Common use of Precios Clause in Contracts

Precios. El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 2 contracts

Samples: www.tirme.com, www.tirme.com

Precios. En colones costarricenses, con impuestos de ventas y selectivo de consumo. Unitarios y totales, firmes y definitivos, de la obra por ejecutar. El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, oferta deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada indicarse en número y letraletras, en caso de contradicción discrepancia entre el monto contemplado en número y letras prevalecerá la cantidad expresada el monto indicando en letras, salvo errores materiales evidentes en cuyo caso prevalecerá el valor real, de igual forma prevalecerán los montos unitarios sobre los totales. El oferente igualmente, indicará por separado el valor y porcentaje de los impuestos que afectan su oferta, de no hacerlo se aplicará el artículo número 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El oferente debe presentar tablas de pagos por cada uno de los ítems que comprende la lista de cantidades de obra incluida en las condiciones particulares del cartel, objeto de la presente contratación. La valoración tabla de pagos comprenderá el desglose de los trabajos ofertados se realizará ítems incluidos en la lista de cantidades de obra, con la indicación, por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarioscada actividad, de acuerdo las cantidades con lo indicado en la Petición su respectiva unidad de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o medida (m, m2, m3, kg, etc.) y el detalle del precio cerradounitario, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado porcentaje del costo de cada partida en relación con el costo total de cada ítem constructivo. El término “global” como unidad de medida podrá ser indicado únicamente en aquellas partidas que deban realizarse en un plazo no superior a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su casoun mes. Los precios de cada ítem deben tener incorporados los costos directos, indirectos, utilidad e imprevistos. No se aceptarán tablas de pagos que presenten estos costos en forma disgregada. Las tablas de pagos deberá tener el siguiente formato: Se aclara que las Obras o Serviciostablas de pagos presentadas constituyen una guía para los correspondientes desembolsos, se desglosarán especificando por un lado lo que el precio contratista no podrá, bajo ningún concepto, desentenderse de su obligación de realizar algunas partidas de obra contemplados en los planos y las especificaciones, con la excusa de no haber sido contemplados dichos renglones en las tablas de pago. Con la oferta deberá presentar en formato digital en disco compacto, la hoja de cálculo con la cotización (tabla de pagos) solicitada conforme a los términos señalados en el presente acápite. Tal archivo digital deberá permitir por lo menos el copiado de los serviciosdatos para efectos de su incorporación y respectivo análisis técnico en las hojas de cálculo de Excel del Departamento de Contrataciones, debidamente desglosados unitariamente siendo por tipos lo tanto preciso que se presenten en dicho formato y en una versión igual o anterior a Microsoft Office Excel 2007. Se entiende que los datos que se considerarán válidos para efectos contractuales serán los que claramente estén visibles en la tabla física aportada dentro de categorías y tipos de horasla oferta original, por otro lo que bajo ninguna circunstancia se aceptarán aquellos cuya presencia el precio oferente aduzca estaba oculta dentro de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución alguna celda del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultadoarchivo digital.

