CONTRAPRESTACION Cláusulas de Ejemplo

CONTRAPRESTACION. LA SUNAT abonará a LA EMPRESA, como contraprestación la suma de ............(......... Nuevos Soles) incluido el IGV. Este monto cubre además del valor de adquisición, la instalación, los gastos generales, imprevistos y cualquier otro gasto en que tenga que incurrir LA EMPRESA para el cumplimiento de sus obligaciones, de modo que en ningún caso LA SUNAT quedará obligada a pagos adicionales al fijado en la presente cláusula.
CONTRAPRESTACION. LA SUNAT abonará a LA EMPRESA, como contraprestación la suma de ............(......... Dólares Americanos) incluido el IGV. Este monto cubre además del valor de soporte de buen funcionamiento, la instalación, los gastos generales, imprevistos y cualquier otro gasto en que tenga que incurrir LA EMPRESA para el cumplimiento de sus obligaciones, de modo que en ningún caso LA SUNAT quedará obligada a pagos adicionales al fijado en la presente cláusula.
CONTRAPRESTACION.  Monto mensual S/. 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) sujetos a descuento xx Xxx (No sujeto a Negociación).
CONTRAPRESTACION. “EL SUBARRENDATARIO” se obliga a pagar a “EL INSTITUTO” una renta mensual por el uso del espacio cuyo valor equivale a la cantidad de $ ( M.N.), más el impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), mismos que deberán ser pagados dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes en la Oficina de Sociales de Ingreso, o en su caso, en la Unidad Operativa en donde ocupe el espacio “DEL INSTITUTO”. “EL INSTITUTO” se reserva el derecho de revisar y, en su caso, actualizar la contraprestación establecida en la presente cláusula, de acuerdo a los factores que presente la inflación, o por acuerdo del Consejo Técnico de “EL INSTITUTO”, debiendo notificar por escrito a “EL SUBARRENDATARIO” por lo menos con 30 días naturales de anticipación a la aplicación del incremento. “EL SUBARRENDATARIO” se obliga a efectuar el pago de la cuota de recuperación en efectivo o cheque certificado a favor de “EL INSTITUTO”, misma que deberá ser pagada dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes en la Oficina de Sociales de Ingreso, o en su caso, en la Unidad Operativa en donde ocupe el espacio de “EL INSTITUTO”.
CONTRAPRESTACION. EL CESIONARIO pagará mensualmente a API por el uso del ÁREA CEDIDA a su cargo la cantidad $9,837.82 pesos mensuales más IVA, a paLir de la vigencia del presente contrato, como resultado de la aplicación del 7.5% de contraprestación calculada sobre el valor determinado en el Avalúo Número A-122-0036 realizado por el lng. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Anda Xxxxx de VIP ESTATES con número de registro INDAABIN-0296.
CONTRAPRESTACION. OPCION 1: ANTICIPO A CUENTA DE DERECHOS Nota ADA: Versión para pago de derechos de autor mediante un porcentaje sobre el precio de venta al público. Dependerá de la incidencia de las ilustraciones y el texto en la obra, el porcentaje habitual por dibujos más texto es de 10%. Por las ventas del libro electrónico el porcentaje habitual para los autores (texto más ilustraciones) es del 25% de lo que perciba la editorial. En el punto 3 se refiere al pago de un anticipo a cuenta de derechos, que quedará en poder del ilustrador en caso de no publicarse la obra. En general se pacta el equivalente al 50% de los royalties de la primera tirada, para lo cual hay que consultar cantidad de ejemplares a publicar y precio de venta al público. En caso de abonarse un anticipo, el royalty comenzará a ser abonado por la editorial una vez superado este pago a cuenta. De todos modos la editorial debe efectuar liquidaciones de ventas para saber cuándo superan el anticipo.
CONTRAPRESTACION. EL CESIONARIO pagará mensualmente a API por el uso del ÁREA CEDIDA a su cargo la cantidad $8,375.89 pesos mensuales más IVA, equivalente al 6.0% del valor del avalúo número 2006/0423 de Banobras, SNC, de fecha 8 de febrero de 2006. La cantidad total mensual a que se refiere esta fracción, se pagará durante los cinco primeros días de calendario de cada mes, por mensualidades anticipadas. La cantidad total mensual a que se refiere esta fracción, se actualizará anualmente, a partir del 31 de diciembre de cada año durante la vigencia del presente contrato, conforme a la variación del índice nacional de precios al consumidor que publique la institución legal y oficialmente autorizada para tal efecto, o conforme al índice que lo sustituya, más un 1 % anual hasta fijarse en el 7%. Como se muestra en la tabla que se indica en el Contrato Original de Pesca Azteca S.A. de C.V., APIMAZ01-126/06 en la Cláusula Decimosexta, quien cedió los derechos del ÁREA CEDIDA. La actualización a que se alude solo podrá hacerse para incrementar dicha cantidad de la CONTRAPRESTACIÓN pero en ningún caso reducirla.
CONTRAPRESTACION. “EL MUNICIPIO” se obliga a pagar en favor de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad de $ 1.40 (uno punto cuarenta centavos) precio unitario, para cubrir las áreas públicas hasta una cantidad máxima de 771,000 (setecientos setenta y un mil) metros cuadrados, equivalente a un monto total de $ 1, 079,400.00 (Un Millón Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado, a razón de la(s) factura(s) que presente “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” referente a los servicios descritos en la Cláusula Tercera. Dentro de la contraprestación antes señalada en la presente Xxxxxxxx, se contempla cualquier provisión que se deba hacer para solventar los gastos necesarios a fin de poder realizar el objeto del presente contrato y se hace la mención de que el monto señalado como contraprestación no se considera anticipo y el pago será realizado en pesos mexicanos.
CONTRAPRESTACION. La renta mensual de EL INMUEBLE es de S/. 3,900.00 (Tres Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos; variación que se encuentra conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del Artículo 119° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, El monto mensual contratado está sujeto a los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. EL ARRENDADOR se compromete a remitir a LA SUNAT los respectivos comprobantes de pago con siete (07) días de anticipación a la fecha de su vencimiento.
CONTRAPRESTACION. V&V percibirá por los trabajos referidos en el presente contrato la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (750.000 €), más el correspondiente IVA. Inicialmente y en concepto de provisión de fondos se percibirá la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA MIL EUROS (270.000 €) y una vez finalizado el trabajo y contando con el visto bueno de la Firma CONTRATANTE por cumplir los objetivos prefijados, se abonará el resto, esto es CUATROCIENTOS OCHENTA MIL EUROS (480.000 €). Con dichos costos se incluye: Honorarios del personal de V&V hasta un máximo de 75 – 90 días. Cualquier pago realizado a profesionales subcontratados con ocasión del trabajo. Gastos derivados en transporte, hospedaje y dietas en desplazamientos por España. Costos sobre consultas de archivos, registros y fuentes de cualquier tipo. Gastos derivados de un máximo de CINCO desplazamientos internacionales.