INTERRUPCION DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

INTERRUPCION DEL SERVICIO. En el caso que por cualquier motivo se interrumpiera el servicio una vez éste iniciado, correrá por cuenta y responsabilidad del Adjudicatario la provisión del medio sustituto necesario a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Las demoras en este aspecto serán analizadas para establecer la eventual corrección de las medidas de solución aportadas y/o las sanciones que por incumplimiento pudieran corresponder. Será obligación del Adjudicatario efectuar por sí mismo la total prestación del objeto que conforma el presente, siendo de su absoluta responsabilidad obtenerlos y proveerlo a su exclusivo cargo para asegurar la continuidad del mismo, aún ante eventuales medidas de fuerza resultantes de conflictos gremiales que pudieren suscitarse o que afectaren al personal del que se vale para el cumplimiento del presente.
INTERRUPCION DEL SERVICIO. La interrupción total y/o parcial del Servicio bajo cualquier circunstancia, deberá justificarse y acreditarla fehacientemente dentro de las 24 (veinticuatro) horas de producida, ante el MINISTERIO DE SALUD y/o la Dirección del Establecimiento.- (SANCION PREVISTA EN EL ART. 22.2).-
INTERRUPCION DEL SERVICIO. En el caso que por cualquier motivo se interrumpiera el servicio una vez éste iniciado, correrá por cuenta y responsabilidad del Adjudicatario la provisión del medio sustituto necesario a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Las demoras en este aspecto serán analizadas para establecer la eventual corrección de las medidas de solución aportadas y/o las sanciones que por incumplimiento pudieran corresponder.
INTERRUPCION DEL SERVICIO. Cuando por cualquier causa se produzca la interrupción del servicio, y sin perjuicio de las sanciones al Concesionario en caso de que las mismas le sean imputables, la Concedente, previo informe de la Autoridad de Aplicación, podrá asumir directamente o por terceros la prestación del servicio, para garantizar su continuidad. Los costos insumidos más un recargo del quince (15%) por ciento, serán debitados del primer pago a que sea acreedor el Concesionario. No se podrá responsabilizar al Concesionario por las deficiencias o interrupciones ocurridas en la prestación de los servicios, cuando haya causas de Fuerza Mayor no imputables a la misma.

Related to INTERRUPCION DEL SERVICIO

  • DESCRIPCION DEL SERVICIO Servicio de alquiler de maquinaria, de acuerdo a la ficha técnica de la actividad: Descolmatación del Dren DS 13.08 – 17.06: EXCAVADORA SOBRE ORUGAS 115-165 HP, cap. Cuchara de 1-1.5 m3 HM 154.0055 CAMA BAJA 6x4, 330 HP de 40 Ton HM 16.0000 CAMION VOLQUETE de 15 m3 HM 38.6079 El alquiler de la maquinaria pesada deberá considerar el suministro de combustible, lubricantes, filtros y neumáticos. El alquiler de la maquinaria pesada incluye personal operador que cuente con los implementos mínimos de seguridad (cascos, lentes de protección, guantes, calzado e indumentaria de seguridad). Los mantenimientos preventivos de los bienes corren por cuenta del proveedor del servicio. La maquinaria pesada deberá contar con herramientas básicas para su mantenimiento en caso se presente fallas mecánicas y además con el auxilio mecánico respectivo. La máquina pesada deberá estar en condiciones operativas durante la ejecución del servicio; en caso sufriera desperfectos que la vuelva inoperativa el contratista deberá remplazar la unidad en un tiempo máximo de 24 horas.

  • Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO La prestación del servicio deberá efectuarse cumpliendo con los términos de referencia, establecidos en el contrato suscrito y de sus partes integrantes, sujetas a la conformidad de la contraparte de la entidad contratante.

  • DEL SERVICIO La recepción y liquidación del contrato se regularán conforme a lo dispuesto en el artículo 222 y 307 del TRLCSP. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Universidad, la totalidad de la prestación. Su constatación exigirá por parte de la Universidad, la formalización del correspondiente Acta de Recepción o la emisión de un informe de conformidad dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución del servicio.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • CALIDAD DEL SERVICIO EL PROVEEDOR cumplirá los estándares de calidad emitidos y verificados por los organismos regulatorios y de control de las telecomunicaciones en el Ecuador, no obstante detalla que prestará sus servicios al cliente con los niveles de calidad especificados en el Anexo 1 (Técnico “Acuerdo de Prestación de Servicio Contratado”) que debidamente firmado por las partes forma parte íntegramente de este contrato. Así como declara que el SERVICIO DE INTERNET DEDICADO tendrá: Disponibilidad 99,6% mensual calculada sobre la base de 720 horas al mes. Para el cálculo de no disponibilidad del servicio no se considerará el tiempo durante el cual no se lo haya podido prestar debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o completamente ajenas al proveedor. Para trabajos en caso de mantenimiento, en la medida de lo posible, deberán ser planificados en períodos de 4 horas después de la media noche, debiéndose notificar previamente el tiempo de no disponibilidad por mantenimiento y siguiendo lo previsto en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. El Departamento Técnico del PERMISIONARIO recibirá requerimientos del Cliente, las 24 horas del día, a través de los números telf: 052670-001y cel: 0999394680 o los que se haga conocer en el futuro a los abonados; o mediante e-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx se lo registrará en el sistema haciendo la apertura de un registro y lo dirigirá al personal indicado. El Departamento Técnico de EL PROVEEDOR realizará el seguimiento de los requerimientos y el cumplimiento de la corrección del problema, en un plazo máximo de 24 horas contadas desde que se notifique el problema. Las características técnicas y de calidad de servicio constan en el Anexo 1 denominado “Acuerdo de prestación de Servicios Contratado” que debidamente firmado por las partes es integrante del presente contrato y cumple con lo exigido en la Resolución 216- 09-CONATEL-2009.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO La duración del servicio será de seis (06) meses, contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato, el cual podrá ser prorrogado de acuerdo a la necesidad del servicio y evaluación de desempeño del consultor.

  • CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

  • SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Se procederá a la suspensión del servicio en los siguientes eventos:

  • GARANTÍA DEL SERVICIO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ GARANTIZAR QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO Y A PROPORCIONARLO EN ESTRICTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO.