Obra. Comprende el establecimiento de sus instalaciones y oficinas de campo provisionales, la preparación del sitio, la elaboración de los trabajos preliminares, la ejecución de los trabajos de construcción, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación, demolición, remodelación, rehabilitación, instalación, ampliación, adecuación, restauración y modificación de bienes inmuebles, según el caso, acorde a lo señalado en las “Bases del Procedimiento” incluyendo el suministro, instalación, montaje, pruebas, puesta en operación y capacitación del personal para el uso de los sistemas y equipos de instalación permanente necesarios para el funcionamiento de las instalaciones (eléctrica, hidráulica, sanitaria, aire acondicionado, telecomunicaciones, seguridad, automatización y control, entre otras), ajustándose al proyecto ejecutivo autorizado por la DGIM, con la información vertida en planos, estudios y especificación de materiales y equipos, que deben cumplir todos los requerimientos técnicos del “Consejo”, señalados en los Términos de Referencia y las especificaciones o normas que rijan dicha obra.
Obra. Es el elemento físico resultado de un diseño y de la ejecución de trabajos que requieren necesariamente de un Expediente Técnico y dirección técnica para su realización, empleando mano de obra, materiales, equipo, o alguno (s) de éstos.
Obra. De entre todos los proyectos relacionados y acreditados conforme a lo indicado en la cláusula 11.3.1, el licitador elegirá dos (2). Para cada uno de ellos, aportará información descriptiva (gráfica y escrita), en un máximo de tres (3) DIN A4, en la que se desglosen los aspectos técnicos y arquitectónicos más relevantes, así como los méritos y reconocimientos que haya podido recibir. En primer término, se valorará la relación de proyectos conforme a lo indicado en la cláusula 11.3.1, de la siguiente manera: - Número de actuaciones Obtendrá diez (10) puntos la empresa que justifique el mayor número de actuaciones. Los licitadores que justifiquen un número de actuaciones de diez (10) o más obtendrán, igualmente, la máxima puntuación (10 puntos). El resto de empresas obtendrá la valoración de manera proporcional, en base al valor 0 correspondiente al mínimo exigido de tres (3) obras. 3 obras 10 obras 0 puntos 10 puntos - Importe de las actuaciones. Obtendrá diez (10) puntos la empresa que justifique el importe más alto en la suma de los presupuestos de ejecución (sin IVA) de la relación de obras similares que presente y que hayan sido aceptadas como tales por parte de la Mesa. Los licitadores que acrediten un importe total o superior a cincuenta millones de euros (50.000.000 €), obtendrán, igualmente, la máxima puntuación (10 puntos). El resto de empresas obtendrá la valoración de manera proporcional, en base al valor 0 correspondiente al mínimo exigido de tres (3) obras similares, es decir, treinta millones de euros (30.000.000 €), sin IVA, en la suma los presupuestos de ejecución. 30.000.000 € 50 000.000 € o superior 0 puntos 10 puntos Por otra parte se valorará la calidad de cada una de las dos (2) obras seleccionadas por el licitador, tomando como base la documentación aportada y su adecuación a la actuación, entre 0 y 5 puntos.
Obra se entenderá el resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil, destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien inmueble.
Obra. Es el resultado de los trabajos desarrollados por el CONCESIONARIO, que requieren necesariamente de un EDI y dirección técnica para su realización, empleando mano de obra, materiales, equipo o alguno(s) de éstos. Esta definición incluye las Obras Obligatorias y las Obras Adicionales.
Obra. Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, pistas, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
Obra construcción y/o trabajo que constituye el objeto de la contratación. Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este Artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre. ARTÍCULO 3°.- Normas aplicables.La normativa aplicable al presente procedimiento será:1. La Ley 13.064, Ley Nacional de Obras Públicas, sus modificatorios y complementarias;2. El Decreto Nº 1023/2001 “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” sus modificatorios y complementarias;3. El Decreto N° 1336/2016, “Sistema de Gestión Electrónica para las contrataciones de Obra Pública, concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y licencias, CONTRAT.AR”4. El Decreto Nº 691/2016, “Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública”.5. La Ley Nº 19.549 “Ley Nacional de Procedimientos Administrativos” y su Decreto Reglamentario Nº 1759/1972.Todo cuanto no esté previsto en el presente pliego, será resuelto de acuerdo con la normativa precedentemente indicada. En caso de silencio, se aplicarán los __________ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ PLIEG-2018-01889428-APN-MTRPLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 5 de 68 principios generales del derecho administrativo y demás normas de aplicación supletoria de naturaleza administrativa. ARTÍCULO 4°.- Documentación de la Licitación.La documentación de la licitación está constituida por el presente Pliego de Condiciones Generales, el Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el juego completo de planos y planillas y toda otra documentación que se indique en el P.C.P. La documentación de la licitación se suministrará en forma gratuita, salvo en aquellos casos en que por sus características el organismo contratante determine que sean obtenidos previo pago de una suma que será establecida en la convocatoria.Los pliegos y toda la documentación podrán ser obtenidos con el fin de realizar consultas o presentarse a ofertar, en el portal: https://contratar.gob.ar denominado CONTRAT.AR, por medio del cual funciona el Sistema Electrónico de Contratación de Obras Públicas, conforme el Decreto N° 1336/2016. Asimismo podrán consultarse los pliegos en el sitio web del Ministerio de Transporte y retirarse en la oficina que se determine en el P.C.P.Los interesados podrán acceder por vía electrónica y obtener en forma gratuita toda la documentación licitatoriaEn oportunidad de descargar los pliegos, deberá suministrarse obligatoriam...
Obra. Son las obras y/o trabajos permanentes o provisionales que han de efectuarse de acuerdo a la Propuesta de LA CONTRATISTA y al presente contrato.
Obra. Construcción Trocha Carrozable Mariscal Castilla-Tiripata (long. 3+000 km.)”
Obra. Construcción de obras sanitarias y pluviales en el precio de acuerdo al proyecto desde su iniciación hasta la emisión del Acta de Recepción Final.