Costes variables Cláusulas de Ejemplo

Costes variables. Su importe vendrá determinado por las cantidades de cada tipo de residuos que se reciban, en cada instalación. Para cada uno de los tipos de residuos se indicará: Los ingresos por unidad de peso (Kg) de residuos, por reciclaje, que incluirá, en su caso, los costes de material fungible para acondicionamiento y los de transporte hasta las instalaciones de reciclaje o valorización. Los costes de tratamiento y/o eliminación, por unidad de peso (Kg) de residuos, cuando el reciclaje no sea posible, y que incluirá, en su caso, los costes del material fungible preciso para su acondicionamiento, así como los de transporte hasta los centros de tratamiento o eliminación. De acuerdo con los resultados obtenidos durante los años de explotación transcurridos en el Punto Limpio y a efectos orientativos, las cantidades de cada tipo de residuos que se estima se depositarán anualmente en el mismo son los que se indican a continuación: Vidrio (kg) 9.720 Aceite mineral (kg) 5.600 Aceite vegetal(kg) 2.400 Cartón (kg) 23.400 Chatarra (kg) 58.500 Electrónicos (kg) 8.100 Envases 16.200 Envases contaminados metálicos (kg) 300 Envases contaminados plásticos (kg) 150 Escombro (kg) 596.400 Madera (kg) 134.550 Pilas (kg) 300 Poda (kg) 2.700 Tóner (kg) 40 Radiografías (kg) 63 Cristal plano Sin datos Aceite de maquinaria agrícola Sin datos Envases de fitosanitarios Sin datos CDs, DVDs y cintas de video Sin datos Termómetros y elementos con mercurio Sin datos Baterías de teléfonos móviles. Sin datos Bombillas de bajo consumo. Sin datos Estas cantidades servirán como base para calcular los costes variables antes citados. Para los residuos enumerados anteriormente en los que no figuran las cantidades aproximadas de recogida, la empresa adjudicataria realizará una estimación de las cantidades que se prevé recoger en el Punto Limpio. De acuerdo con los costes unitarios propuestos y conforme a las cantidades a recoger estimadas, la empresa adjudicataria deberá presentar el presupuesto correspondiente a la explotación del Punto Limpio, durante el período de 24 meses, objeto de la adjudicación, deduciéndose del mismo el presupuesto de explotación mensual para las instalaciones. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Costes variables. Aquellos que están en función del caudal y características del agua, y de posibles desgastes en elementos de la instalación. Entre ellos podemos distinguir:  Energía eléctrica  Dosificación de reactivos  Evacuación de residuos  Evacuación de fangos Tienen concepto de Gastos Fijos, aquellos que son independientes del caudal tratado y que se producen sin distinción de que la planta esté en funcionamiento o parada. Estos costes no son asimilables al concepto de "Guardería", pues mientras ésta contempla actuaciones tendentes a evitar deterioro de las instalaciones en largos períodos xx xxxxxx, los Costes Fijos incluyen poder poner las instalaciones al máximo de su capacidad en cualquier instante y de forma continuada en el tiempo. Los gastos de personal, incluyen los derivados de los conceptos retributivos y administrativos en toda su extensión, Nóminas, Seguros Sociales, Pluses, etc. En mantenimiento y conservación de equipos electromecánicos se incluyen los gastos derivados del mantenimiento de los equipos en sus diferentes versiones: Mantenimiento de Uso y Preventivo. Por otra parte, se valora el Mantenimiento y Conservación de las instalaciones. El canon de contratación de energía eléctrica hace referencia al Término de Potencia, que depende de la energía contratada para la instalación y no tanto del consumo de la misma. Existen una serie de gastos no imputables en ninguno de los capítulos anteriores, que se engloban dentro del concepto de Otros Costes Fijos. En ellos se contemplan los gastos administrativos, seguridad e higiene, consumo de agua potable, vehículos, etc. Se incluye también dentro de éste capítulo el coste producido por la suscripción de una póliza de seguros de responsabilidad civil.