Appears in 2 contracts

Samples: diee.mep.go.cr, diee.mep.go.cr

Precios. El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada Los precios cotizados comprenden el costo de todos los trabajos necesarios para la adquisición realización de materiales la obra en forma completa y de acuerdo a su fin, inclu- yendo: las eventuales mayores excavaciones necesarias, las modificaciones de estructuras y/o equipos y las demoliciones, la realización modificación de obras las cotas de fundación, o cualquier otro tipo de construcción e instalación necesaria. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra, sin posibilidad de adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo ampliaciones del proyecto que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará SBASE ordene por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de preciosescrito. Los precios deberán estar reflejados contener, sin excepción todos los impuestos vigentes a la fecha de la Oferta y todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten el trabajo a realizar. El precio cotizado es el precio final que pagará SBASE por todo concepto. Se deben cotizar la totalidad de los ítems que figuran en Euros. En el la Planilla de Cotiza- ción; en caso de Obra o Servicio omisión, se entenderá que el precio total del Pedidode dicho ítem se encuen- tra prorrateado entre los restantes. Por lo tanto, el Contratista no podrá reclamar por trabajos adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/Contrato debe incluiro ampliaciones que SBASE ordene por escri- to. Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, además SBASE reque- rirá su aclaración, reservándose el derecho de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de ofertadesechar la Oferta a su solo jui- cio, si dicho precio no fuese justificado con fundamento satisfactorio. Asimismo, los siguientes conceptosprecios deberán contemplar que serán por cuenta y cargo del Contratista: - Mano Las gestiones ante el G.C.A.B.A., las Concesionarias de obra directa e indirecta. - Maquinaria Servicios Públi- cos y toda otra Repartición que tenga injerencia en la vía pública, la aprobación de planos, la autorización para la instalación de obradores y las inspecciones y aprobaciones correspondientes, como así también el personal asociado cierre de calles, modificaciones en la circulación peatonal y/o vehicular, conforme a las reglamentaciones en vigor para cada situación, siendo a su utilización. - Materiales permanentes cargo el pago de sellado, tasas, impuestos, derechos de conexión, habilitaciones, Libros de Inspección/Mantenimiento y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para su rúbrica por el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilanciaGCABA, etc., que puedan corresponder, debiendo prever los plazos mínimos en que dichas Reparticiones autorizarán las solicitudes para evi- tar atrasos de obra que no se justificarán por estas causas. - El Contratista deberá realizar los relevamientos correspondientes. - Los trámites ante el G.C.A.B.A. y las Empresas Concesionarias de los Servicios Públicos que se requieran para el uso comercial de la obra: agua, cloacas, pluviales, energía, teléfonos, etc. y todos los gastos con- secuentes, incluida la confección de planos y memorias. - Los trabajos de reparación de las realizadas construcciones o instalaciones de S.B.A.S.E o de sus Contratistas o del Operador del Servicio, que pudie- ren resultar afectadas por el manipuleo, instalación y puesta en cumplimiento servicio de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y los suministros. - Gastos Todas las instalaciones de mantenimientocarácter precario que deban realizarse como consecuencia de la construcción, tales como pasos protegidos para pea- tones, puentes para tránsito de vehículos, iluminaciones, señalizaciones para el tránsito, desvíos, mantenimiento y señalización de estos desvíos, policía adicional, etc., todos ellos a realizar conforme a las Normas, Re- glamentos y Ordenanzas que fijen las Reparticiones competentes. - Gastos generales y beneficio industrialEl Contratista también deberá considerar en sus costos el mantenimiento de sus equipos desde la fecha de emisión del Acta de Recepción Provi- sional hasta la Recepción Definitiva de cada equipo. - Dietas El acceso de los equipos se hará por los lugares disponibles que conside- re el proveedor conveniente y gastos los traslados internos deberán resolverlos y serán a cargo del proveedor, según el avance del resto de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agenteslas obras, representantes, dependientes, autónomos y subcontratistapre- via aprobación por la DO. - Impuestos, tasas Todos los conductores eléctricos se conectarán entre Tableros y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, no se permitirán empalmes en su ningún caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 1 contract

