Conductor Cláusulas de Ejemplo

Conductor. Deberán realizar los trabajos propios de su especialidad en relación con los vehículos automóviles al servicio de los centros y deberán ejecutar las reparaciones que no requieran elementos de taller.
Conductor. Es el trabajador que, estando en posesión de un permiso de conduc- ción de la categoría BTP, realiza los cometidos propios de conducción de los vehículos en la actividad de alquiler de vehículos con conductor, siendo el respon- sable del vehículo durante el servicio; le corresponde realizar las labores comple- mentarias necesarias para el correcto funcionamiento, conservación y acondicio- namiento del vehículo, siendo su obligación la limpieza interior del vehículo, la revisión de los niveles del mismo en general y de la presión de los neumáticos, así como efectuar las anotaciones y cumplimentar la documentación pertinente; ha- brá de comunicar de inmediato al responsable del taller, o persona que al efecto la empresa señale, cualquier anomalía que detecte en el vehículo. — Mozo-Conductor. Es el que desempeña funciones de conducción de los vehículos, entregando y retirando los mismos, revisando su estado, así como realizando su limpieza general y puesta a punto de funcionamiento. Colaborará con el personal de talleres en las funciones propias del mismo. — Jefe de Taller. Es el que con capacidad técnica precisa tiene a su cargo la jefatura del taller, realizando y ordenando trabajos de mantenimiento, reparación y conser- vación necesarios para el perfecto funcionamiento de la flota de vehículos. En su ámbito se responsabilizará de velar por el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad e higiene en el trabajo. — Jefe de Equipo. Es el que desempeña funciones de gestión sobre un equipo de tra- bajo concreto, ordenando y distribuyendo el trabajo a realizar, así como partici- xxxxx activamente en los trabajos del equipo. — Oficial de Primera de Taller. Son aquellos trabajadores que, con total dominio de su oficio y con total capacidad para interpretar planos de detalle, realizan trabajos que requieren mayor esmero, no solo con rendimiento correcto, sino con la máxi- ma economía de material. Colaborará en los trabajos de mantenimiento, repaso y limpieza de vehículos para su perfecta entrega a los clientes, cuando ello fuera ne- xxxxxxx. — Oficial de Segunda de Taller. Se incluyen en esta categoría los que con conoci- mientos teórico-prácticos del oficio, adquiridos en un aprendizaje debidamente acreditado o con larga práctica del mismo, realizan trabajos corrientes con rendi- mientos correctos. Colaborará en los trabajos de mantenimiento, repaso y limpieza de vehículos para su perfecta entrega a los clientes, cuando ello fuera necesario. — Condu...
Conductor. Persona que, legalmente habilitada para ello y con autorización en su caso del asegurado, propietario o usuario del vehículo, lo conduzca o tenga bajo su custodia o responsabilidad en el momento del siniestro. Conductor habitual. Persona o personas designadas como tales en la solicitud o en las Condiciones Particulares de la póliza por conducir con asiduidad el vehículo asegurado y cuyas circunstancias constituyen un factor de riesgo que puede incidir en la prima.
Conductor. 891,70 151,94 114,38 94,13 1.252,15 Ordenanza. 812,91 22,27 114,38 949,56 Almacenero. 812,91 22,27 114,38 949,56 Limpiador-Limpiadora. 746,88 33,16 114,38 894,42
Conductor. Grupo 8: Oficial Administrativo. Oficial de Mantenimiento. Grupo 9: Operador de Máquina Automática. Montador. Grupo 10: Ayudante.
Conductor. Cualquier persona física que conduzca el automóvil asegurado.
Conductor. Persona natural que a partir de la celebración del contrato de arrendamiento es designada por EL ARRENDATARIO o USUARIO para la conducción del vehículo - Daños en motores por manejo a revoluciones altas. - Daños en cajas de transmisión por mal manejo de la misma. - No permitir el mantenimiento preventivo del vehículo. - Daños causados por no atención de los testigos de tablero o alarmas sonoras. - Reparaciones que denoten daños intencionales, tales como rayones en los vehículos con llaves y otros elementos. - Pérdida de elementos o cambios no autorizados: Xxxxxxx, rines, espejos, ceniceros, entre otros. - Golpes en el chasis y carrocería. - Daños en llantas por una mala operación o eventos fortuitos. - Realizar una reparación sin informar previamente a LA ARRENDADORA.
Conductor. La persona que, legalmente habilitada para ello y con autorización del propietario del vehículo asegurado, conduzca el mismo o lo tenga bajo su custodia o responsabilidad en el momento del siniestro.
Conductor. Persona física que lleva a cabo la conducción del Vehículo Asegurado, ya sea el Propietario de este o quien lo conduzca con la autorización expresa o tácita de éste.
Conductor. Subgrupo II.