Costes variables. Son costes variables aquellos que dependen directamente del volumen de agua tratada. De forma principal son los de consumo de energía eléctrica, la retirada de residuos del tratamiento primario y la retirada de lodos del tratamiento biológico. Se considera un consumo anual de 35.000 kw en la planta depuradora, según los datos disponibles. Su coste sería Consumo de kw 35.000 0,14 € 4.900 € Impuesto sobre la electricidad. 5% 0,01 € 245 € TOTAL COSTE ENERGÍA 5.145 eur/año En lo referente a residuos y lodos, se considera la retirada mensual de los restos del primario y una retirada semanal de lodos más una adicional los tres meses de temporada turística. El importe calculado para esta partida es: Retirada residuos primario 9 80,00 € 720 € Retirada lodos y fangos 64 120,00 € 7.680 € TOTAL COSTE GESTIÓN LODOS 8.400 eur/año PERSONAL 21.704,00 € MANTENIMIENTO 5.380,00 € ENERGÍA 2.014,08 € ADMINISTRATIVOS 1.580,00 € ANÁLISIS y REACTIVOS 4.190,00 € OTROS DE PERSONAL 670,00 € OTROS COSTOS FIJOS 6.810,00 € SUBTOTAL COSTES FIJOS 42.348,08 € ENERGÍA 5.145,00 € RESIDUOS Y LODOS 8.400,00 € SUBTOTAL COSTES VARIABLES 13.545,00 € TOTAL COSTES FIJOS Y VARIALES 55.893,08 € BI INDUSTRIAL 13% 7.266,10 €
Costes variables. 4.1.3.- Precio de los principales reactivos 4.2.- Presupuesto general
Costes variables. A) Reactivos.
Costes variables. La capacidad de producción nominal de la desalinizadora se establece en 120.000 m3/día, procediendo a la medición de la misma en los caudalímetros de salida del depósito de remineralización de la planta. En los últimos años ha quedado de manifiesto la existencia de distintas metodologías de uso de reactivos en procesos de desalación de agua de mar mediante ósmosis inversa (tanto en pretratamiento, postratamiento y limpieza química de membranas) empleadas por cada una de las empresas dedicadas a este sector del tratamiento de aguas. La evolución en estas técnicas ha dado lugar a distintas tipologías válidas, desarrolladas por las distintas empresas fruto de su particular experiencia e investigación. Por esta razón, el presente Pliego admite diferentes alternativas, y no se impone la dosificación de los distintos reactivos, sino que se fija un coste global para su utilización. Los principales reactivos empleados actualmente en la desalinizadora de Valdelentisco son hipoclorito sódico, cloruro férrico, xxxx caústica, antiincrustante, hidróxido sódico, CO2, bisulfito sódico, productos comerciales de limpieza química de membranas, ácido sulfúrico, floculante y polielectrolito para deshidratación. Las dosificaciones propuestas por los licitadores, que tendrán carácter contractual y serán de obligado cumplimiento para el adjudicatario, deberán ser especificadas con suficiente detalle en el Plan de Explotación. Las propuestas de dosificaciones deberán acompañarse de la conveniente justificación técnica, pues será uno de los puntos objeto de valoración. El licitador deberá presentar junto a sus propuestas de dosificación, técnicamente justificadas, carta de compromiso de suministro de al menos un suministrador, acompañada de la documentación precisa que justifique el cumplimiento de los productos químicos a suministrar con la legislación vigente (RD 140/2003; Orden SAS/1915/2009, de 8 de julio, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano; etc.). El coste de reactivos se estima en función de la capacidad de producción nominal de agua desalada y de la experiencia acumulada. Este coste tiene la consideración de máximo, es decir, en caso de superar los costes reales a los previstos en este pliego, el exceso correrá por cuenta del adjudicatario, excepto si concurren circunstancias extraordinarias a criterio de la Dirección Técnica del Servicio, cuando podrá utilizarse la “partida alzada a justificar” prevista para ta...

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.