Samples: www.buenosaires.gob.ar

Precios. El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras y/o serviciosLos precios indicados se entienden siempre en neto (sin IVA incluida), sin reducciones ni descuentos, y toma se expresan en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precioseuros (€). Los precios deberán estar reflejados aparecen indicados en Eurosla oferta; en caso contrario se aplica el listado de precios vigente para el día de la entrega. En Para el caso montaje u otros servicios se aplican las condiciones generales de Obra o Servicio montaje y las tarifas por hora de TechnoAlpin vigentes para el precio total del Pedido/Contrato debe incluirmomento de su ejecución. Embalaje, además excepto material que se suministrarán tras abonar un importe en concepto de lo solicitado fianza, es incluído en el apartado 6.1 Petición precio. El importe de oferta, dichos materiales será adeudado y posteriormente reembolsado en el momento de su devolución. Los importes relativos a la fianza no están incluidos en los siguientes conceptos: - Mano precios indicados. El material sujeto a devolución deberá estar en buen estado y deberá entregarse en puerto xxxxxx. La aceptación del material sujeto a devolución se produce considerando el tiempo transcurrido entre la entrega de obra directa e indirectalas mercancías y la devolución definitiva del material. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias Para la devolución de la especialidad del Proveedorfianza, serán de aplicación criterios de deterioro como previsto por la ANIE. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios (Federazione Nazionale Imprese Elettroniche ed Elettriche). El lugar para el cumplimiento de sus obligaciones todos los pagos es la sede de TechnoAlpin en materia I- 39100 Bolzano. Salvo diferente acuerdo por escrito, el pago debe realizarse antes de control14 días a partir de la fecha de emisión de la factura a través de transferencia bancaria a la cuenta corriente de TechnoAlpin en Bolzano, formación e información xxxxxx xx xxxxxx y gastos. No se aceptan letras de riesgos laboralescambio. - Entrega A partir del día de caducidad (desde el 15° día) y sin necesidad de una explícita puesta en xxxx, se aplican los intereses xx xxxx y se deben los gastos de apremio, así como también todos los gastos adicionales de cualquier naturaleza por concepto de recuperación del crédito, salvo en caso de resarcimiento máximo por el daño sufrido. Las sumas debidas para el cobro, los intereses, los gastos de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y los gastos de manutención del personal del Proveedor transporte, los gastos sostenidos por viajes y del estadía, así como también los gastos de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo ensayo relativos a las Especificaciones Técnicas personas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, tienen una caducidad inmediata, sin que sea necesaria la constitución en xxxx. La falta de pago dentro de los plazos o la concurrencia de circunstancias que puedan comprometer las condiciones patrimoniales del cliente, determinan la inmediata exigibilidad de todos los créditos (caducidad del plazo) y autorizan a TechnoAlpin, por otro propia e indiscutible decisión, a cumplir con las entregas previamente establecidas con pago anticipado, a rescindir del contrato, a declarar resuelto todo el contrato o algunas de sus partes. En caso de retraso en los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitariospagos, el importe cliente está obligado a ofrecer las adecuadas garantías para todos los importes aún debidos mediante la cesión de los créditos, el depósito en prenda o bien, a través de una fianza a favor de TechnoAlpin. La falta de pago dentro de los plazos o el incumplimiento de cuanto anteriormente expuesto, así como la apertura de un procedimiento de concordato/quiebra por parte del cliente, constituyen causa de rescisión o resolución del contrato con efecto inmediato (cláusula resolutoria expresa). Toda la mercancía entregada sigue siendo de propiedad exclusiva de TechnoAlpin hasta el pago total de la contratación será deuda, debida bajo cualquier título, inclusive si sometidas a términos o condiciones, incluido el que resulte crédito por saldar y también cuando se realicen pagos con indicación específica (mercancía sujeta a reserva de aplicar los citados precios dominio). TechnoAlpin se reserva la adicional e indiscutible facultad de atribuir a la mercancía entregada, por la duración del dominio reservado, una declaración de reserva de dominio creada específicamente para tal fin. Cualquier acción/omisión del cliente contraria a cuanto enunciado por la ley con relación a la reserva de dominio será, en función de las unidades realmente suministradascircunstancias, demandada penalmente. A petición previa y El cliente no puede enajenar la mercancía sujeta a reserva de dominio, salvo expresa autorización por escrito de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el TechnoAlpin. En caso de que TIRME considere necesarioel cliente revenda la mercancía sujeta a reserva de dominio, durante el crédito que se deriva de la ejecución reventa va cedido automáticamente a TechnoAlpin (cesión del Pedidocrédito). Hasta el completo pago de la mercancía comprada, el cliente resulta simplemente tenedor de la misma. Después de haber comunicado la rescisión/Contratoresolución del contrato, al cliente queda inmediatamente prohibido disponer de la realización mercancía tenida y/o comprada. La resolución del contrato obliga al cliente a restituir a TechnoAlpin, en la sede de la misma y antes de una semana (siete días), toda la mercancía junto con las respectivas licencias y documentos. Los gastos de restitución corren por cuenta del cliente. Solamente después de haber restituido la mercancía y solamente si es debido, se pondrán a cuenta y serán devueltos los pagos que hubiere efectuado el Proveedor cliente a TechnoAlpin. El cliente es deudor, a favor de unidades TechnoAlpin, del contravalor de obratodos los beneficios obtenidos de la mercancía o de parte de ésta. Al cliente no tiene derecho a la compensación por importes equivalentes, servicios a menos que TechnoAlpin haya reconocido expresamente el contracrédito o suministros adicionalesque éste haya sido verificado mediante sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En caso de que la mercancía no sea restituida antes del plazo de una semana, no previstas inicialmente TechnoAlpin está autorizada a retirar la misma, con gastos a cargo del cliente, del lugar en el alcance que ha sido instalada o almacenada. El cliente, para tal fin, con la estipulación del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que contrato autoriza expresamente el acceso de TechnoAlpin a los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o lugares en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materialesse encuentra la mercancía para que sea retirada, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa renunciando contemporáneamente a toda forma de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante tutela de TIRME, debidamente facultadola posesión.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Contrato De La Sociedad

