SERVICIOS DE PAGO Cláusulas de Ejemplo

SERVICIOS DE PAGO. NÓMINAS, TRANS- FERENCIAS Y OTRAS ÓRDENES DE PAGO (Contiene tarifas de comisiones por servicios de pago, por lo que no están sujetas a verificación por el banco de España) EPÍGRAFE 7.
SERVICIOS DE PAGO. TARJETAS Y UTILIZA- CIÓN DE CAJEROS (Contiene tarifas de comisiones por servicios de pago, por lo que no están sujetas a verificación por el banco de España) EPÍGRAFE 10. SIN CONTENIDO EPÍGRAFE 11. SIN CONTENIDO EPÍGRAFE 12. SIN CONTENIDO EPÍGRAFE 13.
SERVICIOS DE PAGO. La presente sección tiene la finalidad de regular la relación con el Titular en su condición de usuario de los servicios de pago previstos en la LSP. En lo no regulado expresamente en la presente sección, será de aplicación inmediata la LSP y su normativa de desarrollo, con las excepciones previstas en el Contrato Marco para clientes no consumidores. Adicionalmente a las excepciones establecidas en la cláusula “Identificación de las Partes” del presente Contrato Marco, cuando el Titular no tenga la consideración de consumidor conforme al artículo 3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y el artículo 3.8 de la LSP, las partes acuerdan expresamente la no aplicación de las disposiciones contenidas en el Título II de la LSP y en los artículos 35.1, 36.3, 44, 46, 48, 49, 52, 60 y 61 del título III de la LSP y sus posibles desarrollos. Las partes acuerdan igualmente en este supuesto, la no aplicación de la Orden EHA/1608/2010, de 14 xx xxxxx, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago. La presente regulación especial de servicios de pago contenida en la presente sección primará sobre cualquier otra referencia a los mismos contenida en el Contrato Marco o en los contratos que el Titular pueda firmar con la Entidad en cada momento, y tiene también el carácter de información precontractual a los efectos de la normativa de servicios de pago y particularmente respecto a las obligaciones de información y condiciones aplicables contenidas en el artículo 12 de la Orden EHA/1608/2010. El Contrato Xxxxx rige la ejecución futura de las operaciones de pago sujetas al Contrato Xxxxx con el Titular, para las que será necesario que el Titular contrate, una o varias cuentas de pagos en la Entidad.
SERVICIOS DE PAGO. Todo uso de los Servicios está sujeto al pago de todos los Cargos acordados con el Distribuidor y los derechos de suspensión de NT-ware establecidos en la Sección 3 anterior y las Secciones 13 y 14 siguientes. Usted se compromete a pagar todos los Cargos acordados con el Distribuidor, y NT-ware será un tercero beneficiario. NT-ware puede añadir nuevos Servicios a petición de la Empresa con Cargos adicionales en cualquier momento. NT-ware puede cambiar las cuotas y los cargos por los Servicios existentes en cualquier para que sean efectivos en un Periodo de vigencia renovado, y dichos cargos y cuotas podrán afectar a los Cargos del Distribuidor durante cualquier Periodo de vigencia renovado inmediatamente después del cualquier Periodo de vigencia en curso. Usted reconoce y acepta que los datos de facturación y uso de los Servicios (que pueden incluir, sin limitación, los datos de tarificación, el nombre de la Empresa, el número de usuarios, el número de dispositivos, pero no el contenido de la impresión), puedan ser compartidos con proveedores de Servicios Externos con el fin de facturar los Cargos por los Servicios y para la mejora de los Servicios prestados.
SERVICIOS DE PAGO. Los servicios de pago se realizarán exclusivamente a través de un proveedor de pagos externo y serán de aplicación sus Condiciones Generales de Contratación. Con el objeto de que Xxxxx pueda emplear dichos servicios de pago, el cliente se manifiesta de acuerdo en poner a disposición xx Xxxxx información completa sobre si mismo y su empresa. Al mismo tiempo, autoriza a Shore a transmitir al proveedor de servicios de pago dicha información y los datos de transacciones que se encuentren relacionados con su uso de los servicios de pago.
