CONDICIONES PARA PARTICIPAR Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES PARA PARTICIPAR. 11.1.- Pueden participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que cumplan con los requisitos de solvencia y que dispongan de las habilitaciones que, en su caso, se establezcan en la cláusula 21.3 de cláusulas específicas del contrato (si en dicha cláusula se ha indicado que el momento en el que se debe disponer de la/s habilitación/es es “fecha final de presentación de ofertas”).
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. De conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 80 de 1993, en el presente proceso podrán participar las personas (naturales y/o Jurídicas) consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales vigentes. También podrán participar los consorcios y uniones temporales de conformidad con el Artículo 7 de la Ley 80 de 1993, siempre que su objeto social o actividad económica les permita desarrollar el objeto del presente proceso. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representada en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios para cumplir con las exigencias xxx Xxxxxx de Condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en caso de resultar adjudicatario, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos señalados en el pliego relacionados con documentos extranjeros; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Para el caso de extranjeros, se aplicará el principio de reciprocidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993. En cualquier caso el proponente no deberá estar incurso en las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la constitución y la Ley, manifestación la cual se entiende hecha bajo la gravedad de juramento con la sola radicación de la propuesta.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. 11.1.- Pueden participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que cumplan con los requisitos de solvencia o, en su caso, dispongan de clasificación; y que dispongan de las habilitaciones que, en su caso, se establezcan en la cláusula 21.4 de cláusulas específicas del contrato (si en dicha cláusula se ha indicado que el momento en el que se debe disponer de la/s habilitación/es es “fecha final de presentación de ofertas”). También pueden participar varias personas que reúnan los requisitos indicados en el párrafo anterior agrupadas en UTE con arreglo a las condiciones previstas legalmente. Solo pueden participar las personas jurídicas que cumplan con lo dispuesto en el art. 66.1 LCSP así como los operadores económicos comunitarios o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y los operadores económicos no comunitarios que cumplan con lo dispuesto respectivamente en los arts 67 y 68.1 LCSP.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. Inhabilidades. -Existencia y Representación Legal. El Proponente que desee participar no podrá encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o conflicto de intereses de que trata el Manual de contratación del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares (Acuerdo No.011 de 2017) que podrá consultar en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, y demás normas legales pertinentes. No podrán participar aquellos oferentes a quienes le haya sido declarado incumplimiento en un contrato en los últimos cinco (5) años. Los proponentes deberán comprobar su existencia y representación mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva, donde conste su inscripción y representación legal.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. 11.1.- Será el órgano de contratación quien habrá de invitar a presentar oferta a la empresa capacitada para la realización del objeto del contrato en los supuestos de procedimiento negociado sin publicidad en que haya de participar un único candidato.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. 11.1.- Pueden participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que estén inscritas en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos o base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea siempre que en este último caso sea accesible de modo gratuito, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que cumplan con los requisitos de solvencia o, en su caso, dispongan de clasificación; y que dispongan de las habilitaciones que, en su caso, se establezcan en la cláusula 21.4 de cláusulas específicas del contrato (si en dicha cláusula se ha indicado que el momento en el que se debe disponer de la/s habilitación/es es “fecha final de presentación de ofertas”). Excepcionalmente, para que no se vea limitada la concurrencia, el órgano de contratación podrá autorizar expresamente, mediante resolución motivada, que puedan presentar oferta licitadores que no se hallen inscritos en el correspondiente Registro.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. Podrán participar personas naturales y personas jurídicas, incluidos consorcios y uniones temporales, siempre y cuando no se encuentren en situación de inhabilidades o incompatibilidades consagradas en la Constitución o la Ley, y además, tengan capacidad legal para contratar de acuerdo con las normas legales. Para participar en la presente convocatoria, cada proponente deberá cumplir previamente los siguientes requisitos y anexar los documentos respectivos que acrediten lo solicitado.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. Podrán participar las personas jurídicas que cumplan con las condiciones estipuladas en los términos de referencia y cuyo objeto sea la prestación de los servicios de salud requeridos para realizar por su cuenta y riesgo el proceso total de cuidado crítico e intermedio en una unidad de cuidado intensivo neonatal, servicio que deberá prestarse íntegramente suministrando todos los medios de producción y biotecnología que se requieran para el efecto, incluyendo la adecuación de la infraestructura, el cual deberá ubicarse en las instalaciones del HOSPITAL EL XXXXXXXX DE UBATE ESE. Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. En el caso de consorcios y uniones temporales cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica deberá cumplir individualmente con esta regla. Cuando el proponente sea una persona jurídica (nacional o extranjera) deberá anexar el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato mínimo por el valor de la propuesta. La certificación sobre existencia y representación legal deberá haber sido expedida con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de esta Invitación pública. Cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no será inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. En el caso de los consorcios y de las uniones temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica deberá cumplir esta regla. Cuando se trate de personas jurídicas privadas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán además acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente, de acuerdo con lo establecido en el numeral 22.4 del artículo 22 de la ley 80 de 1993. NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR PARA ACREDITAR LO DISPUESTO EN ESTE NUMERAL, DEBERAN PRESENTARSE LEGALIZADOS EN LA FORMA...
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. 1. Cuando una entidad exija que los proveedores cumplan con requisitos de registro, calificación o cualquier otra condición para participar (“condiciones para participar”), con el fin de participar en una contratación pública, la entidad publicará un aviso invitando a los proveedores a postular para tal participación. La entidad publicará el aviso con suficiente anticipación para que los proveedores interesados dispongan de tiempo suficiente para preparar y presentar sus solicitudes y para que la entidad evalúe y formule sus determinaciones sobre la base de dichas solicitudes.
CONDICIONES PARA PARTICIPAR. De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 80 de 1993, en el presente proceso podrán participar las personas consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y siempre y cuando su objeto social les permita desarrollar el objeto del presente proceso. También podrán participar los consorcios y uniones temporales de conformidad con el Artículo 7 ibídem y siempre y cuando el objeto social de sus integrantes les permita desarrollar el objeto del presente proceso. En cualquier caso, el proponente no deberá estar incurso en las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la constitución y la Ley, manifestación la cual se entiende hecha bajo la gravedad de juramento con la sola radicación de la propuesta.