PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. (Art. 37 e de la Ley N° 2051).
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. Los licitantes elaborarán sus programas de ejecución considerando lo indicado en el punto 1.2 y con el plazo solicitado en el punto 1.3. Dichos programas podrán ser presentados en los formatos que para tal efecto proporciona la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, o podrán ser reproducidos, cumpliendo con cada uno de los elementos requeridos en el punto 4.2.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El programa de ejecución de los trabajos será conforme a los objetivos, metas y las necesidades de LA GOBERNACIÓN.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. (Art. 37 e de la Ley N° 2051). El Programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la Oferta conforme con las Condiciones Generales y Especiales del Contrato.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El programa de trabajo en el que se concreten los plazos parciales de ejecución de las distintas unidades del servicio y el personal que se va a destinar a ello, será el previsto en el PPT o en la oferta del adjudicatario si este fue uno de los criterios de valoración. De acuerdo con esos documentos, el adjudicatario deberá presentar esta planificación antes de formalizar el contrato tal y como se señala en la cláusula 28 de este pliego, formando parte del contenido obligacional del mismo, y siendo posible penalizar por su incumplimiento, e incluso resolver el contrato.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El Contratista presentará para el conocimiento y consideración de la Supervisión de Obras, después de la firma del Contrato y previo al Acta de Tenencia e Inicio de Obra, un Programa de Ejecución de los Trabajos que se ajuste a lo comprometido en el Cronograma contractual de Avance Físico/ Financiero de la Obra. El Programa que presente el Contratista, acorde con los modelos informatizados que le suministre el Contratante, deberá contener un grado de información que comprenda, como mínimo, interrelación de los trabajos vinculados a todos los Rubros e Ítems más relevantes de las obras y definición del camino crítico, fechas de inicio tempranas y tardías, materialización de las Compras y Subcontratos, de llegada a Obra de los Equipos y Elementos de Construcción y de los principales componentes de las Instalaciones y los Acondicionamientos, y de las pruebas, ensayos y Puesta en Marcha de las Instalaciones, a menos que en la Sección 5, Condiciones Especiales del Contrato, se disponga lo contrario. El Programa presentado deberá ser ajustado por el Contratista en función de lo que se acuerde en el Acta de Tenencia e Inicio de Obra, con la presencia de la Dirección de Obra, el Representante Técnico del Contratista, la Supervisión de Obra, y quien se define en la Sección 5, Condiciones Especiales del Contrato (en caso de corresponder), dentro de los 10 (diez) días calendario siguientes al de su firma. La omisión constituirá un incumplimiento que determinará que se suspenda todo pago al Contratista hasta que regularice la situación, sin perjuicio de las sanciones que pudieran aplicarse. La Supervisión de Obras, previo a la notificación de su conformidad sobre el Programa, podrá solicitar las aclaraciones que estime necesarias, los tiempos de ejecución, cargas de trabajo, dotaciones de personal y detalle de los equipos previstos para llevar a cabo el Programa dentro de los plazos comprometidos en el Contrato. La conformidad de la Supervisión de Obras sobre el Programa de Trabajos presentado por el Contratista, no releva a éste de su compromiso indelegable de finalizar los trabajos y entregar la Obra en el Plazo de Obra comprometido contractualmente, por lo cual la Obra podrá ser iniciada aunque la Supervisión de Obras no le haya notificado al Contratista su conformidad con el Programa de Trabajos puesto en su conocimiento y a su consideración. Si en cualquier momento, la Supervisión de Obras observa que el avance de los trabajos es menor al planificado en el Program...
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. Todos los licitadores incluirán un programa de trabajo en el sobre C de documentación referida a “criterios valorables en cifras o porcentajes”. En el plazo de quince días naturales desde que se formalice el contrato, el adjudicatario presentará un programa de trabajo actualizado sobre el presentado en la oferta, que habrá de ajustarse a las fechas de inicio y plazo de ejecución inicial o posteriormente señalados, pudiendo imponer el Ayuntamiento de Madrid la introducción de las modificaciones necesarias para asegurar el adecuado cumplimiento del contrato en los términos ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En el programa de trabajo se deberán incluir al menos, los siguientes datos:
a) Programación de las actividades y recursos en la primera fase relativa al Plan de Transición-Entrada, incluyendo descripción de la dotación y acondicionamiento de la plataforma (distribución del espacio físico y mobiliario), dotación e integración de infraestructura de la plataforma telefónica y telemática, dotación sistema relación con la ciudadanía y otros de atención (CRM y módulos auxiliares), recursos humanos, etc.
b) Programación de las actividades y recursos en la segunda fase relativa a la gestión y prestación de servicios de Línea Madrid.
c) Programación de las actividades y recursos en la tercera fase relativa al Plan de Transición-Salida.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. En caso de estar previsto en la cláusula 14 su valoración, el adjudicatario deberá presentar el día de la formalización del contrato, salvo que lo hubiese presentado ya en su oferta, el programa de trabajo en el que se concreten los plazos parciales de ejecución de las distintas unidades del servicio, el personal que se va a destinar a ello, de acuerdo a la planificación por él realizada, incluyendo los importes parciales del precio a ejecutar en cada plazo. Este programa se unirá al contrato, formando parte del contenido obligacional del mismo, y siendo posible sancionar por su incumplimiento, e incluso resolver el contrato.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. EL PROVEEDOR deberá estar en capacidad para realizar la obra de una sola vez y/o fraccionada, la recepción en cuanto a las cantidades y plazos, se hará de una manera uniforme.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. “El Licitante” a quien se adjudique el contrato deberá de entregar el programa definitivo de ejecución de los trabajos, detallado por concepto, y anexando la ruta crítica correspondiente, consignando por periodos las cantidades por ejecutar e importes correspondientes. Los programas deberán convenirse con EL RESIDENTE de “La Comisión” y se entregarán a la firma del contrato.
