fe del Lic. , Notario Público número , con ejercicio en la ciudad de , atendiendo a través que mi representada funge actualmente como proveedor/ prestador de Ibercaja Directo servicios/ arrendador de su titularidad.esa Entidad y que esperamos en lo futuro seguirá siéndolo de manera habitual, por medio del presente escrito le solicito se sirva girar sus instrucciones a quien corresponda para que los pagos que en lo futuro tenga derecho a recibir mi representada, derivados de los contratos o pedidos que formalice con ese Organismo, sean efectuados mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta cuyos datos se señalan a continuación: Institución de Crédito: No. de Cuenta (CLABE): Sucursal: No. de Plaza y Lugar: Titular de la Cuenta: La presente solicitud se refiere únicamente a la utilización del medio de pago referido en el párrafo precedente, por lo que no modifica en forma alguna las estipulaciones contenidas en los contratos o pedidos que tenga celebrados o que en lo futuro llegue a celebrar mi representada con esa Entidad, quedando en consecuencia subsistentes todas y cada una de las obligaciones pactadas entre las partes, según conste en cada uno de ellos. Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada es veraz y auténtica y que la personalidad y facultades con que me ostento no me han sido revocadas o modificadas en forma alguna. La presente instrucción se considerará subsistente hasta en tanto no se gire a esa Entidad instrucción expresa revocándola o modificándola, por lo que el depósito o transferencia que se realice a la cuenta antes indicada liberará a esta Comisión de toda responsabilidad respecto del pago de que se trate. Xxxxx y fecha de expedición: ................................. ( ) , en mi carácter de (el funcionario o directivo de más alto nivel y/o el Representante Legal) de (nombre o razón social de la empresa) , con R.F.C.: , y domicilio en: (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, país), ,declaro bajo protesta de decir verdad que :

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Samples: potdistribucion.cfe.mx

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinidaconvenio será eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el «BOE». Sin perjuicio de lo anterior, pudiendo resolverse los pagos asociados a instancia este convenio comprenderán los préstamos participativos cuya concesión haya sido aprobada por ENISA en el período comprendido entre el 1 de cualquiera enero de 2018 y el 12 de diciembre de 2018. El convenio extenderá su vigencia hasta que se produzca el efectivo cumplimento de las obligaciones derivadas del mismo y el reembolso del importe xxx xxxxxxxx en el Tesoro Público en los términos de la cláusula octava. El Convenio podrá ser denunciado con tres meses de antelación por alguna de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titularfirmantes. En caso de resolución del Convenio, por denuncia de una de las partes, se procederá a la inmediata liquidación xxx xxxxxxxx del MINCOTUR a ENISA y al reembolso al Tesoro Público del importe de dicho préstamo una vez deducida la suma de los préstamos participativos cuya concesión haya sido aprobada por ENISA al amparo del presente Convenio, procediéndose a la devolución del resto de los fondos a medida que el presente contrato se celebre a distanciavaya produciendo la amortización de los préstamos participativos, y siempre que su titular ostente la condición excepción hecha de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firmalos fallidos. En caso el supuesto de no ejercer que una de las partes denuncie el convenio por incumplimiento de la otra tendrá derecho a la indemnización de desistimiento los daños y perjuicios causados que con arreglo a derecho proceda. La determinación de la indemnización que pudiere proceder corresponderá a la Comisión de Seguimiento prevista en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadla cláusula novena.

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Samples: www.otrosi.net

VIGENCIA. El La vigencia de la presente contrato tendrá una duración indefinidapóliza será por un periodo de doce meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de la prestación de los servicios. Asimismo, pudiendo resolverse a instancia esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de cualquiera todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente, que haya causado ejecutoria. Asimismo, esta fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga o espera al proveedor, para el cumplimiento de las partes obligaciones que se afianzan, aun cuando hayan sido solicitadas o autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando dicha prórroga o espera sea otorgada unilateralmente por “la contratante” y se haya comunicado por escrito al deudor, siempre y cuando éstas no excedan del 25% adicional al plazo original de ejecución estipulado en todo momentoel Contrato u Orden de Compra, en concordancia con dicha prórroga o espera, si se excede el porcentaje mencionado se deberá solicitar la anuencia de la Afianzadora quien emitirá el endoso correspondiente si a sus intereses conviene. Si En el caso de que se hayan ejecutado correcciones, reparaciones, reposiciones o acciones para dar cumplimiento a las demás responsabilidades que garantiza esta póliza, la resolución fuese a instancia fianza permanecerá vigente por el mismo plazo mencionado en el primer párrafo de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera la presente cláusula, respecto de los titulares bienes o servicios sujetos a dichas actividades. Lugar y fecha de expedición: ……………………… (aunque sean Nombre) , manifestamos, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con condición facultades suficientes para suscribir la Oferta en el presente Concurso, a nombre y representación de disposición “conjunta”(persona física o moral) cursada por cualquier medio admitido Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: Constitutiva: Fecha Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que la protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en Derechoel Registro Público de Comercio: Descripción del objeto social: Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó: Xxxxx y fecha de expedición: ................................. (Nombre del que se suscribe) , en mi carácter de (el funcionario o directivo de más alto nivel y/o el Representante Legal) de (nombre o razón social de la empresa) , con una antelación mínima R.F.C.: , y domicilio en: (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, país), ,declaro bajo protesta de un mesdecir verdad que : En el presente Concursos Abierto se actuará con ética e integridad y que se abstendrá de adoptar conductas, por sí mismo o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos de CFE induzcan ó alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado de los procedimientos u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. NOMBRE Y FIRMA Xxxxx y fecha de expedición: .................................. De conformidad con lo expresado en el pliego de requisitos, la empresa (nombre y razón social, añadir el nombre cargo y firma del representante legal del concursante ), se sujeta estrictamente a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos establecidos en la que se indicará Ley de la entidad a Comisión Federal de Electricidad, su Reglamento y las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la que se traspasan los valoresCFE y sus Empresas Productivas Subsidiarias. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato yAsimismo, por tanto, sin previo avisomanifiesto que, en caso de impago controversia, los tribunales federales de la Ciudad de México son el órgano jurisdiccional competente para conocer las posibles controversias que pudieran surgir durante el procedimiento de esta invitación o del contrato que de ella derive, por lo que la empresa que represento renuncia a cualquier fuero que en razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderle. . NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL CONCURSANTE Ciudad de México, a de de 20.. C . Administrador del Contrato CFE Distribución. , acreditando mis facultades con el testimonio de la escritura pública número , de fecha , con ejercicio en la ciudad de , atendiendo a que mi representada funge actualmente como proveedor/ prestador de servicios/ arrendador de esa Entidad y que esperamos en lo futuro seguirá siéndolo de manera habitual, por medio del presente escrito le solicito se sirva girar sus instrucciones a quien corresponda para que los pagos que en lo futuro tenga derecho a recibir mi representada, derivados de los contratos o pedidos que formalice con ese Organismo, sean efectuados mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta cuyos datos se señalan a continuación: Institución de Crédito: No. de Cuenta (CLABE): Sucursal: No. de Plaza y Lugar: Titular de la Cuenta: La presente solicitud se refiere únicamente a la utilización del medio de pago referido en el párrafo precedente, por lo que no modifica en forma alguna las estipulaciones contenidas en los contratos o pedidos que tenga celebrados o que en lo futuro llegue a celebrar mi representada con esa Entidad, quedando en consecuencia subsistentes todas y cada una de las comisionesobligaciones pactadas entre las partes, riesgo según conste en cada uno de crédito ellos. Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada es veraz y auténtica y que la personalidad y facultades con que me ostento no me han sido revocadas o modificadas en forma alguna. La presente instrucción se considerará subsistente hasta en tanto no se gire a esa Entidad instrucción expresa revocándola o modificándola, por lo que el Titular, incumplimiento por éste depósito o transferencia que se realice a la cuenta antes indicada liberará a esta Comisión de toda responsabilidad respecto del pago de que se trate. El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la normativa aplicable al blanqueo Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de capitales la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de abuso xx xxxxxxxoportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. Si La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la resolución fuera Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, inició en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: • La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. • El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a instancia México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del Titular, sin necesidad sector público se centran en: • Profundizar las reformas legales que inició en 1999. • Difundir las recomendaciones de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en cualquier momento (salvo su cumplimiento. • Presentar casos de retención cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan: • Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o embargo) previa cancelación bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o traspaso para la empresa. • Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a otra entidad designada por los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales. • Los abogados: promover el Titular cumplimento y revisión de todos los valores incluidos en la Cuenta Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la firma del correspondiente impreso de cancelaciónlegislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá Las sanciones impuestas a las comisiones específicas por personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento recomendaciones de la resolución del contrato Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso castigado independientemente de que el presente contrato se celebre a distanciafuncionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, y siempre que su titular ostente pero también por otros medios, como la condición revisión de consumidor éste podrá ejercerla situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo caso de 15 días naturales desde su firmalas empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En caso la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de no ejercer las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el derecho de desistimiento Código Penal Federal sanciona el cohecho en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.los siguientes términos:

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Samples: potdistribucion.cfe.mx

