CONTROL DE CALIDAD. La Administración Pública podrá efectuar, directamente o a través de organismos de normalización y certificación, controles de calidad de los productos ofertados o contratados. En los casos en que la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado desarrolle normas de calidad de productos y servicios, las mismas deberán ser consideradas.
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Samples: Pliego De Condiciones Particulares, Pliego Único De Bases Y Condiciones Generales Para Contratos De Obras Y Servicios No Personales, www.anv.gub.uy