REPETICIÓN. El Asegurador podrá repetir contra el Asegurado el importe de las indemnizaciones que haya tenido que satisfacer, como consecuencia del ejercicio de la acción directa de Terceros perjudicados o sus derechohabientes, cuando el daño o Perjuicio causado a Terceros sea por conducta dolosa del Asegurado. Igualmente, el Asegurador podrá reclamar al Asegurado, y exigir el reintegro de las indemnizaciones pagadas a Terceros perjudicados por Siniestros no amparados por la Póliza o de las Franquicias establecidas en las "Condiciones Particulares".
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Sources: Seguro De Responsabilidad Civil Profesional, Seguro De Responsabilidad Civil Profesional