VIGENCIA. Este Contrato tendrá vigencia a partir de la fecha en que sea aprobado por la Alcaldía Municipal, pero para los efectos de computación del tiempo de duración y pago a "El presente contrato tendrá una duración indefinidaContratista", pudiendo resolverse se regirá a instancia partir de cualquiera la fecha en que por escrito a "El Contratista" se le dé la respectiva Orden de Inicio. para el cual "El Contratista" se obliga a realizar lo estipulado a entera satisfacción de "El Contratante", brindando sus servicios profesionales como Realizador del proyecto antes mencionado, realizando los volúmenes de obra estipulados en la clausula segunda del documento privado, dentro del plazo de SETENTA DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha en que se reciba la Orden de Inicio por parte de "El Contratante". El precio total de este Contrato es por la suma de CIENTO OCHENTA SEIS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE 32/100 XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($186,719.32); a ser pagado por medio de estimaciones según avance físico de la obra, Xxxxx entendido entre las partes que el último Pago o Liquidación no podrá ser menor al diez por ciento del valor del contrato y que se realizará cuando finalice totalmente el proyecto y se levante el Acta de Recepción Final. Así como también la aprobación del pago final por parte de "El Contratante" y su aceptación por "El Contratista", se considerará como la liquidación del contrato y liberará a ambas partes de todo reclamo y responsabilidad de cualquier naturaleza con la razón del presente contrato. Así mismo y de carácter especial es entendido por las partes y aceptado por “El Contratante” lo estipulado en todo momentolas clausulas quinta y de la décima segunda a la decima cuarta del documento privado. Si Ambas partes señalan sus domicilios para oír notificaciones. Así mismo se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales del presente contrato. Y yo el notario DOY FE.- I) de ser AUTENTICAS las firmas que calzan en el documento que antecede y que se leen “ILEGIBLE” por haber sido puestas a mi presencia de sus puños y letras por los comparecientes quienes también reconocieron como suyos los términos que las amparan.- II) De ser legitima y suficiente la resolución fuese personería con que actúa el señor XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX, por haber tenido a instancia la vista Credencial de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera Elección xx Xxxxxxx Municipal de los titulares (aunque sean con condición Santiago de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido Xxxxx, Departamento de Usulután, extendida en Derecho, con una antelación mínima la Ciudad de un mesSan Xxxxxxxx el día veintiocho xx Xxxxx del año dos mil doce, en la que se indicará la entidad consta que el Señor XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX, fue electo Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxx, Departamento de Usulután, para el periodo Constitucional que inicio el día uno xx xxxx del año dos mil doce y que finaliza el día treinta xx xxxxx de dos mil quince.- III) de haber explicado a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste comparecientes los efectos legales de la normativa aplicable al blanqueo presente acta notarial que consta de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera dos folios útiles y leído que les fue por mí íntegramente todo lo escrito en un solo acto ininterrumpido, manifiestan su conformidad por estar redactado conforme a instancia del Titularsus voluntades, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta ratifican su contenido y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.firmamos.- DOY FE.-

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Samples: Contrato De Construcción De Obra

VIGENCIA. El presente contrato Acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010, comprometiéndose las partes firmantes a no iniciar procesos negociadores que puedan modificar la regulación del Acuerdo de Condiciones de los Funcionarios o el Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio Directo, antes de dicha fecha. No obstante, el punto sexto tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011. Asimismo, el punto duodécimo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, al tratarse de una duración indefinida, pudiendo resolverse materia directamente vinculada a instancia la aprobación del Presupuesto de cualquiera la Corporación. En desarrollo de las partes previsiones recogidas en todo momento. Si la resolución fuese a instancia los artículos 4 y 5 del acuerdo de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera condiciones de empleo del personal funcionario de esta Corporación, así como de los titulares (aunque sean artículos 23 y 24 del convenio colectivo del personal laboral, los representantes de las Organizaciones Sindicales firmantes y los representantes de la Corporación alcanzan acuerdo con condición relación a la regulación de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecholas normas de funcionamiento del horario flexible y control de horario, con una antelación mínima sin perjuicio de que su aprobación corresponda AL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR. Las presentes normas de regulación del sistema de horario flexible y control de presencia del personal deben enmarcarse dentro de las mejoras que van a permitir a los empleados disponer de un mesmedio importante para hacer efectiva la conciliación de la vida profesional y familiar y promover la igualdad entre hombres y mujeres. En este sentido, debe tenerse presente que la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, que promueve la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, viene en completar la transposición a la legislación española de las directrices marcadas por la normativa internacional y comunitaria, superando los niveles mínimos de protección previstos en las mismas que, a su vez, son mejorados en las presentes normas reguladoras. Dichas normas reguladoras se incardinan en la línea marcada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres. Baste recordar que este último texto legal recoge expresamente el derecho del trabajador, condicionado a la negociación colectiva, a adaptar la duración y distribución de su jornada de trabajo. En aplicación del artículo 50.2.g) de la Ley de la Función Pública Canaria, de los artículos 4.1. y 4.2. de la Instrucción de 21 de Diciembre de 1983, por la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato ydictan normas sobre jornada y horario de trabajo, por tantolicencias y vacaciones del personal, sin previo aviso, en caso del Acuerdo de impago Condiciones de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación Empleo de los términos Funcionarios y del presente contrato será preciso Convenio Colectivo del Personal laboral al servicio directo, esta Administración debe disponer de un sistema que permita el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento control horario del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadpersonal.

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Samples: www.sepca.es

VIGENCIA. Este Acuerdo entrará a regir a partir del primer día hábil del mes de enero de 2014. EL PRESIDENDTE EL SECRETARIO XXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXX XXXX XXXXX XXXXXX XX XXXXXXX ACUERDO No. 11-2013 De 23 de diciembre de 2013. ANEXO No. 1 MES VALORES INSTRUMENTOS FINANCIEROS FOREX TOTALES Instrucciones: El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia de cualquiera de las partes formulario sólo aplica para los Valores en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, Custodia en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valoresCentral de Valores. La Entidad podrá resolver Superintendencia se encuentra facultada para actualizar o modificar el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso mismo mediante el giro de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato instrucción a través de cualquier oficina circular. El formulario vigente se encontrará en el sitio web oficial de Ibercaja ola SMV. El mismo podrá ser remitido de forma digital o electrónica, la forma de remisión será establecido mediante circular. Se debe reportar los valores en su casocustodia registrados ante la SMV, accediendo a través del monto total de la emisión sin la necesidad del detalle de las series. MES NÚMERO DE RESOLUCIÓN (AUTORIZACIÓN) VALOR NOMINAL MANTENIDO EN CUSTODIA (*máximo mantenido en el año) FECHA DE INICIO DE LA CUSTODIA FECHA DE FINALIZACIÓN DE LA CUSTODIA Total Custodiado Instrucciones: El presente formulario sólo aplica para los Valores en Custodia en la Central de Valores. La Superintendencia se encuentra facultada para actualizar o modificar el mismo mediante el giro de instrucción a través de Ibercaja Directo circular. El formulario vigente se encontrará en el sitio web oficial de su titularidadla SMV. El mismo podrá ser remitido de forma digital o electrónica, la forma de remisión será establecido mediante circular. Se debe reportar los valores en custodia registrados ante la SMV, a través del monto total de la emisión sin la necesidad del detalle de las series. MES NÚMERO DE RESOLUCIÓN (AUTORIZACIÓN) VALOR NOMINAL MANTENIDO EN CUSTODIA (*máximo mantenido en el TRIMESTRE) FECHA DE INICIO DE LA CUSTODIA FECHA DE FINALIZACIÓN DE LA CUSTODIA Total mantenido en custodia.

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Samples: supervalores.gob.pa

VIGENCIA. El presente contrato Este documento tendrá una duración vigencia indefinida. No obstante, pudiendo resolverse a instancia usted entiende y acepta que Banco Pichincha C.A. tendrá el derecho de cualquiera de las partes modificar los Términos y Condiciones detallados en todo este acuerdo, en cualquier momento. Si la resolución fuese En caso de efectuar cualquier modificación a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación los mismos, estos serán puestos a cualquiera su disposición a través de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valoresdiferentes canales del Banco. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por Por tanto, sin previo avisousted se compromete a revisar frecuentemente las actualizaciones de estos Términos y Condiciones en los Canales Electrónicos o a través del sitio web xxx.xxxxxxxxx.xxx, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con y acepta que el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta solo acceso y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación uso posterior de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellosCanales Electrónicos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titularsea considerado como su aceptación y conformidad con dichos cambios o modificaciones. En caso de que alguna provisión de este documento resultara inválida o inaplicable, las restantes provisiones del mismo permanecerán efectivas. Si este documento fuera declarado nulo o inejecutable por alguna razón, usted deberá cesar, inmediatamente, de usar los Canales Electrónicos y Banco Pichincha C.A. podrá cancelar de inmediato el presente contrato acceso a los mismos. No obstante, su(s) Cuenta(s) en Banco Pichincha C.A., sus afiliadas o subsidiarias permanecerán activas a pesar de la cancelación de los Canales Electrónicos. Si usted o una persona autorizada notifican su intención de cancelar el uso de los Canales Electrónicos, o si la Cuenta se celebre cancelara por alguna razón, usted asume responsabilidad por las transacciones autorizadas previamente a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, cancelación. Banco Pichincha C.A. se reserva el derecho de desistimiento del cancelar inmediatamente su acceso a los Canales Electrónicos: · Si usted no cumpliera con los Términos y Condiciones impuestos por Banco Pichincha C.A. en este documento o cualquier otro contrato en el plazo celebrado. · Si Banco Pichincha C.A. estimara que hubo un uso no autorizado de 15 días naturales desde su firmalos Canales Electrónicos. En caso · Si usted o una persona autorizada solicita la cancelación. · Si sus Cuentas han sido cerradas o se han cancelado los servicios por voluntad suya o por decisión de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadautoridad competente.

