Telecomunicaciones Cláusulas de Ejemplo

Telecomunicaciones. En el nivel de 220 kV el sistema de comunicaciones se basará en el empleo del cable de Fibra Óptica de la Línea L-2248 y de la variante del Numeral 2.2.2 del presente anexo. Asimismo, se realizarán las adecuaciones que correspondan al equipamiento de comunicaciones de las líneas en las subestaciones Xxxxx Xxxxx 000 kV y Pariñas 220 kV. El sistema de servicios auxiliares de las instalaciones nuevas debe considerar los criterios establecidos en el Xxxxxxxx 0, Xxxxx 0 xxx XX-00. Xxx XX.XX. se alimentarán desde el lado del terciario del transformador de potencia según se indica en el Numeral 2.3.1.
Telecomunicaciones. En la Subestación Nueva Tumbes 220/60 kV se empleará un sistema de telecomunicaciones, similar al existente en las Subestaciones Xxxxx Xxxxxx 000 kV. El CONCESIONARIO deberá verificar las características de dicho sistema de telecomunicación en coordinación con el CONCESIONARIO de las subestaciones señaladas. Deberá además instalar un sistema de respaldo, que en situaciones de emergencia permitan comunicaciones de voz y datos (comunicación en tiempo real) entre las subestaciones mencionadas. Se realizarán además las adecuaciones que correspondan al equipamiento de comunicaciones existente.
Telecomunicaciones. Se deberá instalar un sistema de telecomunicaciones principal (fibra óptica), más un sistema de respaldo (satelital, onda portadora u otro que considere el CONCESIONARIO), este último tal que en situaciones de emergencia, permitan por lo menos la comunicación permanente de voz y datos, entre las subestaciones y con el COES. De emplearse un sistema de respaldo basado en fibra óptica se hará empleando otro cable distinto al del sistema principal. En las subestaciones existentes Cáclic, Jaén, Nueva Jaén y Bagua Chica, se realizarán las adecuaciones que correspondan al equipamiento de comunicaciones de las líneas, para el adecuado funcionamiento del sistema de telecomunicaciones del presente proyecto.
Telecomunicaciones. Toda emisión, transmisión o recepción de signos, señales, datos, escritos, imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúa a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos u otros sistemas electromagnéticos, sin incluir la radiodifusión.
Telecomunicaciones. 1.2.1.6. Aparatos de elevación. - Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos; - Instrucción técnica complementaria: ITC-MIE-AEM.1 referente a ascensores electromecánicos; - Prescripciones técnicas no previstas en la ITC-MIE-AEM.1, Resolución de 27 xx xxxxx de 1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Telecomunicaciones. En la Subestación Chincha Nueva 220/60 kV se empleará un sistema de telecomunicaciones, similar al existente en las Subestaciones Desierto 220 kV e Xxxxxxxxxxxxx 000 kV, que es de Onda Portadora. El Concesionario deberá verificar las características de dicho sistema de telecomunicación en coordinación con el Concesionario de las subestaciones señaladas. Deberá además instalar un sistema de respaldo, que en situaciones de emergencia permitan comunicaciones de voz y datos entre las subestaciones mencionadas. Se realizarán además las adecuaciones que correspondan al equipamiento de comunicaciones de las líneas en las subestaciones Desierto 220 kV e Xxxxxxxxxxxxx 000 kV. El sistema de servicios auxiliares (SS.AA.) de las instalaciones nuevas debe considerar los criterios establecidos en el Xxxxxxxx 0, Xxxxx 0 xxx XX-00. Xxx XX.XX. se alimentarán desde el lado de 10 kV del transformador de potencia según se indica en el Numeral 2.3.1.
Telecomunicaciones. Los sistemas de telecomunicaciones enlazarán las subestaciones Chilca CTM y Carabayllo, para proveer en el Proyecto los siguientes servicios, entre otros: Comunicaciones telefónicas de coordinación operativa para el despacho de energía entre las subestaciones. Transmisión de señales de teleprotección correspondiente a las líneas de alta tensión asociadas.
Telecomunicaciones. 1) La contratista se compromete a que la transmisión de datos de carácter personal a través de redes de telecomunicaciones la realizará cifrando dichos datos o bien utilizando cualquier otro mecanismo que garantice que la información no sea inteligible ni manipulada por terceros.
Telecomunicaciones. 117 Red alámbrica e inalámbrica a través de wifi Conexión por equipo Instalación de una red alámbrica e inalámbrica a través de wifi, Por equipo (pc, laptop, impresora, multifuncional, etc.). Incluye personal técnico para operación. 1 118 Internet dedicado alámbrico 1024 Kbps Por día Enlace dedicado de 1024 Kbps que incluye kit de 12 IP's fijas. 1 119 Internet dedicado alámbrico E1 2048 Kbps Por día Enlace dedicado de E1 2048 Kbps que incluye kit de 12 IP's fijas. 1 120 Internet dedicado alámbrico de 4 MB Por día Enlace dedicado de 4 MB que incluye kit de 24 IP's fijas. 1 121 Internet dedicado alámbrico de 10 MB Por día Enlace dedicado de 10 MB que incluye kit de 24 IP's fijas. 1 122 Internet y conexión inalámbrica Por día Internet dedicado renta diaria con 4 MB de subida y 10 MB de bajada Banda ancha, distribuidos para líneas de internet y kit de IP’s: 1 123 Internet y conexión inalámbrica para asistentes Por día Conexión a internet inalámbrico vía wifi con capacidad de 2megas (banda ancha) y capacidad de conexión de ofrecer a los usuarios que asisten a cada evento a conectarse a internet a través de dispositivos móviles. 1
Telecomunicaciones. 4.1.1. AT&T en Estados Unidos: desincorporación de activos Autoridad competente: Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ) Marco jurídico: La Ley Antimonopolio Xxxxxxx. Experiencia: En 1974, el Departamento de Justicia (DOJ) entabló una demanda antimonopolio contra American Telephone & Telegraph (AT&T) por monopolizar el mercado de las telecomunicaciones. La empresa que operaba en el mercado fue acusada, entre otras cosas, de monopolizar la fabricación de equipo telefónico y los mercados de servicios de telecomunicaciones de larga distancia. Por ejemplo, se acusó a AT&T de no conectar a las compañías competidoras con su red en condiciones razonables y de reducir sus precios solo en los mercados donde tenía competencia.52 AT&T era el monopolista que prestaba servicios telefónicos locales y de larga distancia. Además, la filial de la compañía, Western Electric, era el principal productor de equipos telefónicos. La investigación luego fue dirigida por el Departamento de Justicia, que solicitó la separación total de AT&T y Western Electric, así como la desincorporación de AT&T xx Xxxx Operating Companies (BOC) que ofrecían servicios locales y regionales. En enero de 1982, las partes llegaron a un acuerdo resolutorio. La parte estructural de la solución fue una desincorporación vertical, AT&T enajenó sus proveedores de servicios locales (BOC) con la creación de siete compañías operadoras regionales (RBOC). Con este acuerdo, la operadora existente conservó sus servicios de larga distancia, la fabricación de equipos (Western Electric) y la división de investigación. En cuanto al aspecto conductual del acuerdo, se obligó a AT&T a transferir suficientes activos para permitir el funcionamiento de las RBOC, que incluía todas las patentes, las existentes y las que se emitieran durante los siguientes cinco años, sujetas a pago de regalías. El requisito no solo se refería a AT&T, de hecho, el acuerdo impuso la aprobación del tribunal antes de que las RBOC pudieran ampliar su esfera de negocios. También se les obligó a no discriminar el acceso a sus redes de intercambio locales.