Precios. El Todos los precios publicados en las líneas correspondientes, están sujetos a “Cambio sin Previo Aviso”, así como a las siguientes condiciones: Disminución o Aumento de los precios en Fábrica en la fecha de embarque, para pedidos de importación. En caso de cambio en la paridad entre el peso mexicano y el dólar, todos los precios de lista se ajustarán proporcionalmente, aún en los productos pendientes de embarque. En caso de haber aumentos o disminuciones en los precios, el equipo pendiente de embarque se facturará al precio vigente a la fecha de embarque. Si por decisión o programación del Pedido/Contrato es cliente se retrasa la contraprestación acordada para entrega del producto, los precios a los que se facture serán los que estén en vigor a la adquisición fecha de materiales embarque. En caso de modificaciones de los regímenes arancelarios, el costo que nos ofrecen nuestros proveedores o las leyes o nuevos decretos del gobierno Mexicano, tales como aumentos de salarios. Cualquier variación de precio se hará efectiva la fecha de aparición de la nueva lista, carta o telegrama donde se anuncien los nuevos precios y/o equipos descuentos. COTIZACIONES Toda cotización está sujeta a las Condiciones Generales de Venta. Las cotizaciones escritas tendrán vigencia de 30 días dentro de los cuales quedaran sujetas a modificaciones con previo aviso o podrá ser anulada anticipadamente mediante una notificación por escrito. Cotizaciones verbales, a menos que sean aceptadas, expiran el mismo día que se hacen. El Vendedor deberá recibir una orden de compra escrita el mismo día de notificarse la adjudicación, de lo contrario, el valor de la misma podrá ser objeto de renegociación. No son válidas las órdenes de compra verbales. Cuando los precios sean cotizados en firme para un(os) producto(s), son definitivos siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: La orden de compra vaya acompañada de las especificaciones técnicas acordes a las de la realización oferta del vendedor. Se realiza el despacho de obras los productos, y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de se proporcionan los servicios contractuales y todo lo que adquiridos en el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente tiempo pactado en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso orden de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etccompra., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 1 contract