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Samples: bancopichincha-prod.pichincha.com

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinidaun plazo de vigencia de un (1) año, computable desde el 01 xx xxxx de 2019, pudiendo resolverse prorrogar su vigencia por el plazo de hasta dos (2) años adicionales, salvo lo dispuesto por la Cláusula Décima Octava, referida a instancia de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese del contrato. La prórroga por los dos (2) años adicionales, deberá constar expresamente por escrito, no admitiéndose la tácita reconducción. La ENTIDAD ASEGURADORA, garantiza el correcto y fiel cumplimiento del presente contrato en todas sus partes con la Garantía a instancia Primer Requerimiento de Ibercaja se producirá previa comunicación Cumplimiento de Contrato N°………, emitida por equivalente a cualquiera de los titulares USD 1,000,000.00 (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en DerechoUn millón 00/100 Dólares Estadounidenses), teniendo como beneficiario al BANCO, con una antelación mínima vigencia computable a partir de un mes, en la que se indicará la entidad firma del presente contrato y con validez de noventa (90) días calendario adicionales a la que se traspasan los valoresfinalización del plazo de vigencia del mismo y/o de la Adenda respectiva, si la hubiere. La Entidad podrá resolver Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato será devuelta después de la finalización del plazo señalado en el contrato con carácter inmediato ypárrafo precedente del presente documento, una vez emitido el Informe de Conformidad del Servicio por tantoparte del BANCO. La ENTIDAD ASEGURADORA tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato, sin previo avisocuantas veces lo requiera el BANCO por razones justificadas, quien llevara el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. La Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato será ejecutada y pagada en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera los incumplimientos contractuales detallados a instancia continuación y será cancelada a favor del TitularBANCO, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención ningún trámite o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efectoacción judicial. El titular BANCO podrá ejercer su derecho ejecutar la Garantía a Primer Requerimiento de desistir del contrato a través Cumplimiento de cualquier oficina de Ibercaja oContrato, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.los siguientes casos:

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Samples: www.fassil.com.bo

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinidaun plazo de vigencia de un (1) año, computable desde el 01 xx xxxxx de 2019, pudiendo resolverse prorrogar su vigencia por el plazo de hasta dos (2) años adicionales, salvo lo dispuesto por la Cláusula Décima Octava, referida a instancia de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese del contrato. La prórroga por los dos (2) años adicionales, deberá constar expresamente por escrito, no admitiéndose la tácita reconducción. La ENTIDAD ASEGURADORA, garantiza el correcto y fiel cumplimiento del presente contrato en todas sus partes con la Garantía a instancia Primer Requerimiento de Ibercaja se producirá previa comunicación Cumplimiento de Contrato N°………, emitida por equivalente a cualquiera de los titulares USD 1,000,000.00 (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en DerechoUn millón 00/100 Dólares Estadounidenses), teniendo como beneficiario al BANCO, con una antelación mínima vigencia computable a partir de un mes, en la que se indicará la entidad firma del presente contrato y con validez de noventa (90) días calendario adicionales a la que se traspasan los valoresfinalización del plazo de vigencia del mismo y/o de la Adenda respectiva, si la hubiere. La Entidad podrá resolver Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato será devuelta después de la finalización del plazo señalado en el contrato con carácter inmediato ypárrafo precedente del presente documento, una vez emitido el Informe de Conformidad del Servicio por tantoparte del BANCO. La ENTIDAD ASEGURADORA tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato, sin previo avisocuantas veces lo requiera el BANCO por razones justificadas, quien llevara el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. La Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato será ejecutada y pagada en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera los incumplimientos contractuales detallados a instancia continuación y será cancelada a favor del TitularBANCO, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención ningún trámite o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efectoacción judicial. El titular BANCO podrá ejercer su derecho ejecutar la Garantía a Primer Requerimiento de desistir del contrato a través Cumplimiento de cualquier oficina de Ibercaja oContrato, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.los siguientes casos:

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Samples: www.fassil.com.bo

VIGENCIA. El La presente contrato tendrá una duración indefinidapolítica entra en vigencia desde el 26 de julio de 2013. Las bases de datos recolectadas se conservarán por el tiempo razonable y necesario para cumplir las finalidades del tratamiento teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 1377 de 2013. Conforme a lo estipulado en materia financiera y bursátil, pudiendo resolverse esté termino no será inferior a instancia 10 años. Con la suscripción del Contrato de cualquiera Vinculación, del cual hace parte integra el presente documento, EL CLIENTE declara, reconoce y acepta que: Se acoge y cumplirá las normas xx xxxxxxx, así como a los reglamentos de los sistemas de negociación de valores o de las partes bolsas de valores a los que accede, y a las reglas y disposiciones propias del contrato suscrito con la sociedad comisionista de bolsa de valores y el manual del producto. Tiene conocimiento suficiente xxx xxxxxxx de valores y de su funcionamiento que le permiten evaluar el eventual impacto de sus decisiones de inversión. Las operaciones xx xxxxxxx de valores involucran alto riesgo, tanto xx xxxxxxx como de liquidez, y son altamente especulativas, y que por tanto acepta que se pueden presentar pérdidas sustanciales de capital, aún en todo momentoperíodos cortos de tiempo. Si EL CLIENTE asume íntegramente los riesgos asociados a la resolución fuese a instancia decisión de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera invertir en el mercado bursátil de manera individual y exclusiva, sin que pueda entenderse que ACCIONES & VALORES S.A., o cualquier otra institución, explícita o implícitamente garantiza los rendimientos de tales operaciones, el pago de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago dividendos de las comisionesacciones adquiridas o el valor de estas. EL CLIENTE reconoce expresamente que ACCIONES & VALORES S.A. no será responsable por el desconocimiento o la errónea apreciación por parte de EL CLIENTE de los efectos y consecuencias de las operaciones realizadas, riesgo ni por las apreciaciones e información en torno al comportamiento xxx xxxxxxx que suministre ACCIONES & VALORES S.A. EL CLIENTE entiende que el Sistema Electrónico de crédito con el TitularRuteo de Órdenes. es un canal, incumplimiento por éste que no exime a ACCIONES & VALORES S.A. de la normativa aplicable al blanqueo su deber de capitales o asesoría, y que, de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previaigual manera, podrá resolverlo acceder a en cualquier momento (salvo casos a los canales tradicionales de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadasesoría.

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Samples: trii.co

VIGENCIA. El presente contrato tendrá UNO. ESTE CONTRATO TENDRÁ DURACIÓN INDEFINIDA, PERO NO PERPETUA, PUDIENDO RESOLVERLO CUALQUIERA DE LAS PARTES EN CUALQUIER MOMENTO SIN NECESIDAD DE ALEGAR CAUSA ALGUNA. No obstante, si por ley imperativa se exigiera una duración indefinidarazón válida para resolver el contrato, pudiendo resolverse se pactan a instancia tal fin, a favor de ambas partes, las siguientes: (i) incumplimiento por la contraparte de cualquier deber legal u obligación contractual, (ii) cualquier incidencia que revele un funcionamiento anómalo o irregular en la relación contractual, (iii) modificación de cualquiera de las partes circunstancias que se tuvieron en todo cuenta en el momento de la contratación , incluida la adaptación ante cambios en las circunstancias xx xxxxxxx sobrevenidas o (iv) cualquier actuación que denote una actuación contraria a la buena fe. La liquidación de la cuenta consecuente con la rescisión del contrato se realizará de acuerdo con las condiciones económicas aplicables en ese momento., anticipándose el vencimiento de cualquier cantidad pendiente (ya sea de intereses, comisiones como de cualquier otro concepto). Si En el caso de que la resolución fuese a instancia de se inste por Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) Titulares cursada por cualquier medio admitido admisible en Derecho, con una antelación mínima de un mesdos meses.; este plazo de preaviso será de quince días si los Titulares no tuvieran la consideración de consumidores o microempresas. No obstante, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver no será precisa aquella comunicación previa, pudiendo Ibercaja extinguir el contrato con carácter inmediato yinmediatamente, por tantocuando (i) la cuenta permanezca en saldo deudor y sin que hayan operado los intervinientes durante, al menos, dos años (sin previo aviso, en caso que ello suponga renuncia ninguna a las acciones que asisten a Ibercaja para resarcirse del importe adeudado o (ii) concurrieran indicios de impago fraude o de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste contravención de la normativa aplicable al prevención del blanqueo de capitales o y de abuso xx xxxxxxxla financiación del terrorismo. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada Cuando se inste por el Titular (y a salvo de todos lo previsto en el último párrafo de esta CGC), en cualquier momento, mediante la retirada de los valores incluidos en la Cuenta fondos y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar oportuno justificante en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja oIbercaja. Además, en y con carácter previo, el Titular vendrá obligado a devolver a Ibercaja, para su casoinutilización, accediendo todos los instrumentos operativos y medios operativos de la cuenta y a través liquidar el saldo deudor y apuntes pendientes que pudieran existir; de Ibercaja Directo sobrevenir posteriormente apuntes que no se hubieran liquidado, todos los Titulares responderán solidariamente de su titularidadpago y será de aplicación lo previsto en la cláusula «Descubiertos».

