Maternidad. 1. Las empresas, afectadas por este convenio colectivo se atendrán a lo regulado en la Ley 39/1999 de conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras y en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
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Maternidad. 1. 1.- Las empresas, afectadas por este convenio Convenio colectivo se atendrán a lo regulado en la Ley 39/1999 de conciliación Conciliación de la vida familiar Vida Familiar y laboral Laboral de las personas trabajadoras y en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva Igualdad Efectiva entre mujeres Mujeres y hombresHombres.
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Maternidad. 1. 1.- Las empresas, afectadas por este convenio colectivo Convenio Colectivo se atendrán a lo regulado en la Ley 39/1999 de conciliación Conciliación de la vida familiar Vida Familiar y laboral Laboral de las personas trabajadoras y en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva Igualdad Efectiva entre mujeres Mujeres y hombresHombres.
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Maternidad. 1. Las empresas, afectadas por este convenio colectivo se atendrán a lo regulado en la Ley 39/1999 de conciliación xx xxxxx- liación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras tra- bajadoras y en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
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