Samples: www.grupodisma.com

Precios. 5.3.1. Precio al que se ofertarán los valores o el método para determinarlo. Gastos para el suscriptor. El precio del Pedido/Contrato es tipo de interés de cada pagaré o conjunto de pagarés que se emitan será el resultado de la contraprestación acordada negociación entre la Entidad Colocadora y el Emisor. El tipo de interés resultante de la negociación para la adquisición el inversor final podría no coincidir con el tipo de materiales y/o equipos y la realización de obras y/o servicios, y toma en consideración interés que hayan negociado las Entidades Colocadoras con el valor totalEmisor. Incluye todo lo necesario La rentabilidad final para la ejecución exacta el inversor dependerá de los servicios contractuales márgenes en tipo de interés que le aplique la Entidad Colocadora intermediaria y todo lo de las comisiones que soporte el Proveedor deba suministrar o realizarinversor. Los pagarés de este Programa serán emitidos sin que por parte de la Entidad Emisora sea exigida a la Entidad Colocadora ni al inversor final ninguna comisión ni repercutido gasto alguno, todos ni en la suscripción ni en la amortización de los costes o mismos. Las comisiones y gastos que se deriven de la primera inscripción de los valores emitidos bajo el Programa en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (IBERCLEAR) serán por cuenta y cargo del Emisor. Las comisiones y gastos de todo tipo que las Entidades Colocadoras puedan resultar necesarioscobrar a los suscriptores finales y tenedores posteriores por la inscripción, mantenimiento y liquidación de los valores, , estarán sujetos a las comisiones y gastos repercutibles que, en cada momento, dichas entidades tengan establecidos en sus folletos de tarifas. Dichos gastos y comisiones se podrán consultar por cualquier inversor en los correspondientes folletos de tarifas que las entidades sujetas a supervisión del Banco de España y de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores están legalmente obligadas a publicar. Copias de dichas tarifas se pueden consultar en los organismos supervisores mencionados. Ello sin perjuicio de los servicios y elementos márgenes en precio o tipo de interés que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad Entidades Colocadoras puedan cobrar a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etcclientes finales., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 1 contract

Samples: www.bmerf.es

Precios. Los precios de cada una de las partidas que compongan los presupuestos de las obras objeto del presente Xxxxxx, se extraerán de entre: El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición Cuadro de materiales y/o equipos y la realización de obras y/o serviciosPrecios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido adjunta a este Pliego de forma expresa y los impuestos legalmente establecidosCondiciones como DOCUMENTO Nº 3. Salvo declaración expresa CUADRO DE PRECIOS Si el precio no estuviese en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerradoeste CUADRO DE PRECIOS, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los utilizarán el cuadro de precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo yColegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara, si procedecorrespondiente al año 2015, fórmulas de revisión de preciosdenominado PRECIO XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX 0000. Los precios deberán estar reflejados de cada una de las partidas que compongan los presupuestos de las obras objeto del contrato se tomarán del citado CUADRO DE PRECIOS, afectados por la baja ofertada por el adjudicatario. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, se considerarán incluidos en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedormisma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. - Equipo necesario para Será por cuenta de la protecciónempresa adjudicataria la obtención de cuantos permisos, seguridad tasas, cánones y autorizaciones fueran precisas como consecuencia de la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento la realización de sus obligaciones en materia todo tipo de controlgestiones ante empresas suministradoras de bienes, formación e información de riesgos laboralesmateriales y/o servicios, organismos oficiales, terceros afectados o cualquier otra empresa. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - ConstrucciónAl ser contratista municipal, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y estará exenta de las realizadas en cumplimiento tasas municipales de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultadoobras.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Técnicas, Que Ha De Regir en El Contrato De Obras De Reforma, Reparación Y Conservación Del Conjunto De Las Instalaciones Deportivas Adscritas a La Concejalia De Deportes De Fuenlabrada, Durante El Año 2016