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Samples: www.ibercaja.es

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración vigencia indefinida. No obstante El Cliente podrá darlo por terminado, pudiendo resolverse a instancia de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera dentro de los titulares 10 (aunque sean con condición de disposición “conjunta”diez) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad días hábiles posteriores a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resoluciónpresente, Ibercaja percibirá las comisiones específicas sin responsabilidad siempre y cuando no haya hecho uso del producto o servicio, en cuyo caso, Fincomún no podrá cobrar comisión alguna, o en cualquier tiempo previo aviso por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titularescrito efectivamente recibido por Fincomún. En caso de terminación o rescisión de este contrato, Fincomún no estará obligado a dar cumplimiento a cualquier operación que se encuentre pendiente o programada, excepto para aquellas operaciones pactadas a plazo fijo, en cuyo caso, Fincomún deberá cumplir el plazo con que se haya pactado la misma. Al momento de dar por terminado el presente contrato se celebre contrato, El Cliente queda obligado a distancia, y siempre que su titular ostente la condición entregar a Fincomún cualquier medio de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja odisposición u aditamentos que, en su caso, accediendo le hayan sido entregados para el funcionamiento del producto o servicio contratado, siendo ese momento cuando cesa la responsabilidad de El Cliente respecto de dichos medios. Fincomún deducirá las comisiones respectivas y cualquier otro adeudo a través cargo de Ibercaja Directo El Cliente quien deberá retirar cualquier saldo a su favor en la fecha de su titularidadvencimiento. El principal y los intereses de las operaciones que no tengan fecha de vencimiento, o bien, que teniéndola se renueven de forma automática, así como las transferencias vencidas y no reclamadas, que al 31 de diciembre de cada año, no hayan tenido movimiento por depósitos o retiros durante los últimos 10 (diez) años, contados a partir de dicha fecha, cuyo importe no sea superior al equivalente a 200 (doscientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general diario vigente en la Ciudad de México, prescribirán a favor del patrimonio de la Beneficencia Pública; en ese supuesto, Fincomún dará previo aviso por escrito a El Cliente en el domicilio que señala en el Anexo 2, con 120 (ciento veinte) días de antelación a la conclusión del plazo antes previsto.

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Samples: Contrato De Depósito

VIGENCIA. El Las partes acuerdan que los Servicios podrán ser contratados por un plazo máximo forzoso de contratación de 24 (veinticuatro) meses, en virtud de las inversiones, equipamiento o infraestructura necesaria para la recepción del servicio satelital que le es instalada al Usuario y que se utiliza para la prestación de los Servicios conforme a lo establecido en el presente contrato Contrato. Viasat se compromete dar aviso al Usuario con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación sobre la conclusión próxima del plan de servicios contratado a plazo forzoso, a través de la factura y/o estado de cuenta correspondiente, vía mensaje de texto o a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra tecnología que lo permita. Una vez concluido el plazo forzoso, el presente Contrato tendrá una duración vigencia indefinida, pudiendo resolverse por lo que el Usuario podrá dar por terminado el Contrato en cualquier momento, sin penalización alguna y sin necesidad de recabar la autorización de Viasat, únicamente deberá dar el aviso correspondiente a instancia de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese Viasat a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera través de los titulares (aunque sean con condición medios de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima contacto conforme al presente Contrato. Lo anterior no exime al Usuario de un mes, en la que se indicará la entidad pagar los cargos derivados del presente Contrato a la que se traspasan los valoresViasat. La Entidad podrá resolver Al concluir el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, plazo forzoso o en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de que Viasat actualice los términos y condiciones aplicables a los Servicios o del Contrato, Viasat informará al Usuario para que éste decida libremente si desea aceptarlas o dar por terminado el presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada TitularContrato. En caso de que el presente contrato Contrato se celebre sujete a distanciaun plazo forzoso, y siempre que su titular ostente las partes tienen derecho a dar por terminado anticipadamente el Contrato en cualquier momento, mediante notificación a Viasat llamando al 000-000-0000 o al Usuario mediante correo electrónico, sujetándose a la condición de consumidor éste podrá ejercerdevolución del Equipo otorgado en arrendamiento, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, o en su caso, accediendo al pago de cargo por Equipo No Devuelto (definido más adelante) vigente, y pagando como máximo el 20% (veinte por ciento) del monto total de los meses pendientes por cubrir del Servicio relativos al plazo forzoso. En el caso de que Viasat termine anticipadamente del presente Contrato, deberá pagar al Usuario únicamente la cantidad que corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto total de los meses pendientes por cubrir del Servicio contratado a través plazo forzoso. Viasat no estará obligado al pago de Ibercaja Directo de su titularidadla pena referida cuando la terminación anticipada sea por causas atribuibles a el Usuario.

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Samples: viasat.com.mx

VIGENCIA. El La vigencia de la presente contrato tendrá una duración indefinidapóliza será por un periodo de doce meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de la prestación de los servicios. Asimismo, pudiendo resolverse a instancia esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de cualquiera todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente, que haya causado ejecutoria. Asimismo, esta fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga o espera al proveedor, para el cumplimiento de las partes obligaciones que se afianzan, aun cuando hayan sido solicitadas o autorizadas extemporáneamente o inclusive cuando dicha prórroga o espera sea otorgada unilateralmente por “la contratante” y se haya comunicado por escrito al deudor, siempre y cuando éstas no excedan del 25% adicional al plazo original de ejecución estipulado en todo momentoel Contrato u Orden de Compra, en concordancia con dicha prórroga o espera, si se excede el porcentaje mencionado se deberá solicitar la anuencia de la Afianzadora quien emitirá el endoso correspondiente si a sus intereses conviene. Si En el caso de que se hayan ejecutado correcciones, reparaciones, reposiciones o acciones para dar cumplimiento a las demás responsabilidades que garantiza esta póliza, la resolución fuese a instancia fianza permanecerá vigente por el mismo plazo mencionado en el primer párrafo de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera la presente cláusula, respecto de los titulares bienes o servicios sujetos a dichas actividades. Lugar y fecha de expedición: ……………………… (aunque sean Nombre) , manifestamos, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con condición facultades suficientes para suscribir la Oferta en el presente Concurso, a nombre y representación de disposición “conjunta”(persona física o moral) cursada por cualquier medio admitido Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: Constitutiva: Fecha Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que la protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en Derechoel Registro Público de Comercio: Descripción del objeto social: Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó: Xxxxx y fecha de expedición: ................................. (Nombre del que se suscribe) , en mi carácter de (el funcionario o directivo de más alto nivel y/o el Representante Legal) de (nombre o razón social de la empresa) , con una antelación mínima R.F.C.: , y domicilio en: (calle y número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa, país), ,declaro bajo protesta de un mesdecir verdad que : En el presente Concursos Abierto se actuará con ética e integridad y que se abstendrá de adoptar conductas, por sí mismo o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos de CFE induzcan ó alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado de los procedimientos u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. NOMBRE Y FIRMA Xxxxx y fecha de expedición: .................................. De conformidad con lo expresado en el pliego de requisitos, la empresa (nombre y razón social, añadir el nombre cargo y firma del representante legal del concursante ), se sujeta estrictamente a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos establecidos en la que se indicará Ley de la entidad a Comisión Federal de Electricidad, su Reglamento y las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la que se traspasan los valoresCFE y sus Empresas Productivas Subsidiarias. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato yAsimismo, por tanto, sin previo avisomanifiesto que, en caso de impago controversia, los tribunales federales de la Ciudad de México son el órgano jurisdiccional competente para conocer las posibles controversias que pudieran surgir durante el procedimiento de esta invitación o del contrato que de ella derive, por lo que la empresa que represento renuncia a cualquier fuero que en razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderle. . NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL CONCURSANTE Ciudad de México, a de de 20.. C . Administrador del Contrato CFE Distribución. , acreditando mis facultades con el testimonio de la escritura pública número , de fecha , con ejercicio en la ciudad de , atendiendo a que mi representada funge actualmente como proveedor/ prestador de servicios/ arrendador de esa Entidad y que esperamos en lo futuro seguirá siéndolo de manera habitual, por medio del presente escrito le solicito se sirva girar sus instrucciones a quien corresponda para que los pagos que en lo futuro tenga derecho a recibir mi representada, derivados de los contratos o pedidos que formalice con ese Organismo, sean efectuados mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta cuyos datos se señalan a continuación: Institución de Crédito: No. de Cuenta (CLABE): Sucursal: No. de Plaza y Lugar: Titular de la Cuenta: La presente solicitud se refiere únicamente a la utilización del medio de pago referido en el párrafo precedente, por lo que no modifica en forma alguna las estipulaciones contenidas en los contratos o pedidos que tenga celebrados o que en lo futuro llegue a celebrar mi representada con esa Entidad, quedando en consecuencia subsistentes todas y cada una de las comisionesobligaciones pactadas entre las partes, riesgo según conste en cada uno de crédito ellos. Asimismo, manifiesto bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada es veraz y auténtica y que la personalidad y facultades con que me ostento no me han sido revocadas o modificadas en forma alguna. La presente instrucción se considerará subsistente hasta en tanto no se gire a esa Entidad instrucción expresa revocándola o modificándola, por lo que el Titular, incumplimiento por éste depósito o transferencia que se realice a la cuenta antes indicada liberará a esta Comisión de toda responsabilidad respecto del pago de que se trate. El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la normativa aplicable al blanqueo Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de capitales la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de abuso xx xxxxxxxoportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. Si La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la resolución fuera Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, inició en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:  La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.  El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a instancia México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del Titular, sin necesidad sector público se centran en:  Profundizar las reformas legales que inició en 1999.  Difundir las recomendaciones de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en cualquier momento (salvo su cumplimiento.  Presentar casos de retención cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan:  Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o embargo) previa cancelación bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o traspaso para la empresa.  Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a otra entidad designada por los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.  Los abogados: promover el Titular cumplimento y revisión de todos los valores incluidos en la Cuenta Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la firma del correspondiente impreso de cancelaciónlegislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá Las sanciones impuestas a las comisiones específicas por personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento recomendaciones de la resolución del contrato Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso castigado independientemente de que el presente contrato se celebre a distanciafuncionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, y siempre que su titular ostente pero también por otros medios, como la condición revisión de consumidor éste podrá ejercerla situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo caso de 15 días naturales desde su firmalas empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En caso la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de no ejercer las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el derecho de desistimiento Código Penal Federal sanciona el cohecho en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.los siguientes términos:

