DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA Cláusulas de Ejemplo

DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. La de cumplimiento, a solicitud del interesado, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración, haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, “EL CINVESTAV” DARÁ AL PRESTADOR DEL SERVICIO SU AUTORIZACIÓN POR ESCRITO PARA QUE PUEDA CANCELAR LA FIANZA CORRESPONDIENTE AL MOMENTO QUE DEMUESTRE PLENAMENTE HABER CUMPLIDO CON LA TOTALIDAD DE SUS COMPROMISOS ADQUIRIDOS EN ESTA LICITACIÓN.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. La garantía será devuelta o cancelada cumplido satisfactoriamente el contrato de arrendamiento y cumplidas por el contratista o contratistas las obligaciones derivadas del contrato sin que el órgano de contratación haya formalizado alguno de los reparos o denuncias a que se refieren los apartados anteriores y si no resultan responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la LCSP.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. Inmediatamente después de terminada la subasta electrónica, el Secretario de la Mesa procederá a ordenar la devolución de las garantías constituidas en concepto de fianza a quienes no hayan sido propuestos para la adjudicación. La garantía del propuesto como adjudicatario no será devuelta hasta la formalización de la venta y el arrendamiento.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. En caso de no ser aceptada la propuesta por cualquiera de las causales definidas en el presente Pliego o bien en caso de no ser adjudicada la oferta, la Garantía de la Oferta, deberá ser retirada dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la respectiva notificación. Vencido el plazo fijado precedentemente sin que se hubiere producido el retiro de la misma, por el Departamento Contrataciones se procederá a su destrucción.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. La garantía será devuelta una vez que la recepción de la prestación a cargo del Contratista esté aprobada por PETROLEOS DEL PERU S.A.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. Por lo que respecta a la garantía para el cumplimiento del contrato, CECUT dará al proveedor su autorización por escrito, para que este pueda cancelar la fianza correspondiente en el momento que el proveedor demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de sus obligaciones adquiridas en el contrato.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. Para la liberación de la fianza de garantía del cumplimiento del contrato específico, el responsable del cumplimiento del presente contrato (Dirección de Informatica) deberá solicitar mediante escrito dirigido a la Coordinación General de Administración y Tecnologías de la Información de "LA COMISIÓN" que se realicen las gestiones pertinentes para cancelarla, de conformidad con los establecido en el artículo 103 del Reglamento de la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. La garantía para el cumplimiento del contrato, el CINVESTAV dará al Proveedor su autorización por escrito para que pueda cancelar la fianza correspondiente al momento que demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de sus compromisos adquiridos en esta licitación y su contrato. Cuando el Licitante Ganador, injustificadamente y por razones imputables al mismo, no formalice el contrato en la fecha, hora y lugar previstos en la propia convocatoria y en el fallo, la convocante procederá conforme a lo estipulado en el Artículo 46 de la LAASSP, independientemente de las sanciones a que se pueda hacer acreedor por parte de la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con lo estipulado a los Artículos 59 y 60 de la misma LAASSP. El CINVESTAV requiere que los servicios objeto de la presente licitación sean prestados en tiempo y forma y exigirá el cabal cumplimiento de los tiempos señalados. Los casos en que podrá otorgarse prórroga serán por caso fortuito o fuerza mayor o por causas en las que se demuestre por escrito que el licitante es ajeno al retraso de la entrega del bien o la prestación del servicio. Dicha prórroga será formalizada por escrito y se otorgará por una sola ocasión dependiendo del evento que originó el retraso para la prestación del servicio contratado. En ningún caso se considerará como caso fortuito o fuerza mayor la suspensión o cese de actividades de la empresa proveedora, ordenada por autoridades judiciales o administrativas, cualquiera que sea la causa o motivo. El procedimiento para solicitar la prórroga se ajustará a lo siguiente: El proveedor podrá solicitar prórroga durante el periodo de prestación de los servicios establecido en el contrato, debiendo hacerlo dentro de los 03 (tres) días hábiles posteriores al evento que la motiva y dentro del periodo de cumplimiento del contrato; para que pueda ser tomada en cuenta, la prórroga deberá solicitarse por escrito, acompañando los medios de convicción que acrediten la factibilidad de que se otorgue, dirigiendo el escrito a la Subdirección Administrativa, ésta tendrá un plazo de 09 (nueve) días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para contestar al respecto por escrito, mismo que será notificado conforme a lo dispuesto en el numeral V, punto V.15. “Notificaciones a los licitantes participantes” de la presente convocatoria. A efectos de dar contestación, la Subdirección Administrativa correrá traslado del escrito de solicitud de prórroga al área requirente de los ...
DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA. La garantía para el cumplimiento del contrato, “EL CINVESTAV” dará al Proveedor su autorización por escrito para que pueda cancelar la fianza correspondiente al momento que demuestre plenamente haber cumplido con la totalidad de sus compromisos adquiridos en esta licitación.