Precios. El precio del Pedido/Contrato es La responsabilidad de Ingenico FS o la contraprestación acordada para Fundación se limitará a daños que sean consecuencia directa, necesaria, previsible e inevitable de la adquisición negligencia grave de materiales y/Ingenico FS o equipos y la realización Fundación. Por consiguiente ni Ingenico FS ni la Fundación se responsabilizarán de obras y/daños indirectos o serviciosconsecuentes (tales como la pérdida de facturación, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para fondo de comercio, producción, ahorros previstos, daños causados a la ejecución exacta imagen o la reputación, reclamaciones de terceros o pérdidas consecuentes a la pérdida o daño de datos o de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de restitución de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidosmismos). Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el El importe total de la contratación será responsabilidad de Ingenico FS y de la Fundación por todos los hechos resultantes del Contrato de Servicios del Comerciante, ya sea por contrato o no, o de otro modo resultantes del Contrato de Servicios del Comerciante en el que resulte año calendario (del 1° de aplicar los citados precios enero al 1° de diciembre), por garantía, indemnización o de otro modo, se limitarán siempre a un importe máximo igual al veinticinco por ciento (25%) de las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización Comisiones pagadas por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos preciosComerciante durante ese año natural, una vez acordados deducidos todos los costes repercutidos de dichas Comisiones, p. ej., Comisiones de Intercambio, Comisiones del Sistema, etc. Esta limitación de responsabilidad es necesaria a fin de mantener el principio de proporcionalidad entre los daños y perjuicios reclamados por un lado y, por otro lado, las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado Comisiones facturadas por Ingenico FS y el incumplimiento cometido. Estas limitaciones se aplicarán independientemente de si el principio de los daños o pérdidas y su grado eran previsibles cuando no sea posible fijar un precio el Contrato de Servicios del alcance adicional Comerciante entró en vigor, incluso si Ingenico FS fue informado de la posibilidad de que podía acaecer dichos daños o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultadopérdidas.

