EL AYUNTAMIENTO declara:
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EL AYUNTAMIENTO deberá fijar en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares un plazo para presentar las ofertas, ya que no hay ninguna referencia en la normativa patrimonial aplicable ni en las normas generales de adjudicación de la LCSP. Desde esPublico, se recomienda establecer el plazo mínimo de 15 días –aplicando analógicamente las normas del procedimiento abierto de la LCSP-, con el fin de asegurar la adecuada preparación y presentación de las ofertas por parte de los licitadores.Presentación Manual (sin perjuicio de la presentación por cualquier medio electrónico) Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a las dificultades manifestadas por usuarios que no cuentan con la debida capacidad ni posibilidades por lo que, puede darse cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3 de la Ley de contratos que dice ” d) Con respecto a los intercambios de información para los que no se utilicen medios electrónicos con arreglo al presente apartado, el envío de información se realizará por correo o por cualquier otro medio apropiado o mediante una combinación de correo o de cualquier otro medio apropiado y de medios electrónicos. [justificación de la no utilización de medios electrónicos con arreglo a lo establecido en el punto tercero de la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014]. Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento con domicilio en C/. Mayor nº 1, en horario de 9 a 14 horas, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en la página web y tablón edictal. Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
EL AYUNTAMIENTO a través de COPLADEM, tendrá el derecho de supervisar en todo tiempo, los bienes suministrados e instalados y dará por escrito a “El Proveedor” las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su entrega, siempre y cuando no modifique sustancialmente las especificaciones técnicas señaladas en la cláusula primera del presente instrumento, a fin de que se ajuste a lo estipulado en el contrato y a las modificaciones que en su caso ordene “El Ayuntamiento”.
EL AYUNTAMIENTO. OTORGARÁ SU AUTORIZACIÓN CUANDO A SU JUICIO EL SUBCONTRATISTA TENGA LA MISMA EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA, ECONÓMICA Y MORAL DE “EL CONTRATISTA”; Y,
EL AYUNTAMIENTO deberá descontar las penas convencionales a cargo de “EL CONTRATISTA” en la estimación que se formule para el pago de los trabajos ejecutados, en este supuesto los costos adicionales que sobre servicios relacionados con la obra pública se generen serán asumidos por “EL CONTRATISTA” incumplido;
EL AYUNTAMIENTO al emitir su resolución, citará a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y a la residencia de obra para hacerla de su conocimiento dentro de los cinco días naturales siguientes a que se haya emitido esta.
EL AYUNTAMIENTO puede suspender temporalmente en todo o en parte la obra pública contratada cuando medie causa de fuerza mayor o caso fortuito;
EL AYUNTAMIENTO rescinde unilateralmente.
EL AYUNTAMIENTO designará al servidor o servidores públicos que puedan ordenar la suspensión y determinar, en su caso, la temporalidad de ésta, la que no puede prorrogarse o ser indefinida, cuando la reanudación de los trabajos o servicios esté ligada a un hecho o acto de realización cierta pero de fecha indeterminada, el periodo de la suspensión estará sujeto a la actualización de ese evento;