SERVICIOS DE PAGO. La adquisición, uso y acceso a los servicios de pago (incluyendo las suscripciones Premium), cuyos detalles pueden encontrarse en xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxx, se regirán por los términos y condiciones de esta cláusula 4. En caso de discrepancia entre esta cláusula 4 y el resto de los Términos y Condiciones del Servicio, los términos de esta cláusula 4 prevalecerán. Los siguientes términos se le aplicarán sea usted o no la persona que está haciendo uso del servicio de pago, así como si es usted un tercero que facilita el servicio o realiza el pago en nombre de otra persona (como un estudiante, empleado, agente, proveedor u otro representante) para el uso del servicio de pago. Sin perjuicio de lo anterior, si usted usa el servicio de pago conforme a un acuerdo entre busuu y un tercero que le paga y/o facilita el uso del servicio, cuando los términos y condiciones detallados a continuación no se correspondan con los términos y condiciones del acuerdo entre busuu y el tercero, los términos y condiciones de dicho acuerdo prevalecerán.
SERVICIOS DE PAGO. PayPal es un proveedor de servicios de pago y actúa como tal creando, hospedando, manteniendo y proporcionándole nuestros Servicios PayPal a través de Internet. Nuestros servicios le permiten enviar pagos a cualquier persona que tenga una Cuenta PayPal y recibir pagos en aquellos lugares donde se encuentre disponible el servicio. La disponibilidad de nuestros servicios varía según el país. Haga clic aquí para ver los servicios que están disponibles en su país de residencia. PayPal no es una empresa de envío de remesas ni un servicio de transferencia de dinero y la función Pagos personales no se puede usar para remitir fondos a terceros. No tenemos ningún control sobre los bienes o servicios pagados con nuestro Servicio, ni somos responsables o respondemos por ellos. No podemos garantizar que un comprador o vendedor con quien esté tratando realmente vaya a completar la transacción. PayPal no es una empresa transportista común ni una empresa de servicios públicos.
SERVICIOS DE PAGO. Las presentes condiciones generales se aplican a la contratación de productos, servicios y operaciones de pago que el proveedor de servicios de pago (“el Banco”) acuerde con el cliente, haciéndose constar así en los distintos documentos o anexos que se suscriban las condiciones particulares aplicables para cada contrato, servicio o instrumento de pago asociado. A efectos de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior por la que se modifican las Directivas2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36 UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010 y se deroga la Directiva2007/64/CE, y su normativa de transposición y desarrollo; de la Ley 16/2009 de 13 de noviembre de servicios de pago, y del Reglamento(UE) Nº 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 xx xxxxx de 2012 por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) nº 924/2009, las presentes condiciones generales se aplican a las siguientes operaciones y servicios de pago: • Emisión y recepción de transferencias SEPA individuales y masivas, esporádicas o permanentes, nacionales o internacionales, en euros o en divisa, entre usuarios de servicios de pago, en los que uno o los dos proveedores de servicios de pago se encuentra en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sujetas a la aplicación de la normativa europea y a la Ley 16/2009 de 13 de noviembre de servicios de pago y a la Directiva (UE) 2105/2366 sobre servicios de pago en el mercado interior; traspasos y movimientos de fondos con cargo o para abono en cuentas de pago. • Pagos inmediatos y transferencias inmediatas SEPA. • Adeudos Directos SEPA • Todas las operaciones de pago cuando los fondos estén cubiertos por una línea de crédito abierta para un usuario de servicios de pago.
SERVICIOS DE PAGO. EL BANCO pone a disposición de EL CLIENTE los Servicios de Pago para facilitarle el pago de servicios públicos o privados, el pago a terceros o el pago de nómina a sus empleados, de los cuales podrá disponer EL CLIENTE después que complete La Planilla. Dichos Servicios estarán disponibles dentro de los treinta (30) días continuos siguientes a la firma de dicha Planilla y estarán regulados por las Disposiciones Generales contenidas en este Contrato y por las particulares de cada uno de ellos y que se especifican a continuación:
SERVICIOS DE PAGO. TARJETAS Y UTILIZACIÓN DE CAJEROS EPÍGRAFE 10. SIN CONTENIDO. EPÍGRAFE 11. SIN CONTENIDO. EPÍGRAFE 12. CAJAS DE SEGURIDAD Y CUSTODIA DE OTROS DEPÓSITOS EPÍGRAFE 13. SERVICIOS PRESTADOS DIVERSOS‌‌‌‌‌‌ EPÍGRAFE 14. AVALES Y OTRAS GARANTÍAS‌ EPÍGRAFE 15. CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS, EFECTOS FINANCIEROS, DESCUBIERTOS EN CUENTA CORRIENTE, EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO Y ANTICIPOS SOBRE EFECTOS. EPÍGRAFE 16. CRÉDITOS COMERCIALES COMUNICADOS EN SOPORTE MAGNÉTICO PARA SU ANTICIPO Y GESTIÓN DE COBRO.