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Samples: potdistribucion.cfe.mx

VIGENCIA. El EI presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia vigencia de un año forzoso para El Comerciante y voluntario par El Banco. EI incumplimiento de cualquiera de las partes obligaciones previstas en todo momentoeste contrato, a cargo de El Comerciante dará la facultad a El Banco a rescindir el mismo. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, El Comerciante deberá entregar en caso de impago terminación de El presente contrato, la (s) terminales electrónicas de autorización y/o punta de venta, con sus accesorios y papelería que se Ie hubiere entregado para el uso de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titularmismas. En caso de que El Comerciante pretenda dar por terminado anticipadamente el presente contrato, El Comerciante se compromete a pagar una pena equivalente al costo por la adquisición de las terminales electrónicas de autorizaciones. A dicho costo Ie será adicionando un rendimiento equivalente a una tasa real de 10% anual (diez par ciento). Si el presente contrato no se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja da por terminado anticipadamente o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo al momento de su titularidadvencimiento no hay notificación alguna para su terminación, se entenderá prorrogado en forma automática por un periodo igual a 1 año. EI incumplimiento de El Comerciante a cualquiera de los términos de este contrato, dará derecho al Banco a su inmediata rescisión sin necesidad de declaración judicial al respecto y con independencia de los daños y perjuicios que El Banco pueda reclamar, bastando al efecto que se constate el incumplimiento para que proceda la rescisión de este contrato y El Comerciante quede obligado a pagar de inmediato al Banco cualquier cantidad que se Ie adeude en virtud de El mismo. En particular, El Banco podrá rescindir el presente contrato, cuando El Comerciante incurra en alguno de los siguientes supuestos: i) Deje de cumplir con las obligaciones de pago consignadas en este contrato, o cualquier otra obligación impuesta en el presente contrato y ii) No colabore con El Banco en investigaciones de cualquier tipo en las que se Ie haya solicitado su participación, o no entregue la documentación que se Ie requiera.

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Samples: Contrato De Afiliación

VIGENCIA. El Las disposiciones del presente contrato tendrá una duración indefinidaContrato General de Fondos se mantendrán indefinidamente vigentes, pudiendo resolverse hasta que el Partícipe o la Administradora manifiesten su intención de ponerle término, la que deberá ser notificada por escrito a instancia de cualquiera de las partes en todo momentola otra parte. Si el que pone término es la resolución fuese a instancia de Ibercaja Administradora, la notificación se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada hará por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable carta certificada dirigida al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia domicilio del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta Partícipe y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho notificado al tercer día del despacho de desistir del contrato a través de cualquier la carta en la oficina de Ibercaja ocorreos. Si el que pone término al Contrato es el Partícipe, bastará una simple notificación por escrito y la Administradora se entenderá notificada desde la recepción del escrito en su casooficina. Para efectos de lo señalado precedentemente, accediendo el incumplimiento grave de cualesquiera de las obligaciones impuestas en el presente Contrato por parte del Cliente, dará derecho a través la Administradora para ponerle término al mismo mediante un aviso escrito por carta dirigida al domicilio registrado por el Partícipe en el presente Contrato, término que se hará efectivo a contar del décimo día hábil bancario siguiente al de Ibercaja Directo la notificación. Por su parte, el Partícipe podrá ponerle término en cualquier momento, sin expresión de su titularidadcausa ni justificación alguna, mediante un aviso escrito por carta dirigida a la Administradora, término que se hará efectivo a contar xxx xxxxxx día hábil bancario siguiente al de la recepción del aviso antes referido, por parte de la Administradora. Será condición esencial para poner término al presente Contrato que el Partícipe no tenga cuotas suscritas de ningún fondo administrado por la Administradora.

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Samples: Contrato General De Fondos

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia de Contrato se celebra por el término señalado en la Carátula y cualquiera de las partes podrá darlo por terminado mediante aviso a la otra parte de conformidad con lo establecido en la Cláusula DÉCIMA OCTAVA. MOVISTAR comunicará al Suscriptor con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, que el plazo forzoso está por concluir. No obstante lo establecido en la presente cláusula, el Suscriptor que haya celebrado con MOVISTAR la contratación de Planes tarifarías xx xxxxx básica mensual con plazo forzoso y planes híbridos, deberá estar, en todo momento. Si la resolución fuese momento sujeto a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, lo establecido en la Carátula y el Anexo correspondientes por lo que se indicará respecta al plan contratado, y previamente realizar el pago que como pena por terminar anticipadamente el Contrato ha quedado especificado en la entidad a la que se traspasan los valoresCláusula QUINTA de este instrumento. La Entidad cancelación del Contrato no exime al Suscriptor de pagar todas las cantidades adeudadas. Una vez que concluya el plazo forzoso pactado y el Suscriptor no manifieste nada en contrario, se entenderá que el Contrato continúa por tiempo indefinido. En este supuesto el usuario podrá resolver cancelar el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previarecabar la autorización de MOVISTAR, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos sólo deberá notificarlo a MOVISTAR a través de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por alguno los Puntos de Contacto y, únicamente deberá pagar el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada total de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contratocantidades adeudadas por servicio. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de Se entiende que el presente contrato Contrato se celebre a distancia, renueva cuando el Usuario continúa usando y siempre que su titular ostente la condición pagando los Servicios de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivacióntelecomunicaciones. En el supuesto de renovación y cuando el Usuario no adquiera un Equipo MOVISTAR nuevo, el derecho cargo mensual en la factura estará integrado únicamente por el cobro de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadlos servicios originalmente contratados.

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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio Público De Telefonía

VIGENCIA. El Este Contrato tendra vigencia desde el de julio de hasta el 31 de diciembre de LA SEGUNDA PARTE certifica y garantiza lo que se evidencia mediante las certificaciones correspondientes las cuales se incorporan a este Contrato, que al momento de suscribir este Contrato ha rendido sus Planillas de Patentes Municipales y Planillas de Contribucion sobre Ingresos, segun le aplique, hasta cinco (5) ahos previos a este Contrato. Certifica que no tiene deudas por concepto de contribucion sobre la propiedad mueble o inmueble, o por cualquier otro tipo de contribucion, arbitrio o licencia con el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o con algun municipio, o se encuentra acogida a un plan de pago, con cuyos terminos y condiciones se estan cumpliendo. Expresamente se reconoce que esta es una condicion esencial del presente Contrato y, de no ser correcta en todo o en parte, esto sera causa suficiente para que E L MUNICIPIO pueda dejar sin efecto el fore Ingresos del Departamento de Hacienda, por cualquier cantidad tributable como resultado de los ingresos devengados bajo este Contrato. E L MUNICIPIO notificara al Negociado de Contribucion sobre Ingresos del Departamento de Hacienda los pagos o desembolsos que sean efectuados a LA SEGUNDA E L MUNICIPIO retendra, del pago debido a LA SEGUNDA PARTE, segun le corresponda, conforme a lo establecido entre las Secciones y de la Ley Numero 1 del 31 de enero del conocida como "Codigo xx Xxxxxx Internas para un Nuevo Puerto Rico" y de conformidad con los reglamentos aprobados Secretario de Hacienda al respecto. De estar relevada LA SEGUNDA PARTE de la retencion, debera aportar evidencia acreditativa de ello expedida por el Departamento de Hacienda y se hara formar parte de este contrato tendrá como si en el estuviese reproducido. E L MUNICIPIO no hara descuento de Seguro Social ni de otra naturaleza, excepto lo establecido Codigo xx Xxxxxx Internas para un Nuevo Puerto obligatorias y surtiran efecto para cada una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia de cualquiera de las partes Partes y sus respectivos sucesores y cesionarios permitidos. Las Partes convienen que el mismo no beneficiara ni creara derechos o causas de accion a nombre de cualquier Persona distinta a las LA SEGUNDA PARTE reconoce que debe cumplir con todos los requisitos y aquellas condiciones establecidas en el presente Contrato, las cuales son esenciales y de no ser correctas en todo momento. Si la resolución fuese o en parte, sera causa suficiente para que E L MUNICIPIO deje sin efecto el E L MUNICIPIO entregara copia a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste LA SEGUNDA PARTE de la normativa aplicable al blanqueo Ley Num. 84 del xx xxxxx de capitales o 2002, segun enmendada, mediante la cual se establece el Codigo de abuso xx xxxxxxx. Si Etica para Contratistas y copia de la resolución fuera a instancia del TitularOrden Ejecutiva de E L MUNICIPIO, sin necesidad numero 2007-2008 (93-A), aprobada el 20 de efectuar comunicación previadiciembre de 2007, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos titulada "Para Establecer las Normas de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular Conducta Etica para Compradores, Contratistas, Proveedores de todos los valores incluidos en la Cuenta Servicios y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar Personal que Interviene en el momento Proceso de Compras", la resolución del contrato y la cual se hace formar parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato Contrato como si en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.este estuviese VEINTITRES: LA SEGUNDA PARTE certifica

