Hechos Cláusulas de Ejemplo

Hechos. 1.9.1.(sic) Hechos de la demanda: la parte convocante fundamenta sus pretensiones en los hechos que relaciona en la reforma de la demanda, a folios 457 a 489 del cuaderno principal 2, a los cuales se referirá el tribunal a espacio al estudiar el tema materia de decisión, las pretensiones y excepciones, las pruebas y sustentar sus consideraciones.
Hechos. Las anteriores solicitudes se fundan en diez y ocho (18) hechos, cinco de los cuales son transcripciones textuales de las siguientes cláusulas del contrato de fideicomiso: consideración primera, cláusula primera, cláusula séptima, numerales segundo y cuarto, cláusula octava, numeral 4.5 otras tantas resúmenes de algotras, y todas ellas refieren que por medio de la escritura 3575 corrida el 25 de octubre de 1995 en la Notaría 32 del Círculo de Bogotá(1) Xxxxxxxxx hizo un encargo fiduciario a Fiducolpatria, que lo aceptó, para que manejara una fiducia en garantía para acreedores de la primera de ellas para lo cual le transfirió la propiedad de un inmueble situado en Bucaramanga. Dice, así mismo, que en desarrollo del contrato y a petición de la actora, Fiducolpatria expidió tres certificados de garantía a favor del Banco Colpatria: • El Nº 230, por cien millones de pesos ($ 100.000.000), el 19 de enero de 1996. • El Nº 214, por cien millones de pesos ($ 100.000.000.), el 16 de diciembre de 1995. • El Nº 592, por cuarenta y ocho millones de pesos ($ 48.000.000.) el 29 xx xxxx de 1997. Y que los tres —que eran las únicas obligaciones garantizadas por el bien fideicomitido— fueron cancelados mediante dación en pago que hizo Fiducolpatria al Banco acreedor, por medio de la escritura 1909 otorgada en la notaría 11 del círculo de Bogotá el 19 xx xxxxx de 1997, en la cual se traspasó al Banco la propiedad del inmueble que constituía el patrimonio autónomo por la suma de quinientos cuarenta y ocho millones ochocientos cuarenta y nueve mil pesos ($ 548.849.000), que debía ser abonada a la extinción parcial de las obligaciones garantizadas con los certificados. Que como el valor de los certificados es doscientos cuarenta y ocho millones de pesos ($ 248.000.000) Fiducolpatria adeuda a Droguenal el “remanente” la diferencia, o sea la suma de trescientos millones ochocientos cuarenta y nueve mil pesos ($ 300.849.000). Que la diferencia entre el valor de la dación en pago y el de los certificados y el hecho de no pagarla a Droguenal son el resultado del incumplimiento de las obligaciones de Fiducolpatria.
Hechos. Los hechos en que se fundamentan las pretensiones arriba transcritas son del siguiente tenor4:
Hechos. Los hechos en que se fundamentan las pretensiones arriba transcritas son del siguiente tenor9:
Hechos. En el escrito de contestación a la demanda INVERSORA PICHINCHA S. A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL planteó en esencia como hechos constitutivos de su defensa los siguientes: 7 Cuaderno Nº 1, fl. 188. 8 Artículo 20 del Decreto 2279 de 1989. 9 Cuaderno Nº 2, fl. 7 10 Cuaderno No. 3, fls 3 al 15 donde se xxx fue del locatario la decisión de la escogencia autónoma del bien objeto del contrato y del proveedor.

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  • Derechos 1. De acuerdo con el artículo 8 del título IV de la L.O.L.S., las personas trabajadoras afiliados a un sindicato podrán en el ámbito de la empresa o centro de trabajo:

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones.

  • Conectividad Los equipos suministrados deberán soportar conexión con el sistema de información del laboratorio.

  • VIGENCIA El contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las cláusulas contenidas en el presente Contrato.

  • PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio. La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

  • PRODUCTOS ESPERADOS Sin ser limitativo, las memorias descriptivas, incluyendo los diseños estructurales definitivos de las obras principales y preliminares de las obras secundarias contendrá una memoria con la descripción técnica de cada una de las partidas específicas de construcción, en la cual se describa el alcance de los trabajos que comprende la partida, así como la unidad de medida para efectos de pago. Los cálculos desarrollados se presentarán en formato Excel y los planos en formato AutoCAD versión 2012; asimismo deberán adjuntarse los cálculos estructurales respectivos. Todos los detalles del estudio se presentarán en un Volumen Específico Anexo: DISEÑO ESTRUCTURAL DE LA PRESAS. El diseño de las obras hidráulicas tendrá como objetivo: Optimizar las dimensiones con base en criterios económicos y definir con más precisión las condiciones de funcionamiento y su consecuencia sobre la concepción y el costo de construcción. El diseño de los equipos electromecánicos, comprende la verificación del diseño hecho en la Fase Factibilidad y la preparación detallada de las características, Se incluirán los datos técnicos de los equipos e instrucciones sobre su montaje, pruebas en fábrica, in situ y operación. Se diseñará y optimizará la conexión de los generadores a los transformadores. Para cada equipo, se preparará una lista y descripción de accesorios, herramientas para montaje y mantenimiento y de repuestos recomendados. Se presentará el diseño completo de los tableros y equipos de protección, de comando y de señalización, así como otros auxiliares, entre los que están: Equipos de protección contra incendios Equipo de enfriamiento Sistema de drenaje Sistema de ventilación Sistema de iluminación Equipos de izaje, puente-grúa y polipastos Equipos y sistemas auxiliares de la casa de máquinas, como iluminación, comunicaciones, agua potable y alcantarillado, etc. Se efectuarán simulaciones detalladas de las condiciones de funcionamiento de los circuitos hidráulicos. Resultarán de este análisis, los parámetros que servirán para el diseño detallado de las unidades generadoras. En particular, serán estudiados los esquemas funcionales del equipo principal, con el fin de definir los criterios de diseño final, las características del equipo auxiliar y complementario y los elementos de costo.

  • MEJORAS En el supuesto de que los licitadores presenten mejoras sobre las garantías exigidas en este pliego, deberán detallarlas en hoja anexa.

  • MEDIO AMBIENTE 29.1. EL CONTRATISTA dará especial atención a la protección del medio ambiente y al cumplimiento de la normatividad aplicable en estas materias. Igualmente, adoptará y ejecutará planes de contingencia específicos para atender las emergencias y reparar los daños, de la manera más eficiente y oportuna.

  • GASTOS Los honorarios de cada árbitro serán cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serán cubiertos por ambas partes en igual proporción. Antes de constituirse el Tribunal, las partes acordarán los honorarios de las demás personas que, de mutuo acuerdo, convengan que deban intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si el acuerdo no se produjere oportunamente, el propio Tribunal fijará la compensación que sea razonable para dichas personas, tomando en cuenta las circunstancias. Cada parte sufragará sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal serán sufragados por las partes en igual proporción. Toda duda en relación con la división de los gastos o con la forma en que deban pagarse será resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal.