Grupo Cláusulas de Ejemplo

Grupo. E.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo todo el personal que acceda a este grupo estará en el nivel 13. Psicólogo Lcdo. Psicología Familia y convivencia Intervención familiar Laboral 8 - 15 horas Familias en situaciones especiales Trabajadora social Dipl en trabajo social Prevención e inserción Inmigrantes Laboral 8 - 15 horas Apoyo a la acogida e integración de inmigrantes Trabajadora social Dipl en trabajo social Prevención e inserción Acompañamiento. Social Laboral 8 - 15 horas Acompañamiento social Asesor laboral Graduada social Prevención e inserción Acompañamiento. Social Laboral 8 - 15 horas Acompañamiento social Responsable de programa Lcda. Sociología Prevención e inserción Desarrollo Pueblo Gitano Laboral Parcial Desarrollo del Pueblo gitano Monitora Dipl en Educación Prevención e inserción Desarrollo Pueblo Gitano Laboral Parcial Desarrollo del Pueblo gitano Trabajadora social Dipl en trabajo social Prevención e inserción Inmigrantes Laboral Parcial Apoyo a la acogida e integración de inmigrantes Trabajadora social Dipl en trabajo social Prevención e inserción Inmigrantes Laboral Parcial Apoyo a la acogida e integración de inmigrantes Las personas contratadas para los puestos de trabajo antes relacionados realizarán funciones de gestión, trami- tación, emisión de informes y coordinación de los trabajos encomendados al Convenio al que estén adscritas, en fun- ción de la titulación requerida en cada caso y bajo la supervisión de la Dirección del Centro. Consejería de Trabajo y Política Social Visto el texto del Protocolo 2006, adicional al Con- venio suscrito el 22 xx xxxxx de 2005 entre la Comuni- dad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Trabajo y Política Social, y la Mancomuni- dad de Servicios Sociales de la Comarca Oriental, para el desarrollo del servicio de ayuda a domicilio, suscrito por la Consejera de Trabajo y Política Social en fecha 14 xx xxxxx de 2006 y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones estableci- das en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Re- gional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional, Publicar en el «Boletín Oficial de la Región xx Xxx- cia» el texto del Protocolo 2006 adicional al Convenio suscrito el 00 xx xxxxx xx 2005 entre la Comunidad Au- tónoma de la Región xx...
Grupo. Es un conjunto finito de un número de suscriptores integrados al sistema de Autofinanciamiento comercial por medio de un contrato de adhesión.
Grupo. I. Los trabajadores/as adscritos a este grupo profesional planifican, organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Realizan tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Sus funciones suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional. Tendrán título adecuado o amplia preparación teórico-práctica adquiridos en el desempeño de su profesión completada con una amplia experiencia en el sector. Las divisiones funcionales de este grupo profesional son, a título meramente enunciativo: Director, Director Comercial, Director Administrativo, Director de Recursos Humanos, Director de Compras, Jefe de Servicios, Titulados de Grado Superior y Titulados de Grado Medio.
Grupo. Personal de Maquinaria de Via. Accesos a la categoria: por ascenso, de Inspector Principal de Maquinaria de Via. Por pase, de otras categorias de nivel 9. Salidas de la categoria: por ascenso, a la categoria que se determine en el nivel Funciones: pertenece a esta categoria quien, con la mas alta cualificacion y experiencia profesional en maquinaria de via, orienta, dispone, controla y dirige las actividades de agentes de inferior nivel, pertenecientes a dicha rama. Accesos a la categoria: por ascenso, de Jefe de Operadores de Maquinas de Via. Por pase, de otras categorias de nivel 8. Salidas de la categoria: por ascenso, a Jefe de Servicio de Maquinaria de Via. Por pase, a otras categorias de nivel 8. Funciones: se integran en esta categoria aquellos agentes que ejercen funciones de Jefatura en dos o mas tajos de trabajo de maquinaria de via, agrupados bajo su mando, bien en funcion de las caracteristicas del trabajo que realizan o bien del area geografica en que operan, cuidando de que se cumplan las disposiciones reglamentarias y en especial las relativas a seguridad de la circulacion y a seguridad e higiene en el trabajo. Accesos a la categoria: por ascenso, de Operador Principal de Maquinas de Via. Por pase, de otras categorias de nivel 7. Salidas de la categoria: por ascenso, a Inspector Principal de Maquinaria de Via. Por pase, a otras categorias de nivel 7. Funciones: es el agente que, al frente de un grupo de trabajo de maquinaria de via, vigila a pie de obra la marcha de los trabajos y ejerce el mando y la direccion del personal que lo integra. Accesos a la categoria: por ascenso, de Operador de Maquinas de Via. Por pase, de otras categorias de nivel 6. Salidas de la categoria: por ascenso, a Jefe de Operadores de Maquinas de Via. Por pase, a otras categorias de nivel 6. Funciones: las funciones son analogas a las del Operador de Maquinas de Via, diferenciandose de este en que manejan las maquinas de mayor complejidad y sofisticacion y que estan capacitados para el manejo de, al menos, tres maquinas de distinto cometido. Accesos a la categoria: por ascenso, de Ayudante de Maquinas de Via Autorizado. Por pase, de otras categorias de nivel 5. Salidas de la categoria: por ascenso, a Operador Principal de Maquinas de Via. Por pase, a otras categorias de nivel 5 que admitan el pase. Funciones: tiene a su cargo el manejo, entretenimiento y conduccion de una maquina pesada de via. Accesos a la categoria: por ascenso, de Ayudante de Maquinas de Via. Sali...
Grupo. Personal de Delineacion. Accesos a la categoria: por ascenso, de Jefe xx Xxxx de Delineacion. Por pase, de otras categorias de nivel 9. Salidas de la categoria: por ascenso, a la categoria que se determine en el nivel Funciones: pertenece a esta categoria, quien, con la mas alta cualificacion y experiencia profesional, orienta, dispone, controla y dirige las actividades de agentes de inferior nivel, pertenecientes a dicha rama. Accesos a la categoria: por ascenso, de Delineante Proyectista o Dibujante Salidas de la categoria: por ascenso, a Jefe de Servicio de Delineacion. Por pase, a otras categorias de nivel 8.
Grupo. 5.- El trabajador que se proponga contraer matrimonio.
Grupo. 289,17 Euros. por hijo, siendo para estudios cuya titulación sean inferiores a los Universitarios: y para todo Centro reconocido u Oficial, incluyendo estudios por correspondencia.
Grupo. II Los trabajadores/as adscritos a este grupo profesional realizan fun- ciones de carácter administrativo, con o sin responsabilidad de mando. Asimismo, pueden realizar trabajos de ejecución autónoma bajo supervisión o ayudado por otras personas trabajadoras. Requie- re adecuados conocimientos y aptitudes prácticas. Poseen titulación adecuada o conocimientos adquiridos en el desem- peño de su profesión. Las divisiones funcionales de este grupo profesional son, a título meramente enunciativo: Jefatura Administrativa de primera, Jefatu- ra Administrativa de Segunda, Cajero/a, Oficial Primera, Oficial Segunda, Auxiliar y Telefonista.
Grupo. III Los trabajadores/as adscritos a este grupo profesional realizan fun- ciones de coordinación y supervisión, de ejecución autónoma que exijan habitualmente iniciativa por parte de las trabajadoras y traba- jadores que los desempeñan, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos y pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores o trabajadoras. Poseen titulación adecuada o conocimientos adquiridos en el desem- peño de su profesión. Las divisiones funcionales de este grupo profesional son, a título meramente enunciativo: Encargado/a General, Supervisor o Encargado/a de Zona, Supervisor/a o Encargado/a de Sector, Encargado/a de Grupo o Edificio y Responsable de Equipo.
Grupo. IV Los trabajadores/as adscritos a este grupo profesional ejecutan tareas según instrucciones concretas, con un alto grado de dependencia y supervisión, requieren esfuerzo físico o atención, sólo ocasionalmen- te requieren una formación específica, y en general únicamente exigen conocimientos profesionales de carácter elemental y de un breve periodo de adaptación. Poseen titulación adecuada o conocimientos adquiridos en el desem- peño de su profesión. Las divisiones funcionales de este grupo profesional son, a título meramente enunciativo: Especialista, Peón/a Especializado/a Conductor/a-Limpiador/a, Limpiador/a.