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Samples: Contrato De Servicios Profesionales

VIGENCIA. El La vigencia de la prestación del presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia servicio es del 1 xx xxxxx de cualquiera 2012 al 31 de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia diciembre de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores2012. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso Subdirección de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste Servicios Generales será responsable de la normativa aplicable al blanqueo supervisión del servicio, debiendo informar sobre las incidencias del mismo a efecto de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja oque, en su caso, accediendo se apliquen las sanciones procedentes de conformidad con lo establecido en el contrato. Integración de la planilla de seguridad solicitada para las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”. INMUEBLE COORDINADOR OPERATIVO DE 12X12 JEFES DE TURNO 24 X24 GUARDIAS DE SEGURIDAD 12 X 12 GUARDIAS DE SEGURIDAD 24 X 24 TOTAL PROFEDETAv. Xx. Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, C.P. 06720, México, D.F. 1 2 3 4 10 El personal de “EL PROVEEDOR” será el que proporcionará el servicio. En caso de alguna sustitución, ésta deberá ser autorizada previamente por la Subdirección de Servicios Generales, en el entendido de que el personal sustituto contará con la misma experiencia y conocimientos académicos del personal que se sustituye. Guardias de seguridad 3 elementos de 12 x 12 en horario de lunes a través viernes de Ibercaja Directo 08:00 a 20:00 horas. Guardias de seguridad 4 elementos de 24 x 24 continuos de 08:00 a 08:00 horas del día siguiente. Jefes de turno 2 elementos de 24 x 24 continuos de 08:00 a 08:00 horas del día siguiente. Coordinador operativo 1 elemento de 12 x 12 en horarios de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas. El guardia en la recepción será del sexo femenino y tendrá un horario de lunes a viernes de 07:00 a 19:00 horas. La categoría jefes de turno y guardias de seguridad de 24 x 24 deberán ser distribuidos en dos turnos, de manera que un turno trabajara de 24 x 24 y el otro descansará y así sucesivamente. En el caso de los jefes de turno, guardias de 24 x 24 y de 12 x 12, no podrán doblar turnos. Todas las categorías tendrán una tolerancia en la entrada xx xxxx minutos y una vez transcurrido ese tiempo tendrá 45 minutos para sustituirlo por otro elemento, en caso contrario se considerará falta. Cuando por razones de cambio de domicilio de “LA PROCURADURÍA”, se tenga que reubicar y reestructurar al personal que en el estado de fuerza se detalla, se notificara según sea el caso el nuevo domicilio con 15 días de anticipación a “EL PROVEEDOR” donde tendrá que prestar el servicio. “EL PROVEEDOR” se obliga a mantener permanentemente la plantilla de personal para desarrollar las funciones que se describen a continuación, “LA PROCURADURÍA” descontará a “EL PROVEEDOR” las faltas de su titularidadpersonal de acuerdo a su categoría propuesta, por lo que “EL PROVEEDOR” deberá presentar el costo unitario por cada nivel, desglosando las prestaciones xx xxx. Las actividades que se describen a continuación podrán ser modificadas o ampliadas dependiendo de las instrucciones que genera la Subdirección de Servicios Generales, así como de las consignas generales y particulares. Independientemente de las actividades del Coordinador Operativo, “EL PROVEEDOR” está obligado a supervisar durante el tiempo que dure el contrato que se lleven a cabo las actividades asignadas a los elementos de las diferentes categorías, así como la portación del uniforme y equipo requerido y medios de comunicación en perfectas condiciones de operación y las demás que permitan una mejor prestación del servicio. El coordinador operativo acordará con el servidor público asignado por “LA PROCURADURÍA” para analizar y solucionar las problemáticas que se presenten en el desarrollo de las actividades de vigilancia detectadas por las autoridades y/o en los partes xx xxxxxxxxx que se entregarán cada 24 horas a las personas señaladas por la Subdirección de Servicios Generales, cabe mencionar que el coordinador del servicio estará en contacto directo con el supervisor de zona, mediante el radio transmisor y el radio localizador las 24 horas del día, durante el periodo que dure el contrato, quien se trasladará inmediatamente al inmueble en caso de una emergencia. “EL PROVEEDOR”, tendrá que supervisar diariamente a sus elementos asignados en “LA PROCURADURÍA”, en las propias instalaciones, durante la mañana, tarde y noche, incluyendo, xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos y deberá informar de su asistencia a las autoridades de “LA PROCURADURÍA” y dejara constancia de dicha supervisión. Presentarse en su servicio debidamente aseado, con uniforme completo y con anticipación para cubrir puntualmente su turno, asimismo, no deberá portar ningún adorno o prenda ajena al uniforme. Informar al relevo las consignas y pendientes durante su turno. Solicitar que se registren los visitantes y orientarlos con respecto a la persona que visita. Informar por escrito al jefe de turno de sucesos extraños dentro de “LA PROCURADURÍA”, turnando copia al coordinador operativo o en su caso a la Subdirección de Servicios Generales. Conocer la ubicación de las alarmas, cuarto de bombas, subestación eléctrica, tomas de agua, tableros de apagado xx xxxxx, elevadores y equipos contra incendios. Revisar la salida de bienes muebles verificando físicamente los datos del bien indicado. Verificar la relación de los empleados, compañías o empresas contratadas para realizar algún trabajo los días xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos, así como de las compañías o empresas contratadas para efectuar algún trabajo en especial. Recibir y revisar que el equipo de apoyo este completo y en buenas condiciones. Contar con los números telefónicos de emergencia y auxilio públicos. Acatar las consignas e indicaciones del jefe de turno, del coordinador operativo y de los responsables del servicio por parte de “LA PROCURADURÍA”. Prohibir estrictamente la entrada a vendedores ambulantes. Prohibir la introducción de bebidas alcohólicas, así como a la persona (trabajador o visitante) que muestre síntomas de intoxicación por cualquier sustancia. Permitir el acceso de los vehículos del personal o funcionarios que cuenten con la autorización, llevando un control y registro de los mismos. Negar la salida de vehículos oficiales, que no cuenten con el respectivo pase de salida en el que debe especificar el lugar o el servicio a realizar, y que este debidamente autorizado. Dirigirse en todo momento con amabilidad con los usuarios que soliciten información y canalizarlos al área correspondiente, previa autorización que para ello obtenga. Revisar las cajuelas e interiores de todos los vehículos antes de salir. Supervisar que no permanezca persona no autorizada en el interior de las casetas de vigilancia. Supervisar el registro de asistencia de los elementos asignados en el inmueble. Verificar que los elementos se presenten a su servicio debidamente aseados en su persona y con anticipación para cubrir puntualmente su turno. Revisar al término del servicio las mochilas o maletas de los guardias que desmonta el servicio, evitando así cualquier robo, pérdida o extravío por personal de su empresa. Elaborar el parte xx xxxxxxxxx diariamente para entregar al coordinador operativo, manifestando las incidencias relevantes durante el servicio, entregando al relevo una relación de asuntos pendientes. Vigilar que el personal de seguridad permita el acceso de los vehículos del personal o funcionarios que cuenten con la autorización correspondiente, llevando un control y registro de los mismos. Supervisar que los guardias de seguridad estén en sus puestos de vigilancia y no se distraigan con juegos y los teléfonos exclusivamente son una herramienta de trabajo. Verificar el estado físico de los elementos que prestan el servicio, mismos que deben presentarse sin haber ingerido bebidas embriagantes o substancias toxicas. Efectuar cada dos horas rondines por los inmuebles con el objeto de detectar posibles sucesos extraños y verificar que las salidas de emergencia se encuentren totalmente despejadas, verificando que los elementos se encuentran en sus puestos y alertas. Informar al Coordinador Operativo y a la Subdirección de Servicios Generales, sobre la concentración de grupos sindicales u organizaciones sociales en las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Seguridad Y Video Vigilancia