Appears in 1 contract

Samples: www.ingenico.com

Precios. El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada Los precios cotizados comprenden el costo de todos los trabajos necesarios para la adquisición realización de materiales la obra en forma completa y de acuerdo a su fin, inclu- yendo: las eventuales mayores excavaciones necesarias, las modificaciones de estructuras y/o equipos y las demoliciones, la realización modificación de obras las cotas de fundación, o cualquier otro tipo de construcción e instalación necesaria. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra, sin posibilidad de adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo ampliaciones del proyecto que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la cantidad expresada en letras. La valoración de los trabajos ofertados se realizará SBASE ordene por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de preciosescrito. Los precios deberán estar reflejados contener, sin excepción, el IVA y todos los impuestos vi- gentes a la fecha de la Oferta y todos los derechos, tasas y demás graváme- nes fiscales y servicios que afecten el trabajo a realizar. Asimismo, los precios deberán contemplar que serán por cuenta y cargo del Contratista: - Las gestiones ante el G.C.A.B.A., las Concesionarias de Servicios Públi- cos y toda otra Repartición que tenga injerencia en Eurosla vía pública, la aprobación de planos, la autorización para la instalación de obradores y las inspecciones y aprobaciones correspondientes, como así también el cierre de calles, modificaciones en la circulación peatonal y/o vehicular, conforme a las reglamentaciones en vigor para cada situación, siendo a su cargo el pago de sellado, tasas, impuestos, derechos de conexión, habilitaciones, Libros de Inspección/Mantenimiento y su rúbrica por el GCABA, etc., que puedan corresponder, debiendo prever los plazos mínimos en que dichas Reparticiones autorizarán las solicitudes para evi- tar atrasos de obra que no se justificarán por estas causas. - Los tableros seccionales de escaleras mecánicas serán provistos por el Contratista. - El Contratista deberá realizar el relevamiento con agrimensor del hueco de las escaleras y del pasadizo de los ascensores. - Los trámites ante el G.C.A.B.A. y las Empresas Concesionarias de los Servicios Públicos que se requieran para el uso comercial de la obra: agua, cloacas, pluviales, energía, teléfonos, etc. y todos los gastos con- secuentes, incluida la confección de planos y memorias. - Los trabajos de reparación de las construcciones o instalaciones de S.B.A.S.E o de sus Contratistas o del Operador del Servicio, que pudie- ren resultar afectadas por el manipuleo, instalación y puesta en servicio de los suministros. - Todas las instalaciones de carácter precario que deban realizarse como consecuencia de la construcción, tales como pasos protegidos para pea- tones, puentes para tránsito de vehículos, iluminaciones, señalizaciones para el tránsito, desvíos, mantenimiento y señalización de estos desvíos, policía adicional, etc., todos ellos a realizar conforme a las Normas, Re- glamentos y Ordenanzas que fijen las Reparticiones competentes. - El Contratista también deberá considerar en sus costos el mantenimiento de sus equipos desde la fecha de emisión del Acta de Recepción Provi- sional hasta la fecha de la puesta en servicio al público usuario de cada equipo. - El acceso de los equipos se hará por los lugares disponibles que conside- re el proveedor conveniente pudiendo considerarse por la rampa exis- tente y los traslados internos deberán resolverlos y serán a cargo del pro- veedor, según el avance del resto de las obras, previa aprobación del método a implementar por la DO. - Tanto en escaleras como en ascensores todos los conductores eléctricos se conectarán entre Tableros y no se permitirán empalmes en ningún ca- so. La redeterminación de precios se hará únicamente sobre los precios cotizados en pesos de la República Argentina, con los alcances y modalidades previstas en la Ley Nº 2809 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la ley 4763 (BOCBA 4313) modificatoria de la primera, y en la Resolución Nº 4271/MHGC/08, en el decreto n° 127/GCABA/14 y la Resolución n° 000- XXXX-0000 y/o en las normas que oportuna-mente se dicten aplicables a SBASE y en un todo de acuerdo con los procedimientos internos que indique la Dirección de Obra. Para establecer si corresponde la aplicación de los procedimientos de rede- terminación de precios, se utilizará la fórmula del Anexo III TABLA DE ES- TRUCTURA DE INSUMOS Y PONDERACIONES. Se tomará como origen de los precios cotizados los vigentes el mes anterior al de la presentación de la Oferta. A los efectos de establecer los índices para la redeterminación de precios, los Oferentes deberán presentar el listado de todos los insumos y recursos de los análisis de precios asignándoles un código que permita su correlación con di- chos análisis de precios. A partir de la firma del contrato el Contratista tendrá un plazo de treinta (30) días corridos para presentar los coeficientes para calcular la redeterminación de los previos, vencido el cual no tendrá derecho a solicitar la redeterminación de los precios por periodos anteriores a la fecha de presentación de dichos coeficientes. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además suministros importados no se admitirán variaciones de lo solicitado precios ni reclamos fundados en el apartado 6.1 Petición diferencias entre los tipos de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias cambio de la especialidad moneda de cotización y del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución país origen de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentesAsimismo, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo TABLA DE ESTRUCTURA DE INSUMOS Y PONDERACIONES ha sido establecida en base a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, un presupuesto en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horasmoneda local, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos lo que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesariola oferta adjudicada contuviese componentes en moneda extra- njera, durante SBASE adecuará dicha tabla con antelación a la ejecución firma del Pedido/Contrato, la realización contrato.. Los Oferentes se obligan a mantener sus Ofertas por el Proveedor término de unidades NOVENTA (90) días corridos a contar de obrala fecha de apertura de la licitación, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente para lo cual deberán presentar la correspondiente Garantía de Oferta exigida en el alcance la docu- mentación del Pedido/Contrato llamado a licitación. (precios por administraciónPCG 4.13). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 1 contract

