Datos del Emisor Cláusulas de Ejemplo

Datos del Emisor. Newsan tiene su sede social en Perito Xxxxxx 3875, de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Argentina, y sus oficinas administrativas y de ventas en Xxxxx Xxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Su número de teléfono es 0.000.000.XXXX (6976) y la dirección de correo electrónico xxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. El objeto social principal de Newsan es la fabricación, armado, comercialización, servicio técnico, importación y exportación de todo tipo de productos industrializados incluyendo, pero sin limitarse, a cualquier tipo de productos alimenticios y/o granos o productos del mar, sus derivados y los que surjan de la industrialización o fraccionamiento de dichos productos, a los productos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos, de refrigeración, telefonía y computación, por cuenta propia o de terceros, o asociada con terceros. A su vez, la Sociedad incluye en su actividad realizar por cuenta propia o de terceros o asociada con terceros, la fabricación, armado, comercialización, servicio técnico, representación, importación y exportación de todo tipo de vehículos en general, sean automotores, camiones, colectivos, motocicletas, tractores, bicicletas, triciclos, etc., sean estos nuevos o usados, así como accesorios, repuestos, combustibles y lubricantes y/o explotación de talleres de reparación de vehículos en general. Para mayor información al respecto véase la sección “IX. INFORMACIÓN ADICIONAL - a). Instrumento Constitutivo y Estatuto - a).i. Constitución e inscripción” del presente Prospecto. El año 2022 quedará en los recuerdos de muchos, industrialmente todos los años de mundial producen una gran expectativa. Particularmente este mundial se hizo esperar ya que a diferencia de eventos anteriores, en lugar de realizarse en junio, el arranque se postergó hasta noviembre. Esto nos permitió prepararnos para un año, que como todos trae novedades. A nivel global continuaba el desabastecimiento de chips, sumado a la mayor demanda por el mundial, exigió adaptar el complejo productivo a diferentes modelos y configuraciones. Esta vez el público optó por mayores pulgadas, fabricando productos más complejos, tanto en su producción como en la logística. Xxxxxx lleva adelante una política de certificaciones de calidad muy ambiciosa, en donde crecientemente se expande el alcance de los certificados de calidad de la norma ISO 9001, medio ambiente ISO 14001, Seguridad y Salud Ocupacional ISO 45001, Gestión de...
Datos del Emisor. PARLEM TELECOM COMPANYIA DE TELECOMUNICACIONS, S.A., sociedad anónima de nacionalidad española con domicilio social en xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 000, 0x xxxxxx, 00000 Xxxxxxxxx; constituida el 30 de julio de 2012 por tiempo indefinido bajo la denominación “FONYOU WIRELESS, S.L.U.”, en virtud de escritura elevada a público ante el notario de Barcelona D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, con el número 294 de su protocolo; con fecha 24 de julio de 2014, cambió su denominación social a PARLEM TELECOM COMPANYIA DE TELECOMUNICACIONS, S.L. en virtud de escritura pública otorgada ante el notario de Barcelona
Datos del Emisor. Agile Content, S.A., sociedad anónima de nacionalidad española con domicilio social en Madrid, xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, número 1, planta 15 (Forum Business Center) C.P. 28020 constituida el 24 xx xxxxx de 2007 por tiempo indefinido bajo la denominación social de “Agile Contents, S.L.” en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Barcelona Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx bajo el número 1.211 de su protocolo inscrita como sociedad limitada en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 39611, Folio 196, Hoja B-348153; transformada a sociedad anónima mediante escritura otorgada por el Notario de Barcelona Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en fecha 8 de octubre de 2015, bajo el número 1.864 de su protocolo, debidamente inscrita en el Registro Mercantil al Tomo 37.360, Folio 66, Hoja M-666131, y provista de N.I.F. A-64549181. El capital social de la Sociedad actualmente asciende a 2.233.961,20 euros, totalmente suscrito y desembolsado, dividido en 22.339.612 acciones, xx xxxx céntimos de euro (0,10.- €) de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie, numeradas de manera correlativa con los números 1 al 22.339.612, ambos inclusive (en cada momento las acciones que representen el capital social de la Sociedad serán referidas como las “Acciones” y los titulares en cada momento de las mismas, los “Accionistas”). Las Acciones se encuentran incorporadas al BME Growth de BME MTF Equity de conformidad con el documento informativo de incorporación publicado en noviembre de 2015. El objeto social de la Sociedad está definido en el artículo 2º de sus estatutos sociales, cuyo contenido se transcribe literalmente a continuación:

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.