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia de Contrato se celebra por el término señalado en la Carátula y cualquiera de las partes podrá darlo por terminado mediante aviso a la otra parte de conformidad con lo establecido en la Cláusula DÉCIMA OCTAVA. MOVISTAR comunicará al Suscriptor con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, que el plazo forzoso está por concluir. No obstante lo establecido en la presente cláusula, el Suscriptor que haya celebrado con MOVISTAR la contratación de Planes tarifarios xx xxxxx básica mensual con plazo forzoso y planes híbridos, deberá estar, en todo momento. Si la resolución fuese momento sujeto a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, lo establecido en la Carátula y el Anexo correspondientes por lo que se indicará respecta al plan contratado, y previamente realizar el pago que como pena por terminar anticipadamente el Contrato ha quedado especificado en la entidad a la que se traspasan los valoresCláusula QUINTA de este instrumento. La Entidad cancelación del Contrato no exime al Suscriptor de pagar todas las cantidades adeudadas. Una vez que concluya el plazo forzoso pactado y el Suscriptor no manifieste nada en contrario, se entenderá que el Contrato continúa por tiempo indefinido. En este supuesto el usuario podrá resolver cancelar el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previarecabar la autorización de MOVISTAR, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos sólo deberá notificarlo a MOVISTAR a través de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por alguno los Puntos de Contacto y, únicamente deberá pagar el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada total de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contratocantidades adeudadas por servicio. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de Se entiende que el presente contrato Contrato se celebre a distancia, renueva cuando el Usuario continúa usando y siempre que su titular ostente la condición pagando los Servicios de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivacióntelecomunicaciones. En el supuesto de renovación y cuando el Usuario no adquiera un Equipo MOVISTAR nuevo, el derecho cargo mensual en la factura estará integrado únicamente por el cobro de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firmalos servicios originalmente contratados. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad.xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/

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Samples: Contrato De Prestación Del Servicio Público De Telefonía

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia de cualquiera de las Ambas partes en todo momento. Si aceptan que la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos vigencia del presente contrato será preciso el consentimiento forzosa para "EL PROVEEDOR" y voluntaria para "LA PROCURADURÍA", la cual comprenderá del 15 de todos ellosjulio al 9 xx xxxxxx de 2013, comprometiéndose “EL PROVEEDOR”, a salvo que cualquier reclamación por parte “LA PROCURADURÍA” después de concluida la facultad vigencia del contrato, será atendida con toda oportunidad. Para lo cual “EL PROVEEDOR”, deberá presentar su factura dentro de desglose los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del servicio, la cual, deberá contener los requisitos fiscales determinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá contar con la validación del o la Titular de la Subdirección de Servicios al Personal, de “LA PROCURADURÍA” y autorizada por el o la Titular de la Dirección de Administración. La factura, deberá presentar desglosado el I.V.A. y los descuentos que se reconoce otorguen a cada Titular“LA PROCURADURÍA”. En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en el presente contrato tiempo señalado la factura para el trámite de pago o no se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivaciónencuentre debidamente requisitada, el derecho plazo para el pago empezará a correr a partir del día siguiente de desistimiento del contrato en el plazo la presentación correcta de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efectola misma. El titular horario para la presentación de la documentación será de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes. Los pagos que haga “LA PROCURADURÍA”, cubren cualquier clase de gastos, impuestos, derechos, contribuciones fiscales o cualquier contraprestación a favor de "EL PROVEEDOR", que se genere con motivo de la celebración o cumplimiento del presente contrato, por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá ejercer su derecho reclamar algún otro pago adicional. El pago de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja olos servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidadpor concepto xx xxxxx convencionales.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios Para El Desarrollo Del

VIGENCIA. El presente contrato Este Concierto SMS-UMU tendrá una duración indefinidavigencia de cuatro años, pudiendo resolverse obligando a instancia las partes desde el momento de cualquiera su firma. No obstante lo anterior, la planificación docente del curso académico 2015/2016 no se verá alterada y seguirá rigiéndose por el concierto celebrado por las partes el 25 de enero de 2010. Se podrá prorrogar por acuerdo expreso de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste antes de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación periodo de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titularvigencia. En caso de ser denunciado por alguna de las partes ésta deberá ser comunicada a la otra con seis meses de antelación a la fecha de término propuesta. En todo caso, una vez denunciado o expirada su vigencia permanecerá en vigor hasta la celebración de un nuevo concierto. Para el desarrollo de las prácticas de Grado en Fisioterapia se establece con carácter excepcional y transitorio un periodo de dos años durante los cuales los alumnos de la UMU puedan seguir utilizando todos los Centros dependientes del SMS en el marco de la programación general realizada por este último y para garantizar el buen fin de las mismas. Trascurrido dicho periodo, se utilizarán exclusivamente los Centros que se vinculan en el actual concierto. La vinculación de puestos asistenciales existentes en hospitales que habiendo sido vinculados en el concierto suscrito por las partes el 25 de enero de 2010 o en adendas posteriores no figuren incluidos en los anexos I y II del presente contrato concierto se celebre mantendrá, a distancialos efectos de realizar las funciones asistencial, investigadora y siempre de docencia teórica, mientras los ocupen sus actuales efectivos. El Servicio Murciano de Salud podrá ofrecer, a quienes ocupen dichos puestos las vacantes que su titular ostente se vayan produciendo en los Servicios Clínicos equivalentes de los hospitales vinculados en los anexos I y II del presente concierto, con carácter provisional y mientras se articulan los procedimientos de provisión de carácter definitivo que sean reglamentarios. En prueba de conformidad, ambas partes firman este concierto, en duplicado ejemplar, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.—Por la condición Comunidad Autónoma de consumidor éste podrá ejercerla Región xx Xxxxxx y por el Servicio Murciano de Salud, sin ninguna motivaciónXxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.—Por la Universidad xx Xxxxxx, el derecho Rector Magnífico, Xxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx. Para la impartición del Grado en Medicina son: - Hospital Clínico Universitario Virgen de desistimiento la Arrixaca xx Xxxxxx. - Hospital General Universitario Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx. - Hospital General Universitario Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx. Para la impartición del contrato Grado en el plazo Enfermería son: - Hospital Clínico Universitario Virgen de 15 días naturales desde su firmala Arrixaca. En caso Para la impartición del Grado en Fisioterapia son: - Hospital Clínico Universitario Virgen de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efectola Arrixaca. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través de Ibercaja Directo de su titularidad- Hospital General Universitario Xxxxxxx Xxxxxxxx. - Hospital General Universitario Xxxxx Xxxxx.

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Samples: www.um.es

VIGENCIA. El presente contrato entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración indefinidade UN (1) año desde la fecha de inicio del suministro (activación del suministro por parte de la empresa distribuidora). No obstante, pudiendo resolverse la eficacia de este contrato quedará condicionada a instancia (i) que el CLIENTE se encuentre al corriente de cualquiera pago de las partes facturas correspondien- tes al suministro de energía eléctrica, sin que se hayan producido impagos de las mismas en todo momento. Si el pasado; (ii) al momento en que se disponga del acceso a la resolución fuese red de distribución; (iii) a instancia la previa verificación por parte de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera ENSTROGA de la realidad de los titulares datos aportados por el CLIENTE; (aunque sean con condición de disposición “conjunta”iv) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, verificación por tanto, sin previo aviso, en caso parte de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste ENSTROGA de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia adecuada y suficiente solvencia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja CLIENTE o, en su caso, accediendo a través la aportación por el CLIENTE de Ibercaja Directo las garantías que exija ENSTROGA; (v) a la aportación por parte del CLIENTE de la documentación que exija la normativa vigente. En caso de que no se cumpla alguno de los requisitos indicados anteriormente, el contrato será ineficaz y por tanto, no tendrá validez. El CLIENTE autoriza expresamente a ENSTROGA a verificar mediante grabación telefónica la veracidad de los datos facilitados y su consen- timiento para la tramitación del Contrato. El contrato se prorrogará de forma tácita, por periodos de igual duración, si ninguna de las partes manifiesta fehacientemente su voluntad de resolverlo según lo dispuesto en el apartado 13 de las presentes condiciones generales. La celebración de un nuevo contrato de suministro con ENSTROGA, durante la vigencia de un contrato anterior celebrado entre ambas partes para idéntico punto de suministro, será vinculante desde el momento de su titularidadfirma si bien sus efectos y duración estarán condicionados a la finalización del periodo de vigencia restante del contrato anterior, momento a partir del cual resultarán de aplicación y cómputo. El presente Contrato permanecerá vigente, aún en el caso de que se haya solicitado la baja del mismo por el CLIENTE, hasta el momento en que se produzca el cese del suministro y retirada efectiva del contador, por lo que el CLIENTE será el responsable de abonar el suministro que se derive del presente Contrato hasta ese momento. Todo ello, sin perjuicio de estar obligado a permitir la entrada en el domicilio a la empresa distribuidora para llevar a cabo dicho cese, en caso de encontrarse el contador en el interior de su vivienda o local.

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Samples: www.enstroga.es

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo resolverse a instancia plazo de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja vigencia se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en extiende desde el momento de la resolución presentación de la oferta, y hasta por tres meses más o hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. (En caso que la fecha de cierre del proceso de Licitación se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la póliza). VALOR ASEGURADO: 10% del valor del presupuesto oficial. (Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.) OBJETO: CONTRATAR EL SERVICIO ESPECIALIZADO DE GESTIÓN DOCUMENTAL, PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES A LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA DE LOS ARCHIVOS DE LA AGENCIA, LA DIGITALIZACIÓN DE LOS EXPEDIENTES Y LA INDIZACIÓN EN EL SISTEMA DOCUMENTAL DE LA AGENCIA (ORFEO). FIRMA El tomador deberá radicar en la sede principal de la Agencia, ubicada en la xxxxx 00 # 00-00, tercer piso, la garantía debidamente firmada en su original. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes (artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015) Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. En caso que la fecha de cierre se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la póliza. La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos, los cuales deben incluirse en el contenido de la garantía de seriedad presentada:  La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato y sin justa causa por parte del proponente seleccionado.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la parte proporcional devengada garantía de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización cumplimiento del contrato. Si los Titulares desearan solicitar Con el fin de acreditar que el proponente no se encuentre en alguna causal de inhabilidad, la modificación Agencia Nacional de los términos del presente contrato será preciso Tierras verificará en el consentimiento certificado de todos ellosantecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional que aquel, a salvo la facultad persona natural o jurídica y su representante legal y cada uno de desglose que sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio, una unión temporal o una promesa de sociedad, no se reconoce a cada Titularencuentre(n) inhabilitados. En caso de el evento en que el presente contrato proponente cuente con el correspondiente certificado expedido por la Policía Nacional, podrá aportarlo con su propuesta. (Esta consulta se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato debe realizar a través de cualquier oficina la página web xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/, no tiene costo alguno). Documento 18: Certificado de Ibercaja o, en su caso, accediendo a través no inclusión de Ibercaja Directo de su titularidadmedidas correctivas expedido por la Policía Nacional.

