DEUDOR SOLIDARIO Cláusulas de Ejemplo
DEUDOR SOLIDARIO. La persona natural o jurídica que ha asumido, como garante solidario las obligaciones pecuniarias del afianzado.
DEUDOR SOLIDARIO. El deudor solidario es la persona –natural o jurídica- que respalda la obligación adquirida por el estudiante con el ICETEX, durante el periodo de estudio y la etapa de amortización del crédito. Para la presente convocatoria se da la opción al aspirante de ser su propio deudor solidario, en cuyo caso se hace un estudio de viabilidad financiera al mismo, en caso de ser rechazado, se hace obligatorio contar con un deudor solidario distinto al aspirante. Para el proceso de legalización se requieren de los siguientes documentos del deudor solidario • Imprimir el formulario de Inscripción ICETEX. Ingresar a: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇/▇%▇▇%▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ enovaci%C3%B3ndecr%C3%A9dito/formul ariodeinscripci%C3%B3n.aspx Acercarse al Icetex para la generación de los siguientes documentos:
1. Un pagaré con espacios en blanco. La suscripción del pagaré implica la firma del mismo por parte del posible beneficiario y del deudor solidario así como la impresión de las huellas dactilares. No requiere reconocimiento de firmas ante Notario Público.
2. Una carta de instrucciones. En la cual el aspirante expresa conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX y lo autoriza para llenar los espacios en blanco del pagaré. Implica la impresión de las huellas dactilares. Requiere reconocimiento de firmas ante Notario Público. Recuerde que la generación de las garantías (pagaré y carta de instrucciones) se hace en las oficinas del Icetex. El deudor firma con el beneficiario la carta de instrucciones y el pagaré. Radicar ante el Icetex el pagaré, la carta de instrucciones y demás documentos relacionados en el Paso No. 1. El procedimiento de legalización culminará una vez el beneficiario entregue al ICETEX el pagaré y la carta de compromiso debidamente suscritos y legalizados y se cuente con el Concepto Jurídico Viable por parte del ICETEX.
DEUDOR SOLIDARIO. El deudor Solidario, mediante la firma del presente instrumento garantiza el pago total de la obligación contraída por el “COMPRADOR”, respondiendo solidariamente por el pago del monto total señalado en el “Anexo 1” del presente contrato.
DEUDOR SOLIDARIO. La persona que firma en la casilla de “DEUDOR SOLIDARIO” ubicada en la parte inferior de este documento se declara deudor frente a la Compañía, en forma solidaria e indivisible junto con la Distribuidora, respecto de todas y cada una de las cargas y obligaciones de la Distribuidora derivadas del Contrato Inicial y la presente adición, tanto por el término inicialmente pactado, así como durante sus prórrogas. De este modo, el deudor solidario responderá por el cumplimiento y pago de cualquier suma que la Distribuidora adeude a la Compañía por cualquier concepto por razón o con ocasión del Contrato Inicial y la presente adición, incluyendo pero no limitado a precio de los productos, indemnizaciones, intereses, gastos de cobranza, costas procesales y cualquier otra derivada del Contrato Inicial y la presente adición, las cuales podrá ser exigidas por la Compañía a cualquiera de los obligados por la vía ejecutiva, sin necesidad de requerimientos privados o judiciales. Si la casilla de “DEUDOR SOLIDARIO” ubicada en la parte inferior de este documento no es diligenciada y firmada, se entenderá que la Compañía no ha solicitado a la Distribuidora un deudor solidario y por ende, la presente cláusula décima quinta no tendrá ningún efecto.
DEUDOR SOLIDARIO. Es el vínculo jurídico que expresamente contrae un tercero, por medio del cual el acreedor puede exigir a uno cualquiera de los varios deudores de una obligación que la cumpla parcialmente o en su totalidad, la solidaridad debe ser expresamente declarada en el titulo valor pagaré..