Samples: www.buenosaires.gob.ar

Precios. El precio Los precios del Pedido/Contrato es servicio deberán cotizarse de la contraprestación acordada para siguiente forma, cotizar la adquisición totalidad de materiales cada partida y de conformidad a los formatos “Q” (documento número 15 del anexo número 1 de esta convocatoria). Los licitantes podrán cotizar en pesos mexicanos las partidas y/o equipos dólares estadounidenses, a excepción de la póliza de Bienes Muebles e Inmuebles y Parque Vehicular, que invariablemente deberán cotizarse en pesos mexicanos, estos precios, deberán ser fijos hasta la realización aceptación de obras y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio totalidad de los servicios y elementos que no estarán sujetos a variación. No se hayan excluido considerarán las ofertas con cotizaciones de forma expresa y los impuestos legalmente establecidosprecios variables. Salvo declaración expresa en contraAsimismo, los licitantes deberán incluir en su caso, el descuento que estén en posibilidad de ofrecer y el desglose del I.V.A., de acuerdo al formato “Q” de esta convocatoria. Para la evaluación y comparación de las proposiciones económicas, se convertirán todos los precios de las proposiciones a moneda nacional. La conversión de dólares estadounidenses a moneda nacional se entenderán fijos calculará con base en el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la fecha de presentación y no revisables apertura de propuestas. Para la evaluación y comparación de las proposiciones económicas, se considerará convertirán todos los precios de las proposiciones a moneda nacional. La conversión de dólares estadounidenses a moneda nacional se calculará con base en el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectospublica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el día hábil anterior a la fecha de recepción y apertura de proposiciones. Si los precios variasen el D.O.F., no publica el tipo de cambio el día hábil anterior, se utilizará el último que haya sido publicado en función ese diario. En ningún caso se aceptarán propuestas globales que incluyan la totalidad de las partidas. Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Ofertaconvocante. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de contradicción discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad expresada con letra, por lo que de presentarse errores en letraslas cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. La valoración Si el licitante no acepta la corrección de los trabajos ofertados la propuesta, ésta se realizará desechará, o sólo las partidas que sean afectadas por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etcerror., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Precios. El precio Los precios del Pedido/Contrato es servicio deberán cotizarse de la contraprestación acordada para siguiente forma, cotizar la adquisición totalidad de materiales cada partida y de conformidad a los formatos “R” (documento número 17 del anexo número 1 de esta convocatoria ). Los licitantes podrán cotizar en pesos mexicanos las partidas y/o equipos dólares estadounidenses, a excepción de la póliza de Bienes Muebles e Inmuebles y Parque Vehicular, que invariablemente deberán cotizarse en pesos mexicanos, estos precios, deberán ser fijos hasta la realización aceptación de obras y/o servicios, y toma en consideración el valor total. Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio totalidad de los servicios y elementos que no estarán sujetos a variación. No se hayan excluido considerarán las ofertas con cotizaciones de forma expresa y los impuestos legalmente establecidosprecios variables. Salvo declaración expresa en contraAsimismo, los licitantes deberán incluir en su caso, el descuento que estén en posibilidad de ofrecer y el desglose del I.V.A., de acuerdo al formato “R” de esta convocatoria. Para la evaluación y comparación de las proposiciones económicas, se convertirán todos los precios de las proposiciones a moneda nacional. La conversión de dólares estadounidenses a moneda nacional se entenderán fijos calculará con base en el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la fecha de presentación y no revisables apertura de propuestas. Para la evaluación y comparación de las proposiciones económicas, se considerará convertirán todos los precios de las proposiciones a moneda nacional. La conversión de dólares estadounidenses a moneda nacional se calculará con base en el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectospublica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el día hábil anterior a la fecha de recepción y apertura de proposiciones. Si los precios variasen el D.O.F., no publica el tipo de cambio el día hábil anterior, se utilizará el último que haya sido publicado en función ese diario. Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Ofertaconvocante. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de contradicción discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad expresada con letra, por lo que de presentarse errores en letraslas cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. La valoración Si el licitante no acepta la corrección de los trabajos ofertados la propuesta, ésta se realizará desechará, o sólo las partidas que sean afectadas por el sistema xx xxxxxxx alzada o precio cerrado o bien por precios unitarios, de acuerdo con lo indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los precios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, si procede, fórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, además de lo solicitado en el apartado 6.1 Petición de oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los trabajos, así como los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etcerror., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su caso. Los precios de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del alcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de TIRME, debidamente facultado.

Appears in 1 contract

Samples: Carta De Proposición Económica