Transferencia Cláusulas de Ejemplo

Transferencia. Si la naturaleza de las operaciones del Promotor tiene alcance internacional, sus Datos personales pueden tratarse a través de las distintas ubicaciones de sus instalaciones para los fines establecidos previamente. Esto puede requerir trasferir y almacenar sus Datos personales fuera de la Unión Europea y Suiza. En este caso, el Promotor se compromete a que las transferencias internacionales se realizarán, garantizando medidas técnicas y de organización, al menos equivalente a las establecidas en la legislación aplicable a España, frente a los riesgos que presente el tratamiento. Si tiene alguna pregunta, queja o inquietud sobre los tratamientos que realiza el Promotor, de sus Datos personales; si le gustaría solicitar acceso, rectificación (si cree que los datos están incompletos o no son precisos), supresión o limitar su tratamiento, oponerse al mismo, o si le gustaría pedir una copia o la portabilidad de sus Datos personales; póngase en contacto con el Promotor en: Haga clic aquí para escribir texto.. Tenga en cuenta que ciertas peticiones, sobre sus Datos personales, puede no ser posible ejecutarlas de acuerdo con la legislación vigente, de aplicación al Estudio Clínico de referencia. En caso de no quedar satisfecho, puede presentar una queja ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx) o ante la autoridad de control del lugar donde presume se podo realizar un mal uso de sus Datos personales. Usted y su Centro y la Fundación, firmaron un contrato con el Promotor o con su organización de investigación por contrato para participar en el Estudio y sus Datos personales se proporcionarán al Promotor como resultado de ese contrato. Proporcionar y ceder sus Datos personales para los fines descritos en este Aviso es una condición sin la cual no puede participar ni colaborar en el Estudio. El Promotor está obligado a conservar sus Datos personales durante tanto tiempo como sea necesario para garantizar el cumplimiento de cualquier disposición reglamentaria o legal. Los criterios utilizados para determinar nuestros períodos de conservación incluyen: (i) el tiempo en el que exista una relación con usted; (ii) lo que sea requerido por una obligación legal a la que estemos sujetos; (iii) que sean, de otra manera, necesarios para fines legales (en relación con normas de limitaciones aplicables, litigios o investigaciones regulatorias).
Transferencia. La transferencia consiste en el cambio de un trabajador admi- nistrativo de su plaza de origen a otra de igual categoría y sólo podrá efectuarse por las siguientes causas:
Transferencia. De acuerdo con el Artículo 1107 del Código de Comercio la transferencia por acto entre vivos del interés asegurado o de la cosa a que esté vinculado el seguro, producirá automáticamente la extinción del contrato, a menos que subsista un interés asegurable en cabeza del ASEGURADO. En este caso, subsistirá el contrato en la medida necesaria para proteger tal interés, siempre que el ASEGURADO informe de esta circunstancia a LA COMPAÑÍA, dentro de los diez (10) días siguientes a la transferencia.
Transferencia. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, “LA SECRETARÍA” realizará la transferencia a “LA ENTIDADde los recursos presupuestarios federales con carácter de subsidios, por la cantidad de $ .00 ( pesos 00/100 M.N.), precisada en el Anexo 2 del presente Convenio Específico de Colaboración. Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 3. “LAS PARTES” se sujetarán a lo que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y la ministración de recursos presupuestarios federales que realice “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, se hará considerando la estacionalidad del gasto, así como los requerimientos y demás acciones que deben realizarse para la justificación del mismo. Los recursos presupuestarios federales otorgados a “LA ENTIDAD” se considerarán devengados para “LA SECRETARÍA”, a partir de que ésta realice la transferencia de los mismos a la Secretaría de Finanzas (o su equivalente), de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Para tal efecto, “LA ENTIDAD”, a través de su Secretaría de Finanzas (o su equivalente) procederá a la apertura, en forma previa a su radicación, de una cuenta bancaria productiva, mancomunada, única y específica para recibir exclusivamente los recursos, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados. “LA ENTIDAD” deberá remitir en forma previa a “LA SECRETARÍA” a través de la DGPLADES, la documentación relativa a la apertura de dicha cuenta bancaria, para que se proceda a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados, Anexo 4. Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas (o su equivalente), ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora, tal como se establece en el apartado de Declaraciones del presente Convenio Específico de Colaboración. “LA SECRETARÍA”, a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de ésta transferencia...