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Samples: www.agenciadetierras.gov.co

VIGENCIA. El presente contrato tendrá Este Contrato estará vigente por el plazo que demande perforar dos pozos, el cual se estima sobre una duración indefinida, pudiendo resolverse base estimada de 88 (ochenta y ocho) días naturales contados a instancia de cualquiera de las partes en todo momento. Si la resolución fuese a instancia de Ibercaja se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste partir de la normativa aplicable fecha de movilización de la Plataforma Autoelevable al blanqueo primer pozo (“Fecha de capitales o Inicio de abuso xx xxxxxxxOperaciones”). Si Una vez se completen las operaciones en el xxxxxxx xxxx, terminará la resolución fuera a instancia vigencia del TitularContrato de pleno derecho, sin necesidad de efectuar comunicación previanotificación alguna al CONTRATISTA. La EMPRESA podrá, podrá resolverlo de manera unilateral, terminar anticipadamente y sin responsabilidad alguna el presente Contrato previa notificación por escrito al CONTRATISTA con una antelación no menor a 30 (treinta) días naturales. En este caso el CONTRATISTA tendrá el derecho al pago de los trabajos realizados hasta la fecha efectiva de la terminación del Contrato. La terminación del Contrato conforme con lo aquí establecido, no dará derecho al CONTRATISTA al pago de indemnización o compensación alguna. La EMPRESA pagará al CONTRATISTA, como contraprestación por los Servicios prestados, los precios detallados en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de Anexo I: Precios. Dichos precios incluyen todos los valores incluidos costos directos e indirectos en que deba incurrir el CONTRATISTA para la Cuenta oportuna y satisfactoria ejecución de los Servicios, así como cualquier gasto y costo en que incurra. Dichos precios no incluyen el IVA, en el caso que el mismo sea aplicable. El CONTRATISTA declara y garantiza que se ha asesorado adecuadamente mediante la investigación propia respecto de todas las condiciones locales, regionales y nacionales que pudieran afectar la prestación de los Servicios o cualquier otra obligación del CONTRATISTA bajo el presente Contrato. Por lo tanto, el CONTRATISTA acepta todas las consecuencias y responsabilidades derivadas de haber evaluado adecuadamente los costos y contingencias necesarios para cumplir adecuadamente con sus obligaciones relacionadas con la prestación de los Servicios y consecuentemente asume todos los costos resultantes de su incorrecta evaluación, renunciando a efectuar cualquier tipo de reclamo o ajuste a la EMPRESA al respecto. En este sentido, será a cuenta y a cargo exclusivo del CONTRATISTA cualquier sobrecosto en los Servicios que se derive de retrasos, defectos, imperfecciones, sanciones, multas o cualquier incumplimiento del CONTRATISTA a sus obligaciones conforme al presente Contrato o cualquier faltante de recursos para ejecutar y concluir los Servicios debidamente. De forma simultánea a la firma de este Contrato y en garantía al adecuado cumplimiento y ejecución del correspondiente impreso mismo, el CONTRATISTA entrega a la EMPRESA una carta de cancelacióncrédito, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) de precio total estimado del Contrato, emitida de acuerdo con el formato que se adjunta al presente identificado como Anexo X, por una institución de crédito mexicana o internacional que sea aceptable para la EMPRESA. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento La viabilidad de la resolución del contrato garantía será evaluada y resuelta por la parte proporcional devengada EMPRESA, pudiendo ésta solicitar garantías adicionales. Dicha garantía deberá prever la posibilidad de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho de desistir del contrato a través de cualquier oficina de Ibercaja cobro (i) ante un incumplimiento o, en su caso, accediendo un cumplimiento defectuoso o tardío por parte del CONTRATISTA de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato; (ii) ante cualquier requerimiento, reclamo o demanda por parte de terceros a través la EMPRESA, incluyendo, sin limitación, a la CNH, la ASEA, los subcontratistas del CONTRATISTA y al personal del CONTRATISTA; y/o (iii) ante la comisión de Ibercaja Directo un daño ambiental, en cuyo caso la garantía cubrirá la penalidad máxima prevista en por la normativa aplicable. La garantía establecida será liberada por la EMPRESA dentro de los 60 (sesenta) días posteriores a (i) la recepción y aceptación definitiva de la totalidad de los Servicios prestados, o (ii) la terminación o rescisión por cualquier causa del Contrato, lo que ocurra más tarde, siempre que no quedaren obligaciones o garantías pendientes a cargo del CONTRATISTA. No obstante lo anterior, el CONTRATISTA otorga su titularidadconformidad para que la garantía permanezca vigente durante la substanciación de todos y cualesquier procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al Contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. Adicionalmente, el CONTRATISTA presentará a la EMPRESA una garantía corporativa, conforme el modelo que se adjunta en el Anexo X. El CONTRATISTA emitirá un parte de avance de trabajo (el “Parte de Avance”) por los Servicios prestados de acuerdo a lo establecido en el Anexo IX – Parte de Avance de En caso que la EMPRESA no se encuentre de acuerdo con el Avance presenteado, ésta podrá suspender los pagos correspondientes, sin responsabilidad y sin generar interés, actualizaciones x xxxx alguna, hasta que dicho incumplimiento o retraso sea subsanado por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA preparará una factura sobre la base de los trabajos aprobados por la EMPRESA. Cada Parte de Avance en original deberá anexarse a cada Comprobante Fiscal Digital, y será abonado conforme a lo previsto en la Cláusula 8 "Forma de Pago". Cuando hubiere items en disputa, el CONTRATISTA deberá facturar los trabajos aprobados conforme lo estipulado en la Cláusula 8.

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Samples: Contrato De Servicio

VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinidase mantendrá indefinidamente vigente, pudiendo resolverse hasta que el Partícipe o la Sociedad Administradora manifiesten su intención de ponerle término, la que deberá ser notificada por carta o por correo electrónico a instancia de cualquiera de las partes en todo momentola otra parte. Si el que pone término es la resolución fuese a instancia de Ibercaja Sociedad Administradora, la notificación se producirá previa comunicación a cualquiera de los titulares (aunque sean con condición de disposición “conjunta”) cursada hará por cualquier medio admitido en Derecho, con una antelación mínima de un mes, en la que se indicará la entidad a la que se traspasan los valores. La Entidad podrá resolver el contrato con carácter inmediato y, por tanto, sin previo aviso, en caso de impago de las comisiones, riesgo de crédito con el Titular, incumplimiento por éste de la normativa aplicable carta certificada dirigida al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx. Si la resolución fuera a instancia domicilio del Titular, sin necesidad de efectuar comunicación previa, podrá resolverlo en cualquier momento (salvo casos de retención o embargo) previa cancelación o traspaso a otra entidad designada por el Titular de todos los valores incluidos en la Cuenta Partícipe y la firma del correspondiente impreso de cancelación. En ambos supuestos de resolución, Ibercaja percibirá las comisiones específicas por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato y la parte proporcional devengada de las comisiones inherentes al contrato de custodia y administración de valores correspondientes al periodo iniciado en el momento de finalización del contrato. Si los Titulares desearan solicitar la modificación de los términos del presente contrato será preciso el consentimiento de todos ellos, a salvo la facultad de desglose que se reconoce a cada Titular. En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor éste podrá ejercer, sin ninguna motivación, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 15 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El titular podrá ejercer su derecho notificado al tercer día del despacho de desistir del contrato a través de cualquier la carta en la oficina de Ibercaja ocorreos. Si el que pone término al contrato es el Partícipe, bastará una simple notificación por escrito y la Sociedad Administradora se entenderá notificada desde la recepción del escrito en su casooficina. Para efectos de lo señalado precedentemente, accediendo el incumplimiento grave de cualesquiera de las obligaciones impuestas en el presente Contrato por parte del Cliente, dará derecho a través la Sociedad Administradora para ponerle término al mismo mediante un aviso escrito dirigido al domicilio registrado por el Partícipe en el presente Contrato, término que se hará efectivo a contar del décimo día hábil bancario siguiente al de Ibercaja Directo la notificación. Por su parte, el Partícipe podrá ponerle término en cualquier momento, sin expresión de su titularidadcausa ni justificación alguna, mediante un aviso escrito recepcionado por la Sociedad Administradora, término que se hará efectivo a contar xxx xxxxxx día hábil bancario siguiente al de la recepción del aviso antes referido.

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