Common use of NORMAS GENERALES Clause in Contracts

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las partes quedan sometidas expresamente a lo previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnico, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley 14/2013-, al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anteriores, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.

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Samples: Contrato De Obras, Contrato De Obras, Contrato De Obras

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las administrativo, y ambas partes quedan sometidas expresamente expresamente, para cuanto no esté previsto en el presente Xxxxxx, a lo previsto en este Pliego y dispuesto en el correspondiente proyecto técnicoR.D. Legislativo 3/2011, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [(en adelante TRLCSP] -con ). Asimismo se regirá por las modificaciones introducidas disposiciones y normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación; por los preceptos contenidos en el Real Decreto Ley 4/2013 817/2009 de 8 xx xxxx y por la Ley 14/2013-, al en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 Públicas(en adelante RGLCAP);así como por las previsiones que en materia de desarrollo parcial contratación y de servicios públicos locales establezca la Ley 30/2007, Reguladora de Bases de Régimen Local (en adelante LRBRL) y en todo lo que no se oponga a las normas anterioresel Real Decreto Legislativo 781/1986, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación 18 xx xxxxx, de obras del Estado, aprobado por Decreto 3854/1970disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (en adelante TRRL). Supletoriamente se aplicarán aplicará las restantes disposiciones administrativas normas de derecho administrativo y en su defecto el defecto, las de derecho privado.

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Samples: www.aytosalamanca.gob.es, www.aytosalamanca.gob.es, www.aytosalamanca.gob.es

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las partes quedan sometidas expresamente a lo previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnico, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley 14/2013-, al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anteriores, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por el Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.

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Samples: static.esla.com, static.esla.com

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las partes quedan sometidas expresamente a lo previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnico, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley 14/2013-], al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anteriores, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por el Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Obras Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las partes quedan sometidas expresamente a lo previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnico, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de a la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con L.C.S.P.], con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley 14/2013-15/2010, Ley 34/2010 y Ley 2/2007 de Economía Sostenible, al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anteriores, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por el Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.

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Samples: www.aytosalamanca.gob.es

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las y ambas partes quedan sometidas sometidas, expresamente a lo para cuanto no esté previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnicopresente pliego, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con las modificaciones introducidas Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y modificado por la Ley 4/2013 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a Emprendedores y por la Ley 14/2013-25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, respectivamente, al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.]Públicas, al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anterioresal anterior, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación que resulte de obras del Estado, aprobado por Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes aplicación y al resto de disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.complementarias aplicables

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Samples: servicios4.jcyl.es

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las partes quedan sometidas expresamente a lo previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnico, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con L.C.S.P.], con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley 14/2013-15/2010, Ley 34/2010 y Ley 2/2011 de Economía Sostenible, al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anteriores, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.

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Samples: Contrato De Obras

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las y ambas partes quedan sometidas sometidas, expresamente a lo para cuanto no esté previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnicopresente pliego, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, con las modificaciones introducidas mediante la Ley 14/2013 de Apoyo a Emprendedores y la Ley 25/2013, de 27 de diciembre de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público; al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el Real Decreto Ley 4/2013 y por que se desarrolla parcialmente la Ley 14/2013-de Contratos del Sector Público, y al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.]Públicas, al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anterioresal anterior, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación que resulte de obras del Estadoaplicación, aprobado por Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes y al resto de disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.complementarias aplicables

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

NORMAS GENERALES. El presente contrato tiene carácter administrativo de obras. Las partes quedan sometidas expresamente a lo previsto en este Pliego y en el correspondiente proyecto técnico, al Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público [TRLCSP] -con L.C.S.P.], con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley 14/2013-15/2010, Ley 34/2010 y Ley 2/2011 de Economía Sostenible, al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [R.G.L.C.A.P.], al RD 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, y en todo lo que no se oponga a las normas anteriores, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, aprobado por el Decreto 3854/1970. Supletoriamente se aplicarán las restantes disposiciones administrativas y en su defecto el derecho privado.

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Samples: www.aytosalamanca.gob.es