Transferencia. La Ruta 43 de la Región de Coquimbo Sociedad Concesionaria Ruta Del Limarí S.A. 76.307.944-9 Euroconsult SA Agencia en Chile. Servicios de Ingeniería y Asesorías Técnicas 59.180.600-9 Servicios de Laboratorio junio 2018 (*) (*) Vale Xxxxx Xx Xxxx 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx Xxx Xxxxxx S.A. 76.307.944-9 Sacyr Operación y Servicios SA 76.125.157-0 Servicios Conservación Rutinaria de carreteras junio 2018 (*) (*) Transferencia La Xxxx 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx Xxx Xxxxxx S.A. 76.307.944-9 Oficina Técnica y Topografía Chile SPA 00.000.000-0 Servicios de Topografía junio 2018 (*) (*) Cheque La Xxxx 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx Xxx Xxxxxx S.A. 00.000.000-0 Sacyr Chile SA 00.000.000-0 Estado de Pago 00 - xxxx 0000 (*) (*) Transferencia La Xxxx 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx Xxx Xxxxxx S.A. 00.000.000-0 Sacyr Chile SA 00.000.000-0 Estado de Pago 14 OOAA - mayo 2018 (*) (*) Transferencia Nuevo Complejo Fronterizo Los Libertadores Sociedad Concesionaria Nuevo Complejo Los Libertadores 76.475.888-9 Dragados S.A. Agencia en Chile 59,073,330-k ESTADO DE PAGO 34 (*) Transferencia
Transferencia. Los Inversores podrán transferir libremente los Títulos de Deuda, mediante su negociación privada, sin intervención del Fiduciario, de acuerdo a lo que convengan los adquirientes de los mismos, pero la transferencia no tendrá efecto frente al Fiduciario ni frente a terceros mientras no haya sido comunicada al Fiduciario en su carácter de Agente de Registro en forma fehaciente para su inscripción en el Libro de Registro dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes a la operación. En todos los casos de transferencias, el Fiduciario declina su responsabilidad por el importe de las mismas, y no garantiza la validez o vigencia de los Títulos transferidos que no se encuentren debidamente registrados. Asimismo, el Fiduciario no se hará responsable por la omisión, falsedad, o los errores de la notificación antes mencionada. Los pagos previstos en este Contrato de Fideicomiso serán efectuados a los Inversores registrados al cierre del horario de operaciones del Fiduciario como Agente de Registro del día anterior a la fecha de pago. La venta de los Certificados de Participación debe contar con la previa aprobación del nuevo titular por parte del Fiduciario, quien solo se expedirá al respecto luego de haber sido debidamente asesorado técnicamente por el INTA y por el Operador. La adquisición de un Certificado de Participación implicara la suscripción de un nuevo Contrato de Capitalización. Determinada por el Operador y/o el Fiduciario una fecha y lugar de pago respecto de los Títulos y Certificados, el Fiduciario no aceptará notificaciones de cesiones respecto de los mismo, hasta que tal pago no se hubiere efectuado.
Transferencia. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 1107 DEL CÓDIGO DE COMERCIO LA TRANSFERENCIA POR ACTO ENTRE VIVOS DEL INTERÉS ASEGURADO O DE LA COSA A QUE ESTÉ VINCULADO EL SEGURO, PRODUCIRÁ AUTOMÁTICAMENTE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO, A MENOS QUE SUBSISTA UN INTERÉS ASEGURABLE EN CABEZA DEL ASEGURADO. EN ESTE CASO, SUBSISTIRÁ EL CONTRATO EN LA MEDIDA NECESARIA PARA PROTEGER TAL INTERÉS, SIEMPRE QUE EL ASEGURADO INFORME DE ESTA CIRCUNSTANCIA A LA COMPAÑÍA, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA TRANSFERENCIA.
Transferencia. Nos mudaremos a otra ciudad y no podemos vender la casa - Ya no vivimos ahí y no podemos realizar los pagos
Transferencia. Se encuentra prohibida la cesión o subcontratación, salvo consentimiento expreso de la Autoridad Administrativa. Toda tercerización, subcontratación, delegación o interposición en contravención a la prohibición precedente determinará la responsabilidad solidaria del contratante y xxx xxxxxxx por las obligaciones emergentes del contrato.
Transferencia. El tomador puede transferir los derechos que le confiere la póliza mediante comunicación fehaciente a la Compañía.