Reclamos Cláusulas de Ejemplo

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Reclamos. Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.
Reclamos. Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, lo dirigirán a la máxima autoridad de la entidad contratante.
Reclamos. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012, el Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante el Responsable del Tratamiento, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas: 1. El reclamo lo podrá presentar el Titular en los formatos que al efecto dispone EL PAIS en su página web. Si el reclamo recibido no cuenta con información completa que permita darle trámite, esto es, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. Si por alguna circunstancia el Diario recibe un reclamo que en realidad no debería ir dirigido contra él, ▇▇▇▇ traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado. 2. Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos que mantiene el Diario una leyenda que diga "reclamo en trámite" y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido. 3. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término se informará al interesado antes del vencimiento del referido plazo los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Reclamos. En el caso de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el procedimiento correspondiente establecido en la normativa expedida para el efecto.
Reclamos. El ▇▇▇▇ podrá formular reclamos por escrito al PRESTADOR relacionados con la ejecución del presente Contrato. Dentro de los quince (15) Días siguientes de recibido el reclamo, el PRESTADOR deberá contestar por escrito en el domicilio ▇▇▇ ▇▇▇▇, la procedencia o improcedencia de su reclamo, manifestando los fundamentos o razones que justifican su pronunciamiento y de ser el caso, las medidas correctivas que adoptará sobre el particular. En caso que el PRESTADOR necesitara realizar inspecciones, pruebas o mediciones, o requiriese alguna información o documentación adicional ▇▇▇ ▇▇▇▇ o de terceros, el plazo antes indicado podrá extenderse hasta en cinco (5) Días. De no estar conforme el ▇▇▇▇ con lo resuelto por el PRESTADOR, podrá solicitar al Supervisor Especializado revisar dicha decisión, dentro de los diez (10) Días siguientes de recibida la comunicación del PRESTADOR que declaró improcedente el reclamo. El Supervisor Especializado revisará dicha decisión, dentro de los diez (10) Días siguientes de habérselo solicitado el ▇▇▇▇; proponiendo al ▇▇▇▇ y al PRESTADOR las alternativas de solución que estime pertinentes. En caso el ▇▇▇▇ y el PRESTADOR, dentro de los cinco (5) Días siguientes de presentada la alternativa de solución por el Supervisor Especializado, mantuvieran parcial o totalmente sus discrepancias en relación al reclamo, cualquiera de dichas partes podrán ejercer su derecho a iniciar el mecanismo de solución de controversias contemplado en la cláusula décimo cuarta del presente contrato.
Reclamos. Para el evento de que los participantes o adjudicatarios presentaren reclamos relacionados con los documentos solicitados como requisitos mínimos, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP.
Reclamos. Para el evento de que los oferentes presenten reclamos por asuntos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP y conforme a lo contemplado en las resoluciones emitidas por el SERCOP para el efecto.
Reclamos. PERSONAS ANTE QUIENES DEBEN PRESENTARSE Y SU TRAMITACIÓN
Reclamos. 18.1. NORTH CARGA SAS podrá apoyar al CLIENTE en sus reclamaciones contra los transportadores y demás terceros, contratados por cuenta, en nombre y representación del CLIENTE. Para tales efectos conviene tener en cuenta que: I) Bajo la normatividad legal relativa al transporte aéreo de carga, los plazos para reclamar a partir del momento en que la mercancía llega a su destino son: a) Saqueo y Daño: 14 días calendario; b) Demora: 21 días calendario; c) Pérdida: 120 días calendario a partir de la fecha de expedición de la guía aérea. II) Tratándose de transporte marítimo, el plazo para reclamar es de 3 días calendario. Tratándose de transporte marítimo y terrestre, según el Código de Comercio de Colombia, el plazo para reclamar en ambos modos de transporte es de tres (3) días, contados a partir de la fecha de entrega de la carga en puerto colombiano o en el lugar de destino final, respectivamente. Los reclamos presentados fuera de los plazos antes mencionados, se consideran extemporáneos y podrán ser negados por los transportadores. 18.2. Sin perjuicio de lo anterior, el cliente deberá presentar su reclamación a su compañía aseguradora, de conformidad con las condiciones de su póliza de seguros.
Reclamos personas ante quienes deben presentarse y su tramitación