Observaciones generales Cláusulas de Ejemplo

Observaciones generales. Determinados prestadores, en su mayoría asociaciones, allegaron el contrato siguiendo el modelo de condiciones uniformes contenido en el Anexo 9 de la Resolución CRA 151 de 2001. Se indicó a los prestadores que adecuaran los contratos de condiciones uniformes a la Resolución CRA 400 de 2006, que modificó la Resolución CRA 376 de 2006, particularmente, en el siguiente aspecto: - Aclara el inciso 2 de la cláusula 23 del modelo de condiciones uniformes, en el sentido de precisar que los intereses moratorios no pueden superar una y media vez del interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera, sin exceder el límite de la usura. Los contratos de condiciones uniformes allegados no se ajustan a la normatividad vigente. Por lo que se les indicó a los prestadores que actualicen el clausulado conforme con las normas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo21, el Decreto Ley 019 de 201222, las Leyes 1266 de 200823, 1480 de 201124 y el Decreto 1077 de 201525.  En la cláusula referente al objeto del contrato, las personas prestadoras no especifican la zona en la que se prestará el servicio público de aseo y las actividades complementarias. Igualmente, no señalan si la zona y los sectores en los que se van a prestar dichos servicios es rural y/o urbana, además de identificar, cuando sea el caso, las zonas que se excluyen por razones técnicas, en concordancia con lo que debe establecerse en el anexo técnico.  En la cláusula relativa a las obligaciones de la persona prestadora y a las obligaciones del suscriptor y/o usuario, se indica al prestador que debe aclarar que la obligación de garantizar con un título valor el pago de las facturas de servicios públicos domiciliarios, no aplica al suscriptor y/o usuario de inmuebles residenciales, de acuerdo con lo dispuesto en la sentencia C-389 de 2002 de la Corte Constitucional, que declaró la exequibilidad parcial del inciso 3 del artículo 147 de la Ley 142 de 1994, bajo el entendido de que la obligación de garantizar con un título valor el pago de las facturas de los servicios públicos domiciliarios no se aplica al suscriptor y/o usuario de inmuebles residenciales. Así mismo, se solicita precisar los eventos en los que el prestador solicitará un título valor de manera detallada, o, de lo contrario, se entenderá que el prestador renuncia a dicha posibilidad.  Se recomienda incluir, de forma clara, el período de entrega de la factura, bien sea mensual o bimestral,...
Observaciones generales. El Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es sucesor de los derechos y obligaciones legítimas de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y del Estado Nacional en las competencias, poderes y atribuciones que se le transfieren por los artículos 129 y concordantes de la Constitución Nacional y de la ley de garantía de los intereses del Estado Federal, como toda otra que se le transfiera en el futuro. ARTICULO 7° (Constitución de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires)
Observaciones generales firma asegurado titular fecha: / / Aprobado según las condiciones de la póliza, excluyendo lo declarado según lo aceptado por el asegurado. Aprobado limitando capital o monto máximo, o eliminando alguna de las coberturas consideradas en la póliza colectiva.
Observaciones generales. 1. # La presente Norma contiene remisiones externas #
Observaciones generales a) Las Casas de Valores deberán ponderar cada una de las cuentas de su balance (activos) de acuerdo con los estados financieros trimestrales que transmiten a la Comisión Nacional de Valores.
Observaciones generales. Se solicita que todos los documentos y certificaciones a los que se refiere el proyecto xx xxxxxx de condiciones, emitidas en idioma diferente al xxxxxxxxxx, xxxx presentados en su idioma original y en traducción simple al castellano. Las propuestas deberán entregarse únicamente en la plataforma SECOP II. La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, según el cual dicha propuesta, permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. En todo caso, la Agencia Logística de las Fuerzas Militares se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta. NOTA 3: El día del cierre se recomienda a los oferentes ingresar con suficiente anticipación a la plataforma de SECOP II. Que sean enviadas por e-mail o fax. Que se presenten después de la fecha y hora fijadas para el cierre. Que se presenten en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto en el Anexo 1Cronograma del Proceso”. Que no se presenten a través de la Plataforma SECOP II Alternativas o condicionadas.
Observaciones generales firma asegurado titular fecha: / / Aprobado según las condiciones de la póliza, excluyendo lo declarado según lo aceptado por el asegurado. Aprobado limitando capital o monto máximo, o eliminando alguna de las coberturas consideradas en la póliza colectiva. / / timbre de recepción rut. 99.301.000 - 6 marcar con una X lo que quiere realizar: Ingreso nuevo asegurado Cambio de plan de salud Ingreso nueva carga Aumento de capital asegurado Otro: (especificar) grupo/tramo del seguro a incorporar al trabajador ubicación física fecha de contrato trabajador / / razón social empresa contratante en caso de capital fijo, indicar monto de capital asegurable fecha de solicitud / / inicio de vigencia requerida / / en caso de capital xx xxxxxx, indicar monto imponible: $ firma / timbre empleador contratante coberturas incluidas en el colectivo en el caso que corresponda, indique coberturas voluntarias a contratar Vida Salud Dental Catastrófico Vida Salud Dental Catastrófico xxx apellido paterno apellido materno nombres sexo M F fecha nacimiento (dd / mm / aaaa) / / teléfono mail ceasstaaddo o cisvoilltero viudo dirección particular (calle, número, depto.) comuna ciudad actividad que realiza en la empresa (breve descripción) deporte y/x xxxxxx que practica banco número de cuenta cuenta corriente cuenta vista Antecedentes de las cargas (grupo familiar) a incluir en el seguro de salud u otro rut apellidos paterno y materno nombre fecha nacim parentesco sistema de salud (isapre o fonasa) VIMP 665 12/2014 Designación de beneficiarios para el seguro de vida apellidos paterno y materno, nombre(s) rut parentesco fecha nacim sexo % Al designar a más de un beneficiario, se debe indicar el % que corresponda a cada uno, de no ser indicado, la aseguradora asumirá que el capital será distribuido en partes iguales entre la totalidad de beneficiarios designados. El beneficiario podrá ser modificado cuantas veces se requiera, a través del formulario "Actualización de Beneficiario". Para el asegurador, será válida la última actualización de beneficiario. Se recomienda no designar como beneficiario a menores de 18 años, ya que tal situación podría demorar el pago de la indemnización.
Observaciones generales. En este campo se indicará si se trata de un contrato basado de unidades cerradas o estimadas, si la entrega se realizará en un único lugar o en varios lugares y si se contemplan o no entregas parciales.
Observaciones generales. 1) Las condiciones arriba reseñadas deben interpretarse y aplicarse, en general, con el espíritu más amplio posible. Los estados neuróticos y psicopáticos originados por la guerra o la cautividad, así como los casos de tuberculosis en todos sus grados, deben beneficiarse especial- mente de esta liberalidad. Los prisioneros xx xxxxxx que hayan sufrido varias heri- das, de las cuales ninguna aisladamente considerada justifique la repatriación, se- rán examinados con igual espíritu habida cuenta del traumatismo físico debido al número de las heridas.
Observaciones generales. En caso de que se sobrepase el cupo total, se sancionará cada ciervo o muflón de más con 991,74 € más IVA, cada muflona de más con 100 € + IVA y cada cierva abatida con 120 € + IVA, pasando la propiedad a LA AGENCIA. En caso de abatimiento de una especie distinta de las autorizadas se sancionará cada una con 2.000 € (IVA no incluido). Para todos estos casos, la propiedad del animal abatido pasará a LA AGENCIA. El adjudicatario de la mancha será responsable subsidiario del cobro de exceso de cupo y de abono a LA AGENCIA. Con el objetivo de compatibilizar los usos y aprovechamientos del monte, LA MONTERÍA SE CELEBRARÁ EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES DE NOVIEMBRE. Si por causas imputables al adjudicatario no se celebrase en la fecha indicada, se fijará una fecha posterior por parte del adjudicatario y en caso de no celebrase se procedería a la incautación de la garantía correspondiente. Si por circunstancias ajenas al adjudicatario, no contempladas en el presente pliego, se cuestionan los resultados óptimos a criterio del técnico de LA AGENCIA, antes de la realización del evento cinegético, se modificará o cambiará la mancha en el coto y si no es posible, se resolverá el contrato. El adjudicatario debe contratar personal suficiente para sacar las reses abatidas del monte. Los trabajos de recogida de reses por parte del personal contratado por el adjudicatario y de recogida de perros por parte de los perreros se suspenderán al ocaso del día. El adjudicatario contratará para el desarrollo de la montería un máximo de 35 rehalas. - Lote 6. Terreno Cinegético Las Monteras. Montería “Jabardillo” • MODALIDAD: XXXXXXXX XXXXXX: Jabardillo • Nº DE PUESTOS: 55 • CUPO POR PUESTO: 1 Muflón por puesto y Ciervo, Jabalí libre y 25 Muflonas en total. • DURACIÓN: 1 día • GARANTÍA: Riesgo y Xxxxxxx. • OBSERVACIONES GENERALES: En caso de que se sobrepase el cupo total, se sancionará cada muflón de más con 991,74 € + IVA, cada muflona de mas con 100 € + IVA y cada cierva abatida con 120 € + IVA, pasando la propiedad a LA AGENCIA. En caso de abatimiento de una especie distinta de las autorizadas se sancionará cada una con 2.000 € (IVA no incluido). Para todos estos casos, la propiedad del animal abatido pasará a LA AGENCIA. El adjudicatario de la mancha será responsable subsidiario del cobro de exceso de cupo y de abono a LA AGENCIA. Con el objetivo de compatibilizar los usos y aprovechamientos del monte LA MONTERÍA SE CELEBRARÁ EN LA SEGUNDA QUINCENA DEL MES DE DICIEMBRE. Si por c...